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Rincón Solidario Me gustaría saber qué puede hacerse al respecto: Una tía mía, mayor de edad, acaba de enviudar. Su marido, con 2 hijos ya grandes, se casó con ella en segundas nupcias. Estuvieron conviviendo durante 10 años, tiempo en el cual ambos gestionaron un certificado de convivencia. No obstante ello, en el 2002 ambos se casaron por civil. De modo que hasta aquí tenemos que mi tía tiene en su poder: certificado de convivencia, acta matrimonial, y por consiguiente, el acta de defunción de su marido y, de hecho, la consiguiente pensión que otorga el Estado argentino. Ahora bien, el departamento en donde ambos vivían estaba a nombre de él ya que era una adquisición personal anterior a la convivencia, por lo cual éste entró en sucesión. Y aquí empezaron los problemas: los dos hijos de su difunto marido, de la noche a la mañana dejaron de dirigirle el saludo y, a caballo de esta circunstancia, el administrador del consocio en donde vive le prohibió voz y voto en las asambleas permitiéndole exclusivamente asistir en categoría de oyente ya que de acuerdo al título de propiedad, ella no es propietaria. Y siendo que no es inquilina y no es propietaria, quedaría jurídicamente en la categoría de "intrusa", puesto que según el administrador los únicos dueños factibles de ser reconocidos cuando se expida la sucesión, serán los 2 hijos del fallecido. Esto es gracioso porque en un testamento él le cedió parte de los bienes, pero como ese testamento no fue, "testado", no tiene validez jurídica alguna. En
fin, mi pobre tía, muy vieja ella, está indignada por la actitud del
administrador y quiere saber, a ciencia cierta, si tiene o no derechos
adquiridos y valederos como copropietaria. Estimado Gustavo: Su pregunta concreta es ¿Qué dice la Ley al respecto? Al respecto la Ley es fría...., a las Asambleas deben concurrir los propietarios del edificio pudiendo ser representados por un tercero conforme a derecho. Atentamente --- El Adm. Adrián Hilarza es presidente de la Asociación Administradores Independientes de Propiedad Horizontal (AIPH) y para cualquier consulta se le puede mandarle un e-mail a info@aiph.com.ar |
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