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Rincón Solidario Tenemos un administrador que no respeta las actas de las asambleas, (por ejemplo, trabajos a realizar y los tiempos de los mismos) y no cumple tampoco con las fechas en que deberían hacerse las respectivas asambleas. Por otro lado, hemos dejado que en las dos últimas, por comodidad, él fuera secretario de actas y escribe no lo que decidimos sino lo que le parece. Le he pedido que nos entregue fotocopia de las actas y no lo ha hecho. Se sube los honorarios sin decidirlo en las asambleas. Por otra parte, se le ha entregado un libro de quejas del edificio que debería estar en el mismo y al pedírselo dice no saber dónde está. Parece que desapareció. ¿Podemos hacer algo para revertir esta situación?. Y por último, el edificio no tiene cuenta bancaria del consorcio siendo depositado nuestro dinero en una cuenta personal del administrador. ¿Esto
puede hacerlo? Mucho me temo que, de ser ciertas todas estas imputaciones, no quede más remedio que remover al administrador y cuanto antes. Debo señalarle que este procedimiento, si bien puede parecer simple, es bastante complejo y delicado y los riesgos de ejecutarlo en forma incorrecta o incompleta son bastante grandes. Un prestigioso colaborador de estas columnas de "Pequeñas Noticias", el Dr. Juan Antonio Costantino, ha estudiado este tema en profundidad en su concida obra "El administrador del Consorcio de la propiedad horizontal" y ha alertado sobre estos riesgos. Por todo esto, sugiero tomar contacto en forma rápida con un abogado especialista y encargarle el estudio y la ejecución del procedimiento de remoción, de modo tal que los consorcistas disconformes puedan estar debidamente amparados y correctamente asesorados. Una última referencia, constituye casi una prueba objetiva en contra del administrador el hecho de que los depósitos se hagan en una cuenta abierta a su nombre, puesto que da lugar a una serie de maniobras que dejan desprotegido al Consorcio. Cuando consulten al abogado, deben hacerlo munidos del Reglamento de Copropiedad, de las copias de las actas de asamblea que abarquen el período cuestionado (y cuyas rendiciones de cuentas no estén aprobadas) y con las liquidaciones mensuales de expensas. De este modo facilitarán el análisis del caso. Con lo respondido saludo a Ud. atentamente. --- El Dr. Jorge Armando Maldonado es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Es coordinador de la Comisión de Consorcios por Pequeñas Noticias que funciona en el CGPC Nº 7 y docente de Instituto de Capacitación Inmobiliario de la Cámara Inmobiliaria Argentina. Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a valthulemaldonado@ciudad.com.ar o al teléfono (15)4169-4574. |
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