|
||||||
Rincón Solidario Estimados: Quería saber qué datos el administrador está obligado a informar a la AFIP en cuanto a las unidades que administra. Muchas gracias. Susana [CABA] (22/02/2015) Estimada Susana: Presumo que tu pregunta se orienta a las disposiciones de la RG 3.369 Régimen Informativo de Expensas, por lo que te responderé en base a ella. Siempre y cuando conjuntamente la superficie de los departamentos o unidades funcionales -incluído cocheras y bauleras- sea mayor o igual a cien metros cuadrados (100 m2) y el monto de las expensas resulte mayor o igual a dos mil pesos ($ 2.000) en el mes calendario, los administradores deberán informar mensualmente: a) la totalidad de los importes determinados y pagados en concepto de expensas para cada propietario o sujeto obligado al pago, b) los datos de la persona obligada al pago (carácter, CUIT, apellido y nombre, domicilio). Asimismo, se informa la superficie cubierta y total del inmueble, y con relación al administrador, su CUIT, importe de honorarios percibidos en el período y fecha de inicio y finalización del mandato. Espero haberte ayudado --- La Contadora Publica Viviana Grinberg es especialista en Propiedad Horizontal y se desempeña en la práctica privada realizando auditorías de expensas, seguimientos anuales y controles de gestión. Para cualquier consulta se le puede escribir un e-mail a vgrinberg@arnet.com.ar o llamarla a los teléfonos 4553-6094 ó 4552-9692. |
|
|||||
|
Pequeñas Noticias en las redes sociales con toda la actualidad: Twitter - Grupo de Facebook - Noticias en Facebook - Google + |
[ El contenido de este sitio -escrito, fotogáfico y artístico- está protegido por las leyes vigentes de propiedad intelectual - Queda prohibida su reproducción total o parcial -por el medio que sea- sin autorización escrita de Pequeñas Noticias ]
' ' '