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Rincón Solidario El sindicato exige uno de 8 hs. Solicito información acerca de si es obligación que en un edificio de más o menos 25 departamentos deba haber un encargado de 8 horas sí o sí. De ser así, quisiera saber desde qué cantidad de departamentos corresponde ya que en un edificio se jubiló la encargada de 4 horas y ahora se quiere poner un nuevo encargado con la misma carga horaria y el sindicato exige uno de 8 horas. Desde ya muchas gracias.- Bahia Blanca 26/1/2008 Estimado Sr/a. de Bahia Blanca: En el anterior convenio colectivo de trabajo correspondiente al sector estaba estipulado que los edificios de 25 unidades o más debían tener un encargado permanente. En el actual convenio colectivo, se eliminó o se omitió esta especificación. Por lo tanto, como en el convenio no figura, no existe la obligación de tener un encargado de 8 horas, salvo que en el próximo convenio colectivo se vuelva agregar lo que se suprimió o se omitió. Ante cualquier duda estamos a tu disposicición. --- El Adm. León R. Estrugo es el Director Nacional de la Defensoría del Consorcista (Sta. M. de Oro 15 - San Bernardo - Teléfono: (02257) 46-8866) y un administrador de consorcios con amplia experiencia en el tema. Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@administracion.net.ar o llamarlo al teléfono 4443-2466 en Capital Federal. |
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