Emilio
Rossi, titular de Prevind-Fuegotecnic. |
Seguridad
y protección contra incendio
Entrevista
a Emilio Rossi
[BPN-14/10/14]
A fines del mes pasado, Pequeñas Noticias entrevistó a Emilio
Rossi, titular de Prevind-Fuegotecnic y experto en seguridad y
protección contra incendios, quien explicó qué son las instalaciones
fijas contra incendios, enfatizó el rol de los administradores al
respecto y aconsejó cómo contratar una empresa proveedora de servicios.
Auguró también que el Gobierno porteño controlará que se cumplan las
normativas que regulan la actividad.
Instalaciones
fijas contra incendios
Claudio
García de Rivas : ¿Qué es
una instalación fija contra incendio?
Emilio
Rossi: Las instalaciones fijas contra incendio están compuestas por
una red de caños hidrantes interiores con su correspondiente manguera y
lanza. En algunos edificios -dependiendo de su año de construcción y
tipo- pueden tener abastecimiento de agua propio, tanques de reserva para
incendio, bombas o hidroneumáticos para dar la presión y el caudal
necesario exigido por el Código de Edificación. Dependiendo de la
cantidad de pisos y para construcciones a partir de los años 80, las
instalaciones contemplan cañerías secas para que los bomberos inyecten
agua conectando la autobomba a la boca de impulsión. Los edificios con
segundo subsuelo de cocheras poseen además rociadores automáticos.
En
edificios más modernos, según el tipo y destino de las unidades, -como
es el caso de las torres en Puerto Madero y otras zonas de reciente
expansión inmobiliaria- poseen detectores de humo (alerta de incendio) y
rociadores en los palieres y áreas de servicio.
CGR:
¿Qué tipo de mantenimiento requieren?
ER:
Las normas internacionales y ahora las nacionales entienden que una
instalación contra incendio es un elemento indispensable para proteger la
seguridad de los ocupantes de un establecimiento. Es por eso que las
frecuencias y protocolos que se deben acatar contemplan estándares muy
altos.
Si
cumplimos con las normativas podremos salvar vidas, atenuar efectivamente
un siniestro seguido de fallecimientos, evitar pérdidas materiales y
estar cubiertos ante posibles demandas acompañando las exigencias de las
aseguradoras. De este modo, podremos acceder a los beneficios del
resarcimiento económico ante pérdidas materiales por los seguros
contratados.
Es
muy importante considerar estos requisitos y más aún a partir de las
nuevas leyes que cargan toda la responsabilidad en la administración
profesional.
El
mantenimiento debe ser preventivo y recurrente para asegurar el
buen funcionamiento del sistema cuando -en caso de un incendio- sea
requerido. Producto de estos mantenimientos preventivos, surge
ocasionalmente la necesidad de realizar también mantenimientos
correctivos, para reparar o reemplazar los elementos defectuosos que
integran la instalación (válvulas hidrantes, volantes, lanzas, bombas,
cañerías defectuosas o mal emplazadas, hidroneumáticos etc.).
Los
consorcios
CGR
¿El cumplimiento de qué
normativas debería ser prioritario para los consorcios?
ER:
Existen prioridades a la hora de resguardar la vida y los bienes de los
ocupantes de un edificio. Los servicios que están para el cuidado y
bienestar de los consorcistas deben ubicarse en primer lugar al momento de
decir cumplir con las leyes y normativas que regulan estas actividades. El
mantenimiento de estos servicios (ascensores, incendio, balcones y
marquesinas, electricidad, gas, calderas, etc.), es prioritario para
asegurarnos la tranquilidad de haber hecho lo correcto para evitar
cualquier accidente seguido de fallecimientos, resguardar los bienes y
patrimonio del edificio, cumplir ante las aseguradoras mejorando nuestra
posición ante los reclamos y demandas que debamos hacer en caso de
incumplimiento del contrato y mantener indemne al administrador y a los
propietarios ante demandas penales y civiles, y multas por
incumplimientos.
CGR
¿Cuál es el rol de los consorcistas y administradores en el
mantenimiento de instalaciones fijas?
ER:
Es muy importante llevar conocimiento al consorcista. Este tipo de
servicio implica trabajos especializados, empresas con profesionales
matriculados y responsables ante el usuario y autoridades gubernamentales,
con la infraestructura necesaria para llevar adelante eficientemente las
tareas, además de contar con los elementos necesarios para realizar los
ensayos y pruebas de laboratorio de las instalaciones.
Venimos
estudiando desde hace tiempo todas las normativas y leyes que ponen en
cabeza de los administradores su cumplimiento, aumentando su carga laboral
y comprometiendo su matrícula profesional.
Hace
unos días se han modificado los requisitos para cumplir con el
certificado de Edificio Seguro, el cual había que presentar
obligatoriamente al momento de la renovación de la matrícula profesional
del administrador. Uno de los requisitos que se debía cumplir para
otorgar el certificado, es haber realizado el control y mantenimiento de
la instalación contra incendio, poseer el libro, la plancheta de
habilitación, las rutinas de conservación y el certificado de
operatividad.
CGR
¿Por qué cumplir con la Disposición 415 (mantenimiento de la
instalación fija contra incendio) que es tan costosa para algunos
consorcios?
ER:
El impacto económico que produce este servicio en los consorcios se debe
a varias razones. Durante muchos años se ha relegado el mantenimiento de
este tipo de instalaciones. Al entrar en vigencia la normativa, la
mayoría debieron ser reparadas como consecuencia de no haberles
realizado, en su momento, el mantenimiento preventivo. Por eso, poner en
condiciones a todos los elementos constitutivos que componen una
instalación requiere de un mayor costo de implementación.
Seguramente,
una vez regularizado el parque de instalaciones de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, los mantenimientos serán menos costosos.
CGR
¿Cómo atenuar el impacto de este costo en las expensas?
ER:
El impacto en las expensas se debe atenuar con la negociación a través
del administrador y su proveedor certificado para buscar las soluciones y
alternativas más convenientes para el consorcio.
En
la actualidad, se encuentran registradas más de 60 empresas, por lo cual
tenemos suficiente oferta para atender la demanda y seguramente el
proveedor de confianza podrá colaborar con la mejor propuesta económica
y financiera para poder cumplir.
En
virtud de ello, creo que las empresas proveedoras deben comprometerse
seriamente con su cliente administrador, llevarles tranquilidad y
seguridad, ayudarlos a cumplir otorgando mejor financiación para atenuar
el impacto de las cuotas en el valor de las expensas mensuales, brindarle
atención dedicada y personalizada para poder discutir mejores soluciones
entendiendo que todos los consorcios no son iguales y que manejan
presupuestos diferentes.
El
administrador y el proveedor deben comunicarse con mayor frecuencia,
comprometerse para arribar a la mejor solución económica y financiera de
modo que se pueda cumplir con todas las nuevas normativas vigentes y así,
de este modo, evitar multas y reclamos.
Proveedores
CGR
¿Existen empresas
"truchas"?
ER:
No me consta si existen en la actualidad empresas truchas. Si existieran
sería muy difícil para ellas ofrecer el servicio al sector de la
propiedad horizontal a través de los administradores.
CGR
¿Cómo identificarlas para no dejarse engañar?
ER:
Hoy en día los administradores profesionales pueden determinar
rápidamente -y especialmente por el nivel de información que manejan- si
la empresa cumple o no con los requisitos necesarios. Generalmente
consultan a través de Internet o solicitando la documentación que
acredita que tienen las habilitaciones, registros y matriculas
obligatorias que se exigen para desarrollar la actividad.
En
la actualidad, los servicios que son considerados de alto riesgo para los
ocupantes de un edificio están regulados por la ciudad de Buenos Aires a
través de leyes, decretos y disposiciones. Estos servicios deben ser
realizados y facturados por el registrado o matriculado. En ningún caso y
bajo ninguna circunstancia pueden ser tercerizados o comercializados por
entidades no registradas. Tanto la Ley 941 y su modificatoria, la Ley
3.254, como la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, lo prohíben. La
razón fundamental de esto es que son servicios que atienden a la
seguridad de las personas, los ocupantes y visitantes de un edificio o
establecimiento público.
En
este sentido, el administrador debe asegurarse la trazabilidad de la
contratación desde el presupuesto, los remitos, las facturas y los
certificados que emita el prestador. De este modo, no sólo cumple con las
exigencias emanadas de las normativas sino que se asegura la garantía del
servicio contratado, mejora su posición jurídica ante reclamos a las
aseguradoras por daños y mala praxis, y protege su matrícula profesional
ante las autoridades gubernamentales y también ante la sociedad.
Otros
de los instrumentos que son absolutamente necesarios para llevar adelante
una contratación exitosa y sin riesgos son: exigirle al proveedor -al
momento de la contratación- la emisión de la cláusula de no repetición
a favor del edificio y el administrador. De este modo se asegura que
el personal de la empresa contratista está debidamente asegurado y que
posee los seguros de ley vigentes y al día. Exigiendo este documento,
ningún empleado de la empresa contratada podrá repetir un juicio por
accidente o muerte hacia el consorcio o el administrador. Como los
contratistas suelen accidentarse en los edificios, a esta herramienta hay
que considerarla de suma importancia si queremos estar tranquilos y
cubiertos.
CGR
¿Cómo conocer a la empresa que se va a contratar?
ER:
Es muy importante conocer los recursos e infraestructura de la empresa
que se contrata. Prevind-Fuegotecnic viene cursando desde hace tiempo,
invitaciones a nuestros clientes para que conozcan nuestra planta y al
personal directivo responsable de los servicios. El objetivo es que el
administrador conozca a su empresa proveedora, comprobando las
instalaciones con las que cuenta, su infraestructura y los procesos que
realiza para la ejecución de los trabajos.
Hemos
advertido muy satisfactoriamente que el administrador, al hacer esta
experiencia, además de contactarse con el personal, poder observar la
máquina y herramienta necesaria para que se realicen las tareas y los
procesos que se llevan a cabo para dar cumplimiento a las normativas y
regulaciones, reciben un gran conocimiento tanto como la seguridad y
certeza al momento de poder transmitir a sus administrados con mayor
claridad, los beneficios de contar con proveedores calificados. Estas
prácticas sería muy interesante que se hagan extensivas hacia otros
proveedores de servicios y especialmente a aquellos servicios de riesgo.
El
Estado
CGR
¿Qué opina de la labor
del Gobierno de la CABA respecto a este tema?
ER:
En mi opinión personal, creo que el Gobierno de la Ciudad de Buenos
Aires, y ahora otros gobiernos provinciales, consideran de alto riesgo la
probabilidad de que ocurra un incendio, con las consecuencias
catastróficas que ello puede generar. Lo hechos sucedidos en los últimos
tiempos relacionados con incendios han dejado muchas víctimas fatales y
sobrevivientes con consecuencias colaterales enormes. Por eso, considero
que los gobiernos pondrán mayor énfasis en los controles y en el
cumplimiento de las normativas que regulan la actividad
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