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El impuesto a los débitos y créditos como pago a cuenta

Hola:

Quisiera saber si esto sigue vigente: "Impuesto sobre los Débitos y Créditos Bancarios: Los contribuyentes pueden aplicar parte de este impuesto como pago a cuenta del IVA y de las contribuciones de la seguridad social, entre otros. Los consorcios de propietarios que tengan cuentas corrientes bancarias a su nombre, podrán hacer uso de este beneficio. El 58% del impuesto mencionado podrá computarse como crédito para el pago de las contribuciones patronales sobre los sueldos del personal en relación de dependencia".

Hice la consuta en la AFIP y la respuesta fue: "el impuesto a los débitos y créditos podrá computarse, indistintamente, como pago a cuenta de los impuestos a las ganancias, ganancia mínima presunta y contribución especial sobre el capital de cooperativas. Fuente: Art. 13º del Decreto 380/01 y RG 2.111/06".

Muchas gracias.

Delia [CABA]

(05/08/2016)

Estimada Delia:

Tal como te han respondido en AFIP, dicho impuesto sólo puede computarse como pago a cuenta del los impuestos a las ganancias, ganancia mínima presunta y contribución especial sobre el capital de las cooperativas.

No puede computarse la totalidad de lo retenido, sino sólo el 34% del 0,6% correspondiente a los créditos en cuenta corriente, mientras que el 0,6% de lo retenido por los débitos, no genera derecho a recupero.

A partir de la vigencia de la Ley PyME, las empresas categorizadas como Micro o Pequeña, podrán computar el 100% del crédito por el impuesto al cheque, pero siempre contra los impuestos mencionados en el primer párrafo de esta respuesta.

Espero haberte ayudado.

Viviana Grinberg Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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La Contadora Publica Viviana Grinberg es especialista en Propiedad Horizontal y se desempeña en la práctica privada realizando  auditorías de expensas, seguimientos anuales y controles de gestión. Para cualquier consulta se le puede escribir un e-mail a vgrinberg@arnet.com.ar o llamarla a los teléfonos 4553-6094 ó 4552-9692.

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