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Paritarias
encargados de edificios 2022
Se
firmó y homologó un nuevo convenio salarial
Las
entidades de administradores acordaron con la FATERyH tres
aumentos: en marzo se integran los 8 mil pesos a las
escalas, en abril un 15% y en junio un 12%
El aumento nominal será de un 47% aunque impactará en
las escalas salariales en un 32%
Hasta junio de este año los incrementos acordados el año
pasado y este año superarán ampliamente la inflación.
[BPN-15/02/22]
El pasado 7 de febrero el Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social homologó un nuevo acuerdo paritario
para los encargados de edificios que -aunque otorgó un
aumento salarial nominal del 47%- será de casi un 32%
real.
La
recomposición salarial se otorgará en tres tramos:
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Paritarias
encargados de edificios 2022
Ahora
la ‘contribución solidaria a la obra social’ estará indexada
El
acuerdo firmado entre las entidades de administradores y la FATERyH
estableció que se incrementará automáticamente en el mismo porcentaje
que los salarios de los encargados de edificios
Nació hace seis año como una herramienta provisoria para paliar una
crisis.
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Paritarias
encargados de edificios 2022
El
último acuerdo introdujo otras dos novedades importantes
Se
otorga a los trabajadores una licencia de 10 días hábiles por violencia
de género y se obliga a los administradores a constituir domicilio
electrónico en el Sistema de Control de Aportes y Contribuciones de la
FATERyH.
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Comunidad
consorcial
¿Y
los consorcistas dónde están?
Año
tras año va decreciendo la participación de los consorcistas en los
temas que interesan a la comunidad consorcial
Durante el 2021 llegó a su punto más bajo a pesar que las novedades
consorciales no dieron tregua
Destacó el silencio de APH –dirigida por Gabriel Mormandi- durante el
año pasado.
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Ley
Zago
El
curso del SERACARH aumentó a 5.320 pesos
Representa
un aumento del 52% con respecto a su valor en 2020
Ese año costaba 3.800 pesos por encargado
Este año representaría un ingreso para el SERACARH de 300 millones de
pesos o casi tres millones de dólares.
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Ley
de alivio fiscal
La
CAPHyAI pidió a la AFIP que incluya a los consorcios
Consideró
que reúne las dos características que se necesitan para acceder a los
beneficios de la Ley 27.653
Explicó que la mayoría de los consorcios acumuló deudas con la
seguridad social producto de la crisis económica de 2018 y la pandemia de
COVID-19.
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Curso
del SERACARH
Zulberti
le pidió a Zago que proponga derogar su ley
El
coordinador de la Comisión de Consorcios de la Comuna 3, le solicitó al
legislador Oscar Zago que proponga derogar ley del curso del SERACARH de
la cual fuera su autor en 2013.
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Grupo
Octubre
Santa
María puso otro pie en la publicidad en la vía pública
Se
trata de la comercialización de las pantallas en las estaciones de la
Ecobici
El sistema Ecobici es operado por Tembici y está patrocinado por Itaú y
Mastercard
El año pasado Santa María había comprado una empresa especialmente
dedicada a la publicidad en la vía pública.
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Ámsterdam
Una
propiedad se podrá vender luego de vivir cuatro años en ella
Si
la norma es aprobada, desde el 1º de abril para vender una propiedad en
Ámsterdam se deberá primero vivir cuatro años en ella
Se espera así paliar la fuerte crisis de vivienda en esa ciudad.
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Correo
de Opinión
Quienes representen a los consorcistas tienen que tener algún tipo de mandato
por el Sr. Julio Gil Domínguez
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Pequeñas
Noticias
Nosotros
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Defensa
y Protección del Consumidor porteño
Finalmente,
luego de 5 meses se cumplió una orden de la Justicia
En
agosto del año pasado la Justicia Penal le ordenó a esa repartición
inhabilitar a una administradora en el marco de una causa penal
Recién en enero de este año culminó el trámite exigido.
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Ley
Carrillo
La
CAPHyAI no se rinde
El
Dr. Jorge Martín Irigoyen –en nombre de la Cámara Argentina de
Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias- interpuso un recurso de
inconstitucionalidad contra la resolución adversa dictada por la Cámara
de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario.
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Banco
de la Ciudad de Buenos Aires
Moderado
aumento de las ‘cuenta consorcio’
Si
bien la pandemia impulsó la bancarización de los consorcios la apertura
de cuentas consorcio todavía no llegó a los niveles de 2019
Un porcentaje mínimo de estas cuentas son de clientes de la provincia de
Buenos Aires.
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Claudio
Moroni
‘Los
trabajadores con coronavirus siguen cubiertos por las ART’
Así
lo afirmó el ministro aunque aclaró que ahora los trabajadores deberán
pasar por una ‘comisión médica’ como cualquier otra enfermedad
profesional
Exige la prórroga del decreto que la considera enfermedad profesional el
gremio de camioneros.
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Colombia
Se
desarrolló una aplicación que alerta sobre trámites inmobiliarios
Mediante
la misma el propietario podrá ser alertado por su celular o correo
electrónico si se inició un trámite que afecta a cualquiera de sus
propiedades
Estiman que así disminuirá la corrupción y los delitos contra la
propiedad.
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Índices
de aumentos salariales para la propiedad horizontal
Este
mes las escalas salariales perdieron contra la inflación
En
febrero las escalas salariales de los encargados de edificios perderán
levemente contra la inflación, ganarán en el acumulado anual y
nuevamente perderán en el interanual.
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Rincón
Solidario
Impuesto a los débitos y créditos bancarios
por la Cra. Viviana Grinberg
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Bolsa
de Trabajo
Avisos
Clasificados
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Paritarias
encargados de edificios 2022
Se
firmó y homologó un nuevo convenio salarial
[BPN-15/02/22]
El pasado 7 de febrero el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
homologó un nuevo acuerdo paritario para los encargados de edificios que
-aunque otorgó un aumento salarial nominal del 47%- será de casi un 32%
real.
La
recomposición salarial se otorgará en tres tramos:
1.-
En marzo se integran los 8.000 pesos del bono que se venían otorgando a
la cuarta categoría y se aplicará en forma porcentual a las restantes
categorías.
2.-
En abril suma a las escalas salariales de marzo un 15% de aumento
calculado sobre las escalas salariales de marzo.
3.-
En junio suma a las escalas salariales de abril un 12% de aumento sobre
las escalas salariales de abril.
Si
se hace el cálculo de los aumentos otorgados y teniendo en cuenta que en
abril y junio el aumento se calcula sobre los valores de la escala
salarial inmediata anterior se llega a que el total otorgado es del
46,71%. Pero si se analizan los promedios de las escalas salariales
[1] y cómo serán afectadas por los aumentos acordados se observa
que finalmente será del 31,59%.
Ese
casi 47% se alinea con las declaraciones de Claudio Moroni,
Ministro de Trabajo, quién confirmó que en las negociaciones paritarias
de 2022 se tomará como referencia una inflación estimada del 40% y se
reabrirán las discusiones "las veces que sean necesarias" si la
inflación lo supera.
Por
último antes de pasar al detalle de los aumentos mes a mes se destaca que
si bien el acuerdo es hasta fin de año –o sea que desde julio a
diciembre no habría más aumentos-, los incrementos salariales de la
primera mitad del año -sumados a los dos acordados el año pasado- y que
impactan este año superarán ampliamente la inflación prevista [2].
Período |
Promedio
Mensual |
Incremento
(%) |
Novedad |
enero/2022 |
74.988 |
11,94 |
Se
retoma el bono de 8.000 |
febrero/2022 |
77.626 |
3,52 |
Incremento
del 5% + 8.000 |
marzo/2022 |
79.306 |
2,16 |
Integración
de los 8.000 |
abril/2022 |
91.202 |
15,00 |
Aumento
del 15% |
mayo/2022 |
91.202 |
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junio/2022 |
102.147 |
12,00 |
Aumento
del 12% |
En
marzo
En
marzo se deben incorporar los 8 mil pesos a la escala salarial. Se
acostumbra que en estos casos se sume a la función "Encargado
permanente CON vivienda" de 4ª categoría los 8 mil pesos y se
calcule el porcentaje de incidencia del aumento. Este porcentaje es el que
se usará para calcular los valores de toda la escala salarial, incluidos
los adicionales.
En
este caso el porcentaje de incidencia será de un 13,9%. Sin embargo, en
términos reales el aumento será de un 2,16% con respecto a febrero
porque los encargados ya venían percibiendo el bono de los 8 mil pesos.
Es
de destacar que al integrar los 8 mil pesos a la cuarta categoría y a las
demás en forma proporcional -y habiendo entre ellas diferencias de 10%,
15% y 20%-, en las categorías más altas el bono llegó a un máximo de
14.376 (Mayordomo de 1ª categoría) y a un mínimo de 4.555 pesos
(Encargado no permanente con vivienda de 4ª categoría). Sin embargo en
el total de la escala salarial el promedio que se integró fue de 8.869
pesos.
En
abril
En
abril el aumento será del 15% con respecto a la escala salarial de marzo.
En
junio
En
junio el aumento será de un 12% con respecto a la escala salarial de
abril.
En
general
Hay
que tener en cuenta que este convenio estará vigente hasta diciembre de
este año aunque las partes acordaron reunirse en octubre a fin de evaluar
la necesidad de una revisión de los futuros aumentos salariales.
Sin
embargo hasta junio el aumento acumulado en el año –incluye
los dos convenios anteriores- habrá sumado un 52,48% contra una
inflación acumulada estimada de un 25,32%. Por su parte el acumulado
anual en junio será de un 80,99% contra una inflación
estimada en un 50,79%.
El
acuerdo
El
acta
acuerdo signado por el AIERH
[3], la CAPHyAI [4] y la UADI [5]
con la FATERyH [6] lleva fecha del 1º de febrero y fue
homologado el 7 de ese mes por el Secretario de Trabajo del Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social, Marcelo Claudio Bellotti,
mediante la Resolución
243
---
[1]
Para comparar escalas salariales del sector se promediaron las funciones
de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de
cada mes. En octubre y noviembre se sumó los 2.500 pesos otorgados por el
Decreto 665/19. No se tomaron en cuenta la financiación en agosto y
septiembre de dos mil pesos de los aportes de los trabajadores cuyo bruto
haya sido inferior a los 60 mil pesos que otorgó el Gobierno nacional
mediante el Decreto 561/2019. Se sumó el incremento salarial que otorgó
el Poder Ejecutivo mediante el Decreto 14/2020 de tres mil pesos para
enero y mil pesos más para febrero y meses subsiguientes y el acuerdo que
otorgó un bono de 8 mil pesos hasta febrero de este año.
[2]
Inflación prevista por el Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM)
que estima el Banco Central de la República Argentina (BCRA)
[3]
Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH)
[4]
Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias
(CAPHyAI).
[5]
Unión Administradores de Inmuebles (UADI).
[6]
Federación Argentina de Trabajadores de Edificio de Renta y Horizontal
(FATERyH).
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Paritarias
encargados de edificios 2022
Ahora
la ‘contribución solidaria a la obra social’ estará indexada
[BPN-15/02/22]
El acta acuerdo firmado entre las tres entidades de administradores
[1] y la FATERyH [2] estableció que la contribución
solidaria a la obra social de los encargados de edificios "se
incrementará en el mismo porcentaje que el incremento establecido para
los salarios de la actividad". Hasta este mes ese monto estaba
establecido en 950 pesos mensuales.
En
el texto del acuerdo sus signatarios argumentaron: "El 27 de
noviembre de 2020 suscribimos un acuerdo de renovación del aporte
contribución solidaria para el sostenimiento de las obras sociales de la
actividad y -dado el actual contexto sanitario que impacta directamente en
el servicio de salud- entendemos necesario establecer un mecanismo de
incremento [automático] del aporte que contemple el aumento en las
prestaciones de salud y de esa forma sea efectiva la finalidad de la
contribución".
La
"contribución solidaria" que deben pagar los consorcios en su
calidad de empleadores nació el 6 de mayo de 2014 con un valor de 50
pesos mensuales para paliar una situación de emergencia provisoria.
Luego
de seis años no sólo no parece tener fin sino que se indexó en forma
automática al incremento salarial con lo cual no requerirá de la
autorización de los miembros paritarios para poder decidir la necesidad
de su continuidad y su valor.
El
acta acuerdo lleva fecha del 1º de febrero y fue homologado el 7 de
ese mes por el Secretario de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, Marcelo Claudio Bellotti, mediante la Resolución 243
---
[1]
Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la Cámara
Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y
la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).
[2]
Federación Argentina de Trabajadores de Edificio de Renta y Horizontal
(FATERyH).
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Paritarias
encargados de edificios 2022
El
último acuerdo introdujo otras dos novedades importantes
[BPN-15/02/22]
El acuerdo salarial de los encargados de edificios del 1º de febrero
-aparte de los aumentos salariales [ ver
nota] y la indexación de la
"contribución solidaria a la obra social" [ver
nota]- trajo otras dos
novedades a destacar: otorga una licencia de 10 hábiles a aquellas
personas que sufrieran violencia de género y obliga a los administradores
a constituir domicilio electrónico en el Sistema de Control de Aportes
y Contribuciones de la FATERyH.
Licencia
por violencia de género
Lo
primero que llamó la atención en este punto fueron dos cosas: que son
beneficiarios de la licencia "las personas" que sufrieran
violencia de género sin mencionar si éstas son hombres o mujeres y que
no aclara si la licencia es con o sin goce de sueldo.
Textualmente
el acuerdo ya homologado ordena: "Incorporar al artículo 12º del
Convenio Colectivo de Trabajo 589/10 una licencia de 10 días hábiles por
año aniversario para aquellas personas víctimas de violencia de género.
Para hacer uso de la licencia el trabajador/a, deberá acreditar haber
realizado previamente denuncia policial/judicial".
En
el preámbulo del acuerdo explicó: "Asimismo es necesario partir de
un dato de la realidad en torno al crecimiento de situaciones de violencia
de género en el ámbito doméstico que necesariamente repercute en el
presentismo en el ámbito laboral, siendo un imperativo del Derecho
Internacional de los Derechos Humanos atender la problemática evitando un
agravamiento de la situación de vulnerabilidad de quien la padece".
El
domicilio electrónico
Sobre
este punto se destaca que las notificaciones realizadas al domicilio
electrónico que debe constituir el administrador conservarán su
validez hasta 60 días luego de su renuncia a ese consorcio. O sea
que luego de renunciar a un edificio y de recibir una notificación de la
FATERyH el administrador deberá contactarse con el administrador que lo
sustituyó para reenviarle la notificación recibida.
Textualmente
el punto cuarto ordena: "Los consorcios de propietarios, edificios de
renta y/o quien ejerza su representación legal deberán constituir con
carácter obligatorio el domicilio electrónico de conformidad a las
formas, requisitos y condiciones que se establecen en el ANEXO 1 que forma
parte del presente, con el fin de generar las correspondientes boletas de
pago de aportes y contribuciones mensuales y recepcionar las
notificaciones que la entidad sindical les remitan. Las notificaciones
así practicadas surtirán los efectos legales del domicilio electrónico
constituido siendo válidas y plenamente eficaces todas las
notificaciones, emplazamientos y comunicaciones que allí se
practiquen".
En
el preámbulo argumentaron: "Considerando el actual paradigma de uso
masivo de la modalidad electrónica para realizar las notificaciones o
intercambio de documentación en forma virtual, se impone como garantía
de una comunicación flexible y segura incorporar a la norma convencional
el uso obligatorio del sistema de notificación electrónica para la
entrega o recepción de comunicaciones de cualquier naturaleza".
El
acta
acuerdo signado por el AIERH [1], la CAPHyAI
[2] y la UADI [3] con la FATERyH [4]
lleva fecha del 1º de febrero y fue homologado el 7 de ese mes por el Secretario
de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Marcelo
Claudio Bellotti, mediante la Resolución
243
---
[3]
Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH)
[4]
Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias
(CAPHyAI).
[5]
Unión Administradores de Inmuebles (UADI).
[6]
Federación Argentina de Trabajadores de Edificio de Renta y Horizontal
(FATERyH).
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Comunidad
consorcial
¿Y
los consorcistas dónde están?
[BPN-15/02/22]
Durante el año pasado bajó sensiblemente el protagonismo de la mayoría
de las entidades de consorcistas en la vida consorcial a pesar de las
novedades que se produjeron para los consorcios desde el ámbito laboral,
municipal y sanitario.
Por
otra parte, durante el 2021 los actores más activos en la defensa de los
derechos de los copropietarios fueron la Sra. Ana María Huertas de
Mar del Plata (ACoPH), el Dr. Eduardo Awad que tuvo como uno
de sus ejes de campaña los derechos de los consorcistas, el Sr. Andrés
Zulberti (Comisión de Consorcios de la Comuna 3), el Consejo
Consultivo de la Comuna 6 y la Liga del Consorcista entre
otros.
Llamó
la atención el silencio que mantuvo durante el año pasado APH (Asociación
Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal) -entidad
presidida por el Dr. Gabriel Mormandi- que había impulsado
fuertemente -y con un relativo éxito- la participación de los
consorcistas en paritarias.
La
redacción de Pequeñas Noticias realizó una reseña de la
actividad de las entidades más activas y el estado en las que otras se
encuentran.
ACoPH
Durante
el año pasado la Asociación de Consorcistas de la Propiedad
Horizontal (Mar del Plata) le pidió al intendente del partido de
General Pueyrredón que informe "en forma clara y precisa" los
protocolos a seguir para poder realizar las asambleas en los consorcios
[1]; denunció que el Defensor del Pueblo de esa ciudad en lugar de
colaborar para que se reglamente la Ley 14.701 impulsará la colegiatura
de los administradores [2]; le reclamó al Gobernado de la
provincia, Axel Kicillof, que reglamente la Ley 14.701 que creó un
Registro Público de Administradores (RPA) en territorio
bonaerense; apoyó la sanción y puesta en práctica de la ordenanza
marplatense llamada "Edificio seguro", organizó charlas de
capacitación para consorcistas por Zoom y asesoró consorcistas en forma
presencial y gratuita con turno previo.
Dr.
Eduardo Awad
Durante
la segunda mitad del año pasado el presidente del Colegio Público de
Abogados de la Capital Federal (CPACF) y director del Instituto
de Derecho de la Propiedad Horizontal de esa entidad trabajó en su
candidatura a diputado nacional por el Partido Autonomista (PA).
Uno de los ejes de su campaña fueron los consorcistas [3].
Por
otra parte durante el último mes del año ingresó por mesa de entradas
de la Inspección General de Justicia (IGJ) la solicitud de
inscripción de la Asociación de Propietarios, Consorcios y
Consorcistas de la RA (APCCRA), un sueño que concretaría
luego de más de 17 años [4].
Andrés
Zulberti
El
8 de marzo del año pasado el coordinador de la Comisión de Consorcios
de la Comuna 3 solicitó a Defensa y Protección del Consumidor
porteño que explique la razón por la que aún no cumplió con el
artículo 7° de la Ley 941 que ordena al Registro Público de
Administradores (RPA) local informar mediante su página web en
forma pública y gratuita -entre otras cosas- las sanciones que se
hubieren impuesto a los administradores durante los dos últimos años
[5].
Al
mes siguiente –sobre las sucesivas prórrogas por disposición al
mandato de los administradores- alertó a la Defensoría del Pueblo de
la CABA que la Ley 941 no habilita a Defensa del Consumidor porteño a
establecer regulaciones sobre temas que son exclusivamente de índole
privados. Puntualmente explicó que ante la posibilidad de que se
establezca una décima prórroga -lo que le pareció exagerado- solicitó
a la Defensoría del Pueblo su intervención" [6].
Por
otra parte a lo largo del año pasado impulsó la causa judicial que
había iniciado contra la aplicación oficial "Consorcio
Participativo" y en agosto interpuso ante el Tribunal Superior de
Justicia (TSJ) porteño un "recurso extraordinario"
con el objetivo de lograr que sea la Corte Suprema de Justicia de la
Nación quien decida si su causa contra la "Aplicación Oficial
Consorcio Participativo" puede ser tratada por la Justicia Federal
[7].
En
octubre denunció ante la Asociación Civil por la Igualdad y la
Justicia (ACIJ) que desde enero de 2020 el Poder Judicial de la
Nación no informa la cantidad de causas abiertas por falta de pago de
expensas [8].
Por
último, durante todo el año colaboró con consorcistas y diferentes
actores consorciales recabando información de los organismos del Estado
local y nacional mediante las herramientas que éstos brindan.
El
Consejo Consultivo de la Comuna 6
Este
órgano comunal tuvo dos intervenciones relacionadas con los consorcios.
En
abril aprobó por unanimidad una solicitud que realizó su Comisión de
Consorcios para que la AFIP permita a los propietarios de las unidades
funcionales consultar el estado de las cuentas tributarias de su consorcio
[9].
En
noviembre aprobó una petición a la AFIP para que exceptúe a los
consorcios del "Impuesto al cheque" [10].
APH
En
diciembre de 2017 Mormandi informó que había logrado la inscripción de
su entidad en Registro de Asociaciones Gremiales de Empleadores del
Ministerio de Trabajo con el número 681 [11].
En
marzo de 2018 participó de su primera reunión paritaria aunque al
momento de tomar la palabra los representantes de la FATERyH se retiraron
[12].
Al
mes siguiente Facundo Carrillo y Felipe Miguel festejaron
públicamente la participación de la APH en las reuniones paritarias
aunque luego de participar de tres reuniones paritarias [13]
el sindicato y las tres entidades de administradores desconocieron la
representatividad de APH [14].
Por
último en marzo de 2019 APH presentó ante el Ministerio de Producción y
Trabajo una solicitud de Pronto Despacho a su reclamo presentado en
diciembre contra el último acuerdo salarial celebrado para el sector
[15]. A partir de este momento la entidad se limitó a emitir
declaraciones por las redes sociales hasta septiembre de 2020 en que se
llamó a silencio.
El
último comentario que realizó el Dr. Gabriel Mormandi en su página de
Facebook data del 23 de septiembre de 2020 y trató sobre el aumento de
expensas que se afrontaría en octubre de ese año. Al día siguiente
publicó esa misma nota en la cuenta de la entidad en Instagram.
La
página en Facebook cuenta con 4.518 me gusta y la siguen 4.98 personas.
En su cuenta en Instagram realizó 43 publicaciones y la siguen .140
personas.
Si
sitio web es inaccesible aunque su dominio está en Internet renovado
hasta agosto de este año.
La
constancia de CUIT de la entidad que preside está bloqueada. La AFIP
informó que "el 30 de noviembre de 2018 venció el plazo para
constituir el domicilio fiscal electrónico", y aclaró que de
constituirlo se desbloquearía.
Sin
embargo Mormandi desarrolló más actividad en el sector inmobiliario: en
junio de 2021 asistió representando a CUCICBA (Colegio Único
de Corredores Inmobiliarios de la CABA) a la reunión informativa que
realizó comisión de legislación general de la cámara de diputados
sobre un proyecto de ley que buscaba modificar diversos artículos del
Código Civil y Comercial de la Nación sobre el tema alquileres.
Hasta
fines de 2021 fue representante asamblearios titular de CUCICBA.
CACCyC
y FeDeCo
Es
de destacar la Federación de Asociaciones de Consorcios (FeDeCo)
o de CACCyC (Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y
Consorcistas) –ambas presididas por Samuel Knopoff- no tiene
ni sitio web institucional y no se le encontró presencia ni en Facebook
ni Twitter ni Instagram.
En
marzo de 2021 Samuel Knopoff en nombre de la FeDeCo participó con sus
opiniones en una nota de Clarín [16].
Por
último en noviembre se reunió con Sergio Abrevaya (GEN),
los representantes de dos entidades colegas y miembros del estudio de
abogados "Foro de abogados de propiedad horizontal" para
conversar sobre la problemática del sector. La reunión la convocó Sergio
Abrevaya (GEN) que se encontraba en plena campaña electoral
[17].
De
CACCyC no se pudo obtener el CUIT y con respecto a FeDeCo la AFIP informó
que "el contribuyente cuenta con impuestos con baja de oficio por
Decreto 1.299/98"
UCRA
La
última actividad conocida que realizó la Sra. Alicia Giménez en
nombre de UCRA fue el 4 de noviembre del año pasado. En esa oportunidad
participó de la mencionada reunión de Abrevaya con los representantes de
otras entidades de consorcistas y abogados representando a estudios
legales particulares.
Se
puede agregar que los temas que se abordaron fueron: La incorrecta
representación de las partes en las paritarias del sector de la propiedad
horizontal, la baja participación de los copropietarios en las asambleas
de sus consorcios y -en sus propias palabras- "que los consejos de
propietarios no se constituyen porque algunos administradores desvirtúan
la información
Por
otra parte el Gobierno de la CABA (GCABA) le dedica a la entidad presidida
por Giménez una página en la que informa que UCRA "atiende
telefónicamente como así también vía email las consultas referentes a
los aspectos vinculados al derecho consorcial", y aclara que
"dentro de dicha órbita se encuentran las denuncias ante el Registro
Público de Administradores de Consorcios (RPA) de la
CABA".
El
último posteo en su página en Facebook fue el 27 de julio de 2020 y en
él que preguntaban: "¿Estás cansado de que los abusos de los
administradores? Contáctanos, es gratis". La página tiene 36 me
gusta, 37 seguidores y realizó 6 publicaciones.
El
sitio web de la entidad que publicita el GCABA –más allá que tiene un
error de tipeo que impide su acceso- ya no se encuentra disponible y NIC
Argentina reporta que su dominio venció y está disponible [18].
Por
último, la AFIP informa que "el contribuyente cuenta con impuestos
con baja de oficio por Decreto 1299/98" [19].
APIPH
El
Dr. Marcos Bergenfeld, titular de la Asociación Propietarios de
Inmuebles en Propiedad Horizontal (APIPH), se retiró de la
actividad consorcial a fines de 2018 luego de 14 años de intensa
actividad
---
[1]
BPN Nº 696 del 15/01/2021: "Huertas
le pidió a Montenegro un protocolo para las asambleas".
[2]
BPN Nº 708 del 15/07/2021: "El
Defensor del Pueblo impulsará la colegiatura".
[3]
BPN Nº 710 del 16/08/2021: "Eduardo
Awad vuelve a postularse para diputado nacional".
[4]
BPN Nº 718 del 15/12/21: "La
entidad de Awad ya ingresó a la IGJ".
[5]
BPN Nº 700 del 15/03/21: "Zulberti
le pidió explicaciones a Bouza".
[6]
BPN Nº 702 del 15/04/21: "Zulberti
pidió la intervención de la Defensoría del Pueblo".
[7]
BPN Nº 710 del 16/08/21: "Andrés
Zulberti llegará hasta la Corte Suprema de Justicia".
[8]
BPN Nº 15/11/21: "Zulberti
denunció que el poder judicial ya no brinda información".
[9]
BPN Nº 704 del 14/05/21: "Quieren
que se pueda consultar el estado fiscal del consorcio".
[10]
BPN Nº 15/11/21: "La
Comuna 6 preparó otra petición para la AFIP".
[11]
BPN Nº 622 del 22/12/17: "Ya
hay dos entidades de propietarios con personería gremial".
[12]
BPN Nº 628 del 22/03/18: "APH
participó de una primera reunión paritaria".
[13]
BPN Nº 629 del 12/04/18: "Facundo
Carrillo y Felipe Miguel promocionan a APH".
[14]
BPN Nº 646 del 13/12/18: "La
FATERyH desconoció la representatividad de APH".
[15]
BPN Nº 652 del 14/03/19: "APH
volvió a la carga contra el último acuerdo".
[16]
Clarín del 25/03/11: "A
días de que venza el mandato de los administradores, cómo hacer una
asamblea virtual de consorcio".
[17]
BPN Nº 716 del 15/11/21: "Abrevaya
retomó su contacto con parte de los consorcistas".
[18]
Gobierno
de la CABA sin fecha.
[19]
Artículo 1º del Decreto 1299/98: "Incorpórase a continuación del
segundo párrafo del artículo 53º del Decreto N° 1397 del 12 de junio
de 1979 y sus modificaciones, el siguiente: 'No será necesaria esa
comunicación si el contribuyente hubiera omitido presentar sus
declaraciones juradas durante tres períodos fiscales consecutivos si
estos fueren anuales o treinta y seis períodos consecutivos cuando fueren
mensuales. En tal caso su condición de no inscripto regirá para los
períodos que venzan a partir de esas incumplimientos´".
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Defensa
y Protección del Consumidor porteño
Finalmente,
luego de 5 meses se cumplió una orden de la Justicia
Edificio
Cruz de Malta, sede de Defensa y Protección del Consumidor porteño y el
Registro Público de Administradores [Foto Pequeñas Noticias]
[BPN-15/02/22]
El pasado 24 de enero Vilma Bouza, directora general de Dirección
General de Defensa y Protección del Consumidor (DyPC), a
pedido de la Justicia Penal inhabilitó por dos años -desde el 12 de
agosto de 2021 hasta el 13 de agosto de 2023- a la administradora de
consorcios involucrada en el fallecimiento del futbolista Ezequiel
Esperón que se cayó de un sexto piso al ceder una puerta metálica
con apertura hacia el exterior.
Los
hechos de pe a pa
Cinco
meses antes, el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 49,
a cargo de la Dra. Ángeles M. Gómez Maiorano, Secretaría N°
169, a cargo de la Dra. María José Bianchi había ordenado
excluir a la administradora procesada por resolución firme del día 12 de
agosto de 2021 en la causa se abrió contra la mandataria del consorcio
por homicidio culposo.
Dos
semanas después de recibir la orden judicial el coordinador del Registro
Público de Administradores (RPA), Diego Sarrabayrouse,
confirmó públicamente que había recibido una orden judicial para
excluir a esa administradora. El 2 de septiembre en el marco de una
disertación de la que participó por Zoom develó: "Hace poquito
tiempo recibimos una notificación en un caso que fue muy conocido del
lamentable fallecimiento que hubo de una persona que estaba en un
cumpleaños, se apoyó en una baranda cuya puertita cedió y la persona
cayó [al vacío] y falleció. La administradora fue condenada por
homicidio culposo y en esa sentencia el juez penal nos pidió a nosotros
–como Registro Público- que tomáramos nota de esa
inhabilitación" [2].
Luego
de esperar un tiempo prudencial, el 15 de diciembre el coordinador de la Comisión
de Consorcios de la Comuna 3, Andrés Zulberti, le pidió
explicaciones a Sarrabayrouse por la falta de publicación en el Boletín
Oficial del acto administrativo necesario para cumplir con la orden
judicial. Lo que no sabía es que todavía ese acto administrativo aún no
se había realizado.
El
5 de enero la redacción de Pequeñas Noticias -vía "Acceso a
la información pública"- le solicitó al funcionario que detalle el
número de disposición que ordenó la inhabilitación de la
administradora a pedido de la Justicia Penal, su fecha y la razón por la
cual luego de cuatro meses no había sido publicada en el Boletín
Oficial. Todo hace suponer que tampoco en ese momento se había cumplido
con lo exigido por la Justicia.
Finalmente
el 24 de enero Bouza ordenó la Disposición Interna DI-2022-548-GCABA-DGDYPC
inhabilitando por dos años a la mencionada administradora.
Es
de destacar que en los considerando mencionó que "el Registro
Público de Administradores dejó asentado que desde la recepción de la
manda judicial se procedió a tomar debita nota de la medida dispuesta
modificando la condición de la administradora en el respectivo
sistema" y menciona un informe el IF-2022-03195748-GCABA-DGDYPC
que por su número es de este año. O sea como mínimo cuatro meses luego
de solicitado por la Justicia.
El
pasado 26 de enero Ariel Urwicz, gerente operativo de DyPC, en
respuesta al pedido de la redacción de Pequeñas Noticias adjuntó
la disposición sancionatoria y aclaró que "habiendo procedido el
precitado acto administrativo en el marco de una manda judicial y no
dentro de un procedimiento sumarial conforme lo prevé la Ley 941, no
procede la publicación de la misma en el Boletín Oficial".
En
principio, esta respuesta se contradeciría con el artículo 7º de la Ley
941 que ordena: "El Registro es de acceso público, gratuito, y debe
estar disponible para su consulta en la página web del Gobierno de la
Ciudad, pudiendo cualquier interesado informarse respecto de la totalidad
de los requisitos e informes exigidos en el artículo 4° de la presente, así
como también de las sanciones que se hubieren impuesto en los últimos
dos años" [2].
Mientras
tanto, Andrés Zulberti sigue esperando que le respondan.
Homicidio
culposo
Según
explica el Periódico Judicial "el homicidio culposo se trata
de una conducta activa u omisiva violatoria del deber de cuidado. Éste
género admite diversas especies a saber: imprudencia, negligencia,
impericia -en el arte o la profesión- e inobservancia -de reglamentos o
deberes a cargo-, que produce la muerte de otra persona. Si pudiéramos
mencionar algún caso en los que se da el homicidio culposo sería por
ejemplo en un accidente de tránsito cuando una persona comete una
negligencia y el resultado es una muerte" [3].
Actualmente
el RPA porteño está coordinado por el mencionado Sarrabayrouse, depende
de la DGDyPC cuya directora general es Bouza y cuyo superior directo es
desde el 1º de agosto de 2021 Julia Domeniconi, secretaria de Atención
y Gestión Ciudadana
---
[1]
BPN Nº 720 del 15/01/22: "Pequeñas
Noticias le pidió explicaciones a Sarrabayrouse".
[2]
Ley
941 del 3/12/02.
[3]
Periódico Judicial del 10/02/2021: "Diferencias
entre los delitos de homicidio doloso y culposo".
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Ley
Zago
El
curso del SERACARH aumentó a 5.320 pesos
[BPN-15/02/22]
Desde este año el curso del SERACARH [1] que
obligatoriamente deben realizar los encargados de edificios pasará a
costar 5.320 pesos por trabajador. Aumentó un 40% desde el 2020, año en
que se pagó 3.800 pesos y casi un 1.000% (964%) desde que se creó en
2012 y se le impuso un valor de 500 pesos.
De
acuerdo a los datos proporcionados por el Ministerio de Trabajo
durante el 2021 hubo 57.031 puestos de trabajo en la propiedad horizontal.
Si este año se mantienen esos números y cada uno de esos encargados
realiza el curso, el SERACARH recaudará sólo por este concepto más de
300 millones de pesos (303.406.693) o casi tres millones de dólares
(2.826.987) según la cotización oficial [2].
En
total, desde su creación el curso habría costado a los consorcistas
porteños más de 36 millones de dólares (36.174.239).
Año |
Valor |
Puestos
de Trabajo |
Costo
en $ |
1
u$s [2] |
Costo
en u$s |
2012 |
500 |
47.201 |
23.600.583 |
4,55 |
5.189.581 |
2013 |
500 |
48.521 |
24.260.708 |
5,46 |
4.443.657 |
2014 |
700 |
49.879 |
34.915.067 |
8,12 |
4.302.188 |
2015 |
850 |
50.659 |
43.059.867 |
9,27 |
4.647.473 |
2016 |
1.050 |
52.358 |
54.975.550 |
14,84 |
3.703.790 |
2017 |
1.450 |
55.929 |
81.097.533 |
16,65 |
4.870.197 |
2018 |
1.600 |
55.803 |
89.284.800 |
28,20 |
3.166.636 |
2019 |
No
se dictaron cursos |
2020 |
3.800 |
57.078 |
216.895.133 |
71,73 |
3.023.731 |
2021 |
No
se dictaron cursos |
2022 |
5.320 |
57.031 |
303.406.693 |
107,33 |
2.826.987 |
|
Total |
36.174.239 |
La
cantidad de puestos de trabajo de 2012 y 2013 fueron estimados.
Es
de recordar que el 30 de agosto de 2018, la Legislatura porteña aprobó
la Ley 6.004 que modificó la Ley 4.803 (Ley Zago) y a partir de ese
momento se obligó a los consorcios a pagar a sus encargados un curso en
el SERACARH sobre "Higiene, seguridad y medidas de prevención contra
incendios" cada dos años en lugar de uno. De hecho durante el 2019 y
2020 los encargados estuvieron eximidos de asistir a ese curso.
El
Ejecutivo nacional fundamentó este cambio en la frecuencia del curso del
SERACARH por cuatro razones:
1.-
"La experiencia desarrollada en el ejercicio a nivel local de la Ley
N° 941 indica que el contenido de los mismos se repite año tras año sin
aportar en lo sustancial nuevas experiencias para los encargados y
generando gastos excesivos para el consorcio".
2.-
"La capacitación y educación en materia de propiedad horizontal, en
lo que hace a temas de seguridad y reducción de riesgos, debe
actualizarse de forma práctica y beneficiosa sin redundar en actividades
repetitivas y dispendiosas".
3.-
"Resulta indispensable disminuir la frecuencia de las capacitaciones
fijando su obligatoriedad cada dos años" [3].
El
SERACARH está compuesto por las tres entidades de administradores que
representan a los consorcios en paritarias (AIERH [4], CAPHyAI
[5] y UADI [6]) y la FATERyH (Federación Argentina de
Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal).
Antecedentes
El
28 de noviembre de 2013, la Legislatura porteña aprobó un proyecto de
ley del legislador Oscar Zago –por entonces del bloque PRO y
ahora de "La Libertad avanza "- que obliga a los administradores
de propiedad horizontal a "exhortar" al personal de cada uno de
los consorcios que administra a concurrir anualmente a una capacitación
"sobre higiene, seguridad y medidas de prevención contra
incendios". La Dirección General de Defensa y Protección del
Consumidor (DGDyPC) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
será la autoridad de aplicación de la norma.
Según
el texto de la ley, dicha capacitación "deberá ser dictada por una
institución especializada, conformada por representantes de todos los
sectores de la actividad reconocidos por el Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social de la Nación, a efectos de asegurar la
plena representación de la totalidad de los intereses involucrados en la
labor prestada en los edificios de propiedad horizontal" [7].
Al
momento de escribir esta nota todavía sólo el SERACARH está en
condiciones de cumplir estos requisitos
---
[1]
SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad
de Rentas y Horizontal.
[2]
Para el cálculo del promedio del valor dólar oficial de
cada período mencionado se promediaron todas sus cotizaciones diarias
actualizado al 09/02/22.
[3]
BPN Nº 639 del 10/09/18: "El
curso del SERACARH desde ahora será cada dos años".
[4]
AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.
[5]
CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades
Inmobiliarias.
[6]
UADI: Unión Administradores de Inmuebles.
[7]
BPN Nº 510 del 4/12/13: "El
curso del SERACARH tiene su propia ley" y BPN Nº 513 del
23/01/14: "La
Ley Zago se aprobó casi sin debate".
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Ley
Carrillo
La
CAPHyAI no se rinde
Sede
de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades
Inmobiliarias [Foto archivo Pequeñas Noticias]
[BPN-15/02/22]
El pasado 1º de febrero el Dr. Jorge Martín Irigoyen, en nombre
de Daniel Tocco y otros, interpuso un recurso de
inconstitucionalidad contra la resolución adversa dictada por la Cámara
de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la
CABA dictada el 21 de diciembre pasado [1].
Esta
acción se enmarca en la dura lucha judicial que mantiene la Cámara
Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI)
contra la "Aplicación Oficial Consorcio Participativo"
promovida por el por entonces secretario de Atención y Gestión
Ciudadana, Facundo Carrillo, e impulsada en la Legislatura por Horacio
Rodríguez Larreta, jefe de Gobierno de la CABA.
En
primer término, la CAPHyAI apunta contra el inciso h) del artículo 9º
de la Ley 941 al que acusa de promover una "bancarización
compulsiva" porque "expropia a la asamblea la posibilidad de
decidir por no abrir una cuenta bancaria" [2].
En
segundo busca que derogue el inciso n) del artículo 9º de la Ley 941
argumentando que "pretende regular los derechos de los
consorcistas bajo el ropaje de ejercer el poder de policía sobre la
actividad de los administradores de consorcios lo que violenta el
principio de dignidad y autonomía personal de estos últimos"
[3].
Es
de destacar que el Gobierno de la CABA a través de la inclusión de este
inciso y el capítulo VI de la Ley 941 impone a los administradores cargar
en la aplicación mencionada datos que no le pertenecen -porque pertenecen
al consorcio y a los consorcistas- y cuando se le advierte al gobierno que
invade áreas de la vida privada de los edificios y sus ocupantes
argumenta que el uso –o sea la consulta de esos datos que ya fueron
almacenados en sus servidores- es optativa.
Martín
Irigoyen lo explica claramente aunque en los términos jurídicos de
rigor: "El GCBA no posee facultades para inmiscuirse ni apropiarse de
los datos de los consorcistas ni mucho menos para tipificar infracciones a
los administradores por la voluntad de los consorcistas que en asamblea
están legalmente habilitados para instruir a su mandante para que no
utilice la aplicación
Consorcio Participativo".
Agregó
también: "El GCBA ha incurrido en un avance intolerable sobre
derechos que no estaba a su alcance regular como ser los de los
consorcistas que no pueden ser obligados a la bancarización compulsiva ni
mucho menos a tolerar que sus datos personales y patrimoniales estén al
alcance de una aplicación gubernamental". En resumen redondeó:
"En buen romance, si el GCBA no podría dictar una norma destinada a
obligar a los consorcistas a brindar los datos relativos al consorcio a un
aplicativo estatal, a fortiori [4] tampoco podría
implementar el uso de esta aplicación a los administradores de consorcios
coercitivamente y bajo pena de infracción".
El
letrado explicó también cual fue –en su opinión- la intención final
para impulsar y hacer aprobar el proyecto Carrillo: "Mediante la
imposición efectuada a los administradores de consorcios de dar de alta y
mantener actualizados los datos del Consorcio respectivo en un aplicativo,
sistema o programa web destinado a la gestión administrativa del mismo,
conforme se enuncia a lo largo del artículo 14º de la Ley 5983
(Consorcio participativo), el GCBA pretende administrar y apropiarse
de manera monopólica de la totalidad de la información relativa a los
consorcios, impidiendo que los administradores de consorcios
puedan elegir su herramienta de trabajo y adquiriendo en el camino una
completa base de datos referida a los intereses económicos de los
propietarios (verdaderos destinatarios de la medida)".
Sobre
la falta de pruebas que mencionó la Cámara de Apelaciones, el letrado de
la CAPHyAI luego de citar numerosa jurisprudencia señaló que éstas
surgen del texto de la ley cuestionada: "Se quiere dejar en claro que
la supuesta falta de prueba a la que hace mención el sentenciante carece
de todo sentido, puesto que surge del propio texto de la ley".
Por
último señaló: "En el hipotético e improbable caso de que V.E.
mantenga el criterio recurrido mantengo la reserva del caso federal
desarrollada en el escrito de inicio, lo que solicito se tenga
presente"
---
[1]
BPN Nº 720 del 15/01/22: "Se
cayó la apelación de la CAPHyAI".
[2]
Inciso h) del artículo 9º de la Ley 941: "Depositar los fondos del
consorcio en una cuenta bancaria a nombre del Consorcio de Propietarios.
Para los consorcios que soliciten la apertura de la cuenta en el Banco
Ciudad de Buenos Aires, éste garantiza como opción la gratuidad de dicha
cuenta, la cual incluye el trámite de alta, mantenimiento mensual,
emisión de chequeras, transferencias bancarias y/o cualquier otro cargo
que corresponda a la ciudad".
[3]
Inciso n) del artículo 9º de la Ley 941: "Dar de alta al consorcio
que administra en la plataforma web de la Aplicación Oficial y mantener
actualizada la misma, con las especificaciones establecidas en el
Capítulo VI de la Ley".
[4]
A fortiori es una locución latina que significa 'con mayor motivo'.
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Ley
de alivio fiscal
La
CAPHyAI pidió a la AFIP que incluya a los consorcios
Sede
de la AFIP frente a Plaza de Mayo [Foto Pequeñas Noticias]
[BPN-15/02/22]
El pasado 13 de enero la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y
Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) solicitó a la AFIP
(Administración Federal de Ingresos Públicos) que incluya a los
consorcios de propietarios entre los beneficiarios del régimen de
condonación de deudas para entidades sin fines de lucro, micro y
pequeñas empresas y pequeños contribuyentes. Éste fue creado por la Ley
27.653 también conocida como "Ley de alivio fiscal para fortalecer
la salida económica y social a la pandemia generada por el COVID-19"
[1].
Las
autoridades de la entidad explicaron que de acuerdo al espíritu de la
norma para ser beneficiario los contribuyentes deben reunir dos
características: La primera no deben perseguir fin de lucro y la segunda
haber sido directamente perjudicados en su economía por las medidas
restrictivas que hubo que adoptar para combatir la pandemia COVID-19 y
agregaron: "Dentro de ese grupo de contribuyentes directamente
perjudicados entendemos se encuentran los consorcios de propiedad
horizontal".
Sobre
la primera característica puntualizó: "La gran mayoría de los
consorcios de propiedad horizontal están inscriptos como empleadores y a
la vez no realizan actividad económica alguna -excepto cuando perciben
alquileres- con lo que los ingresos para hacer frente a sueldos, cargas
sociales y demás gastos provienen de la recaudación de expensas".
Sobre
la segunda amplió que "la gran mayoría de ellos producto de la
crisis económica que se había desatado a partir del año 2018 sumado a
los perjuicios generados por la pandemia COVID-19 han sufrido demoras en
la recaudación de las expensas que derivaron inevitablemente en la
acumulación deudas de seguridad social ya que, con toda lógica, en caso
de no contar con fondos suficientes siempre se prioriza el pago de sueldos
por sobre el de obligaciones fiscales".
Por
otra parte agregó: "La mayoría de la población del país vive en
grandes centros urbanos y se estima que el 80 % de esa población vive en
consorcios de propiedad horizontal. Con el agravante que aun siendo bien
de familia o única vivienda no queda protegido frente a embargos por
deudas de expensas".
Le
recordó a la AFIP que el 30 de enero de 2020 consideró a los consorcios
de propietarios como entidades civiles sin fines de lucro y que mediante
el inciso b) del artículo 4º de la Resolución General AFIP Nº 4667/20
[2] les asignó el código 167.
Código |
Forma
Jurídica |
86 |
Asociación |
87 |
Fundación |
94 |
Cooperativa |
95 |
Cooperativa
Efectora |
167 |
Consorcio
De Propietarios |
203 |
Mutual |
215 |
Cooperadora |
223 |
Otras
Entidades Civiles |
242 |
Instituto
De Vida Consagrada |
256 |
Asociación
Simple |
257 |
Iglesia
O Entidades Religiosas |
260 |
Iglesia
Católica |
Por
último resaltó: "Resulta imperioso que se pueda incorporar a los
consorcios en este régimen de condonación de deudas, para aliviar la
situación angustiante de millones de personas que están viviendo en
edificios de propiedad horizontal"
---
[1]
Ley
27.653 (BO: 11/11/21).
[2]
Resolución
General AFIP N° 4667/20.
|
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Banco
de la Ciudad de Buenos Aires
Moderado
aumento de las ‘cuenta consorcio’
[BPN-15/02/22]
Durante el 2021 se abrieron 1.320 ‘cuentas consorcio’ en el Banco
Ciudad de Buenos Aires. En el año este tipo de cuentas creció un
28.21%. Durante el año pasado se abrieron 1.320 cuentas.
Año |
Promedio
incremento
mensual |
2017 |
23 |
2018 |
59 |
2019 |
175 |
2020 |
40 |
2021 |
110 |
Se
observa que el incremento mensual promedio de la apertura de cuentas no
creció significativamente durante la pandemia. El año pasado si bien
mejoró con respecto al 2020 no llegó a los niveles de 2019.
Números
finos
De
las 6 mil cuentas consorcio que existían en el Banco Ciudad el 31 de
diciembre del año pasado, 5.857 (97,62%) pertenecían a clientes de la
CABA y 143 (2,38%) a consorcios situados en la provincia de Buenos Aires.
|
Cuentas |
CABA |
5.857 |
PBA |
143 |
Total |
6.000 |
La
fuente
La
información fue provista el pasado 13 de julio por Alejandra Díaz de
Vivar, funcionaria de la Secretaría de Directorio de esa entidad
financiera estatal local ante un pedido de información pública que se le
realizara en el marco de la Ley 104. Textualmente se le solicitó que
informen la cantidad de cuentas corrientes activas "Consorcio de
propietarios" durante el segundo semestre de 2021, en forma mensual
|
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Curso
del SERACARH
Zulberti
le pidió a Zago que proponga derogar su ley
Andrés
Zulberti, Coordinador de la Comisión de Consorcios de la Comuna 3
[Foto archivo de Pequeñas Noticias]
[BPN-15/02/22]
El pasado 9 de febrero Andrés Zulberti, Coordinador de la
Comisión de Consorcios de la Comuna 3, le solicitó al
legislador Oscar Zago (La Libertad avanza) mediante un
correo electrónico que proponga derogar Ley 4.803 (Curso del
SERACARH) del cual fuera su autor en 2013 [1].
En
primer término le explicó al legislador que los consorcios de
propietarios -conforme el artículo 148° del Código Civil y
Comercial de la Nación- no tienen por finalidad el lucro y sus
integrantes son simples ciudadanos/consorcistas/propietarios unidos
por un edificio en común.
En
segundo le aclaró que "aquellos consorcios que son empleadores
de trabajadores tienen la obligación de contratar una ART (Aseguradora
de Riesgo de Trabajo) por Ley 24.557 y contribuir con un
porcentual y una suma fija" y agregó: "Dicha ley
contempla la capacitación de los trabajadores".
Finalmente
le señaló que a partir de la ley de su autoría "se da la
doble imposición en los consorcios de contribuir [sobre un mismo
punto] por una ley local y a otra nacional".
Ya
en plano personal lamentó profundamente que la Ley 4.803 fuera
sancionada y le develó que no votó a la alianza LLA/MID
(La Libertad Avanza [2]/Movimiento de Integración
y Desarrollo) en las últimas elecciones –siendo este su primer
voto nulo - cuando se enteró por Pequeñas Noticias que se
postuló como tercer precandidato a legislador porteño"
[3].
Es
de recordar que el Curso del SERACARH ya costó a los consorcistas
porteños más de 36 millones de dólares [ ver
nota]
---
[1]
BPN Nº 510 del 4/12/13: "El
curso del SERACARH tiene su propia ley".
[2]
La alianza electoral transitoria La Libertad Avanza (LLA-Lista 504)
está integrada por los partidos: Unite por la Libertad y la
Dignidad, Movimiento de Jubilados y Juventud y Movimiento de
Integración y Desarrollo cuyo jefe político es Javier Milei.
[3]
BPN Nº 710 del 16/08/21: "¡¡¡ Volvió
Oscar Zago !!!". |
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EDIFICIO: Busco trabajo de jornada completa en zona sur o Capital
Federal - Soy muy responsable y trabajador - Nombre: Alberto Gustavo García
- Llamar al teléfono: (11) 6521-7712 / 4230-3198 de 8 a
20 hs. - Localidad: Monte Chingolo /
Provincia de Buenos Aires - Correo electrónico: agustavogarcia@yahoo.com.ar
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ENCARGADO DE EDIFICIOS Y/O
AYUDANTE: Busco trabajo en la zona norte, CABA y zona sur -
Responsable, trabajador, referencias comprobables, manejo de bombas de
agua y calderas - Suplente para fines de semana preferentemente en CABA -
Nombre: Martin Tejeda - Llamar al teléfono: (11) 5852-2362
de 7 a 21 hs. - Localidad: Capital Federal / Buenos Aires - Correo
electrónico:
martinseb.tejeda@gmail.com
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ENCARGADO:
Busco Trabajo de encargado en CABA o Zona Sur. Disponibilidad horaria -
Nombre: Cristian Beleni - Llamar al teléfono: (11) 6103-9305
- Localidad: CABA / - Correo electrónico: gastonbeleni@outlook.com
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Claudio
Moroni
‘Los
trabajadores con coronavirus siguen cubiertos por las ART’
Claudio
Moroni, ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación [Foto
Ministerio de Trabajo]
[BPN-15/02/22]
El pasado 4 de febrero Claudio Moroni, ministro de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social de la Nación, afirmó que los trabajadores
con coronavirus seguirán cubiertos por las ART (Aseguradoras de
Riesgo de Trabajo) aunque aclaró que a diferencia de lo que sucedía
al comienzo de la pandemia, en la actualidad "debe pasar por una
comisión médica" como cualquier otra enfermedad que un empleado
pueda contraer.
Este
fue un escalón más en la pulseada que mantiene Moroni con el secretario
adjunto del gremio de camioneros, Pablo Moyano, quién el día
anterior había realizado una movilización masiva al Ministerio de
Trabajo para reclamar la inmediata prórroga del Decreto 39/21 que
obligaba a las ART a otorgar cobertura a los choferes del sector que
contraigan la COVID-19 hasta el 31 de diciembre del año pasado.
Es
de recordar que el decreto 39/2021 del Poder Ejecutivo determinó en enero
del año pasado que esta enfermedad producida por el virus SARS-CoV-2
"se considerará presuntivamente [...] profesional (no listada)
[...para los trabajadores que...] hayan prestado efectivamente tareas en
sus lugares habituales, fuera de su domicilio particular", o sea al
personal esencial, como por ejemplo los encargados de edificios.
El
COVID-19 como enfermedad profesional |
Fecha |
Decreto |
BO |
Desde |
Hasta |
22/01/2021 |
39 |
23/01/2021 |
23/01/2021 |
23/04/2021 |
27/05/2021 |
345 |
28/05/2021 |
24/04/2021 |
30/06/2021 |
25/06/2021 |
413 |
28/06/2021 |
01/07/2021 |
31/12/2021 |
Sobre
el tema el medio digital La Izquierda Diario reflexionó que ahora
"cada trabajador tiene que demostrar, ante una comisión médica de
la ART, que contrajo la enfermedad dentro de la empresa. Como las ART son
un mero negocio, los tiempos y chances de lograrlo son casi imposibles. La
decisión se da en medio de una montaña de deudas que tiene las
aseguradoras con obras sociales y familiares de enfermos y
víctimas".
Agregó
también que uno de los motivos del malestar por el que pasan las cúpulas
sindicales es que los ‘costos’ que no cubrirían las aseguradoras de
riego de trabajo la tendrían que asumir las obras sociales que
administran.
La
Federación Nacional de Trabajadores Camioneros había anunciado
para el jueves 10 de febrero a las 12 horas una nueva movilización al
Ministerio de Salud pero finalmente la suspendió. Mediante un comunicado,
anunció que "por parte del Gobierno Nacional se intenta llegar a un
acuerdo mediante tratativas en las últimas horas, escuchando el pedido
que encabeza Pablo Moyano"
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Grupo
Octubre
Santa
María puso otro pie en la publicidad en la vía pública
Fotoilustración
Pequeñas Noticias.
[BPN-15/02/22]
El pasado 4 de febrero se difundió que el Grupo Octubre realizó
un acuerdo con Tembici - la empresa que opera las estaciones de Ecobici
porteñas- para comercializar sus pantallas de publicidad llamadas
también "chupetes verdes".
Este
grupo es conducido por Víctor Santa María titular del Sindicato
Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH)
y entre las empresas más importantes que lo componen están Canal 9,
Página/12, AM 750 y la UMET.
Este
es el segundo pie que pone Santa María en el negocio de la publicidad en
la vía pública: El 28 de junio del año pasado se difundió que compró
la empresa VPM Publicidad que se dedica hace más de 10 años a los
carteles publicitarios en la vía pública, especialmente en los
colectivos [1].
Esta
empresa -integrada al Grupo Octubre- sería el trampolín del sindicalista
para meterse en el negocio grande si la Ciudad alguna vez decide que es
momento de volver a licitar las concesiones de la publicidad en la vía
pública de la Ciudad.
Según
el medio La Política Online (LPO) la este tipo de
publicidad es uno de los negocios menos conocido y más lucrativos de la
Ciudad por dos razones: la primera, porque es un negocio de liquidez
fluida y la segunda, por la influencia que genera en la política que
necesita de los carteles como el agua. En la actualidad y hace tiempo
está monopolizado por sólo tres grandes jugadores.
Uno
de ellos es Publicidad Sarmiento, perteneciente a la familia Terranova,
cercana a Mauricio Macri. El otro es Wall Street Vía Pública de Enrique
Albistur, amigo de Alberto Fernández y el jugados hoy más
debilitado es PC de Gabriel Romero de origen radical que
entró en conflicto irreparable con el kirchnerismo cuando testificó en
la causa Cuadernos contra la vicepresidenta por supuestas coimas en la
extensión del contrato de la Hidrovía.
Desde
el Grupo Octubre ratificaron su interés en este segmento de la
publicidad: "Hace más de un año que estamos con vía pública, con
tv en los colectivos y lunetas. Tembici necesitaba una comercializadora
para los chupetes que tienen en la calle y nos eligieron a nosotros",
explicaron fuentes del Grupo Octubre a LPO
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[1]
BPN Nº 708 del 15/07/21: "Víctor
Santa María sigue acumulando compras".
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Colombia
Se
desarrolló una aplicación que alerta sobre trámites inmobiliarios
Dra.
Goethny Fernanda García Florez, superintendente de Notariado y Registro
[Foto Facebook]
[BPN-15/02/22]
Desde el 1º de febrero los colombianos podrán ser informados por mensaje
de texto o correo electrónico si se solicita algún trámite en alguna de
sus propiedades inmobiliarias.
Para
lograr este objetivo la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR)
de Colombia desarrolló un aplicativo llamado "Alertas Tempranas"
que informará al usuario si se inician sobre alguna de sus propiedades
cualquiera de más de 100 posibles actos registrales entre los cuales se
encuentran la compraventa, la hipoteca, la sucesión, la permuta, el
embargo, la demanda, la aclaración, el comodato, la fiducia, la
servidumbre, el usufructo, etc.
De
esta forma el Gobierno colombiano considera que el sistema de ‘Alertas
Tempranas’ reducirá el riesgo de que se produzcan suplantaciones de
identidad, la falsificación de firmas cuando se transfieran derechos
sobre un inmueble y el abuso de confianza de un apoderado para apropiarse
indebidamente de un bien o para enajenarlo sin autorización.
Desde
el 1º de febrero y hasta el 1º de mayo el servicio será gratuito. Luego
se cobrarán 12.500 pesos colombianos (u$s 3,16) por propiedad por año y
11.300 pesos colombianos (u$s 2,86) por propiedad por año cuando se trate
de más de 5 propiedades.
Se
calcula que en ese país hay 18,7 millones de propiedades inmobiliarias
que podrían estar registradas en este sistema. Esto significa que para el
Estado se trataría de un ingreso potencial de entre 53,5 y 59 millones de
dólares anuales.
El
director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la
República, Víctor Muñoz, dijo que "La Superintendencia
de Notariado y Registro pone a disposición de la ciudadanía este
servicio [...cuyo...] fin es alertar rápida y eficientemente a las
personas sobre lo que pasa con sus propiedades y, si hay una
irregularidad, podrán denunciarla y ponerla en conocimiento de las
autoridades"
Por
último, la Dra. Goethny Fernanda García Florez, superintendente
de Notariado y Registro, aseguró que "con esta herramienta los
ciudadanos tendrán en sus manos toda la información, en tiempo real, de
lo que pase con sus predios y evitarán posibles actos de corrupción en
su propiedad inmobiliaria"
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Ámsterdam
Una propiedad
se podrá vender luego de vivir cuatro años en ella
[BPN-15/02/22]
El municipio de Ámsterdam planea introducir la obligación desde el
1º de abril a todos aquellos que compren una vivienda con una
valuación fiscal de hasta 512.000 euros (585 mil dólares) de residir
en ella durante los primeros cuatro años como una forma de paliar la
fuerte crisis de vivienda en la ciudad.
Con
esta medida planea paliar la fuerte crisis de vivienda en la ciudad y
proteger el 60% de las viviendas en propiedad del riesgo de caer en
manos de grandes inversores.
Según
señaló a la emisora local AT5, mediante esta providencia "los
compradores de primera vivienda y las personas de ingresos medios
tienen más posibilidad de adquirir una casa". Se estima que la
medida afectará a seis de cada diez viviendas en propiedad existentes
en Ámsterdam.
Medios
europeos informaron que la ciudad tiene disparados los precios desde
hace años. En los últimos siete años, el coste de poseer una
vivienda en la ciudad se ha más que duplicado, alcanzando un valor
medio de unos 600 mil euros (u$s 685 mil) y el precio medio de un
alquiler es de 1.466 euros (u$s 1.674) al mes. Además, no hay ya
prácticamente viviendas asequibles para personas de ingresos bajos o
medios.
Aunque
el ayuntamiento todavía tiene que aprobar la norma el concejal de
vivienda, Jakob Wedemeijer, no espera contratiempos porque
considera que tiene el respaldo político suficiente. Estaba previsto
que el comité de vivienda la discutiera el 9 de febrero, se votará
una semana después en el concejo municipal y –de ser aprobada-
entrará en vigor el 1 de abril.
Hay
otros 130 municipios holandeses, incluidos Róterdam y Utrecht que
también planean introducir esta medida
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Índices
de aumentos salariales para la propiedad horizontal
Este
mes las escalas salariales perdieron contra la inflación
[BPN-15/02/22]
Este mes el promedio de las escalas salariales de los encargados de
edificios [1] perderá levemente contra la inflación -0,28
puntos porcentuales con respecto al mes pasado, ganará 8,13 puntos en
el acumulado anual y nuevamente perderá -3,62 puntos en el
interanual.
El
incremento mensual
En
febrero el promedio de las escalas salariales se incrementó un 3,52%
con respecto al mes pasado.
Esto
se debió al aumento del 5% sobre las escalas salariales de febrero
del año pasado y la última cuota del bono de 8 mil pesos. Ambos
aumentos fueron acordados entre las tres entidades de administradores
[2] y la FATERyH [3]. El primero el 22 de
febrero del año pasado [4] y el segundo el 16 de junio y
fue homologado el 24 de ese mes mediante la Resolución 779 por el
Ministerio de Trabajo [5].
El
segundo mes de este año el promedio de las escalas salariales será
de 77.626 pesos.
El
acumulado anual
El
incremento acumulado anual de las escalas salariales desde enero de
este año hasta febrero será de un 15,88%. El incremento acumulado
creció 3,94 puntos con respecto al mes pasado.
El
promedio de las escalas salariales de diciembre del 2021 fue de 66.988
pesos.
El
incremento interanual
Desde
febrero de 2021 hasta el mismo mes de este año las escalas salariales
se incrementaron en un 47,17%, una diferencia con respecto del mes
pasado de -1.93 puntos.
En
febrero del año pasado el promedio de las escalas salariales fue de
52.747 pesos mensuales.
El
promedio anual
El
promedio anual de los primeros dos meses de este año contra los dos
primeros del año pasado arrojó un aumento del 48,11%. Una diferencia
de -0.99 puntos con respecto al mes pasado.
INDEC
Para
el Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) que
estima el Banco Central de la República Argentina (BCRA)
la inflación de febrero será de un 3,8%.
Según
estos números, la inflación acumulada anual será de un 7,74% y la
interanual está estimada en un 50,90%.
Jubilados
Mientras
tanto, el haber mínimo de un jubilado que paga expensas en febrero
será nuevamente de 29.061,62 pesos mensuales, exactamente igual que
durante el mes anterior.
En
dólares, este haber mínimo representa 270 dólares al precio
oficial, 159 dólares a cotización turista o 138 dólares según el
mercado blue [6].
En
febrero del año pasado ese haber estuvo en 19.035,45 pesos y en
diciembre fue de 37.061,62 pesos por lo que el incremento acumulado
anual fue de -21,59 –a consecuencia del bono de 8 mil pesos de
diciembre- y el interanual de un 52,67%. Una pérdida de poder
adquisitivo contra la inflación de 29,33 puntos en lo que va del año
y una apreciación de 1,89 puntos durante los doce últimos meses
---
[1]
Para comparar escalas salariales del sector se promediaron las
funciones de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro
categorías de cada mes. En octubre y noviembre se sumó los 2.500
pesos otorgados por el Decreto 665/19. No se tomaron en cuenta la
financiación en agosto y septiembre de dos mil pesos de los aportes
de los trabajadores cuyo bruto haya sido inferior a los 60 mil pesos
que otorgó el Gobierno nacional mediante el Decreto 561/2019. Se
sumó el incremento salarial que otorgó el Poder Ejecutivo mediante
el Decreto 14/2020 de tres mil pesos para enero y mil pesos más para
febrero y meses subsiguientes y el acuerdo que otorgó un bono de 8
mil pesos hasta febrero de este año.
2]
La Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la
Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias
(CAPHyAI) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).
[3]
FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y
Horizontal.
[4]
BPN Nº 700 del 15/03/21: "Santa
María acordó un 32% de aumento en 4 tramos".
[5]
BPN Nº 708 del 15/07/21: "Ya
se homologaron los seis bonos de 8 mil pesos".
[6]
Según cotizaciones del 7/02/2022.
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Correo
de Opinión
Quienes
representen a los consorcistas tienen que tener algún tipo de mandato
por el
Sr. Julio Gil Domínguez
Sr.
Claudio García Rivas, director de Pequeñas Noticias:
Le
solicito pueda publicar mi comentario y reclamo porque este diario
digital de Pequeñas Noticias dedicado a la actividad
consorcial es leído por administradores, legisladores, consorcistas,
etc.
Solicito
que entes del próximo convenio -quienes se presentan en
representación de los consorcistas conjuntamente con el SUTERH y el
Ministerio de Trabajo- primero tengan una reunión con los
consorcistas para saber qué se va a tratar en las mismas.
Estas
reuniones se pueden realizar en CAPHyAI y/o en las comunas de la
ciudad (CABA) y difundir a través de publicaciones como pueden ser Pequeñas
Noticias u otros medios que consideren, con una anticipación no
menor a 20 días.
Por
varios motivos quienes representen a los consorcistas tienen que tener
algún tipo de mandato para representar a los consorcistas y el mismo
tendría que ser aprobado por una cantidad representativa de
consorcios para que tenga validez el convenio que se firme
A
mi entender hay varias arbitrariedades en los convenios que se firman
aunque -al margen de mi opinión- quienes representan a alguien tienen
que contar con su aprobación, en este caso de los consorcistas.
A
modo de ejemplo, hasta para autorizar aumentos en las tarifas de
servicios públicos se debe hace una audiencia pública.
Teniendo
en cuenta que estos convenios afectan al 70% de quienes viven en la
CABA espero que quienes están relacionados con la actividad de los
consorcios y legislan sobre el tema tengan en consideración esta
propuesta ya que –de otro modo- el daño que se produce es muy
grande. Hay que tener en cuenta que estos aumentos se agregan a otros
gastos adicionales debido a nuevas normas y reglamentaciones que cada
tanto se le exigen a los consorcios.
Agrego
además que desde la recuperación de la democracia en año 1983 mucho
se habla de los consorcios pero han pasado casi 40 años y todo sigue
igual aunque con más gastos.
Mientras
tanto jubilados y trabajadores están con salarios cerca de los
mínimos
Agradezco
la lectura de esta nota.
Saludos
cordiales
|
Julio
Gil Domínguez
(26/01/2022) |
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Rincón
Solidario
Impuesto
a los débitos y créditos bancarios
por la Cra. Viviana Grinberg
Hola,
soy Jorge, administrador de algunos edificios de la ciudad de Azul y
quisiera hacerles una consulta impositiva.
Podrían
informarme si los consorcios tienen algún tratamiento diferencial
respecto de la Ley 25.413 (Impuesto a los débitos y créditos
bancarios).
Muchas
gracias y saludos.
Jorge
[Azul / Pcia. de Buenos Aires]
(8/02/2022)
Hola
Jorge:
No
tienen tratamiento diferencial. Se habló de eximirlos del pago, pero
eso no sucedió.
Saludos.
Viviana
Grinberg
---
La
Contadora Publica Viviana Grinberg es especialista en Propiedad
Horizontal y se desempeña en la práctica privada realizando
auditorías de expensas, seguimientos anuales y controles de
gestión. Para cualquier consulta se le puede escribir un e-mail a vgrinberg@arnet.com.ar
o llamarla a los teléfonos 4553-6094 ó 4552-9692.
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ACCABA:
Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ACAPPH:
Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal.
ACoPH:
Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).
ACRA:
Arbitros de Consumo de la República Argentina.
ADEPROH:
Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la
Propiedad Horizontal RA.
AFIP:
Administración Federal de Ingresos Públicos.
AGIP:
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.
AIERH:
Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.
AIPH:
Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal
AIPH.
APARA:
Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.
APH:
Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.
API:
Asocición Propietarios de Inmuebles.
APIPH:
Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.
APBR:
Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.
APROPHMAR:
Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.
CAAC:
Confederación Argentina de
Administradores de Consorcios.
CABA:
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
CACCyC:
Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.
CAPHBByZ:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y
Zona.
CAPHPBA:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.
CAPHyAI:
Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.
CAPRA:
Cámara de Propietarios de la República Argentina.
CASIPH:
Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.
CCT:
Convenio Colectivo de Trabajo.
CDI:
Clave de Identificación.
CECAF:
Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.
CEDDDA:
Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.
CGPC:
Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.
|
CIA:
Cámara Inmobiliaria Argentina.
COAPLA:
Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.
CEPRARA:
Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina
CUCICBA:
Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.
CUIL:
Clave Única de Identificación Laboral.
CUIT:
Clave Única de Identificación Tributaria.
FAC:
Federación Argentina de Consorcios.
FACARA:
Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina.
FAPHRA:
Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina
FATERyH:
Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.
FECIBA:
Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.
FEDECO:
Federación de Asociaciones de Consorcios.
FRA:
Fundación Reunión de Administradores.
ICI:
Instituto de Capacitación Inmobiliaria.
INADI:
Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.
IxE:
Indignados por expensas.
LCPH:
Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.
RCD:
Red de Consorcistas Damnificados.
ReDeCo:
Reafirmación de los Derechos del Consorcista.
SEARA:
Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.
SERACARH:
Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.
SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.
SUTERH:
Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.
UADI:
Unión Administradores de Inmuebles.
UCRA:
Unión de Consorcistas de la República Argentina.
UITEC:
Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.
ULAI:
Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.
UMIPH:
Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.
|
Boletín
de Pequeñas Noticias
1º
Edición
Nº DCCXXII
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