Pequeñas Noticias en la WEB

Buenos Ayres Digital

Boletín  de  Pequeñas  Noticias

La comunidad consorcial como espejo de la sociedad

26 de julio de 2018 - Nº: 636

El Boletín de Pequeñas Noticias fue preparado para una visión óptima con una resolución de pantalla de 1024 x 768 pixeles. Leer en la Web

Comparando promedios anuales, el aumento total de este año será de un 27,66% con respecto al año pasado.Paritarias 2018/2019

Ya se pactó otro aumento del 13% para el sector

Las tres entidades de administradores y el sindicato de encargados de edificios acordaron un aumento en cuatro escalones: un 4% en agosto (se suma al 4% ya acordado), un 3% en noviembre, un 3% en enero y un 3% en febrero Comparando promedios anuales los salarios de este año aumentaron un 27,66% con respecto al 2017 Todavía no fue homologado.

[BPN-26/07/18] El pasado 17 de julio, la FATERyH [1], la CAPHyAI [2], el AIERH [3] y la UADI [4] acordaron un incremento salarial del 13% desde agosto hasta febrero del año que viene para los trabajadores de los consorcios. Este porcentaje se suma a los ya otorgados en...



Vilma Bouza.Ley Carrillo

Aunque los consorcios no quieran

Vilma Bouza dejó claro que los administradores deberán liquidar las expensas mensuales con la plataforma web oficial Consorcio Participativo aunque los consorcios no quieran La funcionaria anunció que la implementación comenzará en enero y en dos años estará terminada Expresó su deseo de que la provincia de Buenos Aires copie el modelo.

Reproducción del gráfico elaborado por "Grupo de Opinión Pública".Encuesta de evaluación del Gobierno de la CABA

La gestión de Rodríguez Larreta llegó a un 50,1% de desaprobación

El mismo mes en que la Legislatura porteña aprobaba la Ley Consorcio Participativo, la gestión de Horacio Rodríguez Larreta había llegado a su pico máximo de desaprobación: el 50,1% La campaña anunciando medidas para bajar un 20% las expensas le permitió bajar el índice de desaprobación tres meses pero luego repuntó al punto más alto desde enero de 2016.


Administración Global

Se busca que las multas por incumplimiento aumenten drásticamente.Proyecto de ley porteño

Quieren que la limpieza del tanque de agua sea una vez por año

Según una iniciativa del Ejecutivo porteño la periodicidad de la limpieza de tanque se establecerá en una vez por año en lugar de cada seis meses A los seis meses de esa limpieza se deberá hacer un análisis bacteriológico y otro físico químico del agua En un edificio de 20 unidades el ahorro sería de poco más de 900 pesos mensuales.


El Gobierno nacional anunció que las tarifas de gas electricidad subirán en octubre sólo un 25 o 30%.Tarifas de servicios públicos

Consorcistas Unidos le mandará una carta a Macri

En los próximos días, el Leg. Sergio Abrevaya y cinco entidades de consorcistas le enviarán una carta al presidente de la Nación expresándole su preocupación por el impacto de las tarifas en las expensas y solicitando que se pueda extender la tarifa social de los propietarios a su parte proporcional de ese gasto común Solicitarán una audiencia con el nuevo Ministro de Energía y Minería para trabajar en pos de una solución.


María Fabiana Lizarralde.Sueldos Julio/2018

Para julio, sólo el sueldo

Después del aguinaldo y la suma no remunerativa del mes pasado, en julio solo hay que liquidar el sueldo, sin ninguna otra novedad y con la misma escala salarial que está vigente desde el mes de abril pasado.

Quien no realice las tareas de desinfecciones y desratización periódicas puede recibir una multa de hasta 26 mil pesos.Resolución 245/APRA

Ahora la desinfección será responsabilidad de los consorcios

La Agencia de Protección Ambiental delegó en los consorcios la decisión de determinar la periodicidad de la desinfección y desinfestación que hasta ahora se hacía mensualmente El presidente de AIPH alertó que el Gobierno porteño al delegar la responsabilidad también lo hizo con sus consecuencias.


Facundo Carrillo.Ley 5.983

Ya se promulgó la Ley Carrillo

El 13 de julio se promulgó la Ley que creó la "Plataforma web oficial Consorcio Participativo" para la liquidación de las expensas mensuales de los consorcios Todavía no se sabe a ciencia cierta cuánto costará ni qué exactamente se podrá hacer en ella.


Adm. Luis Sinagra.Correo de Opinión

Sobre Consorcio Participativo 

por el Adm. Luis Sinagra


Correo de Opinión
Sobre "Finalmente Abrevaya votó a favor del Proyecto Carrillo" 

por el Sr. Francisco Horacio Bacchetta


Acceda desde aquí a la sección completa

Bolsa de Trabajo

Avisos Clasificados


Acceda desde aquí a la sección completa

Pequeñas Noticias

Nosotros


¿Qué significan las siglas?: Las abreviaturas más frecuentes


Acompañaron a Pequeñas Noticias en este número

Curso Liquidación de Sueldos para Propiedad Horizontal

Siro, Servicio Integral de Recaudación Banco Roela

Administración Global

Administración Bernetti

Cra. Viviana B. Grinberg

CASIPH (Cámara Argentina de Sistemas Informáticos para Propiedad Horizontal)

Caldén, control de plagas

Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI)

Cultura de Trabajo

Curso Liquidación de Sueldos para Propiedad Horizontal


Comparando promedios anuales, el aumento total de este año será de un 27,66% con respecto al año pasado.

Comparando promedios anuales, el aumento total de este año será de un 27,66% con respecto al año pasado.

Paritarias 2018/2019

Ya se pactó otro aumento del 13% para el sector

[BPN-26/07/18] El pasado 17 de julio, la FATERyH [1], la CAPHyAI [2], el AIERH [3] y la UADI [4] acordaron un incremento salarial del 13% desde agosto hasta febrero del año que viene para los trabajadores de los consorcios. Este porcentaje se suma a los ya otorgados en abril de este año. Los aumentos se darán en cuatro tramos: un 4% en agosto, un 3% en noviembre; otro 3% en enero del año que viene y un último 3% en febrero. El 4% de agosto se suma al 4% ya pactado anteriormente y a los 2 mil pesos no remunerativos, o sea que ese mes el aumento será del 8%.

Analizando las planillas salariales presentadas para su homologación se puede observar que todos los cálculos porcentuales se hicieron sobre la escala salarial de abril de este año. Comparando promedios anuales, el aumento total de este año será de un 27,66% con respecto al año pasado.

Se destaca que las partes acordaron pasar la "revisión" -cláusula gatillo- de septiembre de este año –tal cual estaba estipulado en el acuerdo anterior- a febrero del año que viene. Sin embargo subrayaron que al mes siguiente –marzo- se tratará un nuevo acuerdo.

La solicitud de homologación fue presentada al Ministerio de Trabajo bajo el número expediente 1.787.983/18 y el Ministerio al día de hoy todavía no se expidió.

La negociación paritaria

Según el acta acuerdo, la FATERyH, la UADI, la CAPHyAI y el AIERH se reunieron el pasado 17 de julio a las 15 hs. en la sede del SERACARH [5] y "que conforme [al] acuerdo homologado concerniente a las condiciones salariales del CCT 589/10 (TO 2016), y vista la situación de desfasaje producida, es que las mismas convienen reajustar lo pactado en el acuerdo referido. El acuerdo aludido es el firmado el pasado 19 de marzo y homologado el 21 de marzo bajo el número 126/2018.

Ese día y a esa misma hora [¿...?] comparecen ante el Ministerio de Trabajo los mismos actores representando a las mismas entidades a las que se agrega Gustavo Cane, tesorero de APH (Asociación Civil de Propietarios de Inmuebles de Renta y Horizontal).

El Dr. Horacio Pitrau, secretario de Trabajo, asistido por la Dra. Micaela Cimarelli, declaró abierto el acto.

El primero en tomar la palabra es Cane que –según consta en el acta del ministerio- manifestó "que se opone a la necesidad de pactar una nueva recomposición salarial para el corriente".

Sin embargo, a continuación la FATERyH y las tres entidades de administradores manifestaron que llegaron a un acuerdo y pidieron su homologación. Como es sabido, si de cuatro entidades que representan al sector empleador una se opone, se impone la voluntad de la mayoría.

El funcionario anunció que el acuerdo "será sometido al control de legalidad previsto en la Ley Nº 14.250 (Ley de Convenios Colectivos de Trabajo).

El acto se cerró a las 15:45 hs.

Calendario de aumentos 2018

Mes

%

Suma Fija

Año

Enero

3,8%

 

2018

Febrero

 

 

Marzo

 

 

Abril

8%

 

Mayo

 

 

Junio

 

2.000 pesos

Julio

 

 

Agosto

4% + 4%

2.000 pesos

Septiembre

 

 

Octubre

 

2.000 pesos

Noviembre

3%

 

Diciembre

 

 

Enero

3%

 

2019

Febrero

3%

 

Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

[1] FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.

[2] CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.

[3] AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.

[4] UADI: Unión Administradores de Inmuebles.

[5] SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.


Administración Bernetti

Cra. Viviana Grinberg


Vilma Bouza.

Vilma Bouza.

Ley Carrillo

Aunque los consorcios no quieran

[BPN-26/07/18] Vilma Bouza, directora general de Defensa y Protección del Consumidor porteño, estableció que el administrador debe dar de alta a los copropietarios en la plataforma web oficial Consorcio Participativo aún si los vecinos o el consorcio le dan la orden expresa de no hacerlo. Por otra parte aclaró que la implementación comenzará en enero y en dos años –o sea para mediados de 2020- la aplicación estará terminada.

Bouza realizó estas declaraciones el pasado 17 de julio, durante una entrevista que se le realizó en el programa Reunión de Consorcios TV que se emite por el canal de cable Metro.

La obligación

La entrevista a Bouza se realizó durante el segundo bloque del programa. Luego de las preguntas generales de rigor intervino uno de los panelistas, el Dr. Eduardo Awad, presidente del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y director del Instituto de la Propiedad Horizontal de esa entidad, quien apuntó con sus preguntas a dos temas centrales: en primer término la concentración en la plataforma oficial de datos privados del consorcio, los copropietarios e inquilinos a los que calificó de "cuasi sensibles". En segundo lugar se concentró en obtener una definición exacta del argumento usado por el oficialismo que definía que el uso de la plataforma es "obligatorio para el administrador pero optativo para el consorcista". Awad fue llevando a Bouza pregunta tras pregunta hasta que ella reconoció que aunque el propietario le diga al administrador "no ingrese este consorcio a la plataforma", el administrador tiene la obligación de hacerlo porque hay una ley que establece que tiene que darlo de alta.

Eduardo Awad: ...la otra preguntita que te quería hacer Vilma -y esto a lo mejor es mirar un poquito hacia el futuro- [¿Qué va a pasar con el administrador? -porque] vos sos abogada y le explico a la gente y hay muchísima gente que no es abogado: Cuando una persona es representante legal de otra persona debe obedecer el mandato que esa persona a quien está representando le da, es decir: Judit es mi representante legal, yo le mando a Judit a hacer tal cosa y ella -si está dentro del marco del mandato- lo tiene que hacer porque es mi representante legal, si no me tiene que decir: "no quiero más ser tu representante legal buscate otro". Entonces ¿qué va a pasar con el administrador si un consorcio le dice: "Sr. administrador nosotros le damos la orden de no ingresar, de no dar de alta a nuestro consorcio en la plataforma web -creo que no se llama más "Consorcio Participativo"- la plataforma web oficial? ¿Qué va a pasar con ese administrador si el consorcio le dice no nos dé de alta en la plataforma? Pueden pasar varias cosas pero, ¿lo tenés pensado, o lo tienen pensado quienes ingresaron el proyecto y quienes votaron la ley?

Vilma Bouza: Se trata de una ley. Consorcio Participativo se incorporó... es un Capítulo [VI] de la Ley 941, entonces lo que determina es una obligación nueva al administrador: es darse de alta...

EA: Si el mandante le dice...

[Hablan todos juntos]

VB: ...Eduardo, no puede ir en contra de las normas. El vecino no puede ir en contra de una ley y la ley establece que es obligación...

EA: Vilma, vos me decís que la obligatoriedad es del administrador de ingresar el consorcio no es del propietario...

VB: Por eso...

EA: ...el propietario, supongamos, le dice: "no ingrese este consorcio a la plataforma".

VB: El administrador tiene la obligación de hacerlo.

EA: ¿Por más que su mandante le diga no lo ingrese?

VB: Por supuesto porque es una ley que establece el alta. De todas formas yo quiero aclarar esto, nosotros estamos pensando por la positiva, creemos que la mayoría de los ciudadanos va a querer darse de alta en esta plataforma...

Otra panelista, Judit Salmón, abogada y administradora, más avanzada la entrevista, intervino con ironía para señalar que "hay que apuntar a la parte literaria de esto" aludiendo a los argumentos de la funcionaria y, ya más seria, coincidió con la postura de Awad: De los dichos de Bouza el obligado no es el administrador, el obligado es el consorcio.

Judit Salmón: Yo me había quedado enganchada en la conversación de Eduardo con Vilma [que pasó] recién y creo que es un juego de palabras ¿no? Hay que apuntar a la parte literaria de esto. Yo creo que decir que es obligatorio para el administrador es lo mismo que decir que es obligatorio para el consorcio. Decir que después queda a la libre voluntad del consorcista participar o no me parece que es una redundancia desde el momento que queda abarcado de manera obligatoria por ser parte del consorcio que obligatoriamente tiene que estar registrado. Lo que queda la libertad del consorcista es el ejercicio de ese derecho pero está en el marco de una obligación. El obligado no es el administrador, el administrador es el que ejecuta, el obligado, el sujeto obligado es el consorcio. Al menos así lo interpreto yo.

Vilma Bouza: Bueno, yo entiendo... Son abogados, yo también, y es una discusión como muy técnica. La verdad que es un tema de palabras [¿..?]. Lo que creemos es que el vecino va a darse de alta y que no vamos a tener inconvenientes.

Datos cuasi sensibles

El conductor del programa, Damián Rojo, desde su desconocimiento, preguntó en qué perjudica a los consorcistas que el Gobierno concentre los datos privados de los consorcios. Awad le explicó someramente la importancia de esos datos a los que denominó "cuasi sensibles" y el riego de que estén concentrados en manos del Gobierno. Vilma Bouza intervino para negar que los datos ingresados para realizar cada liquidación de expensas en la Ciudad los vaya a "tener" el Gobierno de la CABA y argumentó que los tendrán los vecinos a lo que Awad le reiteró con firmeza que si fueron ingresados a la plataforma web oficial estarán a disposición del Gobierno porteño.

Damián Rojo: Vuelvo al ejemplo de mi mamá, a ver yo los escucho y pregunto: ¿en qué le cambia  hoy esa información -o en que le cambiaría- que sea obligatoria y que esté subida y si ella no quiere participar no participa. Qué sería lo extraño que esté...? porque no lo entiendo, de verdad, pregunto sin saber, desde el desconocimiento. ¿Por qué yo no querría qué esté subida que cosa mía? Obviamente en un chat privado me cuido de lo que quiero poner o no pero de la información de expensas que hablaban Uds. ¿en qué me puede perjudicar o beneficiar que esté subida a la plataforma?

Eduardo Awad: No sé si te va a perjudicar o beneficiar pero hay datos que son propios del consorcio...

Judit Salmón: Sensibles.

EA: No llegan a ser sensibles. Son -como decimos nosotros los abogados que Vilma también sabe- "cuasi sensibles" porque [en la liquidación] aparece cuánto gasta el consorcio en el mes, cuánto gasta cada unidad funcional, quién pagó, quién no pagó, quién es moroso, al margen del tema de los chats, al margen de la charla con el administrador, las decisiones que se toman en las asambleas. Es decir todos, esos datos que hoy en día se elaboran, se charlan y se cocinan adentro del consorcio, los va a tener el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Este es el problema puntual referido a los datos. Con el tema de...

Vilma Bouza: No los tiene el Gobierno de la Ciudad, lo tiene la gente, el vecino consorcista...

EA: Lo tiene el Gobierno de la Ciudad en la plataforma Vilma.

VB: Pero la plataforma pertenece... los datos al consorcio, es justamente, es todo el historial de datos va a estar disponible para el consorcista. Es lo que hoy no ocurre.

EA: Correcto, también va a estar disponible para el Gobierno de la Ciudad que después se pueden entreg... vamos a decir las cosas como yo pienso, o sea las digo yo como yo pienso, Vilma como piensa ella, Judit, así todos. Esos datos pueden ser entrecruzados, pueden hoy en día ser utilizados -hoy en día cuando esté operativa la plataforma- pueden ser utilizados por el Gobierno de la Ciudad para obtener información que hoy en día no la tiene porque es privada, es mi privacidad tenerla. Respecto de la obligatoriedad te digo Damián es justamente lo antipático de hacer algo obligatorio. Yo le dije a Facundo Carrillo, tomando un café un día: "Facundo a mí me parece excelente la idea de controlar al administrador, de que el ciudadano tenga la posibilidad de controlar al administrador pero no se lo hagas obligatorio. Yo te aseguro que si vos le pones la plataforma a la gente y le decís esto va a funcionar así solos después van a ir ingresando en la parte de la plataforma que les convenga".

Por último Daniel Zampone, un panelista que es martillero público, le preguntó a la funcionaria si "esto también pasaría a provincia" a lo que contestó: "Todavía no lo pensamos. Vamos a ver cómo nos va en la Ciudad -que yo creo que muy bien- pero puede ser que la provincia copie también el modelo. ¡Ojalá!" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

foto: archivo de Pequeñas Noticias.


Caldén: Control de plagas.


Reproducción del gráfico elaborado por "Grupo de Opinión Pública".

Reproducción del gráfico elaborado por "Grupo de Opinión Pública".

Encuesta de evaluación del Gobierno de la CABA

La gestión de Rodríguez Larreta llegó a un 50,1% de desaprobación

[BPN-26/07/18] El mismo mes en que la Legislatura aprobó la Ley Carrillo (Ley 5.983) [1], la gestión de Horacio Rodríguez Larreta como jefe de Gobierno porteño había llegado a su punto máximo de desaprobación de los últimos dos años y medio: el 50,1%. Ese mes un escaso 12,2% aprobó gran parte de la gestión del Gobierno local y un 26.8 sólo algunas cosas. Aún sumando a quienes "Aprueban gran parte" con los que "Aprueban algunas cosas" de los que se hace se obtiene que un 39% que es insuficiente frente a la mitad que desaprueba su actuación. Así lo informó Grupo de Opinión Pública (GOP).

Estos números son importantes porque aproximadamente dos tercios de los votos que necesita un candidato para llegar a la Jefatura de Gobierno salen de las filas de los consorcistas y, aparentemente en esta sintonía, desde enero de este año, el Ejecutivo porteño realizó una intensiva campaña anunciando que bajaría las expensas un 20% [2]. Para poner esta promesa en contexto y teniendo en cuenta que la mitad de los gastos son por sueldos, aportes y contribuciones, para bajar las expensas un 20% hay que reducir gastos en un 40% [3]. El Ejecutivo ya no menciona el éxito o el fracaso de su iniciativa pero el pasado 25 de julio la Nación afirmó sobre datos proporcionados por AIPH [4] que "por la inflación, casi uno de cada tres departamentos se atrasa en el pago de expensas" [5].

Bajar las expensas un 20%

La campaña de Rodríguez Larreta comenzó el 27 de enero de este año y contemplaba 14 medidas concretas que según sostenía bajarían las expensas. En ese momento, el jefe de Gobierno tenía un índice de desaprobación del 45,2%, el más alto desde enero de 2016, y sólo el 15,3% aprobaba gran parte de su gestión.

La apuesta que realizó el Gobierno fue fuerte: el encargado de la campaña fue Facundo Carrillo, secretario de Atención y Gestión Ciudadana con el apoyo personal de Felipe Miguel, jefe de Gabinete de Ministros, quien lo acompañó en las numerosas reuniones que realizaron en las comunas porteñas.

Los resultados no se hicieron esperar, en febrero la desaprobación bajó 5 puntos y se situó 40,2%. A medida que avanzaba con las reuniones el índice bajaba y en marzo -en esta oportunidad bastante menos- quedó en un 38,5%. En abril vuelve a descender –aunque desacelerando- otro 1,2% y se posiciona en un 37,2%.

En mayo las expensas no sólo no habían bajado sino que habían aumentado por numerosos motivos y la polémica sobre la plataforma web oficial Consorcio Participativo crecía ante la inminencia de su aprobación en la Legislatura. En ese contexto el grupo "desaprueba" sube un 9,6% y se ubica más alto que en el punto de partida de enero: 46,9% y al mes siguiente vuelve a subir llegando su máximo histórico: el 50,1%.

Mientras tanto el grupo de "Aprueba gran parte" que arrancó en enero de este año con un 15,3% sube más de seis puntos y llega al 21,5% que resultó ser el más alto del semestre. Luego va bajando mes a mes, con un repunte en mayo, para descender definitivamente a un 12,2% en junio. Por último, como ya se dijo, en enero este grupo midió 15,3%, en febrero subió al 21,5%, en marzo bajó al 18,3%, en abril volvió a bajar al 12,8%, en mayo repuntó llegando al 16,3% para bajar un 12,2% en junio.

Aprueba gran parte

En 2016 "Aprueba gran parte" arrancó en su punto más bajo con un promedio de un 19,4% anual y 2017 subió seis puntos llegando a un 25,6% para descender a un promedio del 16,1% durante el primer semestre del 2018.

Aprueba algunas cosas

Este fue el grupo más estable aunque año tras año fue descendiendo levemente: arrancó con un promedio de 30,6% durante el 2016, bajó levemente a un 30,6 en 2017 y en 2018 llegó a un 29,3%. En junio de 2018 se ubicó por debajo del promedio del primer semestre con un 26,8%. Este valor es el más bajo de los dos años y medio.

Desaprueba

El grupo que desaprueba la gestión de Rodríguez Larreta fue el dominante de los tres. En promedios anuales, en 2016 el 35,8% desaprobó la gestión del Gobierno porteño, en 2017 ese grupo se mantuvo estable y bajó levemente llegando al 35,7%. Finalmente durante el primer semestre de 2018 promedió un 43% finalizando en junio con un 50,1% de desaprobación.

El estudio

El estudio abarcó desde enero de 2016 hasta junio de 2018. En 2016 y 2017 se realizaron tres mediciones por año y en 2018, una por mes. En promedios anuales, el índice de desaprobación de la gestión de Rodríguez Larreta estuvo en el 35,8% y al año siguiente se mantuvo con un 35,7%. En ninguno de esos dos años el porcentaje de "Aprueba gran parte" y de "Aprueba algunas cosas" superó el "Desaprueba".

El 2016 se hicieron mediciones en enero, junio y diciembre. En 2017 en abril, octubre y noviembre y en 2018 todos los meses <informe original>.

Grupo de Opinión Pública

Es una consultora privada que se presenta en su sitio web institucional como un equipo de profesionales de amplia experiencia en el campo social y político que ha asesorado a casi todas las figuras del escenario nacional de las últimas décadas y que se ha reunido para ofrecer un servicio integral de análisis y estudio, de características novedosas en el país.

Entre las tareas que realizan se encuentra el desarrollo mensual de un estudio sistemático de expectativas y humor social y el análisis detallados de estudios con abordajes políticos, institucionales, sociales, psicológicos, económicos y culturales Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

[1] BPN Nº 635 del 12/07/18: "El Proyecto Carrillo se convirtió en la Ley 5.983".

[2] BPN Nº 625 del 8/02/18: "Se dará marcha atrás con cuatro resoluciones de Macri".

[3] BPN Nº 629 del 12/04/18: "Para bajar un 20 hay que ahorrar un 40 por el Sr. Juan Mauricio Araujo".

[4] AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH.

[5] La Nación del 25/07/18: "Por la inflación, casi uno de cada tres departamentos se atrasa en el pago de expensas".


Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.


Se busca que las multas por incumplimiento aumenten drásticamente.

Se busca que las multas por incumplimiento aumenten drásticamente.

Proyecto de ley porteño

Quieren que la limpieza del tanque de agua sea una vez por año

[BPN-26/07/18] El pasado 11 de julio, el Ejecutivo porteño presentó en la Legislatura un proyecto de ley que obligará a los consorcios a limpiar y desinfectar los tanques de agua de los consorcios una vez por año y a realizar un análisis bacteriológico y físico químico del agua seis meses después. Actualmente está vigente la Ordenanza 45.593 que establece que la limpieza y desinfección de los tanques de agua se haga cada seis meses.

El proyecto de ley que consta de 7 artículos de los cuales uno es de forma, se encuentra en la Comisión de Legislación General.

Las obligaciones

El artículo 2º de la iniciativa presentada por Horacio Rodríguez Larreta en su carácter de jefe de Gobierno porteño pone es cabeza del consorcio y su administrador las siguientes obligaciones:

"a) Limpiar y desinfectar los tanques de almacenamiento de agua potable destinada al consumo humano al menos una vez al año, conforme la normativa vigente y aplicable a la materia, procurando el cuidado y uso racional del agua.

"b) Controlar y revisar en forma periódica las instalaciones, a fin de conservar, mantener y asegurar la hermeticidad del agua, garantizando las condiciones necesarias para su consumo.

"c) Efectuar un análisis bacteriológico y físico — químico del agua destinada al consumo humano, que se encuentra en los tanques. Dichos análisis deberán realizarse a los seis (6) meses de la limpieza y desinfección anual obligatoria. La Autoridad de Aplicación establecerá el/los profesional/es autorizados para efectuar y evaluar los análisis.

"d) En el supuesto que del resultado de los análisis surja que la calidad del agua potable para consumo humano no se ajuste a los estándares establecidos por el Ente Regulador de Agua y Saneamiento (ERAS), o del organismo que en su futuro lo reemplace, se deberá cumplir nuevamente con lo dispuesto en los incisos a) y b) del presente artículo".

Las sanciones

La iniciativa contempla un drástico aumento de las sanciones por el incumplimiento de esta obligación. Para ello en el artículo 3º propone modificar el artículo 1.2.3 del Régimen de Faltas de la CABA (Ley 541) que hoy establece una multa que va desde las 50 hasta las 1.350 unidades fijas y aumentarlas a un rango que arranca con un mínimo de 1.000 a un máximo de 3.500 unidades fijas. El mínimo se multiplicó 27 veces y el máximo 3 veces y media. En términos de dinero, la multa mínima será –de aprobarse- de 13 mil pesos y la máxima de 45.500 pesos.

El artículo 3º de la iniciativa del Gobierno reza textualmente: "Modifíquese el artículo 1.2.3 del Capítulo II "Higiene y Sanidad", Libro II "De las faltas en particular, Sección 1°, del Anexo A de la Ley N° 451 que aprobó el Régimen de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado por la Ley N° 5.666), el que quedará redactado de la siguiente manera: ‘El consorcio de propietarios y/o administrador que omita cumplir con la limpieza y desinfección de los tanques de agua destinados al consumo humano, el mantenimiento y conservación de los mismos y sus instalaciones y/o no realizara el análisis bacteriológico y físico químico conforme lo previsto en las normas correspondientes, es sancionado/a con multa de un mil (1.000) a tres mil quinientas (3.500) unidades fijas’.

Actualmente ese mismo artículo establece: "El/la titular o responsable de un establecimiento o inmueble que no desinfecte y/o lave los tanques de agua destinados al consumo humano, conforme lo previsto en las normas correspondientes, es sancionado/a con multa de cincuenta (50) a mil trescientas cincuenta (1.350) unidades fijas y/o clausura del establecimiento".

El ahorro

Para un edificio de 20 unidades, una limpieza de tanques cuesta a grandes rasgos y en promedio unos 7 mil pesos. O sea que hoy en día ese edificio paga por año cerca de 14 mil pesos por una limpieza semestral.

De aprobarse la iniciativa del Ejecutivo porteño el edificio pasará a pagar 7 mil pesos por la limpieza de tanques [1] A eso hay que sumarle cerca de mil pesos por el análisis bacteriológico y otros mil por el análisis físico químico que se debe hacer a los seis meses de la limpieza. O sea que en el año gastará nueve mil pesos. Esto terminará representando un ahorro de 11 mil pesos por año, lo que se traduce en 917 pesos por mes o 46 pesos por unidad funcional [2] Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

[1] Fuente: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH.

[2] Todos los números fueron redondeados a enteros según las reglas convencionales matemáticas para una lectura más fluida.


Cultura de Trabajo


Quien no realice las tareas de desinfecciones y desratización periódicas puede recibir una multa de hasta 26 mil pesos.

Quien no realice las tareas de desinfecciones y desratización periódicas puede recibir una multa de hasta 26 mil pesos.

Resolución 245/APRA

Ahora la desinfección será responsabilidad de los consorcios

[BPN-26/07/18] El pasado 13 de julio, Juan Filgueira Risso, presidente de la Agencia De Protección Ambiental (APRA) porteña estableció que la desinfección y desinfestación de los espacios comunes y unidades funcionales de los edificios es responsabilidad del consorcio a través de su administrador y dejó la periodicidad a criterio de la asamblea de copropietarios.

Textualmente el artículo 1º de la Resolución 245/APRA ordena: "Establécese como responsabilidad del consorcio, a través de su administrador, la desinfección y/o desinfestación de los espacios comunes y unidades funcionales de los inmuebles sujetos al régimen de la Propiedad Horizontal, quedando la periodicidad sujeta a determinación de la asamblea de consorcistas y copropietarios".

Cada fumigación, en un edificio de unas 20 unidades sale entre 1.800 y 2.000 pesos por mes y el Gobierno de la CABA estimó que el ahorro emergente de realizar sólo dos fumigaciones por año representará un ahorro de unos 20 mil pesos anuales. Sin embargo, en diálogo con Pequeñas Noticias, el Adm. Matías Ruiz, presidente de AIPH (Administradores Independientes de Propiedad Horizontal) alertó que si bien la Resolución 245/APRA, a primera vista, parece que exime a los consorcios de realizar las desinfecciones mensuales en realidad se pone en cabeza del consorcio la responsabilidad de contratar una empresa y de la asamblea de copropietarios el de determinar la periodicidad con todas las consecuencias que ello conlleva. O sea, no lo exime de la obligación, delega en el consorcio la decisión –y sus consecuencias- de determinar la periodicidad más conveniente para "garantizar que siempre se encuentre limpio y conforme a las normativas de salubridad pública".

Es de destacar que el artículo 3º de la resolución de Protección Ambiental aplica severas multas por incumplimientos: "La inobservancia de la responsabilidad determinada en el artículo 1° será considerada falta grave y pasible de sanciones administrativas, siendo de aplicación el artículo 1.3.22 de la Ley 451, en caso de corresponder, al consorcio, representantes y/o administradores del consorcio de propiedad horizontal".

El artículo 1.3.22 del "Régimen de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires" (Ley 451) establece taxativamente: "El titular o responsable de un establecimiento o inmueble en el que se comprobare la existencia de roedores y no realice las tareas de desinfecciones y desratización periódicas, es sancionado/a con multa de 200 a 2.000 unidades fijas. Cuando se trate de un edificio afectado al régimen de propiedad horizontal y la existencia de roedores se compruebe en las partes comunes, la multa se aplica contra el consorcio de propietarios". Por el momento la unidad fija está fijada en 13 pesos [1] lo que pone las multas entre los 2.600 pesos y los 26 mil pesos.

A pesar de todo, el Estado local se reserva el derecho a intervenir de oficio con el fin de preservar la salud y salubridad pública de ser necesario y el artículo 2º ordena: "Exceptúese de lo previsto en el artículo 1°, aquellos casos en que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, con el fin de preservar la salud y salubridad pública, considere imperioso intervenir de oficio subsistiendo, no obstante, la obligación del consorcio prevista en el artículo anterior, según corresponda".

La resolución tiene 7 artículos de los cuales uno es de forma y fue publicada en el Boletín Oficial de la CABA el pasado 20 de julio.

Libertad de elección

En los considerandos el funcionario argumentó que "dependiendo de la estructura funcional de cada edificio, la época del año, humedad y temperatura, entre otros factores, se genera una variación en la proliferación de plagas y en el efecto residual de los productos aplicados, no pudiendo establecerse un criterio general y homogéneo a todos los consorcios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", y agregó a continuación: "Con el objeto de disminuir la distorsión de los servicios de desinfección y desinfestación y promover su efectividad, salvaguardando el deber de proteger la salud y el bienestar ciudadano; resulta menester brindar a los propietarios de inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal la libertad con respecto a la periodicidad en la prestación del servicio, en relación a los espacios comunes y unidades funcionales".

Tal cual habíamos adelantado, Filgueira Risso no exime al consorcio de contratar el servicio de fumigación sino que pone en cabeza del consorcio la responsabilidad de "garantizar que siempre se encuentren limpios y conforme a las normativas de salubridad pública". Literalmente argumentó: "la frecuencia, que será fijada por el consorcio como responsable del edificio en función de las necesidades propias de cada lugar, deberán ser suficientes para garantizar que siempre se encuentren limpios y conforme a las normativas de salubridad pública". Lo que la Resolución le proporciona –en sus palabras- es el derecho a la libertad de elección y al control de gestión: "Se ha de tender a la búsqueda de estándares generales que garanticen el derecho a la libertad de elección y el derecho al control de la gestión por parte de los integrantes de cada consorcio, estableciendo de este modo diferentes alternativas a los vecinos" Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

[1] Resolución 130/MJySGC/18 del 2/02/2018 (BO: 9/02/18).


BOLSA DE TRABAJO - AVISOS CLASIFICADOS

EMPLEO - OFRECIDO

ENCARGADO DE EDIFICIOS O SUPLENCIA: Me ofrezco como encargado de edificios. Experiencia comprobable y muy responsable. Con o sin vivienda - Nombre: Fabián Giménez - Llamar al teléfono: (221) 363-6221 - Localidad: La Plata / Buenos Aires  - Correo electrónico: fabian1974gimenez@gmail.com

LIMPIEZA DE EDIFICIOS: Me ofrezco para realizar tareas de limpieza - No tengo conocimientos de plomeria ni electricidad - Responsable y cumplidor - Nombre: David Ibarra - Llamar al teléfono: (11) 3617-7952 - Localidad: Capital Federal / Buenos Aires - Correo electrónico: sylayyani@hotmail.com

ENCARGADO, SUPLENCIAS: Busco trabajo de encargado de edificio, ayudante o para suplencias en CABA - Tengo experiencia en mantenimiento edilicio general, servicios de plomería y gas a hogares, empresas y edificios - Mantenimiento e instalación de estufas, cocinas, calefones y termotanques. Trabajo y soldadura de cañerías de plomo, hidrobronz, termofusion, PVC, galvanizado y epoxi. - Nombre: Pablo Irusta - Llamar al teléfono: (11) 2888-7196 en el horario de 8 a 22 hs. - Localidad: Quilmes / Buenos Aires - Correo electrónico: pablo.irustaa@gmail.com

ENCARGADO PERMANENTE O MEDIA JORNADA C/S VIVIENDA: Busco nuevo edificio, estoy en uno hace 4 años y busco algo más grande o sin vivienda o ayudante de 12 a 17 hs. o domingos y feriados - Tengo buenas referencias de distintos administraciones, movilidad propia y registro de conducir - Nombre: Adrián Muñoz - Llamar al teléfono: (11) 3862-0588 - en el horario: 07 am a 22 pm - Localidad: CABA / Buenos Aires - Correo electrónico: caem1988@gmail.com

ENCARGADO PERMANENTE CON VIVIENDA: Soy ayudante de media jornada hace dos años y tengo amplias experiencias en suplencias. Si bien tengo ese cargo, ejerzo las funciones de un encargado: mantenimiento de áreas comunes, atención de proveedores, etc. Tengo experiencia en mantenimiento de jardín y piletas y soy ingresante de la carrera de Trabajador Integral de Edificio. Busco un empleo de 8 hs. Puedo enviar CV a solicitud. Nombre: Bruno Fabi - Llamar al teléfono: (11) 6374-2121 - Localidad: Buenos Aires - Correo electrónico: brunofabi21@hotmail.com

ENCARGADA DE EDIFICIOS: Experiencia en suplencias - Nombre: Silvia Mariela Álvarez - Teléfono: (15) 5052-8544 - Localidad: José C. Paz / Mendoza - Correo electrónico: leandro10@gmail.com

AYUDANTE DE ENCARGADO: ¡Necesito trabajo urgente! Estoy empezando en este rubro y la verdad, me gusta. - Nombre: Matías Gabriel Santillán - Teléfono: (11) 2724-3757 - Localidad: Grand Bourg / Buenos Aires - Correo electrónico: matyjulieta402@gmail.com

AYUDANTE O ENCARGADO: Tengo experiencia, soy suplente los fines de semana - Nombre: Domingo Vicente González Aquino - Teléfono: (15) 5877-8247 - Localidad: Lanus Este / Buenos Aires - Correo electrónico: domingogonzalez2016@gmail.com

ENCARGADA DE EDIFICIO CON VIVIENDA: Nombre: Rhita Gonzales - Teléfono: (11) 5664-1129 - Localidad: Villa Crespo / CABA - Correo electrónico: facu_luna90@hotmail.com


El Gobierno nacional anunció que las tarifas de gas y electricidad subirán en octubre sólo un 25 o 30%.

El Gobierno nacional anunció que las tarifas de gas y electricidad subirán en octubre sólo un 25 o 30%.

Tarifas de servicios públicos

Consorcistas Unidos le mandará una carta a Macri

[BPN-26/07/18] En los próximos días, el Leg. Sergio Abrevaya (GEN) y los representantes de cinco entidades de consorcistas harán llegar a Mauricio Macri su "preocupación por el gran impacto que la suba de tarifas ha tenido en las expensas de consorcios con servicios centrales". Además solicitaron que aquellos que acceden a una tarifa social puedan extenderlo a su parte proporcional de ese gasto común. Por ejemplo, si un propietario es beneficiario de la tarifa social en el consumo eléctrico de su unidad pueda extender ese beneficio a la parte proporcional que le corresponde del consumo eléctrico del consorcio.

Anunciaron también que solicitarán una audiencia con el Ministro de Energía y Minería, Ing. Javier Iguacel, para trasladarle estas inquietudes y trabajar en pos de una solución.

El pasado 19 de julio, con este objetivo, Abrevaya y los titulares de las cinco entidades de los consorcistas, bajo el nombre de Consorcistas Unidos, convocaron a una reunión para la firma de la carta que se le enviará al presidente de la Nación en el Hotel Uno a las 14 hs.

La convocatoria de la reunión se hizo con el objetivo de "reclamar por tarifas especiales para consorcios", y agregó: "Si se tiene en cuenta que la suba de tarifas impactó fuertemente en todos los ciudadanos, debemos hacer hincapié en lo que esto significa para las multiviviendas con servicios centrales, que pagan las categorías más altas por el consumo que registran (y es imposible de controlar, justamente por ser servicios centralizados). Asimismo, quien accedió a tarifa social, por ejemplo un jubilado que percibe la mínima, paga menos por su tarifa individual pero no puede transferirla al consorcio y termina abonando onerosos servicios centrales".

Mientras tanto un matutino nacional informaba que el Gobierno nacional "preocupado por la marcha de la inflación y, en paralelo, por el cumplimiento de las metas fiscales pactadas con el FMI, prometió que las tarifas de gas y de electricidad sólo aumentarán en torno del 25% y el 30%, respectivamente, a partir de la próxima revisión de octubre" [1].

Contexto

Para ubicar la solicitud en un marco económico y social, hay que tener en cuenta que -según los datos del IPC (Índice de Precios al Consumidor) de la CABA- entre 2015 y 2017 la electricidad subió un 562%, el agua 338% y el gas 223%. Estos porcentajes son muy superiores al 72% de incremento promedio que recibieron los sueldos de los trabajadores registrados del sector privado, es decir los que mejores condiciones tienen dentro del mercado laboral porque –entre otros- gozan de aportes jubilatorios, aguinaldo y vacaciones.

Gas: Por otra parte, a fines de 2017, el exministro de Energía y Minería de la Nación había explicado que "en octubre de 2016 comenzó un sendero de reducción gradual de subsidios". A comienzos de 2016 se subsidiaba a los usuarios residenciales del país cerca del 80% del precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST). En abril se cubría el 30% y la voluntad de reducir los subsidios no decae: se espera que en octubre de 2019 se alcance el 0%, según las últimas estimaciones oficiales.

Electricidad: También es este rubro se busca reducir al mínimo los subsidios: Según datos oficiales, los subsidios al precio estacional de electricidad para los consumidores residenciales llegaba al 70% en 2016, mientras que en 2018 se estima bajará al 18% y en 2019 bajará nuevamente al 10 por ciento [2].

Por último, casi cuatro millones de usuarios reciben tarifa social, eso es casi uno de cada tres hogares [3].

La carta

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 19 de julio de 2018

Señor Presidente de la Nación

Ingeniero Mauricio Macri

En nuestro carácter de representantes de asociaciones de consorcistas y copropietarios de edificios, le hacemos llegar nuestra preocupación por el gran impacto que la suba de tarifas ha tenido en las expensas de consorcios con servicios centrales, específicamente por tratarse de edificios antiguos en los cuales pagan las categorías más altas por el consumo que registran.

Asimismo, aquellos que accedieron a tarifa social y perciben jubilaciones mínimas, pagan menos por su tarifa individual pero no pueden transferirla al consorcio y terminan abonando sumas onerosas por los servicios centrales.

Si se tiene en cuenta que la suba de tarifas impactó fuertemente en todos los ciudadanos, debemos hacer hincapié en lo que esto significa para las multiviviendas con servicios centrales.

Saludamos a usted con atenta consideración,

Diputado LCABA Sergio Abrevaya, Alicia Giménez (presidente de UCRA [3]), Samuel Knopoff (presidente de FEDECO [4]), Diego Gallione (representante de ADEPROH [5]), Jorge Resqui Pizarro (presidente de ReDeCo [6]) y María Teresa Villanueva (presidente de Consorcistas Comuna 2).

Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

[1] Clarín del 24/07/18: "El Gobierno afirma que el gas y la luz subirán al ritmo de la inflación: entre 25 y 30%".

[2] Chequeado del 18/04/18: "Gas, luz y agua: cuánto subieron las tarifas con Cambiemos".

[3] Chequeado del 2017: "Hoy casi cuatro millones de usuarios reciben tarifa social, eso es casi uno de cada tres hogares".

Foto: Despacho del Leg. Sergio Abrevaya.


Facundo Carrillo.

Facundo Carrillo.

Ley 5.983

Ya se promulgó la Ley Carrillo

[BPN-26/07/18] El pasado 13 de julio, el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta promulgó la Ley 5.983, conocida también por el nombre Ley Carrillo o Plataforma Oficial Consorcio Participativo. El Decreto lleva el número 224/18, fue publicado en el Boletín Oficial de la CABA del 17 de julio y lleva la firma de Rodríguez Larreta y Felipe Miguel, jefe de Gabinete de Ministros de la CABA.

La ley se divide claramente en dos partes: En primer término, se agregaron a la Ley 941 cinco nuevas obligaciones a los administradores, a las existentes se sumaron cuatro infracciones para sancionarlos y nueva información para incluir en las expensas [1]. En segundo, se incorporó a la Ley 941 un capítulo especial –el sexto- dedicado a la "Aplicación de la Plataforma web oficial" con 10 artículos específicos y una cláusula transitoria [2].

Es de destacar que a la fecha todavía no se sabe qué hará exactamente la aplicación ni cuánto costará a los contribuyentes porteños su desarrollo y mantenimiento mensual. La "gestión administrativa del consorcio" que menciona el artículo 23 de la ley es un término muy amplio.

Es de destacar que sólo esta última parte necesita ser reglamentada, las nuevas obligaciones a los mandatarios de los consorcios y el régimen de sanciones entró en vigencia desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

---

[1] BPN Nº 635 del 12/07/18: "La Ley 5.983 realizó 33 intervenciones en la Ley 941"

[2] BPN Nº 635 del 12/07/18: "Los 10 artículos de Consorcio Participativo".


María Fabiana Lizarralde.

María Fabiana Lizarralde.

Sueldos Julio/2018

Para julio, sólo el sueldo

[BPN-26/07/18] Después del aguinaldo y la suma no remunerativa del mes pasado, en julio solo hay que liquidar el sueldo, sin ninguna otra novedad y con la misma escala salarial que está vigente desde el mes de abril pasado.

La Resolución 126/2018, homologada el 21 de marzo de 2018, estipuló pagar un monto de $6000 no remunerativos en tres cuotas: la primera ya se abonó con el sueldo de junio, la segunda se deberá pagar con el de agosto y la última con el de octubre.

En el mes de julio cambió el importe del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) de un valor mensual de $9.500 a $10.000 y por hora de $47.50 a $50, o sea un 5.26%. El valor del SMVM fue modificado por la Resolución 3-E/2017 publicado en el Boletín Oficial del 27 de junio de 2017. Si bien los valores de la escala salarial del sector de la propiedad horizontal son muy superiores, el SMVM se debe tener en cuenta para aquellos casos en que se debe realizar cálculos de embargos.

Para tener en cuenta a la hora de liquidar

Julio 2018: Varios

1)

Escala salarial vigente
(Res. 126/2018)

Abril 2018. Se homologó el acuerdo paritario el 21 de marzo de 2018.

2)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil

(Resolución 3-E/2017 BO 27/06/2017)

* A partir del 1/07/17 $8860 por mes y $44,30 por hora

* A partir del 1/01/18 $9500 por mes y $47,50 por hora

* A partir del 1/07/18 $10000 por mes y $50,00 por hora

3)

Asignaciones familiares

A partir del 1º de julio de 2010 la Administración Nacional de la Seguridad Social liquidará en forma directa las Asignaciones Familiares de los trabajadores. De esta forma, el Estado Nacional efectúa los controles sobre las asignaciones familiares de los trabajadores y quita a los empleadores la carga financiera a través del pago anticipado del beneficio.

4)

Feriados de julio (1)

Lunes 9 por día de la Independencia.

5)

Días no laborables de julio (-)

-

6)

Formulario 931
(Res. 2407/08 y Dto. 1448/08)

Según la cantidad de empleados, se debe utilizar el aplicativo "Declaración en línea" o la versión vigente del SICOSS.

Julio 2018: Sueldos (Aportes)

1)

Aporte Jubilatorio:
(Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007)

11%

2)

INSSJP (Ley 19032)

3%

3)

Aporte sindical

2%

4)

Aporte Obra social

3%

5)

Caja de Protección a la familia

1%

6)

Fondo para la Maternidad, Vida, Desempleo y Discapacidad (FMVDD)

 

Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Adm. Luis Sinagra.

Adm. Luis Sinagra.

Correo de Opinión

Sobre Consorcio Participativo por el Adm. Luis Sinagra

Estimado Claudio:

Gracias por mantenernos al corriente de las novedades y posiciones.

Es una ley, la deberemos cumplir y aceptar la regla de juego que al funcionario/político de turno sólo lo podemos limitar con el voto y fumarnos sus errores involuntarios... con nuestros impuestos. En relación a los voluntarios debemos aceptar que la justicia se ocupe, es decir no se avanza en este aspecto y el país hace más de medio siglo que retrocede, según estadísticas mundiales o regionales.

Sólo destaco que no es gratis, se paga con los impuestos de quienes habitan en propiedad horizontal como quienes tienen una casa o local comercial en terreno propio.

Espero que esto resulte útil y que el objetivo que el poder político busque esté cubierto y no se repita la historia de la media docena de libros obligatorios en desuso, la Ley 411, etc. etc. Ya que esta vez la apuesta es costosa, la pagan todos y se debe entender que esa nueva partida no irá a educación, salud, gente en situación de calle, ayuda comunitaria. etc.

Por último, espero que el aplicativo ofrezca en favor del administrador resaltar el incumplimiento de las normativas cuando el consorcio por asamblea se opone a dar cumplimiento y evitarnos multas innecesarias que representan un costo administrativo al porteño.

Un saludo cordial Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Luis Sinagra

(15/07/2018)


Correo de Opinión

Sobre "Finalmente Abrevaya votó a favor del Proyecto Carrillo" por el Sr. Francisco Horacio Bacchetta

Buenos dias señor Director:

Sería importante que se aclare con más detalle la afirmación del señor Abrevaya sobre los listados de administradores vendidos.

Quiénes son y a quienes se les vende.

Muchas gracias Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

Francisco Horacio Bacchetta

(15/07/2018)


¿Qué significan las siglas?

ACCABA: Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ACoPH: Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).

ACRA: Arbitros de Consumo de la República Argentina.

ADEPROH: Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la Propiedad Horizontal RA.

AFIP: Administración Federal de Ingresos Públicos.

AGIP: Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.

AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.

AIPH: Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal AIPH.

APARA: Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.

API: Asocición Propietarios de Inmuebles.

APIPH: Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.

APBR: Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.

APROPHMAR: Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.

CAAC: Confederación Argentina de Administradores de Consorcios.

CABA: Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

CACCyC: Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.

CAPHBByZ: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y Zona.

CAPHPBA: Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.

CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.

CAPRA: Cámara de Propietarios de la República Argentina.

CASIPH: Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.

CCT: Convenio Colectivo de Trabajo.

CDI: Clave de Identificación.

CECAF: Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.

CEDDDA: Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.

CGPC: Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.

CIA: Cámara Inmobiliaria Argentina.

COAPLA: Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.

CEPRARA: Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina

CUCICBA: Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.

CUIL: Clave Única de Identificación Laboral.

CUIT: Clave Única de Identificación Tributaria.

FAC: Federación Argentina de Consorcios.

FAPH: Foro de Abogados de Propiedad Horizontal.

FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.

FECIBA: Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.

FEDECO: Federación de Asociaciones de Consorcios.

FRA: Fundación Reunión de Administradores.

ICI: Instituto de Capacitación Inmobiliaria.

INADI: Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.

IxE: Indignados por expensas.

LCPH: Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.

RCD: Red de Consorcistas Damnificados.

ReDeCo: Reafirmación de los Derechos del Consorcista.

SEARA: Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.

SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.

SUTERH: Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.

UADI: Unión Administradores de Inmuebles.

UCRA: Unión de Consorcistas de la República Argentina.

UITEC: Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.

ULAI: Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.

UMIPH: Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.


Boletín de Pequeñas Noticias

Número de Edición: 636 [ DCXXXXVI ] [1ª Edición]

Fecha de publicación: 26 de julio de 2018

Director y propietario: Claudio García de Rivas

Redes sociales: Página Facebook, Grupo Facebook, Twitter, Google+

Dirección: Gral. César Díaz 2761 (1416) Capital Federal - República Argentina - Teléfono: 3526-1806 - Móvil: (11) 5981-3791 - E-mail: pequenasnoticias@gmail.com - URL´s: www.pequenasnoticias.com.ar - Horario: 10 a 17 hs.


Datos personales del suscripto:

Nombre y apellido: !*LAST_NAME*!, !*FIRST_NAME*!

E-mail: !*EMAIL*!


Los suscriptos de Pequeñas Noticias estan protegidos por la Ley 25.326 (Registro Nacional de Bases de Datos)


Si quiere suscribir, en forma gratuita a un amigo al Boletín de Pequeñas Noticias tiene que mandarnos un e-mail a: suscripcion@PequenasNoticias.com.ar con la palabra SUSCRIPCIÓN GRATUITA en el asunto del mensaje y en el texto: la razón social de la empresa (si existiera), su nombre, su dirección, su teléfono, la forma en que nos conoció y, por supuesto, su e-mail. En caso de querer cancelar la suscripción envíenos un e-mail desde el e-mail de su suscripción con las palabras CANCELAR SUSCRIPCIÓN en el asunto del mensaje.


Tanto las notas firmadas como los avisos publicitarios pagos y las gacetillas de prensa son responsabilidad de sus autores y no necesariamente representan la opinión del editor. Registro de Propiedad Intelectual en trámite. 9041 es marca registrada y Pewen es marca en trámite de registración (Actas Nº: 2198663 y 2198664) de Claudio García de Rivas, todas las demás marcas registradas que pudieran ser nombradas en el presente boletín, son propiedad de sus respectivos dueños y/o representantes legales.


Socio fundador de la Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal (UMIPH)

Las notas firmadas reflejan las opiniones de sus autores y no necesariamente las de Pequeñas Noticias - La presencia tanto de las publicidades como de las gacetillas de prensa no implican juicio de valor sobre los productos y/o servicios que puedan ofrecer - Prohibida la reproducción total o parcial sin la autorización fehaciente de Pequeñas Noticias