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Rincón Solidario Buenos días, les mando este email para saber si una copropietaria, la cual está en pleno juicio de divorcio y división de bienes, tiene derecho a votar en una asamblea. Dicha propietaria debe 11 meses de expensas, en otras oportunidades ha debido lo mismo y lo ha cancelado. Su unidad está desocupada y el lunes 15 hay una asamblea para reelegir la administradora. La mayoría quiere que se quede menos 2 copropietarios que no. Quiero saber si podemos contar el voto de esta propietaria morosa. Desde ya muy agradecida,saludo a ud.muy atte. Irene (10/12/2008) Salvo en el caso en que el Reglamento de Copropiedad y Administración prevea expresamente la condición de un copropietario moroso en el pago de las expensas como causal de impedimento de emisión del voto, ninguna relación tiene esa condición con el derecho real de dominio que éste tiene con referencia a su unidad funcional, y el ejercicio pleno de ese derecho que incluye, por supuesto, el derecho a emitir su voto en la asamblea. Dicho sea de paso: si esa cláusula estuviese contemplada en el Reglamento, podría ser eventualmente objeto de impugnación por nulidad ante un Juez y, muy probablemente, éste accedería a conceder esa nulidad. Sucede que a los deudores morosos no hay que pretender coartarles el ejercicio de sus derechos, sino cobrarles lo antes posible la deuda de expensas. De este modo, no se perjudica el consorcio (porque cuenta cuanto antes con el dinero), ni los consorcistas (porque dejan de soportar proporcionalmente el monto mensual que no está pagando el moroso), ni el propio deudor moroso (porque de este modo, su deuda no se incrementa mes a mes tanto en el capital como en los intereses y gastos progresivos). Por lo expuesto, soy de opinión de que (salvo prohibición expresa) no debe interferirse en el ejercicio del voto por parte de esa propietaria morosa y que, al mismo tiempo y lo antes posible debe encararse por parte del administrador el cobro extrajudicial o judicial de la deuda para que, justamente, esa propietaria deje de ser morosa y pase a ser una propietaria a secas. Con lo respondido le envío un saludo cordial. --- El Dr. Jorge Armando Maldonado es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Es coordinador de la Comisión de Consorcios por Pequeñas Noticias que funciona en el CGPC Nº 7 y docente de Instituto de Capacitación Inmobiliario de la Cámara Inmobiliaria Argentina. Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a maldonadovalthule@fibertel.com.ar o al teléfono (15)4169-4574. |
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