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Rincón Solidario Estimados: No tengo claro el tema de las expensas que abonan los propietarios de las cocheras. ¿Ese monto recaudado debe engrosar las expensas ordinarias del edificio o van por columna aparte? Además, ¿cuando hay que hacer algún arreglo en la cochera, sale de ese pozo o se abonan de las ordinarias totales? Gracias y espero haber sido claro. Sergio [La Plata] (16/05/2013) Estimado Sergio: En sustancia, no hay diferencias entre expensas abonadas por propietarios de unidades y las sufragadas por propietarios de cocheras. Todas son expensas comunes. Ahora bien, podría darse el caso que ciertos gastos ordinarios y/o extraordinarios deban realizarse sobre cocheras específicamente. En tal supuesto, deberían (y suelen estarlo) ser discriminados en columnas aparte dentro de la misma liquidación de expensas o, en otros casos, en una liquidación separada de la de gastos comunes generales (a todo el edificio). Dependiendo de cada edificio y manera de liquidar, a veces aparecen como gastos A, B, C, etc... Estos gastos deberían solventarse de este fondo, salvo que la asamblea o el Reglamento de Copropiedad y Administración del Consorcio dijeran lo contrario. Todo esto, generalmente, suele surgir del Reglamento de Copropiedad y Administración del Consorcio o, en su defecto, de actas de asamblea o, de los usos y costumbres en la materia. Saludos. --- El Dr. Gabriel Borágina es abogado especialista en propiedad horizontal, es miembro del Instituto de la Propiedad Horizontal del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a gabriel.Borágina@gmail.com. |
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