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Rincón Solidario La
DDJJ ante la AFIP Quería saber si todavía es obligatorio presentar la DDJJ ante la AFIP de los propietarios que superen los $ 600.- mensuales de expensas; y cuál es el vencimiento para presentarlo. Horacio. (19/02/2009) Estimado Horacio: La Resolución Gral Nº 2159 no fue derogada por lo que corresponde hacer la presentación. La fecha de vencimiento prevista para la información correspondiente al segundo semestre es el último día hábil del mes de febrero, por lo que este año el vencimiento opera el día 27 de este mes. Espero haberte ayudado. --- La Contadora Publica Viviana Grinberg es especialista en Propiedad Horizontal y se desempeña en la práctica privada realizando auditorías de expensas, seguimientos anuales y controles de gestión. Para cualquier consulta se le puede escribir un e-mail a vgrinberg@arnet.com.ar o llamarla a los teléfonos 4553-6094 ó 4552-9692. |
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