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Rincón Solidario Hola. Me pareció muy interesante su página. Quisiera hacerles una consulta. El 31/3/06 nuestro administrador firmó su contrato de gestión por un año. El 29/3/07 (en unos días) se realiza la Asamblea Anual Ordinaria y en la convocatoria no incluyó el tratamiento de la remosión o confirmación de su puesto. El Consejo de Administración está desconforme con la tarea pero aparentemente deberá soportarlo un año más. Al no incluir este tema, tampoco da pie para tratar su posible incremento de honorarios. Sabemos que por Ley el tiene 2 años antes de su remosión (no habiendo causa grave), pero ¿no tiene ningún valor que haya firmado el contrato? ¿No es obligatorio incluir, en el temario de esta asamblea, un punto a tratar: "Nombramiento, Confirmación o Remosión del Administrador y tratamiento de honorarios"? Desde ya les quedo agradecida por la respuesta. Diana Parana- Entre Ríos (15/03/07) Sra. Diana: Si el administrador fue nombrado por un año en la asamblea respectiva, debe incluirse en el temario de la asamblea próxima un punto del orden del día en el cual se prevea la ratificación del administrador nombrado hace un año o el nombramiento de un nuevo administrador. Nadie debe soportar a nadie, ni siquiera el Consejo, lo que debe hacerse es actuar conforme a derecho. Debe intimarse antes de la convocatoria a asamblea, si es posible y estamos a tiempo, al administrador para que incluya como punto del orden día su ratificación o nombramiento de un nuevo administrador. Sabido es que no se puede tratar en asamblea puntos que no están previamente determinados; se deja traslucir un "error" o una "desprolijidad" del administrador al haber omitido justamente ese punto. Lo importante es no dejar pasar esta circunstancia, y si en esa asamblea no puede llegar a agregarse previamente ese punto, una vez finalizada la misma, tomar la palabra, explicar que su mandato está vencido, que se le solicita que de forma inmediata según lo que estableza el reglamento para las asamblea extraordinarias; que convoque a fin de que se debata acerca de su continuidad o no en el cargo y, eventualmente, el nombramiento de una nueva administración.- Pero el consejo es que no dejen pasar más tiempo pues de no denotar esta circunstancia, por inactividad, estarán confirmándolo en el cargo.- Atte. --- La Dra. Diana Sevitz es abogada, mediadora y árbitro en propiedad horizontal y de los tribunales arbitrales de consumo, es co-conductora del programa de radio Consorcios Hoy y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a dsevitz@velocom.com.ar o llamarla a los teléfonos 4784-8251 / 4784-8072. |
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