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Rincón Solidario El consorcio quiere reducirle las horas de trabajo En el edificio donde vivo hay una encargada sin vivienda que está hace 2 años y cumple un horario de 8 hs por día. El consorcio está queriendo reducirle las horas de trabajo -y por lo tanto el sueldo- debido a problemas económicos. Mi pregunta es: ¿se puede hacer eso? Muchas gracias Daniel (5/3/2012) Estimado Daniel: Para poder contestar su consulta en forma completa debiera informarme si el edificio consta de más de 25 unidades y en su caso si tiene una unidad destinada a portería. No obstante le voy a responder entendiendo que el caso que Ud. plantea es el de una "encargada permanente " cuyas funciones están definidas en el art. 7 inc) a) del CCT 589/10 y es la que tiene la responsabilidad directa ante del empleador del cuidado y atención del edificio, desempeñando sus tareas en forma permanente, habitual y exclusiva... Es así entonces que de acuerdo a lo expresado precedentemente resulta ilegal reducir sus horas de trabajo ya que de hacerlo la encargada puede llegar a considerarse despedida con los costos y costas que ello conlleva. El consorcio debe entonces evaluar si es conveniente involucrarse en un juicio despidiendo a la actual empleada abonándole las indemnizaciones correspondientes y en su caso contratar una encargada no permanente definida en el art. 7 Inc. f) del citado CCT que dice textualmente: f) Encargado/a no permanente: Es quien realiza tareas propias del/la encargado/a en edificios en los que tengan a su cargo hasta veinticinco (25) unidades sin servicios centrales o con servicios centrales de calefacción y/o agua caliente. Este/a trabajador/a tendrá la obligación de cumplir un horario de permanencia en el mismo de hasta cuatro horas diarias. Los horarios vigentes en esta categoría a la fecha de sanción de este Convenio serán mantenidos sin modificación. Como Ud. comprenderá será cuestión de evaluar cual de las dos situaciones le resulta más conveniente al consorcio: un despido sin causa y pagar las indemnizaciones que le corresponden a la actual trabajadora y tomar un encargado no permanente o bien seguir en la situación actual, es decir, respetando todos los derechos que le competen al personal a cargo. De lo expresado anteriormente cabe aclarar que si la encargada por sí misma consintiera en reducir su horario de trabajo hay que realizar un convenio y el mismo debe ser homologado por el Ministerio de Trabajo. Caso contrario el consorcio puede encontrarse con futuros reclamos por parte de la dependiente. Cordialmente, --- La Dra. María Cristina Carrera es abogada especialista en derecho laboral y para cualquier consulta se le puede escribir a dramccarrera@yahoo.com.ar o llamarla al teléfono (15)5466-9921. |
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