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Rincón Solidario Estimados, mi cosulta es la siguiente: Vivo en un edificio en Avellaneda (Provincia de Buenos Aires) de dos pisos. Tiene 3 departamentos en planta alta a los que se accede por escalera, un local en la esquina al que se entra por un pasillo-escalera y otro con entrada independiente que da a otra calle (el terreno es una esquina ). El problema es el siguiente, este edificio era de una familia que se fue y quedó un solo dueño que también lo es del local. Nunca hubo un consorcio. Cuando compramos el escribano no nos entregó el reglamento de copropiedad y nos dijo que lo tiene el dueño del local y que él figura como administrador. Él a nosostros nos dijo que no hay ningún reglamento de copropiedad y ya hace cuatro años que no hay nada organizado. Entonces como ninguno de los habitantes se hace cargo quería comenzar a formar el consorcio y necesitaría saber cómo empezar. Sé que tengo que conseguir el reglamento de copropiedad, ¿cómo hago? Desde ya muchas gracias, espero su respuesta. Adrián (02/03/2010) Estimado Adrián: Respondiendo a su consulta y por su comentario con respecto al escribano, estimo que adquirió una de las unidades funcionales y no una parte del inmueble en block (sin división en propiedad horizontal). Con los datos que surgen del título de su propiedad podrá ubicar los datos de la escritura pública a través de la cual, y con carácter previo a la suscripción de las escrituras de cada una de las unidades funcionales, se procedió a inscribir el Reglamento de Copropiedad y Administración en el Registro. Luego, identificada la escritura, podrá requerirse una copia certificada al Colegio de Escribanos. Con el reglamento de copropiedad podrá gestionar la rubricar de los libros de administración y actas en el Registro de la Propiedad y libro ordenes y sueldos, si fueran necesarios, en el Ministerio de Trabajo, como así también el alta temprana en la AFIP del personal dependiente. También, una vez que tenga el libro de actas podrá convocar una asamblea y nombrar un administrador, podrá practicar una liquidación de expensas con el detalle de los gastos en común y con el prorrateo de los mismos a cada una de las unidades de acuerdo al Reglamento de Copropiedad y Administración. Espero haberle respondido a su consulta y lo saludo atte. --- El Contador Hutler Sebastián Wolkowicz es Auditor y Administrador de Consorcios con amplia experiencia en el tema y cualquier consulta que se desee se le puede hacer escribiéndole al e-mail administracion@estudioshw.com.ar |
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