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Ángel Gil, presidente de CEMERA.

Ángel Gil, presidente de CEMERA.

Cámara de Empresas de Mantenimiento de Extintores

CEMERA desmintió presiones o extorsiones

[BPN-15/07/13] La comisión directiva de CEMERA (Cámara de Empresas de Mantenimiento de Extintores de la República Argentina) negó que algún socio de la entidad haya sido alguna vez "presionado y/o extorsionado" por el Dr. Juan Manuel Gallo, director general de Defensa y Protección del Consumidor, o por Carlos Francisco Sidrás, responsable del Área Fuego, para no atender o proveer de materiales a los revendedores de matafuegos. CEMERA acercó su desmentida a este medio el pasado 4 de julio mediante una carta por email.

La reacción de los directivos de CEMERA surgió luego de que el Dr. Enrique Piragini, titular de la ONG "ARIEL somos todos", denunciara penalmente al Dr. Gallo y al ex comisario Sidrás por los delitos de abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público.

El denunciante había acusado a los funcionarios de realizar una interpretación antojadiza, parcial y arbitraria de diversas leyes para obligar a las empresas recargadoras a facturar el servicio directamente a los clientes y a Sidrás de amenazar y extorsionar a las empresas proveedoras registradas para que no atiendan ni les provean materiales a los revendedores [BPN Nº 497 del 26/06/13: "Nueva denuncia penal contra Gallo"].

La función de los revendedores

La comisión directiva de CEMERA expresó que los revendedores de matafuegos "son meros mercaderes independientes que no pueden procesar los extintores si no están registrados, pudiendo solamente brindar servicios de intermediación o de logística [...], resumiendo su tarea a captar clientes, derivar los extintores a una empresa registrada que realizará el mantenimiento y facturará el trabajo realizado para luego entregar los extintores al usuario final".

María Jimena Vigil, secretaria de CEMERA.

María Jimena Vigil, secretaria de CEMERA.

Durante una entrevista concedida a este medio, Ángel Gil, presidente de CEMERA, explicó el conflicto actual: "la factura que emite [el revendedor] no está asociada a la empresa registrada que realizó efectivamente el mantenimiento del extintor. De esta manera el usuario queda desprotegido al momento de efectuar cualquier reclamo".

Asimismo defendió las medidas adoptadas por el GCBA: "para nosotros es correcto lo que está haciendo Defensa y Protección del Consumidor de la CABA. Me refiero a, por un lado, obligar a las empresas registradas a facturarle el servicio al usuario y, por el otro, exigirle al usuario que la factura que recibe esté a nombre de la empresa registrada".

Por su parte, María Jimena Vigil, secretaria de la entidad, le aclaró a Pequeñas Noticias que "las empresas de mantenimiento que están registradas son las que comercializan los matafuegos. Cada una puede decidir si llega a los usuarios a través de la venta directa o de los vendedores independientes [...] Si la empresa no quiere tener vendedores externos también puede hacerlo".

Circulares

En el cuerpo de la nota que la entidad le envió a este medio, su comisión directiva confirmó que las empresas de mantenimiento de extintores registradas recibieron circulares provenientes del organismo porteño, pero que "ninguna de contenido intimidatorio o basadas en manipulación de normas, sino todo lo contrario, enfatizan el correcto accionar de nuestra actividad y señalan las normas que debemos considerar".

Andrés Gil reveló que "lo que decían [las circulares] era cómo debía realizarse la facturación al usuario, es decir que la misma debía estar a nombre de la empresa registrada. Sobre ese tema sí mandaron circulares, pero son fundamentadas ya que dicen que el servicio [de mantenimiento] tiene que estar acompañado de la factura correspondiente. No creo que eso sea intimidatorio".

La denuncia penal

El Dr. Piragini le inició la demanda judicial a Gallo y a Sidrás el 12 de junio ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, más comúnmente conocida como Comodoro Py.

El denunciante manifestó en el cuerpo de su denuncia que Sidrás "decide, sin un marco legal existente y por la fuerza, quiénes trabajan y quiénes no como revendedores de matafuegos de esta Ciudad de Buenos Aires, amenazando y extorsionando a las empresas proveedoras registradas, exigiendo que no los atiendan ni les provean los materiales por cuya intermediación obtienen una ganancia lícita, debidamente facturada y contabilizada".

Además aseguró que "mediante una interpretación antojadiza, parcial y arbitraria de fragmentos de diversos dispositivos legales (entre otros el Art. 5º de la Ley de Defensa del Consumidor, la derogada Ordenanza Nº 40.473 y el Art. 3º de la Ley GCBA 2.231) se obliga a empresas recargadoras de matafuegos a facturar las recargas directamente a los clientes de los revendedores lo cual conculca derechos adquiridos y perjudica el derecho a trabajar y ejercer industria lícita garantizados por la Constitución Nacional y en la Carta Magna local, lo cual implica un atropello inadmisible por parte de funcionarios públicos que por vías de hecho aniquilan una actividad diariamente reconocida por el público consumidor, destinada a generar innegables beneficios tanto para administradores como para consorcios, permitiendo que distintas empresas de recarga de matafuegos –debidamente inscriptas- vean crecer sus ventas".

¿Qué es CEMERA?

La Cámara de Empresas de Mantenimiento de Extintores de la República Argentina se fundó en el año 2009 y consiguió la personería jurídica en febrero del año 2011. La CEMERA se creó luego de que varias empresas encargadas de la recarga de extintores se separaron de la Cámara Argentina de Seguridad.

Su objetivo, según su página Web, es "ser ‘la voz’ de las empresas legalmente habilitadas para ejercer los servicios de dotación, control, mantenimiento y recarga de extintores en todo el territorio del país"Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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