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Rincón Solidario Quiero consultar si es verdad que la Ley 306/96 dice que el encargado de un edificio tiene que tener una baulera. Cuando le pedimos al encargado que saque todo lo que tiene en la cochera, nos dice que hasta que no le hagamos una baulera no las piensa retirar. Te pido por favor que me aclares ésta cuestión. Desde ya, muchas gracias. Gloria (10/02/2011) Estimada Gloria: Con relación a su consulta la debo contestar sobre la base de supuestos, ya que Ud. no aclara cuántas habitaciones conforman la unidad de portería, cuál es el grupo conviviente del encargado y desde qué fecha transcurre la situación de hecho que narra. En principio, le informo que no hay norma alguna que disponga que el encargado de un edificio deba tener una baulera. No obstante, sí debo aclararle que el Art. 23 del Convenio Colectivo de la actividad Nª 589/10 establece en su inc. 1) que el personal "....deberá habitar la unidad que en el edificio se ha destinado a ese fin, el que no puede ser alterado, la que deberá mantener en perfecto estado de conservación e higiene....". La obligación de mantener en perfecto estado de conservación e higiene la vivienda tiene como contrapartida un derecho por parte del trabajador y es el que la vivienda que se le otorgue sea digna para él y su grupo conviviente. Vivienda digna significa, en el caso en cuestión, espacio suficiente para que la familia pueda desarrollar sus actividades en forma armónica. A pesar de no tener información suficiente de su consulta infiero que si el encargado tiene elementos de su propiedad en la cochera es porque en el departamento donde habita no ha tenido ni tiene lugar para guardarlos. El consentimiento por parte de la administración para el uso de la cochera debe haber sido causado por la falta de espacio en el departamento de portería. Por otro lado, ese consentimiento constituye en principio un derecho adquirido sobre todo ante la imposibilidad del encargado de modificar la situación por, repito, falta de espacio en su vivienda. Asimismo, entiendo que el espacio que ocupa en la zona de cocheras no altera el funcionamiento del garaje por lo que ante su inquietud sería conveniente, si mis supuestos son correctos, que la administración busque un camino alternativo para suplir la falta de espacio que no tiene por qué ser necesariamente la construcción de una baulera sino la búsqueda de un lugar para la guarda de los bienes muebles objeto de esta consulta. Esperando haber respondido a su inquietud, la saludo cordialmente. --- La Dra. María Cristina Carrera es abogada especialista en derecho laboral y para cualquier consulta se le puede escribir a dramccarrera@yahoo.com.ar o llamarla al teléfono (15)5466-9921. |
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