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Rincón Solidario

Dr. Jorge MaldonadoContesta el Dr. Jorge Maldonado

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Voz y voto

Buenas tardes... Les quería consultar acerca de cómo se considera en una asamblea que en vez de ir el propietario mande a un conocido de él con poder a tener voz y voto para decir sobre el orden del día...

Desde ya muchas gracias.

Gustavo

(24/11/2009)

Estimado Gustavo:

El hecho de que un consorcista quiera hacerse representar en una asamblea no tiene nada de especial; está actuando con responsabilidad, dado que no se desinteresa como la gran mayoría de los copropietarios por la suerte de su edificio, y ante su imposibilidad de estar presente (o ante la fatiga de haber soportado anteriormente asambleas interminables o violentas...) confiere una autorización para participar de lo que en la misma se decida.

Hasta aquí vamos bien.

Lo que no parece factible es que esa autorización se confiera para "... decir (o decidir) sobre el Orden del Día...". Esto es así porque para pretender una modificación del Orden del Día hay que efectivizarla en forma fehaciente, reclamando apenas se recibe la convocatoria, y sobre lo que se estime que está fuera de lugar o es antirreglamentario. Y, llegado el caso, proceder inclusive a impugnar la asamblea por este motivo antes de que se celebre, es decir, en la faz de convocatoria de la misma.

En conclusión, y con las salvedades precedentes, debo decirle que la autorización permitirá participar con voz y voto de cada uno de los puntos del Orden del Día con que haya sido convocada la asamblea en cuestión, actuando esta persona (que puede ser un familiar, un amigo, un profesional u otro copropietario) en nombre del consorcista que confiere dicha autorización. Cabe agregar que la misma debe ser emitida de acuerdo con lo establezca el Reglamento; por lo tanto, esta autorización puede consistir desde un simple formulario emanado de la propia administración hasta un poder notarial.

Con lo respondido le envío un saludo cordial.

Jorge Armando MaldonadoEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El Dr. Jorge Armando Maldonado es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Es coordinador de la Comisión de Consorcios por Pequeñas Noticias que funciona en el CGPC Nº 7 y miembro titular del Instituto de Derecho de la Propiedad Horizontal del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.  Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a maldonadovalthule@fibertel.com.ar  o al teléfono (15)4169-4574.

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