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Buenos
Aires, Argentina
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en la Web
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15 de Diciembre de 2021 - Nº 718
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Registro
Público de Administradores porteño
El
buscador de administradores no funciona desde febrero
Lo
más grave es que no alerta sobre su malfuncionamiento
Cuando se busca si un administrador está registrado el
sistema informa que no se encuentra
Esto lleva a los consorcistas a dudar si sus mandatarios
están o no registrados.
[BPN-15/12/21]
Según denuncias recibidas por la redacción de Pequeñas
Noticias, desde hace 6 meses y medio que el buscador
de administradores empadronados en el Registro Público
de Administradores (RPA) porteño no funciona.
Si
bien esto causa un notable perjuicio tanto a
administradores como a consorcistas lo más grave es que
la herramienta no alerta sobre su malfuncionamiento.
Simplemente, cuando se efectúa una búsqueda, muestra un
mensaje que indica que "no hay registros para el
criterio solicitado". Esta respuesta hace presumir
que el administrador buscado no está inscripto
lo cual puede no ser verdad....
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Consorcios
en tiempo de pandemia
Bouza
ordenó un protocolo más laxo para los consorcios
Mantuvo
las recomendaciones básicas a las que nos tiene acostumbrada la pandemia
del coronavirus
En esta nueva versión corrigió la redacción de algunos párrafos, otros
los eliminó y en algunos casos resumió las medidas que se deben tomar.
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Registro
Público de Administradores porteño
Subirán
fuertemente las multas a los administradores
Se
deberá a un sensible incremento de la unidad fija que es la base del
cálculo para las sanciones
El aumento superó la inflación que estimó el Banco central para el año
que viene.
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Agencia
gubernamental de control porteña
Ola
de aumentos: suben las tres obleas que pagan los consorcios
Se
trata de la oblea de ascensores, de calderas y de instalaciones fijas
contra incendios
En todos los casos los aumentos superan las predicciones de inflación
para el año que viene.
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IV
Congreso Latinoamericano de Administradores
Nuevos
paradigmas de la pospandemia
Fue
el primer congreso que se desarrolló en forma presencial y a sala llena
desde que se declaró la pandemia en marzo del año pasado
En sus comienzos se pidió un minuto de silencio por los administradores
fallecidos por coronavirus
Con este congreso la CAPHyAI festejó sus 70 años
Durante su desarrollo se respetó la distancia de dos metros entre
asistentes y se exigió el uso del barbijo.
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IV
Congreso Latinoamericano de Administradores
Marcelo
Cremona presentó a TIM
Es
una solución que encontró Banco Roela para el problema que se le genera
a los administradores cuando deben identificar la unidad funcional que
pagó las expensas mediante transferencia bancaria
La disertación incluyó la presentación del personaje que representa en
nuevo servicio.
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Mercado
Inmobiliario
RE/MAX
denunció a CUCICBA por abuso de posición dominante
Así
se abre un nuevo capítulo en el enfrentamiento entre el Colegio Único de
Corredores Inmobiliarios de la CABA y la franquicia estadounidense RE/MAX
en Argentina
Mientras que el presidente de la franquicia señaló que "se trata de
una guerra comercial desleal" desde CUCICBA replicaron: "Nuestra
tarea está delimitada por la ley de ejercicio profesional".
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Mercado
inmobiliario
Caída
del metro cuadrado por tercera vez consecutiva
En
octubre el promedio del precio del m2 real al cierre de las operaciones
del mercado inmobiliario cayó por tercera vez consecutiva con respecto al
mes anterior
Los más afectados fueron los departamentos de uno y dos ambientes
También el acumulado anual y el interanual arrojan números negativos.
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Ministerio
de Trabajo de la Nación
Finalizaría
la prohibición de despedir y la doble indemnización
Así
se dispondrá si continúa el crecimiento de la economía
y no hay sobresaltos en la situación sanitaria
La prohibición de despedir duró un año y nueve meses y
la doble indemnización dos años.
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¡¡¡Último
sorteo del año!!!
Ya
se entregaron lo libros a los ganadores
Durante
la primera semana de diciembre Pequeñas Noticias entregó
a los ganadores del sorteo sus premios
Los ejemplares de los sorteos que no fueron retirados
serán donados a consorcistas o entidades de consorcistas
que este año se destacaron por su labor.
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Rincón
Solidario
Administradores que no reparan desperfectos comunes
por la Dra. Diana Sevitz
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Rincón
Solidario
La Ley 25.413
por el Dr. Pablo Acuña
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Administradores
Profesionales de la Propiedad Horizontal
Fue
multado por segunda vez el presidente de ACAPPH
Se
publicó en el Boletín Oficial de la CABA una multa contra el Dr. Diego
Graziadei y en los considerandos se develó que ya tenía otra sanción
que nunca se publicó en el Boletín Oficial
En agosto el vicepresidente de la entidad había sido denunciado en
Clarín por una periodista.
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IV
Congreso Latinoamericano de Administradores
Los
aspectos penales de la administración de consorcios
El
Dr. Mariano Cúneo Libarona aconsejó a los administradores de consorcios
catorce medidas para evitar inconvenientes con la Justicia Penal y las
normas locales
Tipificó los delitos más comunes
Llamó a los administradores a actuar en bloque y con espíritu de cuerpo.
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Asociación
de Propietarios, Consorcios y Consorcistas
La
entidad de Awad ya ingresó a la IGJ
El
presidente del Colegio de Abogados de la Capital Federal confirmó que la
Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la RA es la que
había anunciado en su momento
De sus declaraciones como precandidato a diputado nacional se pudieron
inferir cinco de los objetivos de la entidad.
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SUTERyH
Santa Fe, 1ª Circunscripción
Aldo
Gistas ganó las elecciones en Santa Fe
Por
poco margen la Lista Verde conducida por Pedro Maidana perdió contra la
Celeste y Blanca
Todos los actores coincidieron en evaluar las elecciones como correctas y
ordenadas.
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Ciudad
Autónoma de Buenos Aires
En
octubre descendió la cantidad de escrituras de inmuebles
La
cantidad de escrituras de compraventa de inmuebles lleva también
acumulada una sensible baja en lo que va del año
En términos interanuales la cantidad de operaciones subió levemente
aunque por un monto total sensiblemente inferior.
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Grupo
Octubre
En
plena veda Santa María despide trabajadores de prensa
El
Sindicato de Prensa de Buenos Aires denunció que el Grupo Octubre
despidió trabajadores de la AM 750 y Mucha Radio
Los decretos que prohíben despedir y obligan a pagar doble indemnización
siguen vigente
Acusaciones de censura, listas negras y precarización laboral.
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Índices
de aumentos salariales para la propiedad horizontal
Este
mes el mensual y el interanual serán negativos
Este
mes el promedio de las escalas salariales de los encargados de edificios
perderá contra la inflación tanto con respecto con el mes pasado como en
la evaluación interanual.
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Correo
de Lectores
Los descuentos al personal jubilado
(16/11/2021)
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Bolsa
de Trabajo
Avisos
Clasificados
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Registro
Público de Administradores porteño
El
buscador de administradores no funciona desde febrero
[BPN-15/12/21]
Según denuncias recibidas por la redacción de Pequeñas Noticias,
desde hace 6 meses y medio que el buscador de administradores empadronados
en el Registro Público de Administradores (RPA) porteño no
funciona.
Si
bien esto causa un notable perjuicio tanto a administradores como a
consorcistas lo más grave es que la herramienta no alerta sobre su
malfuncionamiento. Simplemente, cuando se efectúa una búsqueda, muestra
un mensaje que indica que "no hay registros para el criterio
solicitado". Esta respuesta hace presumir que el administrador
buscado no está inscripto lo cual puede no ser verdad.
Esto
trae gran cantidad de inconvenientes a los administradores que presentan carpetas
para ampliar su cartera de clientes porque el primer control que realiza
el consorcio –corroborar si está matriculado- arroja un resultado
negativo.
Por
otra parte los consorcistas que atraviesan algún conflicto con su
administrador pueden llevarse la impresión errónea que, o no está
matriculado, o fue expulsado del RPA.
Según
denunciaron los vecinos a este medio, desde el 22 de febrero el
buscador del RPA no funciona correctamente –funciona
intermitentemente, dijeron- y a la base de datos sobre la que efectúa la
búsqueda no se agregaban administradores nuevos. En ese momento la
última inscripta fue una administradora que recibió el número 16.286.
Desde esa fecha ya pasaron 9 meses y 22 días.
Ante
un pedido de explicaciones del coordinador de la Comisión de
Consorcios de la Comuna 3, Andrés Zulberti, la Dirección
General de Defensa y Protección del Consumidor porteño respondió
que "el sistema informático interno está en proceso de
modernización" y prometieron que "en breve estará
operativo".
El
1º de junio se pudo observar que el RPA agregó a su base de datos a un
administrador nuevo, el Nº 16.287 pero a partir de ese momento dejó de
funcionar totalmente hasta el día de hoy.
Todo
hace suponer que los casi 400 mil dólares asignados a mejorar el sistema
de Defensa del Consumidor no alcanzaron para incluir una advertencia de
que el buscador no funciona [1].
Actualmente
el Registro Público de Administradores porteño está coordinado por Diego
Sarrabayrouse, depende de Defensa y Protección del Consumidor cuya
directora general es Vilma Bouza y cuyo superior directo es desde
el 1º de agosto de 2021 Julia Domeniconi, secretaria de Atención
y Gestión Ciudadana
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[1]
BPN Nº 710 del 16/08/21: "Defensa
del Consumidor gastará otros 6,8 millones en sus sistemas".
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Consorcios
en tiempo de pandemia
Bouza
ordenó un protocolo más laxo para los consorcios
Vilma
Bouza, directora general de Defensa y Protección del Consumidor porteño
[Foto archivo Pequeñas Noticias]
[BPN-15/12/21]
El pasado 30 de noviembre la Directora General de Defensa y Protección
del Consumidor porteño, Vilma Bouza, aprobó un nuevo
"Protocolo de recomendaciones relativo al uso y preservación de los
espacios comunes de los Consorcios de Propiedad Horizontal de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires".
Este
nuevo protocolo sanitario para los lugares comunes de los consorcios que
ordenó la abogada especialista en temas de consumo es más conciso y laxo
que el anterior. Algunas obligaciones se convirtieron en recomendaciones y
sobre todo se eliminaron requisitos para acceder a los gimnasios y las
piletas de natación de los consorcios.
Los
puntos básicos se mantuvieron a los que nos tiene acostumbrada la
pandemia de coronavirus se mantuvieron:
1.-
Mantener en condiciones de higiene y desinfección los espacios de uso
común.
2.-
Mantener permanentemente ventilados los ambientes cerrados que cuenten con
ventanas.
3.-
Mantener la higiene frecuente y adecuada de las manos sobre todo antes y
después de haber tocado superficies de uso común.
3.-
Mantener una distancia interpersonal de al menos 2 metros.
4.-
Usar adecuadamente el tapabocas en espacios cerrados.
El
nuevo protocolo sanitario para la propiedad horizontal fue ordenado
mediante la Disposición
5774 y su anexo.
Se publicó en el Boletín Oficial el 6 de diciembre.
Las
modificaciones
Entre
el protocolo anterior y el vigente se pudo apreciar que en general se
realizaron correcciones en la redacción y se resumieron párrafos enteros
en órdenes más sencillas y generales. No se agregaron obligaciones
nuevas.
A
modo de ejemplo y entrando en detalle se destaca:
Se
reemplazó el párrafo del punto 2.2 que decía "En forma ineludible
sin excepción se deberá respetar la distancia de 2 metros como
mínimo" por "Se recomienda respetar la distancia de 2 metros
entre personas no convivientes".
De
párrafo del punto 2.3 se reemplazó el párrafo que decía: "Como
medida de protección colectiva se deberá: Los espacios de uso común
deben mantenerse en condiciones de higiene y desinfección" por
"Se recomienda: Mantener en condiciones de higiene y desinfección
los espacios de uso común".
Se
borró otro párrafo de ese mismo punto que ordenaba: "Se recomienda
la apertura de puertas que produzcan la circulación cruzada de
aire".
Se
eliminó el párrafo destacado en mayúsculas en el original que ordenaba:
"No podrán utilizarse espacios sin ventilación".
En
el punto 3 se eliminaron los párrafos que ordenaban: "Espacios
comunes abiertos: El uso de los espacios comunes abiertos al aire
libre se encuentra permitido hasta 20 personas. Espacios comunes
cerrados: El uso de los espacios comunes cerrados se encuentra
permitido hasta 10 personas. Para la utilización de los mismos, se
recomienda el ingreso a dichas áreas a través de un sistema de turnos
manual o digital que permita a los propietarios, inquilinos y ocupantes
reservar anticipadamente la permanencia en el mismo".
En
su lugar se ordenó: "De los espacios comunes: Para la
utilización de los espacios comunes, se recomienda a los propietarios,
inquilinos y ocupantes mantener la distancia interpersonal de al menos 2
metros, el uso adecuado del tapabocas en espacios cerrados y las medidas
de higiene y limpieza como opción eficaz para evitar el contagio".
En
el punto 4 se eliminó el detalle de medidas que debía adoptar el
consorcio para el uso de los gimnasios y las piletas de natación en los
consorcios.
En
su lugar se recomendó en forma más general: "Establecer un sistema
de turnos digital o manual para los gimnasios y piletas a fin de fijar
criterios de horarios y permanencia", y se agregó que "todo
propietario, inquilino o grupo familiar de la propiedad horizontal
interesado en disfrutar y utilizar los espacios comunes del edificio que
habita, deberá recibir a través de su administración, copia del
presente protocolo a los fines de respetar y atender las recomendaciones
efectuadas en el mismo"
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Registro
Público de Administradores porteño
Subirán
fuertemente las multas a los administradores
[BPN-15/12/21]
El pasado 9 de diciembre subió la unidad fija con la que se determina la
multa a los administradores que infringen la Ley 941 en un 59,21%. De los
28,39 pesos que estuvieron vigentes durante este año trepará a 59,21
pesos por unidad.
El
aumento supera en 10,31 puntos porcentuales la inflación para el 2022
estimada por el Relevamiento de Expectativas de Mercado (REM)
elaborado por el Banco Central de la República Argentina. El
informe de octubre del REM estimó la inflación de 2022 en un 48,90%.
Año |
UF |
2020 |
21,90 |
2021 |
28,39 |
2022 |
45,20 |
El
valor de la unidad fija surge del inciso h) del artículo 35º del Presupuesto
de la Administración Gubernamental del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires (Ley 425) que reza:
h) |
Art.
16 Ley N° 941 (texto consolidado por Ley N° 6.347). |
1
UF = Pesos cuarenta y cinco con 20/100 ($ 45,20). |
Como
la ley se aprobó con modificaciones "que obran en las bancas"
habrá que esperar a su publicación en el Boletín Oficial para ratificar
este punto aunque todo hace pensar que las modificaciones fueron sobre
otros temas.
El
bolsillo del caballero y la cartera de la dama
Para
tener una idea de lo que significará este aumento el año que viene, es
de recordar que durante el año pasado se dispusieron 423 multas por un
monto de más de 23 millones de pesos (23.339.167) a un promedio de 55.175
pesos por multa.
Según
esos mismos números y según el nuevo valor de la unidad fija el total de
multas hubiera ascendido a más de 37 millones de pesos (37.158.519) y el
promedio de una multa hubiera sido de casi 88 mil pesos (87.845). O sea
que cada multa promedio sería de unos 32 mil pesos más.
Durante
el primer semestre de este año se impusieron 238 multas económicas por
un total de más de 15 millones de pesos. Si se aplica el nuevo valor de
la unidad fija ese total hubiera trepado a más de 24 millones de pesos y
la multa promedio se hubiera incrementado de 63 mil pesos a 100 mil pesos
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Agencia
gubernamental de control porteña
Ola
de aumentos: suben las tres obleas que pagan los consorcios
[BPN-15/12/21]
Desde el 1º de enero del año que viene las obleas de los ascensores
sufrirán un aumento de más del 50%. Por otra parte las obleas de las
instalaciones fijas contra incendio y la de las calderas se incrementarán
en casi un 57%.
En
el primero de los casos el aumento de la oblea superará en 1,5 puntos
porcentuales el estimado de inflación anual que realizó el Banco Central
para el año que viene y en el segundo en 8,05 puntos.
Así
surge del ANEXO a la Ley Tarifaria (Ley 424) para el año que viene que se
aprobó en la Legislatura porteña el pasado 9 de diciembre.
Ascensores
Este
año la tarifa de esta oblea se dividió en dos semestres. Quienes la
abonen durante el primer semestre deberán pagar 2.205 pesos por cada
elevador instalado lo que incluye ascensores, montacargas, escaleras
mecánicas, guarda mecánica de vehículos, rampas móviles y
"artificios especiales". Durante el segundo semestre el precio
sube a 2.535 pesos.
Es
de recordar que durante el año pasado cada oblea costaba 1.575 pesos,
unos 795 pesos menos que el costo promedio de este año.
La
obligación surge del artículo 98º del anexo de la Ley Tarifaria 2022
que reza:
Artículo
98º: Por el servicio de Registro de Conservación de Elevadores,
en concepto de tasa anual, por cada elevador instalado
(ascensores, montacargas, escaleras mecánicas, guarda mecánica
de vehículos, rampas móviles y artificios especiales), se abona:
Del
01/01/2022 al 30/06/2022 |
$2.205 |
Del
01/07/2022 al 31/12/2022 |
$2.535 |
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Teniendo
en cuenta que desde 2013 el Gobierno de la CABA lleva recaudados por este
concepto alrededor de 25 millones dólares (casi 600 millones de pesos),
la redacción de Pequeñas Noticias se preguntó en qué consiste
exactamente el servicio que se presta.
Exceptuando
la inversión inicial en el programa informático que se desarrolló en su
momento, la alimentación de los datos del programa la realizan los
actores involucrados en forma directa: administradores, empresas
conservadoras, etc.
Caldera
e instalaciones fijas
En
este caso también el valor de la oblea se desglosó en dos aunque es el
mismo para los dos "servicios". Durante el primer semestre
costará 2.205 pesos y durante el segundo 2.532 pesos.
El
año pasado esa oblea costaba 1.510 pesos, o sea que se incrementó en
promedio 860 pesos, lo que representa un aumento del 56,95%.
En
este caso las obligaciones surgen de dos artículos el 159º y el 160º:
Artículo
159.- Por el Servicio de Registro de Mantenimiento de
Instalaciones Fijas contra Incendio en concepto de tasa anual por
cada una de estas instalaciones, se abona:
Del
01/01/2022 al 30/06/2022 |
$2.115 |
Del
01/07/2022 al 31/12/2022 |
$2.430 |
Artículo
160.- Por el Servicio de Registro de Verificación de las
instalaciones (artefactos térmicos) destinadas a producir vapor
y/o agua caliente, ya sea con fin industrial o de confort y de
aceite caliente para calefacción de procesos, en concepto de tasa
anual por cada una de estas instalaciones, se abona:
Del
01/01/2022 al 30/06/2022 |
$2.115 |
Del
01/07/2022 al 31/12/2022 |
$2.430 |
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Administradores
Profesionales de la Propiedad Horizontal
Fue
multado por segunda vez el presidente de ACAPPH
[BPN-15/12/21]
El pasado 23 de noviembre se publicó en el Boletín Oficial una multa
contra el presidente de Asociación Civil Administradores Profesionales
de la Propiedad Horizontal (ACAPPH), Dr. Diego Graziadei,
que se le había impuesto hacía más de 8 meses.
En
los considerandos de la norma sancionatoria se develó que el presidente
de ACAPPH había sido sancionado el 30 de octubre de 2019 mediante la
Disposición 11.353 con una multa de 23.851 pesos, casi 400 dólares
según la cotización de aquel momento. Esa disposición nunca fue
publicada en el Boletín Oficial.
Por
otra parte, es de recordar que el 30 de agosto la periodista Mayra
Pertossi denunció en Clarín al vicepresidente ACAPPH:
"Increíble que el señor Christian Tettamanti, que desfalcó
a un consorcio de Caballito y perdió ambos juicios civil y penal, dé
charlas de buena conducta de administradores y, peor aún, que aconseje
cómo administrar en tiempos de pandemia en la página web de la
Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal de la Ciudad"
[1].
Sobre
la denuncia de la periodista al vicepresidente y las multas dispuestas
contra el presidente la entidad no hizo ningún descargo ni en sus redes
sociales ni en su sitio web institucional.
La
Disposición 471 fue ordenada por Vilma Bouza el 9 de marzo de 2021
y fue publicada en el Boletín Oficial el 23 de noviembre [ texto
original].
La
sanción en detalle
Graziadei
fue multado con 59.619 pesos por infracción a tres obligaciones impuestas
por la Ley 941: el inciso b) y j) del artículo 9º y el inciso i) del
artículo 10º.
Es
de destacar que los artículos 9º y 10º están a la cabeza de las
infracciones más comunes: el 45% de los multados (y publicados) fue por
infringir el artículo 10º y el 34% por el artículo 9º.
El
inciso i) se llevó el 16% de los sancionados por infracciones al
artículo 10º mientras que el inciso b) está al tope de la lista de las
infracciones contra el artículo 9º con un 27%. El inciso i) se lleva un
modesto 16%.
El
inciso b) del artículo 9º [2]
Según
consta en la disposición, una copropietaria de un consorcio situado en la
Av. Scalabrini Ortiz al 2.200 informó a Graziadei que existían
desperfectos en las columnas de agua que podrían afectan el normal
suministro a través de la plataforma web de uso del consorcio en julio,
octubre y noviembre de 2019.
En
su descargo el administrador adujo que "los desperfectos en la
columna de agua fueron debidamente reparados [...] por el cual se
solucionaron los diversos inconvenientes que presentaba la misma".
Adujo que no se resolvieron en tiempo y forma por "cuestiones
económicas que excedían la responsabilidad del suscripto", y
agregó que "...en cuanto se recaudó el monto suficiente se efectuó
el arreglo pertinente".
La
Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor señaló que
"los reclamos efectuados a través de la plataforma web (y que no han
sido desconocidos por aquel) comenzaron en el mes de julio de 2019, mientras
que las reparaciones datan recién del mes de
octubre de 2020, es decir, más de un año después del inicio de
los planteos".
Sobre
la falta de fondos para realizar los arreglos, DyPC subrayó: "...en
autos no se demuestra que haya mediado la debida deliberación en asamblea
de propietarios, ni que se hubiera expuesto la imposibilidad de proceder
con los arreglos en cuestión debido a la falta de fondos".
Por
último –uno de los puntos más importantes y no todo el mundo tiene en
cuenta- explicó que "el Decreto Reglamentario 551/10 es claro al
establecer que [...] deben documentarse las [necesidades y
requerimientos] rechazadas por la asamblea por falta de fondos u
otros motivos ajenos al administrador".
El
inciso j) del artículo 9º [3]
En
noviembre y diciembre de 2019 la copropietaria solicitó a Graziadei
realizar la asamblea anual ordinaria tal cual lo determina el reglamento
de copropiedad de su consorcio.
El
administrador en su descargo adujo que "[...] se realizó en tiempo y
forma la convocatoria correspondiente a la asamblea en forma presencial
(en fecha 7 de marzo de 2020) pero la misma tuvo que ser suspendida por
los hechos de público conocimiento relacionados a la pandemia (estaba
pautada para el día 26 de marzo de 2020).
Sin
embargo, Defensa del Consumidor consideró que la obligación correspondió
al año 2019 y que por otra parte en el expediente "no consta que se
haya celebrado la asamblea anual ordinaria correspondiente al año
2019".
El
inciso i) del artículo 10º [3]
Por
último, se acusó al administrador de no adjuntar en las liquidaciones de
agosto y noviembre de 2019 el resumen de cuenta bancario del mes anterior.
De la lectura del expediente no quedó claro si este último punto fue a
consecuencia de una tercera denuncia de la ya mencionada consorcista o de
una observación de Defensa del Consumidor "de oficio".
El
imputado arguyó que "es práctica de la administración entregar los
movimientos bancarios de la Cuenta Corriente del Consorcio conjuntamente
con la Liquidación de expensas mensual pero no dentro de las mismas por
una cuestión de diseño y confección".
Sin
embargo, DyPC no aceptó este argumento y dictaminó "que la Ley 941
es clara y taxativa al establecer con qué datos debe contar el formulario
de liquidación de expensas más allá del "diseño y
confección" que pretenda adoptar cada administrador"
---
[1]
BPN Nº 712 del 15/09/21: "Una
periodista denunció al vicepresidente de ACAPPH".
[2]
Artículo 9º de la Ley 941.- Obligaciones del Administrador. En el
ejercicio de sus funciones deben: b) Atender a la conservación de las
partes comunes y realizar las diligencias pertinentes para el cumplimiento
de la normativa vigente resguardando el mantenimiento edilicio e
infraestructura, instalaciones, sistema de protección contra incendio,
higiene y seguridad y control de plagas. Asimismo, proveer el cuidado del
agua potable conforme al ordenamiento vigente.
[3]
Artículo 9º de la Ley 941.- Obligaciones del Administrador. En el
ejercicio de sus funciones deben: j) Convocar a las Asambleas Ordinarias o
Extraordinarias conforme a los reglamentos de copropiedad, bajo pena de
nulidad, especificando lugar, día, temario y horario de comienzo y
finalización. En la misma se adjuntará copia del acta de la última
asamblea realizada.
[4]
Artículo 10.- De las liquidaciones de expensas: Las liquidaciones de
expensas contendrán: i) Incluir el resumen de movimientos de la cuenta
bancaria del consorcio correspondiente al mes anterior.
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IV
Congreso Latinoamericano de Administradores
Nuevos
paradigmas de la pospandemia
Miguel
Ángel Summa abre el IV Congreso Latinoamericano frente a una sala llena
[Foto Pequeñas Noticias]
[BPN-15/12/21]
Durante los pasados jueves y viernes 9 y 10 de diciembre se desarrolló el
IV Congreso Latinoamericano de Administradores de Propiedad Horizontal
organizado por la Cámara de Propiedad Horizontal y Actividades
Inmobiliarias (CAPHyAI).
Fue
el primer congreso que se desarrolló en forma presencial y a sala llena
desde que se declaró la pandemia de coronavirus en marzo del año pasado
y en sus comienzos se solicitó un minuto de silencio por los
administradores fallecidos a consecuencia del COVID-19.
El
presidente de la CAPHyAI, Miguel Ángel Summa, destacó que las
autoridades de la entidad se sentían muy orgullosas no sólo por haber
concretado el anhelo organizar el primer congreso presencial sino también
de que en esos días la entidad cumplió 70 años de su existencia. Para
festejar este cumpleaños organizó el viernes 10, pasadas las 20:30 hs.,
una cena de camaradería
La
pandemia
En
general las disertaciones giraron sobre los efectos y las consecuencias
que produjo la pandemia en el sector:
Aníbal
Ahumada (expresidente del Colegio de Gestión y Administración
Inmobiliaria de Chile) disertó sobre "Pospandemia, una nueva manera
de ejercer la profesión" [Foto Pequeñas Noticias]
El
Dr. Jorge Martín Irigoyen sobre "¿Asambleas presenciales o
virtuales? Un falso antagonismo", los representantes de la
Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de
Propiedad Horizontal de la República Argentina (FAPHRA) sobre
"Adecuación de la actividad regional en la pandemia", la Dra.
Diana Sevitz sobre "Administración 4.0. Hacia nuevos
horizontes", el Cr. Marcelo Cremona sobre "Herramientas para
eficientizar la gestión del administrador: Presentamos TIM" [ ver
nota] y los representantes de
la ULAI (Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias) sobre
"Administrando la pandemia", entre otros.
El
Dr. Ricardo Durlach expuso sobre "De la pandemia a la endemia:
Cuidados en la convivencias" [Foto Pequeñas Noticias]
La
profesión
Sobre
temas profesionales se destacó la disertación del Dr. Mariano Cúneo
Libarona sobre "La responsabilidad penal del administrador" [ ver
nota], la Dra. Mayra Lucero
sobre "Conflictos frecuentes del administrador por las obligaciones
emanadas de la ley y las resoluciones de asamblea", la Escribana
Pilar Rodríguez Acquarone sobre "La personalidad jurídica del
consorcio de propiedad horizontal. Capacidad. Forma de acreditar la
legitimación para actuar. Alcances" y los representantes de La
Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal
(CASIPH) sobre "La adaptación al cambio", entre otros.
La
Dra. Cynthia Borgnia disertó sobre "La administración de consorcios
y su papel en la gestión de conflictos" [Foto Pequeñas Noticias]
Homenajes
Finalmente,
el jueves se homenajeó a aquellos que cumplieron 25 y 50 años de socios
en la entidad durante el 2020 y el viernes a quienes los cumplieron
durante el 2021.
El
administrador Alejandro Orlando y Miguel Ángel Summa, en nombre de la
ULAI [Foto Pequeñas Noticias]
Las
palabras de Miguel Ángel Summa
Buenos
días a todos, nuevamente estamos muy felices de poder compartir en
forma presencial este evento que es el IV Congreso Latinoamericano
de Administradores y que tiene como lema "Nuevos paradigmas de
la pospandemia".
Nuestra
institución, que hoy tengo el orgullo de presidir, se complace en
compartir dos jornadas de excelencia en temas de propiedad
horizontal con el agregado de que en el día de mañana celebraremos
los 70 años de nuestra creación con una cena de gala. Esto nos
pone profundamente felices y orgullosos.
Debo
destacar que nuestra Cámara a través de los 70 años ha sido una
referente de la propiedad horizontal brindando asesoramiento,
capacitación y ayuda a todas las instituciones de la República
Argentina. Contamos con más de 10 asesores de primera línea que
son lo mejor que en propiedad horizontal tiene la República
Argentina.
Colaboramos
también activamente con las instituciones afines a la actividad.
Por
lo tanto es nuestra intención que disfruten, aprovechen esta
oportunidad y a su vez agradezco infinitamente la participación de
nuestros panelistas como así también la de todos aquellos que han
colaborado para que ésta sea una realidad tales como sponsor,
auspiciante, consejo directivo, personal de la institución y a
todos los que hicieron posible esto.
Es
destacable mencionar que el evento ha sido declaro por la
legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como de interés
social.
Desde
ya muchísimas gracias porque en realidad dudamos en hacerlo y Dios
mediante la situación sanitaria nos permitió volver a encontrarnos.
Éste era un ejercicio que hacíamos muy asiduamente y me pone muy
feliz en lo personal porque tenemos salud que es lo más importante
que pueda tener un ser humano.
Gracias
por su participación espero disfruten del evento y a partir de
ahora declaro abierto este IV Congreso Latinoamericano de Propiedad
Horizontal, muchas gracias y a disfrutar. |
Por
último, para asistir al IV Congreso Latinoamericano se exigió a los
participantes que estuvieran vacunados contra COVID-19 y durante el
desarrollo del mismo se respetó la distancia de dos metros entre
asistentes y fue obligatorio el uso del barbijo
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IV
Congreso Latinoamericano de Administradores
Los
aspectos penales de la administración de consorcios
Mariano
Cúneo Libarona [Foto Pequeñas Noticias]
[BPN-15/12/21]
El abogado penalista Mariano Cúneo Libarona aconsejó a los
administradores de consorcios catorce medidas a tomar para evitar
inconvenientes con la Justicia Penal y las normas locales.
Advirtió
que en este momento los propietarios y los administradores están
enfrentados como enemigos y se debe encontrar un justo punto porque de
otro modo serán víctimas de permanentes denuncias e infracciones.
Celebró
la creación de una entidad nacional (FAPHRA [1]) y otra
latinoamericana (ULAI [2]) y llamó a los
administradores a actuar en bloque y con espíritu de cuerpo.
Detalló
los tipos de delitos penales a los que se ven expuestos los
administradores de consorcios y aportó abundante jurisprudencia.
Estas
declaraciones las realizó durante su disertación en el marco del IV
Congreso Latinoamericano de Administradores de Propiedad Horizontal
organizado por la CAPHyAI [3] el pasado viernes 10 de diciembre
[ ver nota].
Sus
recomendaciones
El
Dr. Libarona recomendó adoptar los siguientes cuidados especiales:
1.-
Al asumir una administración documentar bien lo que encuentran
2.-
Dejar documentado lo que sucede en las asambleas
3.-
Anotar y registrar todo en los libros de actas
4.-
Guardar la documentación
5.-
Ser claros en las expensas.
6.-
Las expensas son las rendiciones de cuentas que ustedes formulan, guarden
los documentos. Cúbranse quédense con copia de todo los documentos que
entreguen. Entreguen todo bajo recibo.
7.-
Dejen constancia de lo que sucede en el consorcio en el estado que está:
los controles, las inspecciones, el estado del inmueble.
8.-
Reclamen arreglos por escrito y si les falta dinero dejen constancia.
9.-
Informen todo con notas escritas. Hagan todo por escrito y dejen todo
documentado. Si es por correo electrónico mejor
10.-
Siempre háganle saber a los propietarios la situación del consorcio y
que quede constancia de esa comunicación.
11.-
Los seguros son un tema al que deben prestar especial atención. Deben
estar siempre al día. Es un riesgo tremendo no pagarlos en tiempo y
forma. No pueden no pagar los seguros.
12.-
Las cuentas bancarias deben estar siempre a nombre del consorcio, nunca
deben ser cuentas personales.
13.-
No dejen de tener los papeles al día y la gestión aprobada y
firmada.
14.-
Cuando se van de un consorcio deben tener todo en orden y entregar los
libros y documentaciones siempre bajo constancia.
Delitos
contra la propiedad
El
Dr. Libarona enunció los cinco delitos en los que pueden incurrir los
administradores de consorcios pero brindó jurisprudencia de sólo cuatro
porque sobre el último todavía no hay antecedentes:
La
administración fraudulenta
Explicó
que "en este caso no se está hablando del administrador negligente,
desprolijo, el que pierde la plata, sino del que deliberadamente con dolo,
voluntad y conocimiento realiza actos de fraude en perjuicio del
consorcio".
Citó
el caso de un administrador que se apropió de sumas recaudadas por
retención de aportes y cargas sociales de los empleados de consocio. La
defensa adujo que el consorcio no dispuso de fondos por lo que no existió
el delito de apropiación porque el mandatario tuvo que destinar el dinero
a otro tipo de gastos necesarios. Sin embargo, los jueces consideraron que
el imputado desvió el dinero y que estaba probado que había violado los
deberes confiados por lo que no sólo causó un perjuicio patrimonial al consorcio sino que procuró un beneficio para sí mismo. Como dato
interesante de este precedente señaló: "El desorden contable que
presentaba el administrador no fue considerado como una prueba del
delito", y agregó que en otros casos siempre fue considerado un
indicio.
La
retención indebida de documentación
Explicó
que en muchos casos se alega que se retuvieron los libros porque el
consorcio debía honorarios, una especie de derecho de retención. Aclaró
que la Cámara ha rechazado este criterio sistemáticamente: "el
administrador no tiene derecho de retención porque no está contemplado
en la ley", subrayó.
La
falsificación
El
abogado penalista señaló: "Un tercer delito muy habitual es la
falsificación de documentos: facturas, tareas, documentación,
rendiciones de cuentas. Puede ser parte del fraude en cuyo cada delito una
será absorbido en una sola conducta aunque también puede ser un hecho escindible
independiente [para ser] analizado cada delito en particular".
La
Ley Penal Tributaria
El
Dr. Libarona alertó: "Un cuarto delito es la ley penal tributaria.
Ya salimos del Código Penal y vamos a una ley especial. El administrador
que omite el pago del dinero destinado a pagos de aportes de obras social
y cargas sociales que le impone taxativamente el articulo 2.067º del
Código Civil: ‘Cumplir con las obligaciones de la legislación laboral
previsional y tributaria’.
La
víctima acá ya no es el consorcio, es el Estado, es la Hacienda
Pública, de modo tal que se configura el delito con la omisión de pago.
Ya salimos del fraude y estamos en una evasión tributaria.
Lavado
de dinero
Sobre
este delito reconoció que no encontró todavía jurisprudencia aunque no
descartó que en un futuro se produzca.
Sobre
estos cinco delitos resumió: "Todos estos delitos son dolosos, es
decir se actúa con conocimiento y voluntad de los actos que se realizan.
Se busca defraudar al consorcio, no se obra por negligencia, imprudencia o
porque se olvidó pagar sino que se actúa deliberadamente".
Omisiones
imprudentes
Pasando
a otro punto señaló: "La mayor cantidad de sucesos criminales que
he encontrado en mi trabajo son omisiones imprudentes, delitos culposos.
Ya salgo del dolo que vimos antes y ahora entramos en conductas
impudentes: culpas y negligencias. ¿Por qué? Porque ustedes son
garantes. Tienen una posición de dominio especial, un deber de
protección y si no cumplen con sus obligaciones -que ya son muchas y la
ley es taxativa en establecerlas- y se produce un perjuicio para la vida y
la integridad física de una persona que estén ustedes a cargo evitar que
se produzca sea del titular del inmueble o un tercero entramos en una
conducta imprudente".
Sobre
este tema brindó numerosos ejemplos en los que detalló tanto la
imputación que se le realizó al administrador y los descargos de la
defensa como lo dictaminado por los jueces.
Espíritu
de cuerpo
Por
último, antes de brindar consejos prácticos para evitar denuncias y
sanciones, Libarona opinó en general: "Saliendo ya de esto y a la luz
de su actividad yo me permito dar unos breves consejos que creo tienen
que tener en cuenta. En lo general, frente a esta situación de riesgo a
la que Uds. están expuestos, a mí me parece fantástica esta iniciativa
de tener una cámara que establezcan alianzas, que se maneje en todo el
país, con tantos socios, que estén unidos que actúen en bloque, que
sean solidarios, que exista un espíritu de cuerpo y no una grieta o
competencia indebida como hay tanto en nuestro país en otros
ámbitos".
Finalmente
aconsejó: "Tienen que plantearle al Estado una visión distinta. Se
los están llevando puestos. Yo veo que las normas agregan cada vez más
obligaciones para los administradores de consorcios, más restricciones y
más derecho a los propietarios como si fuesen dos enemigos y habría que
buscar un justo punto. Si no, me parece que los van hacer víctimas
permanentemente de infracciones de todo tipo o de denuncias con un enorme
elenco de propietarios a los que ustedes les dan sus servicios y que los
hacen pasible de esta situación de resigo que yo vengo enunciando".
El
Dr. Mariano Cuneo Libarona
Nació
en la ciudad autónoma de Buenos Aires, Argentina, en el año 1961.
Egresó de la Facultad de Ciencias Políticas, Jurídicas y Económicas de
la Universidad del Museo Social Argentino, con título de Abogado,
obteniendo el mejor promedio de su promoción. Cursó el Doctorado en
Derecho Penal en el país, en la Universidad del Salvador en 1985 y, en el
exterior, en la Universidad de Salamanca, España, en 2004. Fue
funcionario del Poder Judicial de la Nación. Desde 1989 ejerce su
profesión de abogado libremente, tanto en Argentina como en el exterior.
Fue docente de grado –como profesor adjunto- en la Universidad de Buenos
Aires, del Salvador, de Belgrano y del Museo Social Argentino.
Actualmente es docente de posgrado en la Universidad de Palermo
---
[1]
Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de
Propiedad Horizontal de la República Argentina (FAPHRA).
[2]
Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias (ULAI)
[3]
Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias
(CAPHyAI).
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IV
Congreso Latinoamericano de Administradores
Marcelo
Cremona presentó a TIM
Marcelo
Cremona muestra el reconocimiento que le otorgó un directivo de la
CAPHyAI, en un segundo plano TIM sonríe [Foto Pequeñas Noticias]
[BPN-15/12/21]
Durante el IV Congreso Latinoamericano de Administradores el Cr. Marcelo
Cremona presentó la solución que encontró el Banco Roela
para el problema que se les genera a los administradores en el momento que
deben identificar la unidad funcional que pagó las expensas mediante
transferencia bancaria.
El
problema
A
modo de introducción explicó: "Con la pandemia se vio un notable
incremento del uso de las transferencias como medio de pago de las
expensas, y junto con ellas, la problemática de la imputación de las
transferencias bancarias porque originalmente no fue pensada para recaudar
masivamente las expensas de edificios".
Continuó
explicando: "La creatividad de los administradores para resolver este
problema va desde usar los centavos para reconocer la unidad funcional
hasta complejos mecanismos de envíos de mails con comprobantes
adjuntos", y agregó: "A esto se suma el control manual del
resumen de cuenta bancario lo que acarrea largas horas de trabajo al
personal de la administración con un considerable margen de error humano
que puede terminar en una mala experiencia tanto para el consorcista como
la misma administración".
La
solución
Ya
entrando en el campo de la solución señaló: "Con SIRO venimos
trabajando desde hace varios años en tratar de dar respuesta y
afortunadamente encontramos una solución que ningún otro sistema o banco
posee".
Entrando
en detalles develó: "El nuevo servicio de SIRO denominado TIM
(Transferencias Imputadas) genera tantas claves bancarias únicas
(CBU) como unidades funcionales tiene el edificio de modo que se puede
identificar sin margen de error a qué unidad funcional corresponde cada
transferencia.
Esto permite al banco rendir la información de la misma
manera con la que identificamos una unidad funcional con un código de
barras o de pago electrónico permitiendo al administrador importar en su
sistema las transferencias e impactarlas automáticamente sin ningún tipo
de error humano ni trabajo manual. Y lo más importante, destinar al
personal de la administración a trabajos de mayor valor agregado como
puede ser tomar más edificios para administrar".
Por
último, aclaró: "Este sistema ya lo tenemos integrado con los
principales sistemas informáticos de gestión de consorcios con lo que la
implementación de TIM no requiere esfuerzo para el administrador".
Este
nuevo servicio ya está disponible para todos los clientes del Banco Roela
y sólo tienen que solicitarlo a su contacto comercial o a la mesa de
ayuda de SIRO (WhatsApp: (351) 322-9808)
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Asociación
de Propietarios, Consorcios y Consorcistas
La
entidad de Awad ya ingresó a la IGJ
El
Dr. Eduardo Awad [Foto archivo Pequeñas Noticias]
[BPN-15/12/21]
El pasado 2 de diciembre ingresó por mesa de entradas de la Inspección
General de Justicia (IGJ) la solicitud de inscripción de la Asociación
de Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la RA (APCCRA).
Consultado
el Dr. Eduardo Awad, sobre el tema confirmó que se trata de la
asociación de consorcistas que había anunciado en su momento.
Teniendo
en cuenta la feria judicial se estima que la nueva entidad podrá estar
operativa a fines de febrero o mediados de marzo del año que viene.
Si
bien Awad consideró que es temprano adelantar información, de las
declaraciones que realizó durante su campaña como precandidato a
diputado nacional por el Partido Autonomista (PA) se puede
inferir que entre los objetivos de su asociación se encontrarán estos
cinco puntos:
1.-
Que se baje la presión fiscal a los consorcios [1]. Derogar o
disminuir el costo de las diferentes obleas que cobra el Gobierno porteño
[2].
2.-
Que se otorguen créditos blandos a los consorcios para que puedan
realizar los trabajos de mantenimiento necesarios [1].
3.-
Que se pueda desalojar a un inquilino en tres meses [1].
4.-
Promover capacitaciones para consorcistas [2].
5.-
Participar o promover que los consorcistas participen en las paritarias
del sector de la propiedad horizontal [2].
Faltará
develar quiénes finalmente conformarán la comisión directiva de la
entidad.
El
Dr. Eduardo Awad es el presidente del Colegio Público de Abogados de
la Capital Federal (CPACF) y director del Instituto de
Derecho de la Propiedad Horizontal de esa entidad.
Es
de recordar
El
23 de agosto del 2019 Awad había anunciado por segunda vez que crearía
una asociación de consorcios y consorcistas con el objetivo de velar por
sus derechos y representarlos en paritarias. En ese momento adelantó que
en el proyecto lo acompañarían Alejandro Juan Bennazar,
presidente de la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA), y Claudio
Roberto Vodánovich, secretario general de esa entidad inmobiliaria.
Bennazar está matriculado en el Colegio Único de Corredores
Inmobiliarios de la CABA (CUCICBA) con el número 6645 y
Vodánovich con el número 3761. Awad aclaró a Pequeñas Noticias
que sus compañeros de proyecto participarán con él como amigos [3].
La
primera vez que realizó un anuncio de este tipo fue el 24 de septiembre
de 2004 en el Centro Cultural San Martín. En esa oportunidad
invitó a personalidades relacionadas con la defensa de los derechos del
consumidor: Sandra González y el Dr. Osvaldo Riopedre en su
rol de presidenta y director de asuntos legales de la Asociación de
Defensa de los Consumidores y Usuarios de la Argentina (ADECUA).
Años más tarde le puso nombre a esa asociación que quería crear: la
llamó "Dueño de casa" [4].
De
ser aprobada la entidad por la IGJ a mediados de marzo, a Awad le habrá
llevado concretar si viejo anhelo casi 17 años y medio
---
[1]
N3F del 2/09/21: "’Soy
Eduardo Awad, soy abogado, periodista y ciego’: el precandidato a
diputado que apunta a los discapacitados y a los consorcios".
[2]
BPN Nº 710 del 16/08/21: "Eduardo
Awad vuelve a postularse para diputado nacional".
[3]
BPN Nº 664 del 13/09/19: "Awad
relanzó su proyecto de crear una entidad de consorcistas".
[4]
BPN Nº 231 del 28/09/04: "Las
luces rojas".
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Mercado
Inmobiliario
RE/MAX
denunció a CUCICBA por abuso de posición dominante
RE/MAX
contraataca [Fotoilustracion Pequeñas Noticias]
[BPN-15/12/21]
El pasado 29 de noviembre la franquicia RE/MAX inició una acción
contra CUCICBA (Colegio Único Corredores Inmobiliarios de la
Ciudad de Buenos Aires) ante la Comisión Nacional de Defensa de la
Competencia por "boicot, cartelización y abuso de posición
dominante".
Así
lo hizo saber su presidente, Sebastián Sosa, en una conferencia de
prensa que brindó ese día en la sede central de la compañía, ubicada
en la Avenida Callao al 1.500 en Recoleta.
Dos
días después en su red social la franquicia amplió: "Nos
discriminan, nos hostigan y vienen diciendo que somos ilegales, y al mismo
tiempo se la pasan invirtiendo tiempo y recursos intentando modificar la
ley. No puede ser que sean juez y parte. Es una guerra comercial
disfrazada en un traje judicial y legal y, por sobre todo, una guerra
deshonesta".
Es
de recordar que el año pasado -a consecuencia de una denuncia realizada
por CUCICBA- la Inspección General de Justicia (IGJ),
mediante la Resolución 350 del 8 de septiembre del año pasado declaró
ilícita a RE/MAX Argentina SRL y ordenó su disolución y liquidación.
En
detalle, consideró que la empresa realiza un ejercicio ilícito de la
actividad inmobiliaria en el marco de lo dispuesto en los artículos 18°
y 19° de la Ley 19.550 de Sociedades Comerciales [1].
Un
mes después, el 8 de octubre, la IGJ inició una causa en la Cámara
Nacional de Apelaciones en lo Comercial para disolver la sociedad.
La
empresa rechazó la resolución y apeló la medida judicialmente.
Los
argumentos de RE/MAX
Durante
la conferencia de prensa Sosa explicó: "Se trata de una guerra
comercial desleal basada en falsos argumentos y disfrazada de conflicto
judicial. Los colegios de corredores utilizan su posición para impedir la
actividad de otros colegas que son vistos como competencia debido al
éxito comercial que tienen las oficinas que forman parte de RE/MAX".
Por
otra parte agregó: "Nos quieren fuera del país porque traemos
innovación al mercado inmobiliario y ellos no quieren renovarse ni
mejorar el servicio al cliente. Su función debe ser velar por los
intereses de todos los corredores inmobiliarios, no atacarlos simplemente
por elegir una manera distinta de trabajar".
En
su cuenta de Twitter se hizo eco del comentario de otro usuario que
enfatizó: "La persecución a RE/MAX es otro increíble capítulo
más de Argentina contra el progreso. Los países que prosperan son los
que privilegian a los consumidores. Los que valoran la competencia y la
modernidad. No esto".
Por
último señaló: "Después de estar 16 años en el país entendimos
eso: RE/MAX incomoda, vino a traer una referencia al mercado, a los que
operan y a los clientes. Si no tuviéramos el 25% de la cuota de algunos
mercados, no seríamos perseguidos".
Los
argumentos de CUCICBA
En
agosto, Marta Liotto, por aquel entonces vicepresidenta de CUCICBA,
explicó que la franquicia utiliza una forma contractual propia de una
actividad comercial en donde se delega el uso de una marca. "Se usa
mucho para cadenas de supermercados, por ejemplo. Te permiten usar una
marca y un sistema. Esto es incompatible con una actividad profesional,
que es la normativa que regula la actividad de los corredores
inmobiliarios", explicó.
Agregó
además que el nombre y la marca de un corredor inmobiliario es
"personal y define a quien ejerce esa profesión". "Nuestra
tarea está delimitada por la ley de ejercicio profesional y los códigos
de ética de cada jurisdicción. Son relaciones entre colegas y no
mercantilistas entre competidores". Destacó que, por la importancia y
el valor que tiene un inmueble para la sociedad, la legislación argentina
determinó que los corredores inmobiliarios no son comerciantes, sino
profesionales.
Qué
es RE/MAX
Es
una organización de bienes raíces creada en 1973 que funciona bajo un
sistema de franquicias y que desembarcó en Argentina en 2005 impulsado
por Sosa y su esposa Dorothy "Dotti" Peñate.
Opera
en 150 países y en el nuestro cuenta con 150 filiales en 40 ciudades que
dan trabajo a 5 mil personas en forma directa y a 10 mil en forma
indirecta.
Cada
una de estas oficinas de RE/MAX está a cargo de un corredor inmobiliario
matriculado, que es el responsable de las operaciones, es quien firma
tanto la compraventa de inmuebles como los alquileres. La franquicia está
integrada por agentes inmobiliarios que desempeñan su labor de manera
autónoma, pero con el respaldo de la marca y no tienen relación de
dependencia, asumen sus propios gastos y solo facturan servicios cuando
concretan una operación.
La
Comisión Nacional de Defensa de la Competencia
Es
un organismo desconcentrado de la Secretaría de Comercio Interior del
Ministerio de Desarrollo Productivo de la República Argentina.
Su
objetivo es la protección del interés económico general para el
bienestar de los consumidores. La competencia efectiva entre las empresas
del mercado garantiza la calidad e innovación de bienes y servicios, al
menor precio posible, para generar una estructura de mercado eficiente.
Para
lograrlo, la CNDC se encarga de:
Instruir
sumarios por denuncias de conductas anticompetitivas, abuso de posición
de dominio y cartelización
Analizar
las estructuras de los mercados y de las cadenas de control empresario en
operaciones de concentración económica
Investigar
comportamiento y estructuras en determinados mercados
Hacer
recomendaciones procompetitivas y llevar a cabo acciones de promoción de
una cultura de la competencia
---
[1]
Artículo 18º de la Ley 19550:
Objeto
ilícito.
Artículo
18º - Las sociedades que tengan objeto ilícito son nulas de
nulidad absoluta. Los terceros de buena fe pueden alegar contra los
socios la existencia de la sociedad, sin que éstos puedan oponer la
nulidad. Los socios no pueden alegar la existencia de la sociedad,
ni aún para demandar a terceros o para reclamar la restitución de
los aportes, la división de ganancias o la contribución a las
pérdidas.
Liquidación.
Declarada
la nulidad, se procederá la liquidación por quien designe el juez.
Realizado
el activo y cancelado el pasivo social y los perjuicios causados, el
remanente ingresará al patrimonio estatal para el fomento de la
educación común de la jurisdicción respectiva.
Responsabilidad
de los administradores y socios.
Los
socios, los administradores y quienes actúen como tales en la
gestión social responderán ilimitada y solidariamente por el
pasivo, social y los perjuicios causados. |
Artículo
19º de la Ley 19550:
Sociedad
de objeto lícito, con actividad ilícita.
Artículo
19 - Cuando la sociedad de objeto lícito realizare actividades
ilícitas, se procederá a su disolución y liquidación a pedido de
parte o de oficio, aplicándose las normas dispuestas en el
artículo 18. Los socios que acrediten su buena fe quedarán
excluidos de lo dispuesto en los párrafos 3ro. y 4to. del artículo
anterior. |
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SUTERyH
Santa Fe, 1ª Circunscripción
Aldo
Gistas ganó las elecciones en Santa Fe
Aldo
Gistas, nuevo secretario general de SUTERyH Santa Fe, 1ª
Circunscripción [Foto Facebook]
[BPN-15/12/21]
El pasado sábado 11 de noviembre la Lista Celeste y Blanca,
comandada por Aldo Gistas, ganó las elecciones gremiales de
SUTERyH Santa Fe, 1ª Circunscripción.
En
las elecciones por la conducción del gremio compitió contra la Lista
Verde cuyo titular, Pedro Maidana, fue su secretario
general durante cuatro mandatos, 16 años.
Mientras
que la Lista Celeste y Blanca se llevó el 55,38% de los votos, la
Lista Verde el 44,62%. La diferencia entre ambas fue de tan sólo
siete votos.
Según
los números aportados por la lista ganadora, el nivel de
participación fue alto: se acercó a la sede gremial para votar el
85.53% de los 76 empadronados habilitados |
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LIMPIEZA: Me ofrezco como operaria de limpieza.
Tengo gran experiencia y referencias disponibles. Tengo muchas ganas de trabajar, soy puntual y comprometida con mi trabajo.
Siempre estoy dispuesta a aprender más si así se require. - Nombre: Nadia Fiorella
López - Llamar al teléfono: (11) 6619-5143 de 9 a 19 hs de lunes a jueves - Localidad: Boedo (Capital
Federal) - Correo electrónico: marilynmanson636@gmail.com
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ENCARGADO PERMANENTE CON
VIVIENDA: Trabajo para una empresa de limpieza en dos consorcios y he trabajado con administraciones. Tengo referencias comprobables. - Nombre:
Héctor Fernando Arriola Torres - Llamar al teléfono: (15) 6283-5195
de 8 a 22 hs. - Localidad: Capital Federal / CABA - Correo electrónico: fernando_torres83@hotmail.com
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ENCARGADO PERMANENTE DE EDIFICIO CON
VIVIENDA: Estoy buscando empleo como encargado permanente de edificio con o sin vivienda en CABA. - Nombre:
Miguel Escobar - Llamar al teléfono: (11) 2396-6541 - Localidad: Floresta / - Correo
electrónico: jotaerre2305@gmail.com
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TRABAJOS
ADMINISTRATIVOS: Puedo realizar conciliaciones y tareas de oficina -
Nombre:
Monica Martos - Llamar al teléfono: (11) 4429-5522
de 14 a 18 hs. - Localidad: CABA - Correo electrónico: monicamartos59@gmail.com
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ENCARGADO NO PERMANENTE SIN
VIVIENDA: Busco trabajo en la zona de Monte Castro, Floresta,
Paternal, Caballito. A partir de las 12:00 ya que a la mañana estoy
trabajando en un edificio. Soy responsable,cumplidor y puedo presentar
referencias de la administración con la que trabajo. - Nombre: Daniel Nahuel Núñez
- Llamar al teléfono: (11) 6557-9371 de 8 a 21 hs.-
Localidad: Caballito Norte / Buenos Aires - Correo electrónico:
68danielnunez68@gmail.com
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ASISTENTE
ADMINISTRATIVA: Tengo 48 años, soy administradora de consorcios pero
no ejerzo. Estoy buscando trabajo administrativo medio tiempo. Tengo
referencias laborales - Nombre: Edith Karina Tuschi - Llamar al
teléfono: (15)
2752-8814 de 15 a 19 hs. - Localidad: San Cristóbal / CABA -
Correo electrónico:
edithtuschi@gmail.com
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ADMINISTRATIVO
ADMINITRACIÓN DE
CONSORCIOS: Labores dentro y fuera de la administración con
experiencia en el rubro.Vivo en CABA - Estudiante universitario - Nombre: Pablo Isasmendi
- Llamar al teléfono: (11) 5823-5200 de 11 a 18 hs. - Localidad:
CABA/ Floresta - Correo electrónico: pabl5151@gmail.com
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ENCARGADO DE
EDIFICIO: Busco trabajo de jornada completa en zona sur o Capital
Federal - Soy muy responsable y trabajador - Nombre: Alberto Gustavo García
- Llamar al teléfono: (11) 6521-7712 / 4230-3198 de 8 a
20 hs. - Localidad: Monte Chingolo /
Provincia de Buenos Aires - Correo electrónico: agustavogarcia@yahoo.com.ar
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ENCARGADO DE EDIFICIOS Y/O
AYUDANTE: Busco trabajo en la zona norte, CABA y zona sur -
Responsable, trabajador, referencias comprobables, manejo de bombas de
agua y calderas - Suplente para fines de semana preferentemente en CABA -
Nombre: Martin Tejeda - Llamar al teléfono: (11) 5852-2362
de 7 a 21 hs. - Localidad: Capital Federal / Buenos Aires - Correo
electrónico:
martinseb.tejeda@gmail.com
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ENCARGADO:
Busco Trabajo de encargado en CABA o Zona Sur. Disponibilidad horaria -
Nombre: Cristian Beleni - Llamar al teléfono: (11) 6103-9305
- Localidad: CABA / - Correo electrónico: gastonbeleni@outlook.com
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Mercado
inmobiliario
Caída
del metro cuadrado por tercera vez consecutiva
[BPN-15/12/21]
Durante el mes de octubre cayó por tercera vez consecutiva el promedio
del precio real del m2 en dólares de cierre de las operaciones
del mercado inmobiliario en la CABA con respecto al mes pasado. Los
números del acumulado anual y el incremento interanual también fueron
negativos.
La
brecha entre el valor originalmente publicado con el conocido
habitualmente como "rango de contraoferta" estuvo en el orden de
-7,33%.
Así
lo informó RE/MAX Argentina el pasado 6 de diciembre en base al Índice
del M2 Real que elabora mensualmente junto con la Universidad del CEMA
(Centro de Estudios Macroeconómicos de Argentina) y el medio
especializado Reporte Inmobiliario.
El
índice incluye los datos de compra venta de departamentos de la red de
oficinas adheridas a la franquicia en función del valor real de cierre de
las compraventas efectuadas.
El
incremento mensual
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Septiembre |
Octubre |
Diferencia |
1
ambiente |
1.865 |
1.791 |
-3,97 |
2
ambiente |
1.948 |
1.868 |
-4,11 |
3
ambiente |
1.950 |
1.917 |
-1,69 |
General |
1.864 |
1.864 |
-2,15 |
Se
puede observar que el descenso más fuerte se dio –en promedio- en los
departamentos de 2 ambientes seguido por los de 1 ambiente.
El
acumulado anual
|
Diciembre |
Octubre |
Diferencia |
1
ambiente |
1.981 |
1.791 |
-9,59 |
2
ambiente |
2.052 |
1.868 |
-8,97 |
3
ambiente |
1.954 |
1.917 |
-1,89 |
General |
1.958 |
1.864 |
-4,80 |
En
este caso también los protagonistas de los descensos más pronunciados
fueron los departamentos de un ambiente (-9,59) seguido por los de dos
(-8,97%).
El
incremento interanual
|
Octubre
2020 |
Octubre
2021 |
Diferencia |
1
ambiente |
2.188 |
1.791 |
-18,14 |
2
ambiente |
2.062 |
1.868 |
-9,41 |
3
ambiente |
2.024 |
1.917 |
-5,29 |
General |
2.048 |
1.864 |
-8,98 |
Por
último, llamó la atención de la redacción de Pequeñas Noticias
que la caída más pronunciada se produjo en las unidades más chicas y
fue recuperándose en propiedades más grandes: los de un ambiente bajaron
un -18,14%, le siguieron los departamentos de dos ambientes (-9,41%) para
continuar con las propiedades en general (-8,98%)
|
|
|
|
Ciudad
Autónoma de Buenos Aires
En
octubre descendió la cantidad de escrituras de inmuebles
[BPN-15/12/21]
Durante el mes de octubre la cantidad de escrituras de compraventa
realizadas en suelo porteño descendió un -8,5% con respecto al mes
anterior. En lo que va del año lleva acumulada un descenso del -16,02%
aunque en términos interanuales subió un escaso 1,82% con respecto a
octubre del año pasado.
Del
desarrollo de los promedios anuales y los totales anuales de las
escrituras realizadas desde 2011 se observa que el pico más alto fue en
2017 y año tras año fue decayendo hasta el 2020, año del inicio de la
pandemia. Si bien los valores de 2021 son parciales porque faltan dos
meses, se observa un intento de recuperación tanto en el total de
operaciones como en sus montos promedio.
Las
estadísticas fueron realizadas sobre datos provistos por el Colegio de
Escribanos de la CABA.
Variación
mensual
|
Operaciones |
Total
$ |
Total
u$s |
septiembre/2021 |
2.813 |
29.919.912.442 |
296.890.129 |
octubre/2021 |
2.574 |
23.627.041.829 |
232.163.567 |
Diferencia |
-239 |
-6.292.870.613 |
-64.726.562 |
De
la tabla precedente se aprecia que las operaciones cayeron un -8.5%, su
total en pesos un -21,03% y en dólares un -21,8%.
Acumulado
anual
|
Operaciones |
Total
$ |
Total
u$s |
diciembre/2020 |
3.065 |
22.932.685.889 |
269.855.391 |
octubre/2021 |
2.574 |
23.627.041.829 |
232.163.567 |
Diferencia |
-491 |
694.355.940 |
-37.691.824 |
Por
otra parte, durante los primeros 10 meses del año la cantidad total de
escrituras cayó un -16,02% y aunque su monto total en pesos creció un
3,03% en dólares cayó un 13,97%.
Variación
interanual
|
Operaciones |
Total
$ |
Total
u$s |
octubre/2020 |
2.528 |
22.017.433.442 |
275.476.998 |
octubre/2021 |
2.574 |
23.627.041.829 |
232.163.567 |
Diferencia |
46 |
1.609.608.388 |
-43.313.431 |
En
términos anuales los números fueron más benignos. La cantidad de
operaciones creció un 1,82%, su monto total en pesos un 7,31% aunque en
dólares descendió un 15,72%
---
[1]
El valor del dólar mensual y anual surgió del promedio de todas las
cotizaciones de tipo vendedor y comprador que se realizaron durante el
período correspondiente.
|
|
|
Ministerio
de Trabajo de la Nación
Finalizaría
la prohibición de despedir y la doble indemnización
Claudio
Moroni, ministro de Trabajo de la Nación [Foto Ministerio]
[BPN-15/12/21]
El Poder Ejecutivo Nacional adelantó que no renovaría el Decreto
de Necesidad y Urgencia 329/20 que prohíbe despedir o suspender
trabajadores sin justa causa y por falta o disminución de trabajo y
fuerza mayor.
Fue
prorrogado ocho veces y de no renovarse, habrá estado vigente desde el 31
de marzo del año pasado hasta el último día de este año. En total
duró un año, 9 meses y un día.
Prohibición
de Suspender o Despedir |
Fecha |
DNU |
BO |
Desde |
Hasta |
31/03/2020 |
329/2020 |
31/03/2020 |
31/03/2020 |
30/05/2020 |
18/05/2020 |
487/2020 |
19/05/2020 |
31/05/2020 |
30/07/2020 |
28/07/2020 |
624/2020 |
29/07/2020 |
31/07/2020 |
29/09/2020 |
23/09/2020 |
761/2020 |
24/09/2020 |
30/09/2020 |
29/11/2020 |
13/11/2020 |
891/2020 |
16/11/2020 |
30/11/2020 |
29/01/2021 |
22/01/2021 |
39/2021 |
23/01/2021 |
30/01/2021 |
30/04/2021 |
21/04/2021 |
266/2021 |
22/04/2021 |
01/05/2021 |
31/05/2021 |
27/05/2021 |
345/2021 |
28/05/2021 |
01/06/2021 |
30/06/2021 |
25/06/2021 |
413/2021 |
28/06/2021 |
01/07/2021 |
31/12/2021 |
Tampoco
se prorrogaría el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 34/19 que
estableció la doble indemnización a consecuencia de la emergencia
pública en materia ocupacional.
Éste
fue prorrogado tres veces y estará vigente –de no haber novedades-
desde el 13 de diciembre de 2019 hasta el 31 de diciembre de este año
durante 2 años y 19 días.
Doble
indemnización por despido sin justa causa |
Fecha |
DNU |
BO |
Desde |
Hasta |
13/12/2019 |
34/2019 |
13/12/2019 |
13/12/2019 |
10/06/2020 |
09/06/2020 |
528/2020 |
10/06/2020 |
11/06/2020 |
08/12/2020 |
29/11/2020 |
961/2020 |
30/11/2020 |
09/12/2020 |
25/01/2021 |
22/01/2021 |
39/2021 |
23/01/2021 |
26/01/2021 |
31/12/2021 |
El
primer anticipo de que no se renovarían estos dos decretos lo adelantó
el 24 de noviembre el Ministro de Trabajo, Claudio Moroni, durante
un evento en Campana que tuvo como anfitrión al empresario Paolo Rocca
(Grupo Techint) y del que participó –entre otros- Daniel Funes de
Rioja, presidente de la UIA (Unión Industrial Argentina).
Según
los medios presentes, el funcionario afirmó: "Dos medidas
extraordinarias para una situación extraordinaria. Y, como se está
normalizando la situación porque la Argentina está creciendo al 9%, es
probable que esas medidas terminen a fin de año y no sean
prorrogadas".
Sin
embargo, el ministro aclaró que si algún sector se encuentra complicado
por la pandemia o la situación epidemiológica, se analizará si se
extienden o no las medias.
Una
semana después el titular de la Asociación Bancaria (AB) y
diputado electo, Sergio Palazzo, como también el legislador y
referente de la CTA (Central de Trabajadores de la Argentina),
Hugo Yasky, reclamaron "gradualismo" y máxima cautela
para desactivar el freno oficial a las disposiciones establecidas para
proteger los puestos de trabajo.
Allá
lejos y hace tiempo
No
es la primera vez que se ordena la doble indemnización. El 6 de enero de
2002 bajo la gestión de Eduardo Duhalde, se sancionó la Ley
25.561 -llamada también "Ley de emergencia pública y de reforma del
régimen cambiario"- que estableció en su artículo 16º que
"por el plazo de 180 días quedan suspendidos los despidos sin causa
justificada. En caso de producirse despidos en contravención a lo aquí
dispuesto, los empleadores deberán abonar a los trabajadores perjudicados
el doble de la indemnización que les correspondiese, de conformidad a la
legislación laboral vigente".
Esa
ley fue prorrogada por sucesivos decretos, período tras período, hasta
que el 11 de septiembre de 2007, Néstor Kirchner -por haber bajado la
desocupación a menos del 10%- derogó el último decreto que la
prorrogaba.
En
aquel momento Alberto Fernández era Jefe de Gabinete de Ministros
y la ley estuvo vigente 5 años, 8 meses y 5 días
|
|
Grupo
Octubre
En
plena veda Santa María despide trabajadores de prensa
Gisela
Marziotta junto a Álvaro García Linera y Evo Morales en plena campaña
electoral [Foto Facebook de la diputada]
[BPN-15/12/21]
El pasado 26 de noviembre el Sindicato de Prensa de Buenos Aires (SiPreBA)
comunicó que el Grupo Octubre que dirige el sindicalista y empresario Víctor
Santa María (SUTERH) realizó despidos tanto en la AM 750
como en Mucha Radio.
Textualmente
comunicó: "Desde el SiPreBA repudiamos los despidos en las radios AM
750 y Mucha Radio, así como la precarización laboral en esas emisoras.
Reclamamos al Grupo Octubre inmediatas reincorporaciones y una mesa de
diálogo para encauzar las condiciones de trabajo en esos medios".
Es
de destacar que los despidos se produjeron mientras se encuentra en plena
vigencia el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 329/20 que prohíbe
despedir o suspender trabajadores sin justa causa y por falta o
disminución de trabajo y fuerza mayor y el DNU 34/19 que establece la
doble indemnización a consecuencia de la emergencia pública en materia
ocupacional.
Entre
los despedidos se encuentran los productores de la AM750 Nicolás
Lavaca y Constanza Kabakian. La mayoría de los despedidos
trabajaban en condiciones de precarización laboral y con salarios por
debajo de la línea de pobreza, una práctica que frecuentemente denunció
la comisión interna de Página/12, otro medio del Grupo Octubre.
Como
antecedente, se puede mencionar que desde enero del año pasado a marzo de
este año los trabajadores de Página/12 realizaron 17 medidas de fuerza
por temas gremiales que abarcaron no menos de 64 días. En marzo de este
año sumaron 5 años de reclamos por los magros salarios y las malas
condiciones laborales desembarcaron en el medio desde que el empresario y
sindicalista adquirió el diario [1].
En
el pasado más cercano, diversos medios mencionaron al cierre de FM 94.7
Club Octubre (ex Radio Palermo) -cuya frecuencia fue transferida a Mucha
Radio- se sumaron despidos previos en esta última radio, junto a AM750,
IP Noticias y otros medios del segundo grupo de medios más grande del
país después del Grupo Clarín.
Las
listas negras
El
grupo intentó argumentar que los programas vespertinos de radio medían
bajo en rating y responsabilizaron de esto a los productores despedidos.
Además, levantaron la programación de la tarde de AM750. Sin embargo, el
bajo rating de esta radio -que supo ser la tercera AM más escuchada-
podría deberse a la limitación editorial a la que se ve sometido el
medio producto de la constante censura.
Durante
los últimos años ha trascendido la existencia de llamadas "listas
negras" en los medios del Grupo Octubre según las cuales no se
pueden nombrar a ciertos funcionarios (propios y ajenos) no alineados con
Víctor Santa María o con Gisela Marziotta (diputada nacional por
el Frente de Todos y vinculada al empresario).
Según
el medio especializado Identidad Sindical un trabajador de prensa
que pidió mantener su identidad en reserva por temor a represalias,
aseguró que la principal responsable de las cesantías sería la diputada
electa por la ciudad de Buenos Aires, Gisela Marziotta (de estrechísima
confianza con Santa María), quien –aseguró- actúa como una "CEO
de facto".
El
trabajador agregó: "Ella decide sobre todo: desde la línea
editorial hasta las artísticas; desde dónde va un móvil hasta qué
música pasar. O qué notas hacer o hasta de quién hablar y de quién
no".
De
sus dichos, el medio pudo deducir que Marziotta -si bien no tiene un rol
formalizado en la estructura del multimedio- habría pasado a reemplazar
la función que antes desempeñaba Francisco "Pancho"
Meritello, quien recientemente renunció al cargo de Secretario de Medios
Públicos de la Nación.
Es
de recordar
En
febrero del año pasado la asamblea de trabajadores de Página/12 repudió
en forma unánime la orden recibida de no informar sobre la designación
de Juan Sasturain como director de la Biblioteca Nacional y de no
publicar su nombre en posteriores noticias sobre esa entidad [2].
El
2 de octubre del año pasado –Día del Encargado de Edificio- Santa
María habría cerrado las puertas de la AM750 Salta a pedido del
gobernador de esa provincia, Gustavo Sáenz, por haber publicado
una nota que no fue del agrado de este último [3].
El
21 de diciembre del año pasado la periodista Mercedes Ninci
denunció que Víctor Santa María la echó de Canal 9 por una nota
que había realizado en 2018 sobre una denuncia que radicó la UIF y Graciela
Ocaña contra él por una cuenta no declarada en Suiza con cuatro
millones de dólares [4].
Seis
días después Horacio Verbitsky en El Cohete a la Luna y
bajo el título "La lista negra de Víctor Santa María"
develó: "La lista circula desde hace tiempo en mensajes de WhatsApp.
Contiene 17 nombres a los que dicen que Víctor Santa María no quiere ver
escritos en su cada vez más creciente grupo de medios" [5].
Entre
los nombre vetados que mencionó Verbitsky se encuentran: Matías Lammens
(ministro de Turismo y Deportes), Gabriela Cerrutti [sic] (diputada
nacional), Claudio Ferreño (Legislatura CABA), Manuel Sosias [sic]
(Legislatura CABA), Juan Manuel Valdez [sic] (Legislatura CABA), Eduardo
Valdez [sic] (diputado nacional), Luis D’Elía (dirigente social),
Guillermo Montenegro (dirigente político), Leandro Santoro (Legislatura
CABA), Horacio Verbitsky (El Cohete a la Luna), Juan Sasturain (Biblioteca
Nacional), Nacho Levy (Garganta Poderosa) e Ignacio Sáenz Valiente
(abogado de Clarín)
---
[1]
BPN Nº 700 del 15/03/21: "Santa
María acumula conflictos con los trabajadores de Página/12".
[2]
BPN Nº 674 del 14/02/20: "Santa
María prohibió mencionar a Juan Sasturain".
[3]
BPN Nº 690 del 15/10/20: "Santa
María cerró la AM750 Salta".
[4]
BPN Nº 696 del 15/01/21: "Santa
María habría barrido a Mercedes Ninci del Canal 9".
[5]
El Cohete a la Luna del 27/12/20: "La
lista negra de Víctor Santa María".
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¡¡¡Último
sorteo del año!!!
Ya
se entregaron lo libros a los ganadores
[BPN-15/12/21]
Durante la primera semana de diciembre Pequeñas Noticias entregó
a tres de los ganadores del sorteo lo ejemplares de la tercera edición
del libro "Todo sobre Consorcios" del Dr. Osvaldo
Loisi, fundador de la Fundación Liga del Consorcista del Propiedad
Horizontal (LCPH).
Los
premios que no fueron retirados durante el año serán donados a aquellos
consorcistas o entidades de consorcistas que durante este último año se
hayan destacado por su labor.
Diego
Sangiao |
Silvia
Papazian |
Susana
Pérez García |
La
obra
En
esta tercera edición el autor incorporó las modificaciones introducidas
por el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, tomando en
consideración las diferencias con la derogada Ley 13.512 y las novedades
introducidas por el nuevo régimen. Sobre este tema el Dr. Loisi explicó:
"El nuevo Código instaura transformaciones al sistema que
repercutieron -y repercutirán- tanto en lo teórico, cuanto en lo
práctico: desde el establecimiento del consorcio como persona jurídica,
hasta la posibilidad de incorporar a los propietarios ausentes a las
decisiones asamblearias, hemos recorrido todas las novedades que trae
aparejada la nueva legislación".
Según
aclaró el Dr. Loisi, este libro está dirigido a todos los integrantes de
la comunidad consorcial: administradores, propietarios y encargados, como
así también a todos aquellos que se interesan por la temática de la
propiedad horizontal.
Por
último, el libro ofrece al lector un sistema de capacitación permanente,
que consiste en facilitarle el acceso a las actualizaciones temáticas y
novedades en materia legislativa, a través del ingreso al sitio web de la
Fundación de la Liga del Consorcista: www.ligadelconsorcista.org.
Son
coautores de la obra: la Dra. Rita Lidia Sessa, el Cr. Oscar
Raúl Magnorsky y el Arq. Enrique Humberto Viola. El libro
está dividido en seis capítulos que se desarrollan a lo largo de 542
páginas
|
|
Índices
de aumentos salariales para la propiedad horizontal
Este
mes el mensual y el interanual serán negativos
[BPN-15/12/21]
Este mes el promedio de las escalas salariales de los encargados de
edificios [1] perderá contra la inflación -14,07 puntos
porcentuales con respecto al mes pasado y -17,01 puntos a lo largo del
año.
Este
descenso mensual se debe a que este mes no se pagará el bono de 8.000
pesos acordados el pasado 16 de junio entre las tres entidades de
administradores [2] y la FATERyH [3] y que
fuera homologado el 24 de ese mes mediante la Resolución 779 por el
Ministerio de Trabajo. El bono se volverá a otorgar durante los meses de
enero y febrero del año que viene.
Es
de destacar que este descenso porcentual de las escalas salariales se
compensará en los números del haber mensual porque en diciembre se
cobrará el bono anual del 20% y el medio aguinaldo.
El
incremento mensual
En
diciembre el promedio de las escalas salariales perderán un 10,67% con
respecto al mes pasado y bajó a los 66.988 pesos mensuales.
El
acumulado anual
El
incremento acumulado del 2021 de las escalas salariales será de un
15,91%. El incremento acumulado descendió -15,91 puntos con respecto al
mes pasado.
El
promedio de las escalas salariales de diciembre del 2020 fue de 50.294
pesos.
INDEC
Para
el Índice de Precios de Consumidor que mide el INDEC la
inflación de noviembre fue del 2,5% y según el Relevamiento de
Expectativas del Mercado (REM) que estima el Banco Central
de la República Argentina (BCRA) la inflación de diciembre
será de un 3,4%.
Según
estos números, la inflación durante el 2021 está estimada en un 50,20%.
Jubilados
Luego
de ajuste trimestral otorgado mediante la Resolución 246 del ANSeS,
el haber mínimo de un jubilado que paga expensas en diciembre pasó a ser
de 29.061,62 pesos mensuales, un 12,11% más que el mes pasado. Por otra
parte, en el día de hoy se anunció un bono de 8.000 pesos a pagar entre
el 20 y 23 a quienes cobren el haber mínimo lo que sumará 37.061,62
pesos, sin contar el medio aguinaldo.
Del
gráfico se desprende que desde 2018 se viene abriendo sin prisa ni pausa
la brecha entre los precios y los haberes de la clase pasiva.
En
dólares, este haber mínimo -más el mencionado bono- de 8 mil pesos representa
355 dólares al precio oficial, 209 dólares a cotización turista o 189 dólares según el mercado blue
[4].
En
diciembre del año pasado ese haber estuvo en 19.035,45 pesos por lo que
el acumulado anual será temporalmente del 94,7%. Lo que representa para
este mes una ganancia de
poder adquisitivo del haber contra la inflación de 44,5 puntos
porcentuales durante el año
---
[1]
Para comparar escalas salariales del sector se promediaron las funciones
de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de
cada mes. En octubre y noviembre se sumó los 2.500 pesos otorgados por el
Decreto 665/19. No se tomaron en cuenta la financiación en agosto y
septiembre de dos mil pesos de los aportes de los trabajadores cuyo bruto
haya sido inferior a los 60 mil pesos que otorgó el Gobierno nacional
mediante el Decreto 561/2019. Se sumó el incremento salarial que otorgó
el Poder Ejecutivo mediante el Decreto 14/2020 de tres mil pesos para
enero y mil pesos más para febrero y meses subsiguientes.
[2]
La Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la
Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias
(CAPHyAI) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).
[3]
FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y
Horizontal.
[4]
Promedio precio de venta y compra de cada una de los tipos al 7/12/2021.
|
|
Rincón
Solidario
Administradores
que no reparan desperfectos comunes
por la Dra. Diana Sevitz
Buenos
días:
Estimados,
necesitaría saber dónde se radican denuncias contra administradores que
no reparan desperfectos comunes.
Mi
edificio está en CABA. Hace 4 años no tengo agua caliente provista por el
termotanque general que pertenece al edificio.
Tampoco
tengo habilitada la calefacción central y en los baños rebalsan las
cloacas.
Pese
a la insistencia en los reclamos el administrador no las repara.
Desde
ya agradezco vuestra colaboración.
Aguardo
respuesta.
Atte.
Delfina
(8/12/2021)
Estimada
Delfina:
A
partir de la pandemia el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires implementó
una forma digital de efectuar las denuncias a los administradores de
consorcios.
La
página es: https://www.buenosaires.gob.ar/tramites/denuncia-digital-a-administradores-de-consorcio
Para
realizar la denuncia, tené en cuenta que el edificio administrado debe
encontrarse dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
¿Cuáles
son los requisitos para la denuncia digital?
Propietarios
Constituir
domicilio legal en CABA
Documentación
requerida que deberás tener previamente escaneada:
DNI
Factura
de ABL. Si el ABL no está a su nombre, presentar otro servicio que
sí lo esté.
Liquidación
de expensas.
Documentación
que pruebe el hecho denunciado.
Reclamo
previo al administrador (mails, nota, carta documento).
|
Inquilinos
Constituir
domicilio legal en CABA
Documentación
requerida que deberás tener previamente escaneada:
DNI
Contrato
de alquiler o documentación que acredite la residencia.
Liquidación
de expensas.
Documentación
que pruebe el hecho denunciado.
Reclamo
previo al administrador (mails, nota, carta documento).
|
Esperando
haber respondido a su consulta la saludo muy atte.
Dra.
Diana Sevitz
---
La
Dra. Diana Sevitz es abogada, mediadora y árbitro en propiedad horizontal
y de los tribunales arbitrales de consumo, es co-conductora del programa
de radio Consorcios Hoy, autora de varias publicaciones y docente sobre
temas específicos de propiedad horizontal.Para cualquier consulta se le
puede enviar un e-mail a dsevitz@estudiodianasevitz.com.ar
o llamarla a los teléfonos 4784-8251 / 4784-8072.
|
|
Rincón
Solidario
La
Ley 25.413 por
el Dr. Pablo Acuña
En
relación al gravámen que cobran los Bancos por la Ley 25.413 -llamada
también impuesto al cheque- cuando otros propietarios pagan las expensas
por transferencia se generan descuentos que:
1)
¿Debemos pagar todos los consorcistas?
2)
¿Se le cobra a quien hace la transferencia?
La
administradora nos dice que la del consorcio es una cuenta corporativa y
que no tiene que pagar cada uno sino que lo debe pagar el consorcio, o sea
entre todos.
¿Es
así?
¿O
sea que la comodidad de pagar por transferencia lo pagamos los demás?
Gracias
por su atención.
Stella
[La Plata/Buenos Aires]
(12/12/2021)
Estimada
Stella:
Las
expensas comunes ordinarias tienen por objeto sostener los gastos de
administración, reparación o sustitución, entre otros aspectos.
Todas
las comisiones, débitos e impuestos que sufre la cuenta corriente de
titularidad del consorcio es, sin lugar a dudas, un rubro comprendido
entre los conceptos anteriores.
No
se trata de una comodidad de algunos sino de una vía de recaudación
disponible para todos que, en todo caso, solo algunos deciden explotar.
Por
otra parte, utilizar la lógica de distribuir un gasto que está en cabeza
del consorcio considerando como patrón de prorrateo sólo quienes hacen
uso y goce de ello siginificaría por ejemplo no hacer partícipe de un
gasto de reparación de plomería común a una unidad que no resulta ni
afectante ni afectado.
En
otras palabras, todo gasto común del edificio se prorratea según el
porcentual que fue asignado a cada unidad y el único instrumento con
capacidad jurídica para eximir a una unidad de uno o varios conceptos
resulta el reglamento de propiedad horizontal.
Saludos
cordiales.
Pablo
Acuña
---
Pablo
E. Acuña es abogado (UBA), administrador de consorcios, profesor del
posgrado de Administración de Consorcios en la UNLP, es columnista en
medios especializados en propiedad horizontal, es fundador de “Pintando
Horizontes Magazine” y es director del Centro CIMA. Por cualquier
consulta se le puede enviar un correo a pabloa@alas-admconsorcios.info
o contactarlo en su sitio web www.administracionalas.com.
|
|
Correo
de Lectores
Los
descuentos al personal jubilado
Estimado
Claudio:
Buenas
tardes, ¿cómo estás?
Mi
nombre es Ariel y necesito saber cuáles son los rubros que integran los
descuentos al personal jubilado.
¿Sindicato?
¿FATERyH? ¿Caja de Protección a la Familia? ¿Seguro vida del artículo
27º del Convenio Colectivo de Trabajo?
¿En
la página de FATERYH que hay que modificar?
Muchas
Gracias
Sin
mas Atte.
Ariel
(16/11/2021)
¡Hola
Ariel!
El
recibo de un trabajador afiliado al sindicato y que no es jubilado los
descuentos suman 21.75% y son los siguientes:
Jubilación |
11% |
Ley
19.032 |
3% |
Obra
Social |
3% |
Aporte
Sindical |
2% |
Caja
Protección Familiar |
1% |
FMVDD
FATERyH |
1% |
Seguro
Vitalicio Art. 27º bis 2019 |
0.75% |
Si
ese mismo trabajador se jubila y sigue siendo afiliado al sindicato,
solo tenés que quitar la Obra social (3%) y la Ley 19032 (3%), por lo
cual los aportes ascenderán al 15,75%.
Si
ese trabajador se jubila y decide no aportar más al sindicato y al
Fondo para la Maternidad, Vida, Desempleo y Discapacidad (FMVDD), tenés
que quitar también el Aporte sindical (2%) y el FMVDD (1%) por lo tanto
sus aportes serán del 12.75%.
Un
saludo grandote!
MFL
|
|
ACCABA:
Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ACAPPH:
Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal.
ACoPH:
Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).
ACRA:
Arbitros de Consumo de la República Argentina.
ADEPROH:
Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la
Propiedad Horizontal RA.
AFIP:
Administración Federal de Ingresos Públicos.
AGIP:
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.
AIERH:
Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.
AIPH:
Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal
AIPH.
APARA:
Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.
APH:
Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.
API:
Asocición Propietarios de Inmuebles.
APIPH:
Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.
APBR:
Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.
APROPHMAR:
Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.
CAAC:
Confederación Argentina de
Administradores de Consorcios.
CABA:
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
CACCyC:
Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.
CAPHBByZ:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y
Zona.
CAPHPBA:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.
CAPHyAI:
Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.
CAPRA:
Cámara de Propietarios de la República Argentina.
CASIPH:
Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.
CCT:
Convenio Colectivo de Trabajo.
CDI:
Clave de Identificación.
CECAF:
Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.
CEDDDA:
Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.
CGPC:
Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.
|
CIA:
Cámara Inmobiliaria Argentina.
COAPLA:
Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.
CEPRARA:
Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina
CUCICBA:
Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.
CUIL:
Clave Única de Identificación Laboral.
CUIT:
Clave Única de Identificación Tributaria.
FAC:
Federación Argentina de Consorcios.
FACARA:
Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina.
FAPHRA:
Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina
FATERyH:
Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.
FECIBA:
Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.
FEDECO:
Federación de Asociaciones de Consorcios.
FRA:
Fundación Reunión de Administradores.
ICI:
Instituto de Capacitación Inmobiliaria.
INADI:
Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.
IxE:
Indignados por expensas.
LCPH:
Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.
RCD:
Red de Consorcistas Damnificados.
ReDeCo:
Reafirmación de los Derechos del Consorcista.
SEARA:
Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.
SERACARH:
Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.
SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.
SUTERH:
Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.
UADI:
Unión Administradores de Inmuebles.
UCRA:
Unión de Consorcistas de la República Argentina.
UITEC:
Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.
ULAI:
Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.
UMIPH:
Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.
|
Boletín
de Pequeñas Noticias
1º
Edición
Nº DCCXVIII
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