'

La herramienta exacta: Este mensaje se lee 60 mil veces por mes !!!

Curso/taller de Liquidación de Sueldos General


Rincón Solidario

Dr. Juan Antonio CostantinoContesta el Dr. Juan Antonio Costantino

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Ladran sin parar a cualquier hora

Como siempre, antes que nada, mi agradecimiento por responder las consultas realizadas.

Soy administradora voluntaria y lo que me resulta más pesado de esta tarea es la convivencia entre vecinos.

El caso es que en el edificio llegó un inquilino con 2 perros.

Estos canes están todo el día solos y por lo tanto ladran sin parar a cualquier hora.

El inquilino se ausentó el fin de semana de carnaval desde el viernes a las 21 hs y recién vinieron a pasear a los perros el martes a las 21 hs.

Se podrán imaginar el ladrido sin parar de esos pobres animales.

Además orinan en la terraza y escaleras y ni siquiera limpian lo que hacen los perros y les rocía veneno para pulgas en el palier del edificio.

¿Qué se puede hacer en este caso?

¿Si alguien se resbala por las escaleras quién debería hacerse cargo del daño causado?

El reglamento no prohíbe la tenencia de animales.

El resto de los copropietarios me pide que solucione el problema, ¿qué debo hacer?

Desde ya muy agradecida.

Cristina

(13/02/2013)

Estimado lector:

La cuestión de los animales domésticos es todo un tema, a punto tal que algunas jurisprudencias los ha considerado integrante de la familia humana que los alberga.

En términos generales la problemática se divide en 2 aguas:

1-) Si el Reglamento prohíbe la tenencia de animales domésticos, en el caso perros.

2-) Si el Reglamento nada dice al respecto.

En el caso 1 no sería necesaria la prueba del perjuicio que ocasiona, y en el caso 2 sí es necesario probar el perjuicio.

Para ampliar remitimos al libro de mi autoría: "Vocabulario Jurídico de la Propiedad Horizontal", Edit. Depalma pág. 26 en el cual citamos un fallo aplicable al caso con los siguientes parámetros: "Es procedente la exclusión del edificio de un perro que incomoda a otros copropietarios con sus ladridos y malos olores, cuando el reglamento de copropiedad y administradores prohíbe expresamente la existencia de animales que puedan ocasionar molestias (C.N. Civ., Sala D, 16/12/76, Consorcio de Propietarios Vidal 1949 c. Bichara, Juan C., y otra, Res. La Ley, XXXVIII, J-Z, 1526, SUM 27)".

Los pasos a seguir son los siguientes:

a-) Carta Documento al titular de la unidad y a los ocupantes intimando el retiro de los animales.

b-) Ante el incumplimiento sugiero Asamblea Extraordinaria dándole facultades expresas al Administrador para iniciar el proceso de mediación obligatorio (en la Ciudad Autónoma de Bs. As. y en la Pcia. de Bs. As. (Ley 13951).

c-) Fracasada la misma demanda sumarísima por violación al Art. 6 de la Ley 13.512 aportando la prueba de las molestias que generalmente se realizan con la declaración testimonial, fotografías y actas certificadas por notario cuando el animal produce las molestias y circula sin correa por sectores de propiedad común.

Atentamente,

Dr. Juan Antonio CostantinoEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

El Dr. Juan Antonio Costantino se desempeña como Profesor Titular de la cátedra "Derecho Procesal Civil" de la Facultad de Abogacía de la Universidad Nacional de Mar del Plata, es autor de varios libros de Propiedad Horizontal y de Derecho Procesal Civil y para cualquier consulta se le puede mandar un e-mail a phcostantino@arnetbiz.com.ar

La Herramienta exacta y la más conveniente para difundir sus productos y servicios

La noticias minuto a minuto: Pequeñas Noticias en Twitter

Compartir:



    

 Pequeñas Noticias en las redes sociales con toda la actualidad: Twitter - Grupo de Facebook - Noticias en Facebook - Google +


[ El contenido de este sitio -escrito, fotogáfico y artístico- está protegido por las leyes vigentes de propiedad intelectual - Queda prohibida su reproducción total o parcial -por el medio que sea- sin autorización escrita de Pequeñas Noticias ]

' ' '