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Curso de sueldos para Propiedad Horizontal

Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


Rincón Solidario

Dra. Victoria LoisiContesta la Dra. Victoria Loisi

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Locales comerciales dentro del consorcio

Nuestro edificio está conformado por 41 unidades dentro de las cuales existen 2 locales comerciales.

Dado los últimos incrementos de expensas que están realizando para cubrir los gastos mensuales y cuotas extraordinarias que se generan, los titulares de esos locales se quejan que ellos están pagando dentro de las expensas servicios que no usufructan (Ej: ascensores, etc...) y que deberían abonar un valor diferencial al resultante del porcentual según el reglamento de coopropiedad y el plano de subdivisión del edificio como se hace habitualmente.

Nuestra consulta es saber si existe algún instrumento, antecedente, jurisprudencia, etc que posibilite atender dicha presentación.

Agradecemos su respuesta y felicitamos por el interesante servicio que prestan a todos los consorcistas.

Saludos.

Roberto.

(16/1/2009)

Estimado Roberto,

Interpreto, según lo que indicara en su pregunta, que los locales de su edificio pagan las expensas conforme al porcentual asignado a cada uno en el Reglamento, sin eximiciones de ninguna índole y esa circunstancia es considerada abusiva por parte de los propietarios de dichos locales.

En principio, debo decirle que, aunque dicha situación pudiera resultar injusta, sólo tiene dos caminos para ser modificada: la unanimidad de votos del total del edificio tiene que aceptarla o en su caso una sentencia judicial debe ordenarlo.

Existe jurisprudencia que determina que los servicios no gozados no deben cobrarse a los locales, pero no es unánime, ya que también existen fallos judiciales que indican que quien compra un local debe atenerse al texto reglamentario.

Es por ello que, a falta de solución asamblearia del problema, los propietarios de los locales deberán acudir por la vía judicial.

Cordialmente,

Dra. Victoria LoisiEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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La Dra. Victoria Loisi es abogada, miembro de la comisión directiva de la Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal (www.ligadelconsorcista.org) y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@ligadelconsorcista.org, llamarla a los teléfonos 4811-9836 / 4816-5111 o mandarle una carta a Montevideo 764 11º piso "C".

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