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Rincón Solidario Habito un edificio de 15 unidades funcionales de las cuales una es un local que se encuentra alquilado actualmente por el propietario a una empresa de venta de empanadas. El consorcio debe efectuar un cambio de caños pluviales y el inquilino exige que se coloque una protección para así poder seguir realizando sus tareas. ¿Le corresponde al consorcio pagar esa protección o es a cargo del propietario que alquiló a una empresa de comida y de la que el consorcio no recibe ningún tipo de beneficio más que el pago de expensas que abona el propietario mensualmente? Ricardo (27/5/2008) Estimado Ricardo: El tratamiento a dar, a mi entender, es el mismo que si fuera una unidad de vivienda. Habría que asegurarle al propietario u ocupante que del producto del trabajo de cambio de pluviales no se le va a estropear ningun mueble y quedará todo en las mismas condiciones que antes de realizar el trabajo, eso incluye la limpieza. Si por ser un local de comida solicita alguna protección adicional debería correr a cargo de ellos o a lo sumo del propietario. Si se cumplen con ciertas normas básicas en cuanto a cualquier trabajo a realizar en una casa el propietario debería permitir el acceso a su unidad para hacer el mismo. Espero haberle ayudado y orientado. Le deseo éxitos. --- El Contador Hutler Sebastián Wolkowicz es Auditor y Administrador de Consorcios con amplia experiencia en el tema y cualquier consulta que se desee se le puede hacer escribiéndole al e-mail administracion@estudioshw.com.ar |
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