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Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


Rincón Solidario

Dr. Jorge MaldonadoContesta el Dr. Jorge Maldonado

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

El costo debería dividirse en partes iguales

Buenas tardes:

Quería consultarles por un problema de medianeras en un edificio de Nuñez de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Mi departamento linda con un taller mecánico que tiene sus paredes sin mantenimiento. Esto genera mucha humedad, hasta el momento pensábamos que podía ser de cimientos (he realizado varios arreglos a mi costo) y ahora, debido al crecimiento de plantas, un bloque de la medianera pueda caerse sobre mi jardín.

Este tema se lo planteé a nuestra administración, pero recibí por respuesta que le pidieron autorización para reparar la pared a cuenta de nuestro consorcio. 

Tengo entendido que por ser medianera el costo debería, mínimamente, dividirse en partes iguales. Incluso me comentaron también que si el problema es ocasionado por una de las partes, debe ser ésta la que se haga cargo del total de la reparación.

¿Hay legislación al respecto? ¿existe alguna mediación para este tipo de conflictos?.

Agradeceré una pronta respuesta.

Muchas gracias.

Atentamente.
Néstor
(06/06/2010)

Estimado Néstor:

Para responder a esta consulta sería necesario, como mínimo, proceder previamente a una inspección "de visu" del o los sectores dañados y del estado del muro medianero del lado del vecino. Y, como máximo, contar con el asesoramiento técnico de un profesional de la construcción (arquitecto o ingeniero) al efectuar dicha inspección.

Sin embargo, y con la idea de darle una respuesta al menos primaria, Ud. debe tener presente lo siguiente:

a) esa humedad que termina ingresando a su departamento (sector propio o privativo suyo), ha tenido que atravesar previamente el muro medianero (sector común de propiedad del consorcio);

b) si el sector dañado es el muro del jardín de su departamento, esto configuraría un daño directo a un elemento de carácter común del consorcio, dado que (salvo que el reglamento diga lo contrario) dicho jardín constituiría un sector común (de propiedad del consorcio) pero de uso y acceso exclusivo suyo;

c) es imprescindible que el consorcio, a través de su administrador, proceda a determinar fehacientemente el origen, extensión y trabajos necesarios para poner fin a esta filtración y restituir las cosas a su estado anterior, recabando del profesional que se contrate un dictamen técnico, conjuntamente con un presupuesto de gastos y tiempo estimado de duración de los trabajos.

De ésta forma, el consorcio estará en condiciones de reclamar (si así corresponde) al vecino por estos daños o, en su caso, de hacerse cargo de las reparaciones pertinentes. Inclusive, llegado el caso, Ud. estará en condiciones de reclamar la eventual restitución de gastos urgentes hechos en beneficio del consorcio.

Con todo esto y si la solución no aparece, deberá seguramente concretarse la consulta a un abogado para que éste asesore sobre los procedimientos a seguir.

Con lo respondido le envío un saludo cordial.

Jorge Armando MaldonadoEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El Dr. Jorge Armando Maldonado es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Es coordinador de la Comisión de Consorcios por Pequeñas Noticias que funciona en el CGPC Nº 7 y miembro titular del Instituto de Derecho de la Propiedad Horizontal del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.  Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a maldonadovalthule@fibertel.com.ar  o al teléfono (15)4169-4574.

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