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Rincón Solidario Estimados Sres: Administro ad honórem un edificio con 9 unidades funcionales en Avellaneda (zona sur) y soy uno de sus copropietarios. Quisiéramos contratar un seguro contra incendio y responsabilidad civil, para lo cual nos exigen el número de CUIT. Consulté con una agencia de AFIP que me respondió que como no tenemos encargado dicha inscripción no era necesaria. Sin embargo, al momento de solicitar el seguro me comunicaron que el CUIT es imprescindible. ¿Podrían asesorarnos al respecto? Realmente no sé nada del tema y cuento con poco tiempo para hacer estas diligencias/averiguaciones que tal vez sean más fáciles y ágiles de lo que yo creo. Agradeciendo vuestra colaboración. Saludos. Guillermo Estimado Guillermo: En realidad todas las compañías de seguros están tendiendo a pedir el CUIT del consorcio. Esto es así porque ante un siniestro y monto a abonar las compañias lo hacen a nombre del consorcio (el damnificado) para depósito en su cuenta. Y los bancos, hasta lo que tengo entendido, piden certificado de inscripción en AFIP, entre otros elementos, para la apertura de una cuenta corriente. Aún existen compañías que no se lo piden pero son las menos y no le puedo asegurar que en poco tiempo no se lo vayan a pedir. Lamento no poder darle otra respuesta, quizá algunas compañias hagan algún tipo de excepción de acuerdo al consorcio o alguna modificación en la misma póliza. Lo saluda muy Atte. --- El Cr. Hutler Sebastián Wolkowicz es auditor y administrador de consorcios con amplia experiencia en el tema y cualquier consulta que se desee se le puede hacer escribiéndole al e-mail estudioshw@gmail.com |
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