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Rincón Solidario

Dr. Jorge MaldonadoContesta el Dr. Jorge Maldonado

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Rincón Solidario

Un caño de plomo atraviesa toda la unidad

Estimados amigos de Pequeñas Noticias, relacionado con el tema de los arreglos me gustaría que me den su punto de vista con respecto a lo siguiente:

Como en la nota anterior, les cuento que el reglamento de mi edificio dice que el arreglo de lo embutido en muros corresponde al consorcio. La pregunta es: ¿qué sucede cuando los caños rotos en cuestión no corresponden a trayectorias originales de la construcción del edificio? 

En un departamento -donde se hicieron reformas por el propietario agregando un desagote de lavadero el cual atraviesa toda la unidad por un caño de plomo- se levantó un piso de parquet creyendo que la pérdida se debía a los caños de calefacción, y se encontró este caño roto el cual llenó la loza de agua, arruinó el parquet y el cielo raso del departamento de abajo. ¿Corresponde el gasto al consorcio o al propietario?

El reglamento no especifica esto.

Les agradecería muchísimo su punto de vista, además aprovecho la oportunidad para agradecerles la valiosa información de su boletín.

Atte.

Silvia

(24/10/2008)

Estimada Silvia:

Del relato pareciera desprenderse que estamos en presencia de una instalación irregular o antirreglamentaria del sistema interior de distribución de agua del departamento. 

Parece ser que el propietario efectuó una prolongación de la instalación de las cañerías, en forma inconsulta, podría decirse que clandestina y hasta contraria a las "reglas de arte" de las que habla en Código Civil al cual, como norma complementaria, pertenece la Ley de Propiedad Horizontal nº 13.512.

Si esto es así, el responsable de los todos los daños y perjuicios que se derivan de una pérdida verificada en esta cañería irregular, no puede ser otro que el propietario de esa unidad funcional.

Esto siempre y cuando la clandestinidad de dicha instalación no haya podido ser advertida por otro vecino o por la administración.

No se pueden, o no se deben, ejecutar este tipo de obras en forma inconsulta; y si se lo hace, se deben afrontar las consecuencias.

Con lo respondido le envío un saludo cordial.

Jorge Armando MaldonadoEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El Dr. Jorge Armando Maldonado es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Es coordinador de la Comisión de Consorcios por Pequeñas Noticias que funciona en el CGPC Nº 7 y docente de Instituto de Capacitación Inmobiliario de la Cámara Inmobiliaria Argentina.  Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a maldonadovalthule@fibertel.com.ar  o al teléfono (15)4169-4574.

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