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Rincón Solidario Me corresponde pagar las expensas comunes Les cuento mi situación: Me mudé a un departamento donde las expensas son de 280 pesos. En el contrato sólo dice que me corresponde pagar las expensas comunes. Aclaro que es un edificio de 8 departamentos en el cual no hay ascensor, ni portero y los gastos mensuales son 500 pesos. Ésto me llamo la atención y pregunté por qué me cobran más de la mitad de los gastos mensuales y el administrador me contestó que son las ordinarias junto con las extraordinarias. En conclusión, por lo que entiendo, si yo firmé sólo que pagaría expensas comunes y además me corresponden por ley sólo las ordinarias, ¿qué debo hacer? Andrea (15/08/2013) Estimada Andrea. Por su consulta asumo que Ud. es inquilina, y en su contrato de locación se consigna, textualmente, que Ud. debe pagar las expensas "comunes". Lamento decirle que las expensas comunes son todas las expensas que se cobran a la comunidad en un consorcio, tanto las ordinarias como las extraordinarias. En general la gente se confunde, creyendo que "comunes" significa "ordinarias", cuando ello no es así. En
caso que obtuviera del propietario un acuerdo para cobrarle solamente las
expensas ordinarias, son las partes (es decir ustedes dos) quienes deben
interpretar qué rubros componen las expensas ordinarias y cuáles las extraordinarias. En general se consideran expensas ordinarias a aquellos gastos que se repiten en el tiempo y están previstos de antemano, como ser abonos, remuneraciones al personal de limpieza, pólizas de seguros, obligaciones emanadas de la normativa municipal, étc. Cordialmente. --- La Dra. Victoria Loisi es abogada, miembro de la comisión directiva de la Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal (www.ligadelconsorcista.org) y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@ligadelconsorcista.org, llamarla a los teléfonos 4811-9836 / 4816-5111 o mandarle una carta a Montevideo 764 11º piso "C" |
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