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Rincón Solidario Estimados señores: Nuevamente aprovechando la buena voluntad y consejos de Uds. Paso a detallarles lo siguiente: Soy propietario de un departamento en un edificio de tres pisos. Próximamente tendremos una reunión de consorcio. Hace un tiempo atrás la dueña de uno de los departamentos falleció, por lo que en estos momentos está en sucesión, mientras tanto lo está habitando uno de sus hijos. Mi pregunta es: ¿puede este hijo tener voz y voto en las reuniones de consorcio? Agradeciéndoles de antemano una pronta respuesta, les saludo muy atentamente. Walter (25/1/2008) Estimado Sr Walter, Simplemente, el hijo en su carácter de heredero natural tiene la representación de su madre en este caso. Si desearan perfeccionar su condición deberían solicitarle con tiempo que presente una “declaratoria de heredero” del Juzgado de la sucesión. Pero si Uds. conocen que es el hijo el que habita el inmueble no entiendo por qué se lo debería excluir de la asamblea. Si se decidiera algo en contra de sus intereses, este heredero podría impugnarlo con pocas posibilidades de perder la impugnación. Saludos --- El Dr. Daniel Elizondo es abogado especializado en propiedad horizontal, administrador de consorcios y socio fundador de la Asociación Civil Administradores Independientes de la Propiedad Horizontal (AIPH). Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a doe@orgelizondo.com. |
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