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Rincón Solidario En el edificio de mi madre, que no es apto profesional, un copropietario alquila su departamaneto a turistas por días/semanas. ¿Se puede limitar el alquiler por día a través de una Asamblea o debemos seguir sufriendo los ruidos y el acceso de gente desconocida al consorcio, atentando con la seguridad del mismo? El reglamento no dice nada sobre esto. Espero el consejo de Uds. Atte María Laura (13/11/2006) Estimada Laura: Respecto a tu pregunta, el reglamento de copropiedad lo que establece es que no es apto profesional, por lo tanto lo que los propietarios no pueden hacer es utilizarlo o alquilarlo con fines profesionales. Por otro lado, no se puede impedir a un propietario que alquile su depto, porque se estaría infringiendo el derecho sobre su propiedad. Lo que sí se debe hacerse es respetar el orden y comportamiento de quienes lo habitan, pues sino éstos estarían violentando el derecho de los demás copropietarios. No se puede impedir que un propietario alquile a quien desee, pero dichos inquilinos se deben adaptar a las normas de convivencia del consorcio. Espero haber sido de utilidad y, ante cualquier duda, el Rincón Solidario está a tu disposición. --- El Adm. León R. Estrugo es titular de la Defensoría del Consorcista (Sta. M. de Oro 15 - San Bernardo - Teléfono: (02257) 46-8866) y un administrador de consorcios con amplia experiencia en el tema y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@administracion.net.ar o llamarlo al teléfono en Capital Federal 4443-2466. |
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