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Rincón Solidario En el consorcio existía un pequeño jardín En un consorcio existía un pequeño jardín y el encargado cobraba el plus correspondiente. Ya no existe el jardín. ¿Corresponde seguir pagándole el plus al encargado? ¿Por qué? Gracias Daniel (05/07/2016) Estimado Daniel: En respuesta a su consulta le informo que si el jardín ha sido anulado y el encargado ya no realiza esa tarea no corresponde abonarle un plus. Entender lo contrario significa reconocer un derecho adquirido con lo que percibiría una suma dineraria por no efectuar labor alguna. He sido consultada en repetidas oportunidades por haberse anulado algún servicio en el edificio y que a "posteriori" ha dejado de funcionar, entiendo que toda remuneración es producto de un trabajo efectivamente realizado. No obstante, muchos consorcios siguen pagando esas sumas por temor a recibir reclamos judiciales o bien por no ser significativa en las expensas y evitar conflictos con el personal. El administrador tiene el deber de asesorar y actuar de acuerdo a derecho a excepción que en la Asamblea se decida continuar con ese pago. Espero haber respondido a su inquietud. Cordialmente. --- La Dra. María Cristina Carrera es abogada especialista en derecho laboral y para cualquier consulta se le puede escribir a dramccarrera@yahoo.com.ar o llamarla al teléfono (15)5466-9921. |
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