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Rincón Solidario Estimados amigos de Boletin de Pequeñas Noticias... Desearía hacerles la siguiente consulta a consecuencia de lo que está ocurriendo en el Edificio donde vivo. Es un edificio de 5 pisos con palier "privado". Uno de los propietarios (el primero en mudarse) colocó una traba de seguridad (barra horizontal en la mitad) en la puerta de acceso a escaleras que da a su palier. ¿Esto está permitido? El seguro contra incendios cubre un siniestro si la puerta no puede abrirse desde las escaleras? Desde ya agradezco vuestra deferencia en responderme y los valiosos conocimientos que puedo adquirir por intermedio del boletín. Atte Laura (8/9/2006) Las puertas de los palieres de servicio o privados que dan a las escaleras no pueden tener cerraduras ni trancas. Está en contra del Código de edificación por elementales normas de seguridad en caso de evacuación ante emergencias. Tendrían que derivar a un arquitecto o constructor para responder con el número de la norma que lo prohíbe. Tal vez alguno de los lectores de Pequeñas Noticias puede aportar el dato. Saludos --- El Dr. Daniel Elizondo es abogado especializado en propiedad horizontal, administrador de consorcios y socio fundador de la Fundación Administradores Independientes de la Propiedad Horizontal (AIPH). Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a doe@orgelizondo.com.ar |
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