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Rincón Solidario Hola, quería hacer una consulta, tal vez puedan ayudarme. ¿Un departamento que no es apto profesional se puede utilizar -además de vivienda- para que quien vive allí dé clases privadas a individuos o a grupos? ¿Qué dice la ley al respecto? Muchas gracias. Gabriel [CABA]. (7/02/2016) Estimado Gabriel: Para responder correctamente, antes debería saber qué dice el reglamento de propiedad al respecto. En general, si en el reglamento se establece que el destino de las unidades funcionales es para vivienda familiar, podría entenderse que su propietario -mientras habite el mismo- puede ejercer cualquier profesión de grado. Respecto a si puede o no dar clases privadas, desde ya que no porque se entiende dicha actividad como comercial. Ahora, si en el reglamento se establece que “serán destinados a vivienda familiar únicamente o en forma exclusiva”, es inexorable que no se puede utilizar para otro destino. No mediando convención reglamentaria sobre el particular, el destino estará dado por la naturaleza de la cosa y por el uso que corrientemente se le prodigue y al que se halle afectada. Esperando haber respondido a su consulta. Lo saludo muy Atte. --- La Dra. Diana Sevitz es abogada, mediadora y árbitro en propiedad horizontal y de los tribunales arbitrales de consumo, es co-conductora del programa de radio Consorcios Hoy y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a dsevitz@estudiodianasevitz.com.ar o llamarla a los teléfonos 4784-8251 / 4784-8072. |
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