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Rincón Solidario Los porcentajes para remover un administrador Hola Quiero saber los porcentajes para remover un administrador y para contratar otro. ¿Sus honorarios dependen de las unidades funcionales o hay un mínimo si son poquitos departamentos? Gracias (03/06/2012) Estimado, Según la Ley 13.512 de la Propiedad Horizontal, es el reglamento de copropiedad quien establece el porcentaje que se deberá obtener en la asamblea a fin de “remover” al administrador. En idéntico sentido, es también el reglamento de copropiedad el que impone el porcentaje requerido para designar al nuevo administrador. Con respecto a los honorarios del administrador hay algunas cuestiones a tener en cuenta, como por ejemplo, la cantidad de unidades funcionales a administrar, la zona donde este ubicado el edificio, el nivel de complejidad de las problemáticas del consorcio a administrar, etc.- Saludos cordiales.- --- La Sra. Mercedes García es presidenta de ADEPROH (Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA) y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a adeproh@adeproh.org.ar o llamarla al teléfono 4371-1450. |
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