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Rincón Solidario Información anterior a la fecha de la rúbrica Estimados, quisiera hacer una consulta: ¿En el libro de administración o de sueldos se puede volcar información anterior a la fecha de la rúbrica? Saludos cordiales. Sergio. (23/07/2015) Sr. Sergio: En los libros de administración y/o sueldos y jornales no debe volcarse información anterior a la fecha de registración y rúbrica. No tendría sentido la registración si fuera posible incorporar datos anteriores a ella. La Ley de Contrato de Trabajo (Art. 52º) establece una serie de prohibiciones: "Alterar los registros correspondientes a cada persona empleada... deja blancos o espacios... hacer interlíneas, raspaduras o enmiendas... tachar anotaciones, suprimir fojas o alterar su foliatura o registro. Tratándose de registro de hojas móviles, su habilitación se hará por la autoridad administrativa, debiendo estar precedido cada conjunto de hojas, por una constancia extendida por dicha autoridad, de la que resulte su número y fecha de habilitación...". Saluda a usted atentamente. --- El Dr. Cristóbal Orlando Ruano es abogado y está especializado en propiedad horizontal. Fue administrador de consorcios y directivo de la Cámara de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI).Actualmente es asesor legal de la Delegación Zona Note de la CAPGHyAI. Por cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a cristbalruano@yahoo.com.ar. |
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