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Previo a la inscripción las empresas interesadas deberán gestionar la habilitación de un local u oficina.

Previo a la inscripción las empresas interesadas deberán gestionar la habilitación de un local u oficina.

Limpieza de tanques, fumigación y recarga de matafuegos

Los trámites de inscripción paso a paso

[BPN-20/04/11] En la ciudad de Buenos Aires las empresas que deseen prestar sus servicios de fumigación, limpieza y desinfección de tanques y provisión y recarga de matafuegos, deben estar habilitadas por el Gobierno de la ciudad para poder ejercer la actividad.

De acuerdo a lo declarado por la contadora y auditora Liliana Corzo durante el programa radial Derecho de Piso, "tanto quien tiene que prestar el servicio como facturar es el habilitado". Esas declaraciones surgieron a raíz de que Corzo observó, en varias auditorías realizadas a administradores, que una misma empresa contratada operaba bajo distintos números de CUIT pero con idéntico número de habilitación. <ver nota>

Requisitos generales para la inscripción

Cabe aclarar que tanto las empresas de limpieza y desinfección de tanques de agua potable como las de fumigación deben realizar los trámites correspondientes en Rivadavia 524 de lunes a viernes de 9:30 a 15:30 hs.

Asimismo, previo a la inscripción las empresas interesadas deberán gestionar la habilitación de un local u oficina en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires que deberá reunir los requisitos vigentes. Se puede solicitar la inscripción en el Registro aún cuando el trámite de habilitación no haya concluido.

Limpieza y Desinfección de Tanques de Agua Potable

De acuerdo a lo informado por el Gobierno de la ciudad, las empresas deben cumplir con lo normado en la Ordenanza Nº 45.593 <ver> y el Decreto Reglamentario Nº 2.045 del año 1993, para poder inscribirse en el listado de empresas registradas. La vigencia del registro es de cuatro años y una vez finalizado se debe solicitar la reinscripción.

Para realizar el trámite se debe presentar por duplicado:

- Fotocopia completa del DNI del/los titular/es. Si la empresa es una Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL), deberá presentar la fotocopia del DNI de todos los integrantes designados con el cargo de gerente y del apoderado - en caso de que sea quien efectúe la presentación-. En cambio, si la empresa es una Sociedad Anónima (SA), presentará la fotocopia del DNI del presidente y vicepresidente de la empresa, junto con la del apoderado –si es quien efectúa la presentación-.

- Certificado vigente expedido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos – que se obtiene Rivadavia 524-.

- Fotocopia completa de la inscripción en los impuestos respectivos del solicitante y comprobante del último período vencido abonado.

- Fotocopia de habilitación del local.

- Solicitud de inscripción refrendada únicamente por el solicitante. La solicitud tiene un costo de timbrado de $17.

- Memoria técnica refrendada en todas sus páginas por el titular de la empresa y el Director Técnico.

- Fotocopia completa del certificado vigente de la inscripción del Director Técnico de la empresa, en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfestación y Desinfección de la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental

Empresas de desinfestación y desinfección

El trámite de inscripción debe ser realizado por todas las empresas de desinfestación y desinfección que operen en la ciudad de Buenos Aires y que reúnan las condiciones requeridas por la Ordenanza Nº 36.352 <ver> y su Decreto Reglamentario Nº 8151/980. La vigencia del Registro de Actividades es de dos años. Al finalizar el período se debe solicitar la reinscripción.

Para poder inscribirse los interesados deberán presentar por duplicado:

- Fotocopia completa del DNI del/los titular/es. Si la empresa es una SRL se presentará la de los gerentes y la del apoderado en caso de efectuar este último la presentación. De ser una SA se presentará la fotocopia del DNI del presidente y vicepresidente junto con la del apoderado –si es quien realizó la presentación-.

- Certificado vigente expedido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos del/los titular/es -se obtiene en Rivadavia 524-.

- Fotocopia completa de la inscripción en los impuestos respectivos del solicitante y comprobante del último período vencido abonado.

- Fotocopia de habilitación del local.

- Solicitud de inscripción refrendada únicamente por el solicitante. La solicitud está arancelada con timbrado de $17.

- Memoria técnica refrendada en todas sus páginas por el titular de la empresa y el Director Técnico.

- Fotocopia completa del certificado vigente de la inscripción del Director Técnico de la empresa en el Registro de Directores Técnicos de Empresas Privadas de Desinfestación y Desinfección de la Dirección General de Control de la Calidad Ambiental

Empresas reparadoras y recargadoras de matafuegos

El Registro de Fabricantes, Reparadores y Recargadores de matafuegos depende del Laboratorio de Ensayos de Materiales (LEM). Según informa el Gobierno de la ciudad de Buenos Aires, el trámite para la inscripción debe ser realizado en Esmeralda 340 de lunes a viernes de 9 a 15 horas.

Los fabricantes de matafuegos, recargadores y reparadores deberán presentar:

- Nota con carácter de DDJJ sellada con el estampillado de la ley vigente, que contenga la solicitud de inscripción en el Registro -como fabricante-, razón social o denominación, domicilio, nombre y apellido, domicilio del Director Técnico junto con fotocopias de la primera y segunda hoja del DNI, fotocopia de la matrícula y fotocopia del último recibo de pago en el Colegio de Ingenieros.

Los recargadores y/o reparadores deberán presentar una nota con carácter de DDJJ que contenga los mismos datos que la de los fabricantes con su inscripción correspondiente en el Registro como recargador y/o reparador.

- Carpeta Técnica con el detalle de los equipos específicos de producción y control de calidad para su verificación por parte del GCBA. Diagramas de flujo para los diferentes procesos de producción, organigrama de la empresa, Diagrama Lay – Out de planta y planillas a utilizar en los diferentes registros.

- Habilitación que autorice el funcionamiento del establecimiento de acuerdo con las normas vigentes.

Una vez presentada toda la documentación, la verificación demora aproximadamente 20 días hábiles. En caso de aprobarse, se comunicarán con el interesado para entregarle el original de la certificación y asentarlo en el Libro de Actas debidamente rubricado y sellado por la autoridad competente, a fin de que la empresa pueda efectuar la compra de las tarjetas. Se deberá asentar en el mismo la cantidad de tarjetas autorizadas para su adquisición.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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