|
||||||
Rincón Solidario Buenas tardes: Si en un edificio el constructor de dicho edificio tiene un poder irrevocable y designa un administrador y éste también tiene poder irrevocable, ¿cómo se puede hacer para anular esos poderes, especialmente el del administrador? Muchas gracias. Carla Estimado lector: Los poderes especiales contenidos en los reglamentos de propiedad son en la casi totalidad de los casos en favor de la empresa vendedora, reservándose la posibilidad de modificar plano de obra, de subdivisión y reglamento de propiedad, en los casos de unidades a construir, o reservas de sobreelevar. Ese poder irrevocable no puede de ningún modo ser transmitido al mandato del administrador, que es esencialmente revocable, como todo mandato. Resulta de aplicación el Art. 1977 del Código Civil que establece que el mandato puede ser irrevocable siempre que sea para negocios especiales, limitado en el tiempo y en razón de un interés legítimo de los contratantes o un tercero. Expresamente se establece que "mediando justa causa podrá revocarse". Este es el sustento legal que da respuesta a su inquietud. Saluda atte. --- El Dr. Juan Antonio Costantino se desempeña como Profesor Titular de la cátedra "Derecho Procesal Civil" de la Facultad de Abogacía de la Universidad Nacional de Mar del Plata, es autor de varios libros de Propiedad Horizontal y de Derecho Procesal Civil y para cualquier consulta se le puede mandar un e-mail a phcostantino@arnetbiz.com.ar |
|
|||||
|
Pequeñas Noticias en las redes sociales con toda la actualidad: Twitter - Grupo de Facebook - Noticias en Facebook - Google + |
[ El contenido de este sitio -escrito, fotogáfico y artístico- está protegido por las leyes vigentes de propiedad intelectual - Queda prohibida su reproducción total o parcial -por el medio que sea- sin autorización escrita de Pequeñas Noticias ]
' ' '