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Rincón Solidario Quieren anular el portero eléctrico Estimada Diana: Mi marido es médico y junto con otros colegas tienen un departamento en Avellaneda en un edificio de 12 unidades apto profesional. Sólo hay 3 unidades como viviendas permanente. Con el tema de la inseguridad, quieren anular el portero eléctrico y cerrar con llave las 24 horas. Esta medida no es operativa para el consultorio, ya que sería imposible a la secretaria bajar a abrir y cerrar por cada paciente. El mes pasado por mayoría y menos gastos se despidió al portero. ¿Pueden tomar este tipo de decisiones siendo que el edificio siempre fue apto profesional? Gracias. Mónica (28/09/2010) Estimada Mónica: El caso que Ud. refiere es una consulta muy común en los tiempos de inseguridad que están asolando a los edificios de propiedad horizontal y a toda la sociedad en general. Al respecto, la jurisprudencia ha sostenido que pretender la nulidad de la decisión de la asamblea que ordena el cierre de la puerta de entrada con llave durante las veinticuatro horas resulta totalmente arbitrario, y constituye un verdadero abuso del derecho, que no puede merecer la protección de un Tribunal. Es que, es de público y notorio la situación de inseguridad que se ha instalado en el país, particularmente en la ciudad de Buenos Aires y sus alrededores, situación que es motivo de constante preocupación de las autoridades y población y a la que se refieren insistentemente los medios, a lo que se le añade que la medida tomada por la asamblea es precisamente una de las medidas que recomienda la Policía Federal para adoptar en los edificios de departamentos y dicha institución ha hecho llegar volantes en tal sentido a todos los consorcios de la ciudad de Buenos Aires. (Sumario Nº 16.193 de la Base de Datos de la Secretaría de Jurisprudencia de la Cámara Civil - Boletín Nº 20/2004). A pesar de lo sostenido por el fallo precedente también cabe deducir que suprimir el funcionamiento del portero eléctrico importaría una modificación de los derechos adquiridos por los propietarios y para que prospere deberá ser decidido por una asamblea que reúna la unanimidad de todos los propietarios. Cualquiera que compra en un edificio apto profesional, sabe y conoce que existirá alguna molestia porque constantemente ingresarán al edificio personas extrañas, ahora, si de seguridad se trata existen otros métodos para proteger al mismo: vigilancia, cámaras de TV, etc. "Los actos del consorcio exteriorizados mediante resolución mayoritaria, no pueden alterar derechos individuales de los propietarios que lo integran resultante de su título de adquisición, así si las limitaciones de acceso al edificio constituyen un serio obstáculo al normal desempeño de la labor profesional y puede provocar diversos inconvenientes, afectando sustancialmente la titularidad de dominio, corresponde disponer las medidas necesarias para que tenga libre y permanente acceso a la unidad que le pertenece exclusivamente". Eventualmente se podría dar el caso que si lo perjudica podrá demandar al consorcio para que restablezca el portero eléctrico y los daños y perjuicios que el mismo le ocasionó. Atte. --- La Dra. Diana Sevitz es abogada, mediadora y árbitro en propiedad horizontal y de los tribunales arbitrales de consumo, es co-conductora del programa de radio Consorcios Hoy y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a dsevitz@velocom.com.ar o llamarla a los teléfonos 4784-8251 / 4784-8072. |
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