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Una antena en la terraza
Necesitaría saber qué tratamiento impositivo o qué pasos hay que seguir en el caso de que un edificio alquile su terraza para instalar una antena a una empresa de telefonía.

¿Cómo se registra dicho ingreso y qué obligaciones y derechos con respecto al fisco, copropietarios, etc. trae aparejado?.

Muchas gracias.

Eliana

(01/07/2009)

Estimada Eliana:

Los alquileres de este tipo están gravados por el IVA en tanto superen la suma de $ 1.500 mensuales. Si el consorcio ya está inscripto ante AFIP por tener personal en relación de dependencia puede solicitar el alta del impuesto por Internet, caso contrario deberá primero tramitar la clave única de identificación tributaria.

La locación también está gravada por el impuesto sobre ingresos brutos, pero como este es un impuesto provincial está sujeto a las normas de la localidad donde esté ubicado el edificio.

En cuanto a las obligaciones que estas inscripciones generan, obviamente está la de pagar el impuesto correspondiente y no menos importante la de presentar mensualmente las declaraciones juradas. Digo no menos importante porque aunque no resulte saldo a pagar, por la sóla presentación fuera de término se generan multas importantes.

El consorcio deberá también presentar las declaraciones juradas informativas de facturación con el sistema CITI Ventas provisto por AFIP.

Con respecto a los derechos de los copropietarios, éstos deberán estar previstos y debidamente identificados en el contrato de locación, por lo que te recomiendo consulten este tema con un letrado.

Espero haberte ayudado.

Viviana GrinbergEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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La Contadora Publica Viviana Grinberg es especialista en Propiedad Horizontal y se desempeña en la práctica privada realizando  auditorías de expensas, seguimientos anuales y controles de gestión. Para cualquier consulta se le puede escribir un e-mail a vgrinberg@arnet.com.ar o llamarla a los teléfonos 4553-6094 ó 4552-9692.

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