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Curso de sueldos para Propiedad Horizontal

Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


Rincón Solidario

Dr. Jorge MaldonadoContesta el Dr. Jorge Maldonado

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Gas natural

Estamos por instalar gas natural en reeemplazo del vetusto y peligroso sistema de gas envasado en tubos distribuído por red general.

Para aprobar la instalación ¿es necesaria una mayoría de dos tercios o podría considerarse la mitad más uno de los propietarios por tratarse de una innovación sobre partes comunes que mejora el uso, aumenta el valor de la unidad económica y además soluciona el problema de filtraciones por redes existentes deficientes y sus posibles implicancias en la seguridad?

Eugenio

(25/06/2011)

Estimado Eugenio:

La cuestión que Ud. plantea está contemplada por los artículos 8º y 10º de la Ley 13.512. Por tratarse de una "obra nueva" (así se denomina legalmente) que se ejecutaría en interés y beneficio de todos los propietarios del edificio, la mayoría mínima con que debe ser aprobada es la denominada "absoluta", o sea, el número de votos que supere la mitad del total; debe ser computada sobre el total de los propietarios de todos los departamentos y no sobre el total de los propietarios presentes en la asamblea.

Dos cuestiones a tener en cuenta:

a) los votos se computan de acuerdo con lo que prevea el Reglamento de Copropiedad, pudiendo hacerlo por porcentual (el mismo con el que se pagan las expensas), por unidad o en forma mixta; si el Reglamento no lo prevé, los votos se computan por unidad;

b) el Reglamento podría disponer que la mayoría para aprobar esta obra fuera mayor a la mital más uno, por ejemplo: dos tercios; en ese caso la mayoría mínima a alcanzar es ésta.

Con lo respondido le envío un saludo cordial.-

Jorge Armando MaldonadoEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El Dr. Jorge Armando Maldonado es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Es coordinador de la Comisión de Consorcios por Pequeñas Noticias que funciona en el CGPC Nº 7 y miembro titular del Instituto de Derecho de la Propiedad Horizontal del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal.  Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a maldonadovalthule@fibertel.com.ar  o al teléfono (15)4169-4574.

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