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Rincón Solidario Nos piden que liquidemos como dice el reglamento En el edificio existen varios morosos.Hace tiempo se venía cobrando el 3% mensual de intereses sobre el saldo deudor, pero ahora que nos hemos puesto duros en la solicitud de cancelación de deudas nos piden que liquidemos como dice el reglamento de hace 30 años, al 2% mensual. Vamos a reliquidar, la cuenta sería así: Ejemplo: si debo $ 100 hace 2 meses + intereses $ 4 y $ 100 hace un mes más interés $2 y pago $ 96 los $ 10 de la 1º expensa siguen generando el 4%? Gabriela (29/12/2008) Estimada Gabriela, El reclamo que les hacen respecto a los intereses es correcto. El interés que se puede cobrar por pagos fuera de término es el que fija los tribunales que corresponden a su jurisdicción. También hay que tener presente que no se puede cobrar interés sobre interés. La forma correcta de liquidar las expensas atrasadas es calcular período por período y adicionar el resultante de la cantidad de meses por el interés correspondientes. Es decir, si deben los últimos 4 meses de expensas a una tasa mensual del 2%, hay que calcular 4 meses x 2 %, nos da 8%, que hay que adicionar a la expensa, luego calculamos 3 meses x 2 %, nos da 6% y así sucesivamente. Ante cualquier duda estamos a tu disposicicion --- El Adm. León R. Estrugo es el Director Nacional de la Defensoría del Consorcista (Sta. M. de Oro 15 - San Bernardo - Teléfono: (02257) 46-8866) y un administrador de consorcios con amplia experiencia en el tema. Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@administracion.net.ar o llamarlo al teléfono 4443-2466 en Capital Federal. |
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