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Rincón Solidario Más de 3 años trabajando en negro Buenos tardes: Ante todo quiero formalmente agradecerle por el servicio y la ayuda que nos brindan. Me ofrecen un consorcio para administrar. El problema que se me presenta es que dicho consorcio tiene una señora efectuando el aseo del mismo 2 veces por semana, una hora, hace más de 3 años y trabajando en negro sólo con un seguro que le contrató el consorcio. Ya está jubilada y su edad es de 66 años. Ahora, mi pregunta es la siguiente: ¿La inscribo como personal jornalizado?. En cuanto a la antigüedad, ¿debo computarle desde que comenzó a desempeñar la tarea en el consorcio?. ¿Debo contrar una empresa de medicina laboral y enviarla a hacer un examen médico de control? Tengo entendido que el exámen preocupacional no corresponde. ¿Debo mantener la relación laboral hasta los 70 años y luego intimarla por edad avanzada? ¿Le correspondería como sueldo para el mes de julio $25.13 de antigüedad y esto es por año el 1%? ¿Le corresponde el cálculo de la misma desde que empezó a trabajar en el consorcio ? Además de la obra social y sindicato, ¿qué otros aportes le corresponderían por ser jubilada? <Sin nombre> (25/06/2010) Estimado/a: En respuesta a su consulta con relación al personal jornalizado y de acuerdo a lo establecido en el Art. 7 inc. p) del Convenio Colectivo de la actividad CCT 378/04, considero acertada su postura en cuanto a que antes de aceptar el mandato plantee a los copropietarios que se debe inscribir al trabajador pero respetando su antigüedad, consignando su real fecha de ingreso ya que goza de los mismos derechos y obligaciones que los empleados de las demás categorías. Es importante que comprendan que la circunstancia de laborar menos horas no le quita a la relación el carácter de dependencia y por ende no exime al consorcio de extenderle los correspondientes recibos de sueldo y hacer los aportes que correspondan tanto a la seguridad social como a la entidad sindical que los nuclea. En cuanto a la cobertura médico asistencial corresponde hacerle un examen médico de control debiendo efectuar el consorcio todos los contratos pertinentes para cubrirse ante situaciones de accidentes. Le repito, las obligaciones del consorcio son las mismas que se tienen para los otros empleados, no importando la categoría que posea. En cuanto a su pregunta de jubilarla a los 70 años por edad avanzada, no corresponde dado que ya goza de un beneficio jubilatorio, por lo que las únicas formas de finalizar el vínculo laboral son: 1) renuncia de la trabajadora 2) despido con causa 3) despido sin causa (abonándosele en este caso las indemnizaciones correspondientes desde la fecha de ingreso). En cuanto al tema números le sugiero se informe con un contador, profesional más idóneo que yo en el tema, solicitándole que le practique una liquidación para presentar ante el consorcio de todos los costos que va a devengar la registración de la empleada. A la espero de haberla ayudado en el problema planteado le sugiero, y espero entienda la reiteración de conceptos, que aclare antes de aceptar el mandato la situación con los copropietarios y si estos aceptan regularizar la situación deje por escrito tal circunstancia en el libro correspondiente. Esperando haber respondido a su inquietud,. la saluda cordialmente. --- La Dra. María Cristina Carrera es abogada especialista en derecho laboral y para cualquier consulta se le puede escribir a dramccarrera@yahoo.com.ar o llamarla al teléfono (15)5466-9921. |
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