'

Curso de sueldos para Propiedad Horizontal

Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


Rincón Solidario

Dr. Jorge MaldonadoContesta el Dr. Jorge Maldonado

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Niega su condición de vagabunda

Estimados Pequeñas Noticias, a quien corresponda: me dirijo a Ud. a fin de consultarle sobre un tema que seguramente debe ser más común de lo que uno imagina, a pesar de sentirse uno solitario en el padecimiento.

Desde hace algo más de 3 años vivo con mi esposa en el edificio situado en la calle Baigorria 3.... de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, mi unidad funcional es la N°.. y comparto el 3° piso con tres u.f. más, totalizando 17 u.f. en todo el edificio repartidas entre 4 pisos.

En la u.f. n° .. habita una mujer mayor, sola, de entre 60-65 años, que acostumbra transitar con un chango para recoger bolsas de basura por la calle, retazos de tela, verdura de descarte de verdulerías y carne y pescado en total ausencia de condiciones de conservación sanitaria.

Este personaje, pareciera ser que se encuentra muy bien asesorada por algún experto en el tema dado que se encarga únicamente de pagar las expensas logrando de esta manera garantizarse que el consorcio y la administración no tengan motivos para desalojarla.

En ese contexto, ha interrumpido el pago de los servicios: luz, agua y gas por lo que dichos servicios se hallan interrumpidos desde hace años, y la única manera de conservar los alimentos que consume es "colgándolos de ganchos en su lavadero" y acopiando las verduras, carnes y pescados cocidos en canastos en el mismo lugar, para "ventilarlos" y retrasar (supongo) su putrefacción.

Agrego, esta persona llamada [...], NO PERMITE EL INGRESO de nadie a su u.f., ya sea para efectuar reparaciones de plomería y humedad que ella misma produce y que afectan a las u.f. inferiores, o a la administración.

Esta persona posee un hijo y un esposo, los cuales fue imposible poder localizar y que tampoco efectúan visitas a su madre y esposa, desconocemos los motivos pero entendemos que están relacionados con su malvivir.

A pesar de todo esto, esta sra. ha participado en alguna reunión de consorcio, y cuando uno la escucha hablar da la impresión de ser una persona cabal y en su sano juicio, negando su condición de vagabunda y afirmando con seguridad que su u.f. se encuentra en perfectas condiciones.

Considero que es 100% consciente de su situación y la niega para no perder su hogar, pero atención!, es un personaje muy hábil en ese aspecto.

¿Cómo ha intentado resolver esta situación la Administración del edificio?: Hace ya más de 4 años está en curso un sumario que se encuentra en manos de una abogada contratada por la administración y cuyos honorarios pagamos todos los consorcistas. Dicha abogada afirma que no se puede hacer nada más a lo ya iniciado; la Administración ha logrado hacer entrar a la u.f. a un escribano (haciendo las veces de plomero para revisar una fuga) quien labró el acta que se adjunta al sumario, y aún no hemos recibido respuestas legales. 
Se le han efectuado pericias psicológicas a esta mujer pero las mismas no han revelado indicios de una conducta anormal, lo cual no entiendo; esto no obedece a un resultado "normal" dadas las condiciones infrahumanas en que habita. La administración aduce que no tiene más herramientas para enfrentar esta situación y nos recomienda esperar el fallo o bien tomar cartas en el asunto como propietarios para buscar vías alternativas de gestión para lograr una solución ante esta situación.

Mientras tanto, hay jornadas como la de la fecha de redacción de este mensaje en que es imposible poder transitar por los pasillos y escaleras del edificio por el olor nauseabundo que reina. Las u.f. que se encuentran debajo de ésta padecen situaciones de humedad y goteras provenientes del ambiente en cuestión. Además, de que en dicho hábitat se promueve la generación, reproducción y proliferación de hongos, bacterias, virus y cualquier otro microorganismo que sobreviva a condiciones de pudrición, trasladándose al resto de las u.f. del edificio; el caso más real es el de la proliferación de moscas en nuestra u.f.

Todo esto afecta de manera directa o indirecta la salud de los consorcistas (me pregunto: ¿cómo demostrarlo?, demostrarlo...¿sirve?), la normal convivencia, las buenas costumbres y los buenos hábitos que hacen/exigen las normas de convivencia edilicia.

Desde ya agradezco su gentil disponibilidad de tiempo para la lectura del presente, quedando a la espera de una opinión, orientación o consejo profesional sobre esta cuestión.

Lo saluda muy atentamente

Ezequiel
(22/2/2007)

Es extenso y exhaustivo su relato de los hechos. Sin embargo, incurre en ciertas imprecisiones que complican la apreciación final de la cuestión. Por ejemplo: nos menciona un "...sumario..." a cargo "...desde hace cuatro años..." de una "...abogada contratada por el Consorcio..." y que están a la espera de "...un fallo...". 

Si con esto nos quiere significar que está en trámite un expediente judicial, es evidente que ninguna opinión sería posible sin examinar estas actuaciones y poder apreciar qué tipo de sentencia sería dable esperar; de más está decir que este informe le correspondería producirlo a la profesional que está a cargo y representa al Consorcio. 

Al no ser esto posible, debemos dar una respuesta genérica sobre el problema que se nos plantea. Según cuáles sean las pruebas existentes respecto de las graves transgresiones que Ud. nos denuncia, las vías procesales a encarar podrían circunscribirse a dos. Y teniendo en cuenta que nos denuncia, además de los graves problemas de salubridad, la negativa de esta señora a permitir el acceso a su unidad funcional para efectuar reparaciones urgentes, pareciera resultar aplicable la acción prevista por el artículo 623 ter del Código Procesal. 

Es éste el remedio más expeditivo y seguro para resolver situaciones como las que Ud. denuncia, dado que no tiene forma de juicio y se resuelve por parte de Juez adoptando medidas rápidas que incluyen el allanamiento del departamento para practicar las tareas técnicas necesarias e imprescindibles que detengan el agravamiento del problema; queda para una segunda etapa el reclamo en juicio aparte de los daños y perjuicios que la actitud de esta señora ha ocasionado a otro vecino y/o al Consorcio. 

Si aún no se ha iniciado juicio, ésta sería la conducta que me permito aconsejar; si el juicio está iniciado, corresponde exigir a la administración que recabe un claro y completo informe por parte de la abogada designada.

Con lo respondido le envío un saludo cordial.

Jorge Armando MaldonadoEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

El Dr. Jorge Armando Maldonado es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a valthulemaldonado@ciudad.com.ar  o comunicarse con él al teléfono (15)4169-4574.


    

 Pequeñas Noticias en las redes sociales con toda la actualidad: Twitter - Grupo de Facebook - Noticias en Facebook - Google +


[ El contenido de este sitio -escrito, fotogáfico y artístico- está protegido por las leyes vigentes de propiedad intelectual - Queda prohibida su reproducción total o parcial -por el medio que sea- sin autorización escrita de Pequeñas Noticias ]

' ' '