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Rincón Solidario ¿Quién lo cubre entre los 65 y los 70 años? Hola Claudio, quisiera consultar lo siguiente: Si un empleado tiene 65 años de edad pero sólo 20 de aportes, la ley dice que puede trabajar hasta los 70 para jubilarse por edad avanzada. Ahora bien, las compañías de seguro aseguran al empleado hasta los 65 años para el pago de las indemnizaciones por fallecimiento o invalidez por accidente. ¿Quién los cubre desde los 65 a los 70 años? ¿Éstos quedan desprotegidos poniendo al consorcio en riesgo de tener que cubrir ese monto -que no es poco- o alguna entidad los cubre? Gracias. Alberto. (11/04/2013) Estimado Alberto: Con relación a su consulta entiendo que si bien las ART no cubren a los empleados después de los 65 años, Ud. puede sacar un seguro por accidentes personales con lo que tanto el consorcio como el trabajador estarán resguardados en legal forma. Este seguro es el mismo que se efectúa para los profesionales que trabajan para el consorcio. Asimismo es dable aclararle que Ud. deberá seguir pagando al SUTERH todos los aportes que establece el Convenio Colectivo de la actividad, gozando el trabajador de su obra social. Para el improbable supuesto que el gremio se negare a seguir prestándole cobertura deberá contratar una obra social privada. A la espera de haber respondido a sus inquietudes le saluda cordialmente. --- La Dra. María Cristina Carrera es abogada especialista en derecho laboral y para cualquier consulta se le puede escribir a dramccarrera@yahoo.com.ar o llamarla al teléfono (15)5466-9921. |
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