'

La herramienta exacta: Este mensaje se lee 60 mil veces por mes !!!

Sistema 9041 para la administración de consorcios...


Rincón Solidario

Dra. María Cristina CarreraContesta la Dra. María Cristina Carrera

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Vivo en 18 metros cuadrados

Estimado Sr. director:

Me llamo Raúl y soy encargado permanente con vivienda desde 21 años a la fecha.

Mi problema puntual es el siguiente: vivo en 18 metros cuadrados. Mi familia se compone de mis dos hijos, uno de ello con discapacidad mental y motora, y su hermano de 4 años, mi esposa y yo.

Ya he solicitado en 4 oportunidades la ampliación de dicha vivienda lo cual me fue negado en cada oportunidad.¿Existe algún precedente que haya sentado jurisprudencia con respecto a una petición como la que estoy reclamando?

A modo de presentación expongo que las ocho unidades -una por piso- que conforman el edificio cuentan con una superficie de 450 metros cuadrados, contrastando con los 18 escasos metros de la vivienda destinada a portería.

Revalúo de propiedades me hace saber que existen materiales denominados como precarios (materiales de anclajes o construcción en seco) que no tienen incidencia en el FOT (Factor de Ocupación Total) por lo cual no devengaría en modificación de los títulos de escrituras de las unidades.

Desde ya, gracias.

Atte.

Raul [CABA]

(17/04/2014)

Estimado Raúl:

Más allá de comprender la gravedad del problema que sufre junto con su grupo familiar, entiendo por sus dichos que cuando Ud. fue contratado la composición de su familia tenía menos miembros de los que actualmente está compuesta. Argumento que casi seguramente debe haber esgrimido el consorcio ante la situación planteada para negarse a ello.

Si bien Ud. no aclara en su consulta de qué forma solicitó la ampliación de su vivienda, si lo ha sido en forma verbal no tiene valor jurídico alguno por lo que si resulta factible la modificación deberá hacerlo en forma fehaciente (telegrama obrero).

No conozco jurisprudencia alguna con relación a su petición por lo que le sugiero concurrir a su sindicato, que como la entidad que lo representa tiene los medios económicos para determinar mediante profesionales si es factible hacer una ampliación de su vivienda (arquitectos, agrimensor, escribanos etc.) y en el caso, si esto no afecta el derecho de propiedad de los copropietarios ni los obliga a modificar el reglamento de propiedad. 

La entidad gremial puede enfrentar los costos que demande y en el caso que fuere factible y ningún daño ocasionara al consorcio intimarlo con toda la información recabada por los profesionales para que acepte hacer las modificaciones pertinentes para que su vivienda tenga las condiciones de dignidad que todo ser humano merece. 

Es mi deseo que sea Ud. escuchado en su reclamo.

María Cristina CarreraEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

La Dra. María Cristina Carrera es abogada especialista en derecho laboral y para cualquier consulta se le puede escribir a dramccarrera@yahoo.com.ar o llamarla al teléfono (15)5466-9921.

La Herramienta exacta y la más conveniente para difundir sus productos y servicios

La noticias minuto a minuto: Pequeñas Noticias en Twitter

Compartir:



    

 Pequeñas Noticias en las redes sociales con toda la actualidad: Twitter - Grupo de Facebook - Noticias en Facebook - Google +


[ El contenido de este sitio -escrito, fotogáfico y artístico- está protegido por las leyes vigentes de propiedad intelectual - Queda prohibida su reproducción total o parcial -por el medio que sea- sin autorización escrita de Pequeñas Noticias ]

' ' '