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Adm. Gustavo KarcherContesta el Adm. Gustavo Karcher

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El número de inscripción

Hola:

Tengo el reglamento de propiedad de un edificio.

¿Comó sé el numero de inscripción?

Lo necesito para ir a la AFIP

Gracias

Alejandra [Pequeñas Noticias en Facebook]

(27/03/2013)

Alejandra:

Lamentablemente (para mi curiosidad) no especificás la razón por la cual la AFIP habría de reclamarte el Nº de inscripción del Reglamento de Copropiedad y Administración del edificio en el Registro de la Propiedad Inmueble.

No obstante ello, es bueno saber que dicho registro de inscripción varía conforme a la época en la cual el Reglamento fuera inscripto.

Al principio, todos los inmuebles eran anotados por Tomo y Folio; luego se lo supo inscribir por Legajo (Zona/ Nº de Legajo/ Ubicación del inmueble); y a partir de 1968 —con la Ley 17.801 de Registro de la Propiedad Inmueble— se estableció que todos los edificios debían ser "matriculados"; pero la forma en cómo habría de ser dicha matriculación, la estableció el Decreto 2080/80 (reglamentario de la 17.801).

A tales efectos, debemos entender dicha matrícula como un encadenamiento numérico básico de dos unidades modulares que ordenan registralmente a todos los inmuebles para individualizarlos. Su fórmula es muy sencilla: el primer bloque, en el caso de la Capital Federal, toma como referencia las 21 circunscripciones en como se divide la CABA, y el segundo (separado del 1º por un guión), el orden en cómo fueron ingresando al registro las correspondientes inscripciones.

En el caso de los inmuebles afectados al régimen de la propiedad horizontal, se le agrega un tercer módulo registral, en donde su raíz (separada del 2º módulo por una barra inclinada) es siempre cero. Y de este modo, el resto de las unidades quedarán reflejadas conforme a su ordenamiento dentro del condominio, el cual surge del plano de división horizontal. 

Ejemplo:

El registro del edificio en donde habitás puede ser: 14-5328/0 y en ese caso, el de tu unidad funcional (la catorce) quedará reflejada en tu escritura de la siguiente manera: 14-5328/14

De modo que si el reglamento es muy viejo, siempre es recomendable ubicar al último comprador para pedirle una copia de la última parte de su título de dominio, y así (por deducción) obtendremos el número de matrícula del reglamento del edificio aunque en el mismo no esté especificado.

Si bien el tema da para más, espero haberte orientado respecto a tu demanda.

Atte.

Gustavo KarcherEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El Adm. Gustavo Karcher es administrador, titular de www.losconsorcistas.com.ar y coordinador del foro de Yahoo "Los Consorcistas". Por cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a consorcios@rocketmail.com.

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