Encargados
de edificios
El
nuevo acuerdo salarial con pelos y señales
El
segundo acuerdo de las paritarias 2023 se homologó a
principios de agosto, dos días después de que se presentara en el Ministerio de Trabajo
Es un mix de aumentos porcentuales y bonos que se
extenderán desde septiembre hasta enero exceptuando
diciembre
Había sido primicia del programa de radio Consorcios 360.
[BPN-15/08/23]
Tal cual adelantara el programa de radio Consorcios 360
[1], el pasado 31 de julio las tres entidades de
administradores que representan a los consorcios en su
calidad de empleadores [2] y la Federación
Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal
(FATERyH) acordaron para los trabajadores del
sector un aumento del 11% y un bono de 20 mil pesos para
cada uno para los meses de septiembre, octubre, noviembre
y enero.
Es
de resaltar que los aumentos porcentuales acordados no
son progresivos, o sea que en todos los casos son
sobre la escala salarial del mes de agosto...
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Encargados
de edificios
Las
sumas, multiplicaciones y porcentajes de las paritarias
En
el marco de las paritarias 2023, en febrero del año que viene las escalas
salariales de los encargados de edificios se habrán depreciado contra la
inflación
El paso a paso de los cálculos para saber si los salarios le ganan o
pierden contra la inflación.
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Defensa
y Protección del Consumidor porteño
Las
denuncias contra administradores pasaron al 1º puesto
Según
Defensa del Consumidor las denuncias del primer semestre de este año
subieron casi un 19% con respecto al mismo período del año pasado
Durante la primera mitad de este año los administradores quedaron en el
primer puesto de los rubros más denunciados.
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Registro
Público de Administradores porteño
Este
semestre subió la cantidad de sanciones
Durante
el primer semestre de este año subió la cantidad de sanciones ordenadas
contra administradores de consorcios con respecto al mismo período del
año pasado
Por otra parte, subieron su monto total en pesos pero bajaron en dólares.
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Registro
Público de Administradores porteño
El
principal ‘denunciador serial’ sigue siendo el Gobierno local
Del
estudio de las sanciones publicadas en el Boletín Oficial durante el
primer semestre de este año, la mayoría fueron impulsadas "de
oficio"
La suma de las iniciadas por el Gobierno local y por vecinos que
promovieron 1 denuncia llegó a más del 85%.
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Provincia
de Buenos Aires
Se
creó la Cámara de Administradores de Pilar
Hoy
cuenta con cerca de 30 asociados y su objetivo es profesionalizar y
capacitar la actividad
Poco después se incorporó a la Federación Nacional de Cámaras y
Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la RA.
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Defensa
y Protección del Consumidor porteño
Carrillo
adelantó que se reglamentará Consorcio Participativo
Facundo
Carrillo en plena campaña por las PASO señaló veladamente que no
importa quién gane en las PASO, se reglamentará Consorcio Participativo
De esa forma develó que ambos candidatos –Macri y Lousteau- ya se
habían puesto de acuerdo sobre ese tema.
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Registro
Público de Administradores
Entre
Ríos también quiere su propio RPA
Un
senador justicialista presentó un proyecto para crear un Registro
Público de Administradores en la provincia de Entre Ríos
A grandes rasgos es muy parecido al que ya rige en la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires y no se observaron exigencias diferentes a las ya conocidas.
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Banco
de la Ciudad de Buenos Aires
Se
mantiene el crecimiento de las ‘cuenta consorcio’
Durante
el primer semestre de este año se incrementaron las cuentas consorcio en
el Banco Ciudad en casi un 19% con respecto al mismo período del año
anterior
Representó un leve descenso con los números obtenidos en 2022.
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Salario
Mínimo Vital y Móvil
Aumentos
del SMVM en julio, agosto y septiembre
Los
aumentos le ganarán a la inflación de julio, agosto y septiembre
Esto será así si se cumplen los pronósticos de inflación que publica
el Banco Central de la República Argentina
No se fijó fecha para una nueva revisión.
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Correo
de Opinión
Los
‘denunciadores seriales’ y la Ley 941
por
el Sr. Andrés Zulberti
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Defensa
y Protección del Consumidor porteño
Las
multas por recipientes diferenciados bajaron casi un 70%
Durante
el primer semestre de este año bajaron drásticamente las multas contra
administradores de consorcios por no haber dispuesto en alguno de los
consorcios que administra dos recipientes diferenciados.
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Sindicato
Empleados de Administradoras
‘Jefe,
fallé por un tantito así’
Juan
Manuel Acosta y Lara se equivocó en sólo 4.300 empleados a la hora de
informar al Ministerio de Trabajo cuántos trabajadores emplean los
administradores de consorcios
Declaró que eran cerca de 260 cuando en realidad superaban los 4.500
Su informe le permitió a Gabriela Pilar Saldivia conseguir la personería
gremial a SEARA.
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Cámara
Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias
Una
entidad de puertas abiertas
Desarrollará
nuevas herramientas para ampliar la comunicación entre la institución y
sus asociados
Se busca un acercamiento más estrecho con los socios para brindarles las
herramientas que le ayuden a aliviar su gestión
Se abrirá un espacio donde se puedan compartir sugerencias, opiniones e
inquietudes.
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Registro
Público de Administradores de Consorcios bonaerense
Consejos
de iusprofilaxis
Desde
agosto el RPAC de la provincia de Buenos Aires publicará un boletín con
consejos y vencimientos para administradores, consorcistas y profesionales
vinculados a la propiedad horizontal
El iusprofilaxis es un concepto jurídico que considera que es mejor
prevenir una infracción que castigarla.
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Registro
Público de Administradores de Consorcios
Luego
de casi 7 años se reglamentó el RPA neuquino
Finalmente
el Poder Ejecutivo de la provincia de Neuquén reglamentó la ley que
creó un Registro Público de Administradores de Consorcios en esa
provincia
Si bien es muy parecido a los RPA existentes en CABA y PBA se encontraron
algunas particularidades.
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Sindicato
Único de Trabajo de Edificios de Renta y Horizontal
SUTERyH
Tucumán construirá un hotel con casino
Su
secretario general develó que están trabajandoen en un hotel con casino
sobre 11 mil metro cuadrados
El costo de la obra está estimada en 5 mil millones de pesos.
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Índices
de aumentos salariales para la propiedad horizontal
En
agosto las escalas perderán en todos los frentes
En
agosto las escalas salariales de los encargados de edificios perderán
contra la inflación mensual, la acumulada anual y la medición interanual
Por otra parte, los haberes mínimos de los jubilados que pagan expensas
ganarán en esos tres mismos frentes.
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Pequeñas
Noticias
Nosotros
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Encargados
de edificios
El
nuevo acuerdo salarial con pelos y señales
[BPN-15/08/23]
Tal cual adelantara el programa de radio Consorcios 360 [1],
el pasado 31 de julio las tres entidades de administradores que
representan a los consorcios en su calidad de empleadores [2] y
la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y
Horizontal (FATERyH) acordaron para los trabajadores del sector
un aumento del 11% y un bono de 20 mil pesos para cada uno para los meses
de septiembre, octubre, noviembre y enero.
Se
destaca que -a diferencia de convenios anteriores- en ningún lugar se
especifica que el bono de 20 mil pesos es proporcional a la jornada de
trabajo. O sea que todo hace suponer que trabajadores de media jornada y jornalizados
cobrarían el bono completo.
Por
otra parte, es
de resaltar que los aumentos porcentuales acordados no son
progresivos, o sea que en todos los casos son sobre la escala
salarial del mes de agosto.
El
acuerdo fue homologado por el Ministerio de Trabajo mediante la
Resolución 1.522 del 2 de agosto.
El
articulado
Aparte
de las cláusulas paritarias se agregaron dos artículos que dejan más
interrogantes que certezas y que en ediciones posteriores se publicará el
análisis de sus implicancias por expertos en temas jurídico/laborales.
El
primero estipula:
Período
de prueba: Régimen indemnizatorio
Las
partes reconocen la plena vigencia del art. 6º de la Ley 12.981
[Estatuto del Encargado] y por lo tanto acuerdan que:
1.-
La estabilidad en el empleo de los trabajadores de edificios de
renta y propiedad horizontal se adquiere a los 60 días corridos del
inicio de la relación de empleo.
2.-
Si el empleador prescindiese sin causa de los servicios del
trabajador de edificios de renta y propiedad horizontal, deberá
abonar en concepto de indemnización tres meses de sueldo en
concepto de preaviso y un mes de sueldo por cada año o fracción de
un día de antigüedad en el empleo.
3.-
La notificación del despido debe ser realizada por escrito. |
Por
su parte, el segundo ordena:
Ampliación
del régimen de zona fría
Las
partes contratantes incorporan a todos los fines de la presente
convención colectiva del trabajo la ampliación del régimen de
zona fría de conformidad a lo establecido en la Ley 27.637 [Ley
zonas frías] y sus modificatorias. |
Los
fundamentos
Los
signatarios del acuerdo explicaron las razones de los últimos aumentos:
...la
actual situación económica, la creciente inflación mensual el
paulatino incremento del costo de vida incide negativamente en el
poder adquisitivo del salario del trabajador y de la trabajadora de
edificio.
...la
noción de condiciones dignas de labor y la suficiente del salario
como fuente de ingreso básica para la adquisición de bienes uy
servicios de primera necesidad implica mantener un estándar de vida
de los trabajadores y trabajadoras de la actividad mediante la
adecuación del salario mensual.
...a
su vez, razones de claridad jurídica impone a las partes
contratantes la necesidad de establecer en la norma convencional la
regulación relativa al periodo de prueba y su contracara que es la
adquisición de la estabilidad en el puesto de trabajo. Así como
las relativas a los conceptos que se debe percibir el trabajador/a
ante un despedido arbitrario.
...la
Ley 27.637 [Régimen Zonas Frías] amplió la zona de vigencia,
ingresando bajo la órbita de su regulación otras localidades de la
Provincia de Buenos Aires y de la Patagonia Argentina, teniendo ello
incidencia en las disposiciones salariales de la norma convencional.
Que
en virtud de ello... etc... etc... |
Los
signatarios
Representó
al AIERH en este acuerdo la Dra. Patricia Fernández (secretaria),
a la CAPHyAI el Adm. Miguel Ángel Suma (presidente) y en nombre de
la UADI el Adm. Osvaldo Primavesi (presidente).
En
nombre de los trabajadores firmaron Osvaldo Bacigalupo y Mabel
Figueiras.
Cronología
El
31 de julio se firmó el acuerdo y ese mismo día se ingresa al Ministerio
de Trabajo para su homologación.
El
1º de agosto fue ratificado por sus signatarios.
El
2 de agosto se homologó
---
[1]
Consorcios 360 del 4/08/2023.
[2]
La Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la
Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias
(CAPHyAI) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).
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Encargados
de edificios
Las
sumas, multiplicaciones y porcentajes de las paritarias
[BPN-15/08/23]
En el marco de las paritarias 2023 del sector, en enero del año que viene
el promedio de las escalas salariales de los encargados de edificios
[1] se habrán depreciado contra la inflación en -33,11 puntos
porcentuales (pp). El total de los aumentos salariales serán del 81,64%
mientras que la inflación de ese período está estimada en un 114,76%.
Comienzo
y fin
Para
analizar los aumentos salariales del sector segmentados por año de
paritarias hay que definir exactamente cuándo comenzó y cuándo
terminará.
En
la tabla se puede apreciar que se iniciaron en abril de este año con un
primer aumento del 25% homologado el 20 de abril (Resolución 655) y
terminarán en enero del año que viene con un aumento del 11% y un bono
remunerativo de 20 mil pesos homologado el 2 de agosto mediante la
Resolución 1.522.
Periodo |
2023 |
Homologación |
enero/2023 |
Bono
24.000 + 16% |
Res
1999 (21/10/22) + Res 1365 (7/7/2022) |
febrero/2023 |
Bono
24.000 |
Res
1365 (7/7/2022) |
marzo/2023 |
Bono
26.000 |
Res
1365 (7/7/2022) |
abril/2023 |
Aumento
20% |
Res
655 (20/04/23) |
mayo/2023 |
Aumento
6% |
Res
655 (20/04/23) |
junio/2023 |
|
|
julio/2023 |
Aumento
6% |
Res
655 (20/04/23) |
agosto/2023 |
Aumento
6% |
Res
655 (20/04/23) |
septiembre/2023 |
Bono
de 20.000 + 11% |
Res
1522 (31/07/23) |
octubre/2023 |
Bono
de 20.000 + 11% |
Res
1522 (31/07/23) |
noviembre/2023 |
Bono
de 20.000 + 11% |
Res
1522 (31/07/23) |
diciembre/2023 |
|
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enero/2024 |
Bono
de 20.000 + 11% |
Res
1522 (31/07/23) |
|
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Los
aumentos mes a mes
Durante
ese período se realizaron dos acuerdos conocidos vulgarmente como el del
38% y el del 44%.
Periodo |
2023 |
Mensual |
enero/2023 |
Bono
24.000 + 16% |
|
febrero/2023 |
Bono
24.000 |
|
marzo/2023 |
Bono
26.000 |
|
abril/2023 |
Aumento
20% |
3,18 |
mayo/2023 |
Aumento
6% |
5,00 |
junio/2023 |
|
|
julio/2023 |
Aumento
6% |
4,76 |
agosto/2023 |
Aumento
6% |
4,55 |
septiembre/2023 |
Bono
de 20.000 + 11% |
20,09 |
octubre/2023 |
Bono
de 20.000 + 11% |
9,16 |
noviembre/2023 |
Bono
de 20.000 + 11% |
8,39 |
diciembre/2023 |
|
-6,40 |
enero/2024 |
Bono
de 20.000 + 11% |
15,11 |
|
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Se
puede apreciar que en abril se otorgó un 20% de aumento sobre las escalas
salariales pero se eliminó el bono de 26.000 pesos. Eso significó que
ese mes el aumento real en las escalas salariales fue de sólo un 3,18%.
Como
los aumentos no eran acumulativos –se calcularon sobre la escala de
enero- en mayo, julio y agosto el aumento en las escalas salariales fue de
5%, 4,7 y 4,55%.
Desde
septiembre hasta enero, excepto diciembre, se aumentan las escalas
salariales en un 11% + un bono remunerativo de 20.000 pesos. En porcentaje significará un aumento del 20,09% para septiembre pero –otra
vez- como los aumentos son sobre la escala de agosto lentamente van
decreciendo: 9,16% en octubre, un 8,39% en noviembre y un 14,11% en enero.
La
trampita más común
La
suma aritmética de todos los aumento
(3,18+5+4,76+4,55+20,09+9,16+8,39+(-6,4)+15,11) da 63,83% cuando en
realidad es de un 81,54%.
¿Cómo
se llegó a este último número? Es fácil, se tomó el promedio de las
escalas salariales de enero del año que viene (336.838) y se calculó en
cuánto se incrementó con respecto al de marzo de este año (185.440):
(336.838x100/185.440)-100=81,54%.
Ahora
el IPC del INDEC
Por
otra parte, la inflación durante este año de elecciones no dio descanso
y en opinión de los especialistas deja una incertidumbre muy pesada con
respecto al futuro [2].
A
modo de ejemplo, en febrero la medición interanual pasó a ser
representada por tres dígitos (102,5%), en mayo pasó a los 114,2%, para
septiembre está calculada en un 118,43% y para enero del año que viene
en un 146,56%.
Periodo |
Mensual |
enero/2023 |
6,00 |
febrero/2023 |
6,60 |
marzo/2023 |
7,70 |
abril/2023 |
8,40 |
mayo/2023 |
7,80 |
junio/2023 |
6,00 |
julio/2023 |
6,30 |
agosto/2023 |
7,90 |
septiembre/2023 |
7,80 |
octubre/2023 |
7,80 |
noviembre/2023 |
8,00 |
diciembre/2023 |
8,80 |
enero/2024 |
10,70 |
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|
La
siguiente tabla se refleja la inflación de los meses alcanzados por la
paritaria 2023 del sector. Hasta julio se tomó la que informó el INDEC
y a partir de ese mes la que estimó el Banco Central de la República
Argentina (Relevamiento de Expectativas del Mercado).
Ahora
podremos comparar
Ya
definimos el lapso de tiempo que abarca la paritaria 2023 del sector, qué
aumentos incluye, qué porcentaje de aumento representa mensualmente cada
uno y –por otra parte- en cuánto aumenta la inflación. Ahora podemos
comparar cómo evolucionó el aumento de cada mes con respecto a la
inflación.
|
Escala |
IPC |
|
Periodo |
Acumulado |
Acumulado |
Diferencia |
enero/2023 |
|
|
|
febrero/2023 |
|
|
|
marzo/2023 |
|
|
|
abril/2023 |
3,18 |
8,40 |
-5,22 |
mayo/2023 |
8,33 |
16,86 |
-8,52 |
junio/2023 |
8,33 |
23,87 |
-15,53 |
julio/2023 |
13,49 |
31,67 |
-18,18 |
agosto/2023 |
18,65 |
42,07 |
-23,42 |
septiembre/2023 |
42,49 |
53,15 |
-10,67 |
octubre/2023 |
55,54 |
66,10 |
-9,56 |
noviembre/2023 |
68,59 |
78,31 |
-9,72 |
diciembre/2023 |
57,81 |
94,00 |
-36,19 |
enero/2024 |
81,64 |
114,76 |
-33,11 |
|
|
|
|
En
la tabla se puede apreciar que en abril los salarios aumentaron un 3,18% y
la inflación un 8,4%, o sea que los salarios se depreciaron contra los
precios en -5,22 puntos porcentuales.
En
mayo las escalas subieron un 5% pero la inflación siguió subiendo por lo
que su acumulado llegó 16,86%. La diferencia con el salario siguió
siendo negativa y aumentó a -8,52 puntos.
Así
avanzando, llegamos al último mes de la paritaria 2023 (enero del año
que viene) en que las escalas salariales habrán sufrido un aumento
acumulado desde abril de un 81,64% mientras que la inflación de ese
periodo habrá sido del 114,76%. La diferencia en contra de los
trabajadores habrá sido de -33,11 puntos porcentuales
---
[1]
Para obtener el valor promedio mensual de las escalas salariales del
sector se calculan las funciones de encargado permanente con y sin
vivienda en sus cuatro categorías. En los casos que corresponden se suman
los bonos, tanto los acordados en paritarias como los otorgados por el
Poder Ejecutivo nacional.
[2]
Los valores del IPC del INDEC y los estimados del REM del Banco Central
son al 15/08/2023.
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Defensa
y Protección del Consumidor porteño
Las
denuncias contra administradores pasaron al 1º puesto
[BPN-15/08/23]
Durante el primer semestre de 2023 se incrementaron en un 18,9% las
denuncias contra administradores de consorcios ante Defensa y
Protección del Consumidor porteño en comparación con el mismo
período del año pasado.
Por
su parte, las denuncias de los vecinos por temas generales de consumo (Ley
24.240) subieron mucho menos, sólo un 3,3%.
En
números, durante los primeros seis meses de este año se presentaron
1.062 denuncias contra administradores y 5.771 denuncias por temas
generales de consumo.
Denuncias
2023 |
Periodo |
Ley
24.240 |
Ley
941 |
Total |
enero |
910 |
120 |
1.030 |
febrero |
831 |
164 |
995 |
marzo |
1.009 |
189 |
1.198 |
abril |
962 |
173 |
1.135 |
mayo |
1.114 |
238 |
1.352 |
junio |
945 |
178 |
1.123 |
Total |
5.771 |
1.062 |
6.833 |
Este
año la mayor concentración de denuncias contra administradores se
produjo en mayo y la menor en enero. En promedio se realizaron contra
administradores 177 denuncias por mes u 8,04 denuncias por día hábil.
Primer
puesto
El
aumento desigual de denuncias contra administradores y por temas generales
de consumo terminó posicionando a los administradores en el 1º puesto de
los rubros más denunciados por los vecinos.
RUBRO
|
TOTAL
|
Administración
de consorcios
|
1.062
|
Servicios
financieros: tarjetas de crédito, bancos, financieras, etc.
|
1.036
|
Servicios
de comunicaciones
|
1.017
|
Electrodomésticos
y artefactos para el hogar
|
508
|
Textil,
calzado y marroquinería
|
485
|
Servicios
turísticos, hoteles, hosterías, albergues, etc.
|
263
|
Alimentos
y bebidas
|
242
|
Servicios
y eventos de esparcimiento culturales y/o deportivos
|
230
|
Rodados,
automotores y embarcaciones
|
229
|
Telefonía
y redes
|
229
|
Total
|
5.301
|
Los
administradores de consorcios se llevaron el 15,54% del total de
denuncias, le siguieron las denuncias contra los servicios financieros con
15,16%, los servicios de comunicación con 4,88%, las causadas por compra
de electrodomésticos con7,43% y por compra de artículos textiles,
calzado y marroquinería con 7,1%.
La
fuente de los números
Los
datos precedentes fueron proporcionados el 20 de julio por Ariel Urwicz,
subgerente operativo de la Dirección General de Defensa y Protección de
Consumidor a consecuencia de un pedido de información pública que
realizó el medio en el marco de la Ley 104.
Las
autoridades, por una parte, proporcionaron una tabla con los totales de
denuncias presentadas contra administradores (Ley 941) discriminados mes a
mes y por otra, brindaron una tabla con los rubros denunciados por
infracciones a la Ley 24,240 discriminados por mes con sus totales
generales.
Actualmente,
el Registro Público de Administradores (RPA) porteño está
coordinado por Diego Sarrabayrouse, depende de Defensa y
Protección del Consumidor cuya directora general es Vilma Bouza
y su superior directo es desde el 1º de agosto de 2021 Julia
Domeniconi, secretaria de Atención y Gestión Ciudadana y
quien es
dependiente funcional de Eduardo Macchiavelli, secretario de la Unidad
de Proyección Federal y Desarrollo Territorial (UPFDT)
|
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Registro
Público de Administradores porteño
Este
semestre subió la cantidad de sanciones
[BPN-15/08/23]
Durante el primer semestre de este año la cantidad de disposiciones
sancionatorias ordenadas contra administradores de consorcios por
infracciones a la Ley 941 (Registro Público de Administradores
porteño) aumentó más de un 5% (5,41) con respecto al mismo período del
año pasado. También se incrementó el monto total de multas en pesos en
un 23,09% aunque descendió en casi un -35,93% en dólares [1].
Sorpresivamente,
de las 247 disposiciones sancionatorias dispuestas este semestre contra
234 administradores el 81% fueron publicadas en el Boletín Oficial.
Mes |
Cantidad |
Monto |
1
u$s |
Monto
en U$s |
enero/2023 |
35 |
3.493.665 |
185,12 |
18.872,85 |
febrero/2023 |
37 |
3.290.905 |
194,59 |
16.912,14 |
marzo/2023 |
36 |
3.739.365 |
205,84 |
18.166,37 |
abril/2023 |
38 |
4.372.485 |
219,13 |
19.953,56 |
mayo/2023 |
40 |
4.840.730 |
236,72 |
20.448,79 |
junio/2023 |
61 |
6.601.595 |
255,95 |
25.792,32 |
Del
desarrollo de las disposiciones sancionatorias desde enero se observa que
en junio fue el mes que más sanciones se ordenaron y en febrero fue el
mes el que menos.
Mes |
Cantidad |
Monto
$ |
Promedio |
enero/2023 |
35 |
3.493.665 |
99.819 |
febrero/2023 |
37 |
3.290.905 |
88.943 |
marzo/2023 |
36 |
3.739.365 |
103.871 |
abril/2023 |
38 |
4.372.485 |
115.065 |
mayo/2023 |
40 |
4.840.730 |
121.018 |
junio/2023 |
61 |
6.601.595 |
108.223 |
Del
análisis del promedio de las multas mes a mes se advierte que si bien en
febrero éste cayó a poco más de 88 mil pesos por unidad subió mes a
mes hasta mayo para descender en junio a poco más de 108 mil pesos.
|
1º
Semestre |
2022 |
2023 |
Variación |
Cantidad
de Disposiciones |
222 |
234 |
5,41 |
Cantidad
Sancionados |
239 |
247 |
3,35 |
Monto
$ |
21.397.641 |
26.338.745 |
23,09 |
Monto
u$s |
187.526 |
120.146 |
-35,93 |
Sancionatorias |
234 |
240 |
2,56 |
Apercibimientos |
2 |
1 |
-50,00 |
Exculpatorias |
5 |
7 |
40,00 |
Comparando
semestres, se advierte que todos los números fueron positivos salvo el
promedio de las multas en dólares y la cantidad de apercibimientos.
La
columna del 2023 es una proyección realizada sobre los resultados del 1º
semmestre.
Por
último, durante este semestre descendió el porcentaje de sanciones
recurridas a la Justicia. Si proyectamos las 38 presentadas durante estos
primeros seis meses, a fin de año habrán descendido de un 22,8%
presentado durante el año pasado a un 15,4%.
Actualmente,
el Registro Público de Administradores (RPA) porteño está
coordinado por Diego Sarrabayrouse, depende de Defensa y
Protección del Consumidor cuya directora general es Vilma Bouza
y su superior directo es desde el 1º de agosto de 2021 Julia
Domeniconi, secretaria de Atención y Gestión Ciudadana y
quien es
dependiente funcional de Eduardo Macchiavelli, secretario de la Unidad
de Proyección Federal y Desarrollo Territorial (UPFDT)
---
[1]
El valor del dólar mensual se calculó promediando todas las cotizaciones
de tipo vendedor y vendedor de cada día que operó el mercado de cambio
de ese período.
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Defensa
y Protección del Consumidor porteño
Las
multas por recipientes diferenciados bajaron casi un 70%
Fotoilustración
sobre datos actualizados al 30 de junio de 2023.
[BPN-15/08/23]
Durante el primer semestre de este año descendió en un 68,8% la cantidad
de multas contra administradores de consorcios porteños por no haber
dispuesto en alguno de los consorcios que administra dos recipientes
diferenciados y claramente señalizados para residuos húmedos [negros] y
secos [verdes].
En
total el Gobierno porteño lleva recaudados por este concepto desde que se
comenzaron a realizar estos controles casi 10 millones de pesos o 60 mil
dólares [1].
POR
FECHA DE DISPOSICION |
Período |
Pesos |
Cantidad |
enero/2023 |
402.295 |
8 |
febrero/2023 |
896.920 |
17 |
marzo/2023 |
507.815 |
9 |
abril/2023 |
230.825 |
4 |
mayo/2023 |
158.280 |
3 |
junio/2023 |
534.195 |
9 |
Total |
2.730.330 |
50 |
Mientras
que durante los primeros seis meses de este año se dispusieron y
publicaron en el Boletín Oficial 50 multas por un valor de casi tres
millones de pesos (u$s 13.0), durante el segundo semestre del año pasado
las sanciones ordenadas fueron 160 por un valor de 5.701.930 pesos (u$s
38,877).
DISPUESTAS
POR SEMESTRE |
Semestre |
Cantidad |
Pesos |
u$s |
1º
semestre 2022 |
28 |
1.012.480 |
8.098 |
2º
semestre 2022 |
160 |
5.701.930 |
38.877 |
1º
semestre 2023 |
50 |
2.730.330 |
13.059 |
Total |
238 |
9.444.740 |
60.033 |
Mientras
que en pesos el total de las multas dispuestas descendió en un 52,1%, en
dólares fue de un 66,4%.
Unidades
fijas |
Cantidad |
800 |
120 |
500 |
53 |
1100 |
53 |
650 |
9 |
Sobreseimiento |
1 |
700 |
1 |
2800 |
1 |
Total |
238 |
Desde
que se inició esta campaña en junio del año pasado se realizaron 237
sanciones y un sobreseimiento. La mitad fueron de 800 unidades fijas, un
22,3% fueron de 500 uf y otro similar de 1.100 uf y un 3,8% de 650 uf.
En
promedio, cada una de estas multas tardó 2 meses y 15 días en ser
publicada en el Boletín Oficial
---
[1]
Para el cálculo del promedio del valor dólar oficial de
cada período mencionado se promediaron todas sus cotizaciones diarias.
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Registro
Público de Administradores porteño
El
principal ‘denunciador serial’ sigue siendo el Gobierno local
[BPN-15/08/23]
Durante los primeros seis meses de este año el principal
"denunciador serial" contra los administradores de consorcios
porteños fue el mismo Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Del
estudio de las 213 sanciones publicadas en el Boletín Oficial durante el
primer semestre de este año, 64 (30%) fueron impulsadas "de
oficio".
En
la mayoría de los casos los motivos fueron: por no haber dispuesto en
alguno de los consorcios que administra dos recipientes diferenciados y
claramente señalizados para residuos húmedos [negros] y secos [verdes] y
por la falta de presentación de las declaraciones juradas anuales ante el
Registro Público de Administradores (RPA).
PUBLICADAS
EN EL BO |
Cantidad |
2022 |
2023 |
1 |
103 |
116 |
DE
OFICIO |
|
64 |
2 |
16 |
24 |
3 |
2 |
7 |
4 |
|
1 |
7 |
1 |
1 |
Total |
122 |
213 |
Antes
de comenzar el análisis se observa que las sanciones de este primer
semestre aumentó en un 76% con respecto al primer semestre del año
pasado.
Ya
en el tema de los ‘denunciadores seriales, el 54,5% de las denuncias
contra administradores fueron realizadas por vecinos que –desde 2014-
no realizaron ninguna otra denuncia y el 30% las realizó el Estado local de
oficio. Por otra parte, el 11,3% de las sanciones fueron impulsadas por
algún vecino que desde 2014 ya realizó 2 denuncias. O sea que el 95,8%
fue realizado o por el Gobierno o por uno o dos propietarios.
Del
resto, el 3,3% las realizaron vecinos que ya tienen en su haber 3
denuncias desde 2014 y 1 sanción fue realizada por consorcistas que ya
denunciaron a su administrador en 4 oportunidades y otra por 1 que hizo 7
denuncias
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Sindicato
Empleados de Administradoras
‘Jefe,
fallé por un tantito así’
[BPN-15/08/23]
Información oficial de la AFIP contradijo lo informado por el
expresidente del AIERH (Asociación Inmobiliaria Edificios Renta
y Horizontal) al Ministerio Trabajo lo que permitió a la secretaria
general de SEARA (Sindicato Empleados de Administradoras de la
RA) obtener la personería gremial para su entidad.
En
diciembre de 2019 Juan Manuel Acosta y Lara –por aquel entonces
presidente del AIERH y hoy ejecutivo de empresas de Víctor Santa
María- informó al Ministerio de Trabajo que los administradores de
consorcios empleaban entre 259 y 263 empleados. Sin embargo, en estos días
la AFIP informó a Pequeñas Noticias que durante el primer
semestre de este año los puestos de trabajo relacionados con el sector
fueron en promedio 4.563. Un "error" de sólo 4.300 empleados [1].
La
cantidad de trabajadores del sector es clave para obtener la personería
gremial porque el inciso "b" del artículo 25º de la Ley
23.551 (Asociaciones
Sindicales) dice expresamente: "La asociación que en su ámbito
territorial y personal de actuación sea la más representativa obtendrá
personería gremial, siempre que [...] afilie a más de 20% de los
trabajadores que intente representar".
O
sea que si el total de trabajadores del sector está compuesto por 261
empleados, SEARA con poco más de 53 afiliados estaba habilitada para
solicitar y obtener la personería gremial pero si los trabajadores
registrados de los administradores son 4.563 –tal cual informa la AFIP-
se le complica porque hacen falta como mínimo 913 empleados.
A
tal punto este tema es importante que en octubre de 2022 la Resolución
1496/2022 que otorgó la personería gremial a SEARA, en sus fundamentos
señaló expresamente: "de conformidad con lo establecido por el
artículo 25º de la Ley N° 23.551 se ha valorado tanto la
acreditación del universo de trabajadores como la
representatividad respecto del ámbito pretendido, por el período
que comprende los meses de mayo de 2019 a octubre de 2019, inclusive;
conforme la prueba efectivamente aportada por la peticionante".
Esa
"acreditación del universo de trabajadores" se basó
únicamente en la carta de Acosta y Lara, como le reprochó duramente el
Sindicato de Empleados de Comercio a la Dirección Nacional de
Asociaciones Sindicales (DNAS) del Ministerio de Trabajo en los
fundamentos de una demanda judicial que inició para que se le retire a
SEARA su personería gremial [2].
Los
números de la AFIP
La
pregunta que se le cursó a la AFIP fue: "Informe la cantidad de
personas, empresas o establecimientos cuya actividad principal fue
"Servicios de administración de consorcios de edificios" y la
cantidad de trabajadores declarados que emplearon durante el primer
semestre de 2023".
La
respuesta abreviada fue que durante este primer semestre hubo en promedio
2.835 empleadores que brindaron 4.563 puestos de trabajo.
Detalle |
Cantidades |
Porcentaje |
Padrón
Total |
9.428 |
|
Administradores
sin empleados |
6.594 |
69,94% |
Administradores
con empleados |
2.835 |
30,06% |
Puestos
de Trabajo promedio |
4.563 |
1,61% |
Sin
embargo, de ese par de datos cruzados con el padrón actualizado de
administradores de consorcios activos aparentemente sólo el 30% de los
mandatarios tiene empleados y que de éstos –en promedio- cada uno
cuenta con poco más de un trabajador y "medio".
Por
supuesto que -como estos números no pueden incluir a quienes trabajan en
"negro" o facturan sus servicios como
"monotributistas"- todo hace pensar que la masa trabajadora de
los administradores es sensiblemente mayor.
Es
de recordar que en marzo el informe "Mercado de trabajo. Tasas e
indicadores socioeconómicos (EPH)" del INDEC también evidenció un
crecimiento del trabajo informal, conocido popularmente como empleo
"en negro" registró en 2022 un incremento del 33,3% al 35,5% de
la fuerza laboral [3].
El
código de la actividad económica de "Servicios de administración
de consorcios de edificios" es 682010. Los datos informados por la
AFIP corresponden a la CABA y la fuente fue la base de datos MECTRA
---
[1]
BPN Nº 738 del 5/10/22: "Con
sólo 70 afiliados SEARA recibió su personería gremial".
[2]
BPN Nº 756 del 15/07/23: "El
SEC había pedido revocarle la personería gremial".
[3]
Bloomberg Línea del 23/03/23: "Baja
el desempleo en Argentina pero crece el trabajo informal en cuarto
trimestre de 2022".
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Provincia
de Buenos Aires
Se
creó la Cámara de Administradores de Pilar
Asamblea
extraordinaria de FAPHRA en la que se incorporaron las cámaras de Pilar,
Mendoza y Paraná [Foto Juan Martín Luciani Otaño]
[BPN-15/08/23]
El pasado 11 de mayo una docena de administradores de consorcios
constituyeron formalmente la "Cámara de Administradores y
Conjuntos Inmobiliarios de Pilar" con el objetivo de
profesionalizar y capacitar la actividad.
Poco
después, el 24 de julio esta nueva cámara y la cámara de
administradores de la ciudad de Mendoza y la de Paraná (Entre Ríos) se
incorporaron a FAPHRA (Federación Nacional de Cámaras y
Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República
Argentina) en una asamblea extraordinaria que se celebró en Puerto
Madero.
El
Dr. y Adm. Juan Martín Luciani Otaño en el marco de una
entrevista que se le realizó en el programa de radio Consorcios 360
[1] explicó que la idea había comenzado el año pasado con la
reglamentación de la Ley 14.701 (Registro Público de
Administradores de Consorcios de la Provincia de Buenos Aires).
El
abogado y administrador señaló: "En ese momento un grupo de
administradores advertimos que la entidad de administradores más cercana
era la de La Plata o la de Mar del Plata y las realidades que se viven en
esos lugares son diferentes a las de la zona norte del conurbano y había
muchos administradores que no estaban adheridos a La Plata o Mar del Plata
porque las sentían lejanas.
Por
otra parte, agregó: "Una de las ventajas de la pandemia es que
desarrolló la comunicación virtual y en nuestra zona en este momento ya
hay 30 o 40 administradores que están interesados y si bien no tenemos la
personería jurídica nuestra idea no es meternos en política, más allá
de la opinión personal de cada uno.
Los
cuatro primeros integrantes de la primera comisión directiva son Rodolfo
Mario Braia (presidente), Raúl Alfredo Castro
(vicepresidente), Juan Martín Luciani Otaño (secretario) y María
del Pilar Hernández Sánchez (tesorera).
En
su opinión personal señaló que "le encantaría" que se
dispusiera una colegiatura para la profesión y evaluó que de crearse va
a "barrer a los malos" administradores. Recordó que FAPHRA
está trabajando mucho para lograr esa colegiatura y que la Cámara de
Pilar la acompañaría
---
[1]
Consorcios 360 del 11/08/23.
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Cámara
Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias
Una
entidad de puertas abiertas
Adm.
Alejandra Albide y Marcela Urrunaga, miembros de la Comisión de Atención
al Socio [Foto: CAPHyAI].
[BPN-15/08/23]
A pedido del presidente de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal
y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), Adm. Miguel Ángel
Summa, la Comisión de Atención al Socio de la entidad
comenzó a ampliar la comunicación con sus asociados. En el entendimiento
que la actividad del administrador es muy extensa y que las necesidades de
los copropietarios demandan mucho tiempo comenzarán a acercarse a cada
socio para brindarles las herramientas que le ayuden a aliviar su gestión
ya sea con capacitaciones específicas u organizando con reuniones con
colegas en los que se puedan intercambiar soluciones a casos prácticos.
Los
responsables de esta iniciativa brindaron más precisiones a Pequeñas
Noticias:
Pequeñas
Noticias : ¿En qué
consiste el nuevo servicio que brindará a los socios la CAPHyAI?
CAPHyAI:
Brindará la participación permanente y directa de todos sus
integrantes generando el intercambio entre administradores.
PN:
¿Cómo surgió esa idea y cuándo fue (o será) puesta en marcha?
CAPHyAI:
La idea surgió del presidente de la institución, el Adm. Miguel A.
Summa, con el propósito de una Cámara de Puertas Abiertas.
Nos fijó como meta ampliar la comunicación con nuestros asociados.
Hoy la actividad del administrador es muy extensa y las necesidades
de los copropietarios demandan mucho tiempo y por tal motivo
buscamos de acercarnos a cada socio y brindarles las herramientas
que le ayuden a aliviar su gestión, ya sea con capacitaciones o
reuniones de colegas donde siempre surgen opiniones y
recomendaciones sobre la actividad diaria.
PN:
¿Quién o quiénes estarán a cargo de su implementación?
CAPHyAI:
Actualmente ya se encuentra en funciones la Comisión de Atención a
Socios cuyas integrantes son las administradoras Alejandra Albide
y Marcela Urrunaga.
PN:
¿Qué beneficios otorgará a los socios este nuevo servicio?
CAPHyAI:
Esperamos lograr una comunicación directa socio/institución. Un
espacio donde puedan compartir sus sugerencias, opiniones e
inquietudes, siendo estos últimos temas a tratar en próximos
cursos o en desayunos de trabajo. Para ello hemos habilitado un
correo exclusivo: atencionasocios@caphai.com.ar
¡Les
invitamos a escribirnos!
A
su vez, nos contactamos telefónicamente activando la escucha y
tomando nota de las necesidades de los socios en nuestra actividad.
Acto
de graduación de la primera promoción del 2023 en la CAPHyAI.
PN :
¿Qué otros servicios ofrece la CAPHyAI a sus socios?
CAPHyAI:
Cursos de capacitación y desayunos de trabajo que cuentan con
paneles de disertantes sobre temas de actualidad y fomentan el
encuentro entre colegas, intercambiando situaciones que enfrentan.
-
La Revista de la Propiedad Horizontal que se envía por mail en
edición bimestral como así también circulares y un newsletter
mensual con las novedades y actividades de la Cámara,
-
Compra y rúbrica de libros exigidos.
-
Tenemos consultorios virtuales con asesores legales, laborales,
contables, que responden preguntas telefónicas como por mail. A
esto se suman profesionales ajenos a la Institución que brindan
charlas sobre temas de actualidad.
-
Cursos de Iniciación de Administración y actualización
obligatorios en modalidad virtual tanto para RPA de CABA Ley 941
articulo 4 inc. F, como también para RPAC de Pcia. Bs. As. Ley
14701 art 4 inc E.
-
Así mismo la CAPHyAI (Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal
y Actividades Inmobiliarias) mantiene un convenio académico con la
Universidad del Museo Social Argentino donde se puede estudiar las
carreras de Abogado y Martillero Público obteniendo importantes
descuentos.
PN:
¿Hay algo que considera importante para agregar?
Si,
los invitamos a que nos sigan en nuestras redes sociales Facebook,
Twitter, Instagram y YouTube; a visitar nuestra página Web: www.caphai.com.ar;
y a que nos escriban a la Comisión de Atención a Socios dejando su
número de teléfono, horarios y días de su preferencia para
ponernos en contacto. |
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Defensa
y Protección del Consumidor porteño
Carrillo
adelantó que se reglamentará Consorcio Participativo
Vilma
Bouza, Facundo Carrillo y Sergio Abrevaya [Fotoilustración Pequeñas
Noticias]
[BPN-15/08/23]
Facundo Carrillo, hoy secretario de Planificación, Evaluación
y Coordinación de Gestión porteño, adelantó veladamente que –no
importa quien gane en las PASO- reglamentará la aplicación oficial
conocida bajo el nombre Consorcio Participativo. Si bien se cuidó
de nombrar explícitamente el nombre de la aplicación que promueve en la
idea aparente de que podría irritar a la audiencia poco antes de las PASO
hizo numerosas referencias a ese tema.
Esta
iniciativa legislativa de Carrillo que en julio de 2018 se convirtió en
la Ley 5.983 pretende –bajo la excusa de desarrollar un programa de
liquidación de expensas- concentrar en los servidores informáticos del
Gobierno porteño todos los datos comerciales, laborales, fiscales y
privados de los consorcios y consorcistas porteños.
Es
de recordar que su iniciativa produjo rechazo en amplios sectores de la
comunidad consorcial y tanto empresas de informática, entidades de
administradores y de consorcistas presentaron amparos ante la Justicia
contra esos artículos de la Ley 5.983 que –por no haber sido todavía
reglamentada- no prosperaron.
Durante
el mes de agosto -en pleno auge de la campaña de Horacio Larreta
para ser electo candidato a presidente nacional- Carrillo junto a Vilma
Bouza y Sergio Abrevaya participaron de dos charlas vía ZOOM
bajo el concepto clave de "la profesionalización de los
administradores de consorcios". La primera fue organizada el 3 de
agosto por una empresa proveedora de servicios para los consorcios y la
segunda el 10 de ese mismo mes por Defensa del Consumidor porteño.
En
ambas Carrillo señaló varias veces en forma más o menos directa que
busca reglamentar Consorcio Participativo, lo único que todavía falta
implementar de la Ley 941 (Registro Público de Administradores
porteño).
No
importa quién gane
A
modo de ejemplo, durante la segunda charla del 10 de agosto, Carrillo
señaló con respecto a sus logros: "...modificamos una Ley [la 941]
que creo que estuvo bastante buena e incorporó algunas cosas que eran
bastante necesarias [haciendo alusión a Consorcio Participativo, eje
central de la modificación] y empezamos a trabajar en pilares
fundamentales [...] Son algunos de los proyectos que empezamos a
diseñar pero que todavía no implementamos y que si
Dios quiere en un futuro -no importa quien gane en la Ciudad- vamos
a llevar adelante.
Poco
antes de las Elecciones PASO en las que competían dentro del espacio de
Juntos por el Cambio Jorge Macri y Martín Lousteau para
Jefe de Gobierno, llamó la atención que Facundo Carrillo develara que
ambos candidatos a pesar de declamar que representaban diferentes enfoques
para la Ciudad ya se habían puesto de acuerdo en reglamentar la polémica
Ley que impuso Consorcio Participativo
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Registro
Público de Administradores de Consorcios bonaerense
Consejos
de iusprofilaxis
El
Dr. Marcos Hernández, director del Registro Público de Administradores
de Consorcios bonaerense en el estudio de Consorcios 360 [Foto archivo
Pequeñas Noticias]
[BPN-15/08/23]
El pasado 14 de agosto el Registro Público de Administradores de
Consorcios (RPAC) bonaerense publicó su primer boletín con
consejos y vencimientos de interés para administradores, consorcistas y
profesionales vinculados. Bajo el título de "Consejos de
iusprofilaxis (Prevención de riesgos legales y conflictos)"
el RPAC difundió la edición en agosto.
1º
consejo
Regularización
de situación impositiva:
Los
administradores deben regularizar su situación fiscal sujeta a su
actividad profesionalizada en los organismos fiscales AFIP Y ARBA.
Actividad
F883 - 682010 Servicios de Administración de edificios.
En
las declaraciones juradas deberán presentar un Certificado de
Cumplimiento Fiscal de acuerdo a su actividad. Regularice con tiempo
esta situación, en especial Monotributistas A, locaciones de
servicios, servicios jurídicos, asesorías contables, y otras
actividades comerciales. Incorpore la misma correctamente y en
la escala que corresponde a su facturación anual. |
2º
consejo
Certificados
de acreditación.
Los
administradores para postularse y para ser elegidos (para ambas
situaciones) deben obtener un Certificado de Acreditación de
conformidad a lo exigido por el artículo 6º de la Ley 14.701 (RPAC
bonaerense)
La
presentación es obligatoria ante el consorcio y debe quedar
reflejada en el texto de la asamblea de todos los que se hayan
postulado.
Tiene
una vigencia de 30 días desde su fecha de emisión.
Su
carácter obligatorio no sólo es de orden privado por lo cual no se
subsana con un consentimiento de la asamblea. |
3º
consejo
Expensas
ordinarias
El
administrador no requiere autorización de ningún otro órgano del
consorcio para aumentar las expensas ordinarias, sí requiere
hacerlo para atender los gastos ordinarios y extraordinarios
autorizados por el Consejo de Propietarios.
El
inciso d) del artículo 2.067º del Código Civil y Comercial de la
Nación (CCyC) establece que el administrador debe... practicar la
cuenta de expensas y recaudar los fondos necesarios para
satisfacerlas. Para disponer total o parcialmente del fondo de
reserva, ante gastos imprevistos y mayores que los ordinarios
el administrador debe requerir la autorización previa del Consejo
de Propietarios.
Las
expensas ordinarias así como pueden incrementarse pueden reducirse
como suele suceder en un conjunto inmobiliario cuando se acaba la
temporada estival y el costo del guardavidas (obligatorio por Ley
N° 14.798) de una piscina de uso común ya no se presenta. |
Vencimientos
Vencimiento
de etapas de inscripción (cumplimiento de los 90 días)
Tercera
etapa, 13 de agosto: partidos de: Necochea, Lobería, San Cayetano,
Tres Arroyos, Benito Juárez, González Chaves, Laprida, Monte
Hermoso, Coronel Pringles y Coronel Dorrego.
Cuarta
etapa, 20 de agosto: partidos de: Coronel Rosales, Villarino,
Patagones, Tornquist, Bahía Blanca, General Lamadrid, Saavedra,
Coronel Suárez, Guaminí, Púan y Adolfo Alsina.
Quinta
etapa, 27 de agosto: partidos de: Salliqueló, Daireaux, Olavarría,
Bolívar, Azul, Tres Lomas, Irigoyen, Pellegrini, Trenque Lauquen,
Tandil, Tapalqué, Rivadavia, Pehuajó, Carlos Casares y General
Alvear. |
Para
más información escribir a informesrpac@mjus.gba.gob.ar
(inscripciones) y fiscalizacionesrpac@mjus.gba.gob.ar
(denuncias).
¿Qué
es iusprofilaxis?
El
iusprofilaxis es un concepto jurídico general que busca prevenir la
comisión de infracciones o delitos. Se basa en la idea de que es mejor
prevenir el delito que castigarlo después de que haya sido cometido.
El
iusprofilaxis puede abordarse de diversas formas como ser a través de la
educación, la intervención temprana y la disuasión.
La
educación puede ayudar a las personas a comprender los riesgos asociados
con las infracciones o los delitos y a tomar decisiones más responsables.
La
intervención temprana puede ayudar a identificar y abordar los factores
de riesgo de las infracciones. En el caso de la delincuencia éstos pueden
ser la pobreza, el abuso de sustancias y la falta de educación.
La
disuasión puede ayudar a disuadir a las personas de cometer infracciones
o delitos, haciendo que parezca que el riesgo de ser atrapado y castigado
es mayor que el beneficio potencial de cometer el delito.
El
iusprofilaxis es un enfoque prometedor para la prevención de las
infracciones o el delito. Es importante tener en cuenta, sin embargo, que
el iusprofilaxis no es una solución mágica. No puede prevenir todos los
delitos, y puede en algunos casos conducir a la discriminación y a la
violación de los derechos humanos. Es importante utilizar el
iusprofilaxis de una manera que sea justa y efectiva.
El
iusprofilaxis es un campo complejo y en evolución. Hay muchos debates
sobre los mejores métodos para prevenir el delito. Sin embargo, el
iusprofilaxis es un enfoque prometedor para mejorar la seguridad pública
y reducir los delitos
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Registro
Público de Administradores
Entre
Ríos también quiere su propio RPA
[BPN-15/08/23]
El pasado 26 de julio el senador justicialista entrerriano Jorge
Francisco Maradey (Frente Justicialista CREER) presentó un
proyecto de ley para crear un Registro Público de Administradores en esa
provincia.
A
grandes rasgos este proyecto en muy parecido al que ya rige en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires. No se observó exigencias muy diferentes a las
ya conocidas ni en los requisitos para inscribirse, ni en el tratamiento
de los administradores "ad honorem", ni en las obligaciones del
administrador, ni en los contenidos de las liquidaciones, ni en las
declaraciones juradas anuales.
Sin
embargo, la redacción de Pequeñas Noticias encontró algunos
puntos a destacar:
Relación
de consumo
Estará
bajo la órbita del "Organismo de Defensa del Consumidor
dependiente de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de
Producción de la Provincia de Entre Ríos".
De
esta forma Maradey se diferenció del RPA de la provincia de Buenos Aires
que está bajo la órbita de la Dirección Provincial de Personas
Jurídicas que depende de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos.
En
los fundamentos de su iniciativa el senador explicó que "la
relación entre administradores y administrados es una relación de
consumo, encuadrada en lo estipulado por el artículo 1º de la Ley
Nacional N° 24.240 de Defensa del Consumidor. Es el caso específico de
consumo de un servicio que conlleva todos los derechos y obligaciones
propios de este tipo de relación, siendo merecedora, por ende, de la
protección establecida en la Constitución Nacional".
Constitución
de domicilio
Se
destaca que entre los requisitos exigidos los administradores, éstos
deben "constituir domicilio especial en la provincia de Entre Ríos y
en la ciudad en la que se encuentre ubicado el inmueble objeto del
consorcio de propiedad horizontal".
Acceso
al registro
El
Registro –de ser aprobado- será de acceso público, gratuito y debe
estar disponible para su consulta en un portal web oficial de la
Provincia.
Curso
del SERACARH
También
en esta provincia será obligatorio el denominado comúnmente "Curso
del SERACARH" que dicta la FATERyH que lentamente se va extendiendo
en todo el país. Ordena textualmente: "Los administradores de
consorcios deberán arbitrar los medios para asegurar que los trabajadores
habituales del consorcio asistan a cursos de capacitación sobre seguridad
e higiene, al menos una vez por año, cuyo dictado estará a cargo de
instituciones especializadas conformadas por representantes de los
sectores de la actividad oficialmente reconocidos por el Ministerio de
Trabajo, Empleo y Seguridad Social de La Nación".
Bancarización
forzosa
Los
consorcistas deberán realizar el pago de las expensas mediante depósito
bancario o transferencia a la cuenta bancaria a nombre del consorcio.
Las
sanciones
El
monto de las multas quedará a discreción del Poder Ejecutivo. El Senador
propone: "Las sanciones serán establecidas y aplicadas por la
autoridad de aplicación, que graduará las mismas teniendo en cuenta el
perjuicio patrimonial causado y la reincidencia de infracciones".
Como
se puede observar no sólo no establece qué unidad de medida se
tomará para calcularlas sino que tampoco determina desde qué
mínimo y hasta qué máximo.
Por
último, el importe de las recaudaciones por multas o infracciones deberá
ser depositado en una cuenta bancaria especial administrada por la
autoridad de aplicación y tendrán como destino la adquisición de
equipamiento, mobiliario, programas informáticos, capacitaciones,
readecuación y remodelación de inmuebles para uso de la autoridad de
aplicación.
La
iniciativa fue ingresada bajo el número 14751 27153 ME, consta de 25
artículos de los cuales uno es de forma y se encuentra en la Comisión de
Legislación General [ texto
original]
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Registro
Público de Administradores de Consorcios
Luego
de casi 7 años se reglamentó el RPA neuquino
Casa
de Gobierno de la provincia de Neuquén.
[BPN-15/08/23]
El pasado 2 de julio Omar Gutiérrez (MPN [1]),
gobernador de Neuquén, reglamentó el Registro Público de
Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal y de Conjuntos
Inmobiliarios de esa provincia. Desde su sanción transcurrieron más
de 6 años y 7 meses [2]. En sintonía con el RPA porteño el
Registro funcionará en el ámbito de la Dirección Provincial de
Protección al Consumidor.
A
grandes rasgos el RPA neuquino es similar al que ya funciona en la Ciudad
de Buenos Aires y en la provincia de Buenos Aires aunque se destacan
algunas particularidades:
1.-
Para administrar consorcios en la provincia se debe acreditar residencia
continua de por lo menos 2 años (artículo 4º). La
reglamentación agregó la obligación de constituir domicilio
electrónico según lo dispuesto por la Ley 3002 (inciso d).
2.-
El administrador acreditará ante los consorcios su condición de
inscripto mediante el certificado de habilitación emitido a su pedido por
la autoridad de aplicación y cuya validez será de 180 días
(6 meses). En dicho certificado constarán sus datos de
inscripción y las sanciones que se le hayan impuesto en los 2 últimos
años.
3.-
Cualquier interesado puede solicitar a la autoridad de aplicación
información de los datos exigidos por la inscripción como así también
las sanciones que se le hubieren impuesto en los 2 últimos años. Se
establecerá como lugar físico de consulta las dependencias donde
funcione la autoridad de aplicación aunque también se podrán consultar
los datos desde el portal web oficial de la Provincia y desde la página
web de la autoridad de aplicación de la Ley (artículo 7º).
4.-
En Neuquén los administradores podrán demostrar mediante la respectiva
acta de asamblea que el incumplimiento de cualquiera de los requisitos
para contratar ha sido por causas atribuibles a los consorcistas
(artículo 8º).
5.-
Las decisiones que la asamblea de propietarios adopte deben
establecer el plazo de ejecución exigible al administrador
(inciso ‘a’ del artículo 9º).
6.-
Las necesidades y requerimientos referidos a la conservación de las cosas
y partes comunes y a la seguridad de la estructura del edificio, deben ser
debidamente planteadas en asamblea o notificadas al consorcio por medio
fehaciente; debiendo documentarse las rechazadas por la asamblea por
falta de fondos u otros motivos ajenos al administrador (inciso
‘b’ del artículo 9º).
7.-
La cuenta debe tener como autorizados al administrador y a un
miembro del consejo de administración designado por asamblea. Si
el consorcio no cuenta con consejo de administración, la asamblea debe
designar a un consorcista como autorizado (inciso ‘h’ del artículo
9º).
8.-
A diferencia del RPA porteño se estableció vía reglamentación el
mecanismo de suspensión y exclusión de Registro. La suspensión
procederá cuando se registren más de tres sanciones de multa dentro del
plazo de dos años de notificada la primera. La exclusión, por su parte,
cuando se registren dos suspensiones. En ningún caso se procederá a la
reinscripción de quien fuera excluido antes de pasados tres años desde
que la medida haya quedado firme (inciso ‘d’ del artículo 16º).
9.-
Las sanciones prescriben a los tres años (artículo 17º).
La
Ley 3.041 fue reglamentada el 25 de julio pasado y se publicó en el
Boletín Oficial dos días después mediante el Decreto 1.390 [ texto
original]
---
[1]
Movimiento Popular Neuquino.
[2]
BPN Nº 591 del 20/12/16: "El
RPA neuquino se habría creado ‘para los porteros’".
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Banco
de la Ciudad de Buenos Aires
Se
mantiene el crecimiento de las ‘cuenta consorcio’
[BPN-15/08/23]
Durante el primer semestre de este año las "Cuentas Consorcio"
del Banco de la Ciudad de Buenos Aires se incrementaron en casi un 19%
(18,9%) en CABA y la provincia de Buenos Aires con respecto al mismo
período del año pasado.
SEMESTRAL |
Año |
Promedio |
Incremento |
Crecimiento |
2018 |
1.467 |
|
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2019 |
2.709 |
1.242 |
84,7 |
2020 |
4.646 |
1.937 |
71,5 |
2021 |
5.244 |
598 |
12,9 |
2022 |
6.293 |
1.049 |
20,0 |
2023 |
7.479 |
1.187 |
18,9 |
En
la tabla se observa que durante este primer semestre descendió levemente
el ritmo de crecimiento del primer semestre de 2022 (20%). Durante los
primeros seis meses se sumaron en promedio 1.187 consorcios (18,9%).
A
diferencia de períodos anteriores el Banco informó también las cuentas
de este tipo activas en Tucumán, Mendoza, Salta y Córdoba que sumadas no
llegan al 0,59% del total.
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Cantidad |
CABA |
7.583 |
PBA |
180 |
Tucumán |
23 |
Mendoza |
6 |
Salta |
10 |
Córdoba |
7 |
Total |
7.763 |
Los
valores de la tabla precedente corresponden al mes de junio de este año.
El
gasto bancario
En
su sitio web institucional el Banco Ciudad destaca la existencia de dos
tipo de beneficios para sus cuentas consorcio: para el consorcio y para el
administrador.
Para
el consorcio
Cuenta
corriente bonificada al 100% [1]
Comisión
de chequeras bonificadas [2]
Transferencias
bonificadas sin tope
Préstamos
Ciudad Consorcios [3]
Servicio
de plan sueldo 100% bonificado
Banca
electrónica de empresas para el pago de haberes, pago de proveedores,
impuestos y servicios.
Para
el administrador
Tarjeta
de crédito 100% bonificada [4]
Servicio
de plan sueldo 100% bonificado
Atención
preferencial en sucursales comerciales
La
fuente
Estos
datos fueron provistos el pasado 24 de julio por la Secretaría de
Directorio de esa entidad financiera estatal local ante un pedido de
información pública que se le realizara en el marco de la Ley 104.
Textualmente se le solicitó que informen la cantidad de cuentas
corrientes activas "Consorcio de propietarios" durante el primer
semestre de 2023, en forma mensual
---
[1]
Cuenta corriente en pesos para consorcios de propietarios radicados en las
zonas de influencia del Banco de la Ciudad de Buenos Aires. Para
consorcios propietarios de edificios de la provincia de Buenos Aires e
interior del país donde el banco posea sucursales, la bonificación de la
cuenta corriente es por 24 meses desde su apertura. Para consorcios de
propietarios de edificios de la CABA, la bonificación de la cuenta
corriente es de por vida.
[2]
Oferta válida para cartera comercial. Válido según cumplimiento a la
Ley 5.983 del GCABA para los consorcios de los edificios sometidos al
régimen de propiedad horizontal en el ámbito de la ciudad autónoma de
buenos aires. Incluye la gratuidad de la emisión de chequeras y
transferencias bancarias.
[3]
La propuesta corresponde al producto préstamos ciudad consorcios. Sujeto
a evaluación crediticia y a las condiciones de contratación del Banco de
la Ciudad de Buenos Aires. Oferta vigente en zonas de influencia de banco
ciudad hasta el 31/12/2023 inclusive.
[4]
Sujeto a evaluación crediticia y condiciones de contratación del Banco
Ciudad de Buenos Aires. Comisión de emisión y de renovación anual
bonificada 100% para administradores de consorcios que adquieran la cuenta
consorcio.
[1][2][3][4]
El producto ofrecido corresponde a cartera de consumo.
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Sindicato
Único de Trabajo de Edificios de Renta y Horizontal
SUTERyH
Tucumán construirá un hotel con casino
El
SUTERyH tucumano ya cuenta con un complejo polideportivo y turístico en El
Cadillal.
[BPN-15/08/23]
El pasado 21 de julio el secretario general de SUTERyH (Sindicato
Único de Trabajo de Edificios de Renta y Horizontal) Tucumán, Alejandro
Medina, comunicó que están comenzando la construcción de un hotel de 5
pisos con 86 habitaciones en El Cadillal sobre 11 mil metros cuadrados. El
complejo contará con un centro de convenciones para mil personas y una sala de
juegos (casino) con una inversión de 5 mil millones de pesos (más de 17
millones de dólares) y un estimado de 35 meses para finalizar la obra.
En
diálogo con una radio local [1] Medina detalló: "La vista de
las 85 habitaciones estará hacia el lago, Puerto A y las aerosillas. Comenzamos
a hacer todo lo que es el cercado perimetral y desmontamos de a poco porque
trabajamos también con medio ambiente, flora y fauna. Vamos a comenzar a abrir
calles internas para poder ingresar al hotel y calles de servicio para que se
manejen los camiones".
Para
quienes no conocen el Cadillal es una localidad y comuna ubicada en el
Departamento Tafí Viejo de la provincia de Tucumán. Es una villa turística
ubicada sobre el Dique Celestino Gelsi, que permite el baño en sus playas y
deportes acuáticos, además de un paisaje rodeado de selva y varios cursos de
agua [ ver
mapa].
Medina
explicó que "el nuevo complejo estará ubicado pasando el control
policial, llegando a la rotonda y girando a la mano izquierda -yendo a Ticucho-
hay un cerro y en ese cerro haremos el hotel. Ya está cercado"
---
[1]
LV12 del 21/07/23: "Paritarias
en SUTERH: ‘El aumento salarial rige para todas las filiales del país’".
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PORTERA /
ENCARGADA: Estoy en búsqueda de empleo. Actualmente trabajo en una empresa de limpieza 4 horas pero por cuestiones
económicas necesito algo mejor. Realizo limpieza en oficinas y en consorcios,
así que se manejarme en edificios - Nombre: Andrea Lugo - Llamar al
teléfono: (11) 5059-4272 en horas de la mañana - Localidad: Ciudad
Autónoma de Buenos Aires / Buenos Aires - Correo electrónico: andre-rmm@hotmail.com
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ASISTENTE /
ADMINISTRATIVA: Busco trabajo como asistente/administrativa en zona CABA
(Lugano - Mataderos - Floresta - Flores - Devoto y alrededores) Amplia experiencia en consorcios (atencion/pago a
proveedores - cobro de expesas - cargas de fc. sueldos - cargas sociales y sindicato a
liquidaciones - etc) Preferentemente home ofice, presencial a conversar - Nombre:
Patricia Rizzo - Llamar al teléfono: (11) 3609-4190 en el
horario de 10 a 18 hs - Localidad: CABA / Ciudad de Buenos Aires - Correo electrónico:
todocambia_@hotmail.com
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ENCARGADO PERMANENTE CON
VIVIENDA: En CABA experiencia comprobable - Nombre: Roberto Nicolas Forte - Llamar al teléfono:
(11) 3319-2945 en el horario: 8 a 12 y 17 hs. en adelante - Localidad:
Ciudad Autonoma de Buenos Aires - Correo electrónico: forterobertonicolas@gmail.com
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ENCARGADO SIN
VIVIENDA: Busco trabajo como encargado de portería sin vivienda en CABA, responsable, trabajador y con referencias comprobables. NO
SUPLENCIAS. - Nombre: Héctor Fernando Arriola Torres - Llamar al teléfono:
(11) 6283-5195 / (11) 6693-6712 - en el horario: 8 a 21
hs. - Localidad: Capital Federal (Recoleta) / CABA - Correo electrónico: fernando_torres83@hotmail.com
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ENCARGADO PERMANENTE CON VIVIENDA 4 HS
DIARIAS: Mi ofrecimiento consiste en: ofrecer mis servicios sin retribución dineraria, a cambio de acceder a la vivienda que cuenta el consorcio para el encargado. La propuesta es de 4 hs diarias y el horario es a convenir.Cuento con experiencia y referencia en el puesto ofrecido. - Nombre:
Cristian Ravelo - Llamar al teléfono: (11) 4192-6310 - en el horario:
8 hs a 19 hs - Localidad: / - Correo electrónico: crariel00@gmail.com
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TAREAS
DE LIMPIEZA, MEDIA JORNADA,CABA: Soy Jorge Alejandro Garibotti, 56 años, casado, vivo en
CABA. Busco empleo como limpiador consorcios, oficinas, etc. media jornada.Tengo experiencia y
CV - Nombre: Jorge Alejandro Garibotti - Llamar al teléfono: (11)
3814-0928 - en el horario: Cualquier horario - Localidad: Belgrano /
CABA - Correo electrónico: avui1967@gmail.com
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SUPLENTE DE FIN DE
SEMANA: Agradeceria me tengan en cuenta para realizar suplencias en
edificios los fines de semana en CABA. En lo posible zonas Villa Ortuzar,
Villa Urquiza, Parque Chaz Colegiales, Chacarita - Nombre: Marcela Cortese
- Llamar al teléfono: (11) 6486-6590 - todo el día - Localidad:
CABA / Bs. As. - Correo electrónico: cortesekarina@gmail.com
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ENCARGADO PERMANENTE SIN
VIVIENDA: Tengo experiencia en el rubro y cuento con referencias
comprobables - Nombre: Héctor Fernando Arriola Torres - Llamar
al teléfono: (11) 6283-5195 a partir de las 9 hs. - Localidad:
CABA / Recoleta - Correo electrónico:
arriola.limpiarte@gmail.com
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Salario
Mínimo Vital y Móvil
Aumentos
del SMVM en julio, agosto y septiembre
[BPN-15/08/23]
El pasado 17 de julio se publicó en el Boletín Oficial la resolución
que ordenó aumentar el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) de
julio, agosto y septiembre de este año a 105.500, 112.500 y 118.000 pesos
mensuales respectivamente [ vínculo].
Se
calcula que estos nuevos pisos salariales impactarán no sólo en unos 400 mil
trabajadores que se encuentran fuera de convenio sino también en aquellos
jubilados cuyo haber mínimo no puede ser inferior al 82% de esta base
(Artículo 125 bis de la Ley 24.241).
Mensual
Estas
modificaciones significaran un aumento con respecto al mes anterior del 19,9%
para julio, del 6,64% para agosto y del 4,89% para septiembre.
Acumulado
anual
En
septiembre el SMVM habrá acumulado en lo que va del año un aumento del 90,47%
mientras que la inflación que mide el IPC [1] y estima el REM [2] habrá sido
del 86,38%.
Medición
interanual
Sin
embargo, en la medición interanual del SMVyM los resultados no son contundentes:
en julio será de un 161,66%, en agosto de un 135,11% y en septiembre de un
130,47%.
Mientras
tanto la inflación interanual de esos meses será de un 113,4%, un 115,19% y un
118,43%.
O sea
que en julio, agosto y septiembre el SMVyM le ganará a la inflación 18,26,
19,92 y 12,04 puntos porcentuales respectivamente.
Período |
BO |
Fecha |
Resolución |
SMVyM |
p/hora |
enero/2023 |
29/11/2022 |
25/11/2022 |
15/2022 |
65.427 |
327,14 |
febrero/2023 |
67.743 |
338,72 |
marzo/2023 |
69.500 |
347,50 |
abril/2023 |
28/03/2023 |
23/03/2023 |
5/2023 |
80.342 |
401,71 |
mayo/2023 |
84.512 |
422,56 |
junio/2023 |
87.987 |
439,94 |
julio/2023 |
17/07/2023 |
14/07/2023 |
10/2023 |
105.500 |
527,50 |
agosto/2023 |
112.500 |
562,50 |
septiembre/2023 |
118.000 |
590,00 |
La
resolución que fue firmada el 14 de julio llevó el número 10/2023 y fue
firmada por Raquel Cecilia Kismer, ministra de Trabajo Empleo y
Seguridad Social en su carácter de presidente del Consejo Nacional del
Empleo la Productividad y el Salario Mínimo, Vital Y Móvil.
El SMVM
y la propiedad horizontal
Como
siempre, se reitera que como ninguna escala salarial de los encargados de
edificios es inferior al SMVM, éste sólo es importante para la propiedad
horizontal porque se utiliza en el cálculo de los montos inembargables de los
sueldos.
Así
fue establecido por el Decreto 484/87 del 26 de marzo de 1987 que reglamentó
los artículos 120º, 147º y 147º de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744.
Las
remuneraciones devengadas por los trabajadores en cada período mensual,
así como cada cuota del sueldo anual complementario son inembargables
hasta una suma equivalente al importe mensual del Salario Mínimo Vital
fijado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes
del Régimen de Contrato de Trabajo (LCT-TO por Decreto Nº 390/76). Las
remuneraciones superiores a ese importe serán embargables en la siguiente
proporción:
1.-
Remuneraciones no superiores al doble del Salario Mínimo Vital mensual,
hasta el diez por ciento (10%) del importe que excediere de este último.
2.-
Retribuciones superiores al doble del Salario Mínimo Vital mensual, hasta
el veinte por ciento (20%). |
---
[1]
IPC: Índice de Precios al Consumidor que mide el INDEC.
[2]
REM: Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) que estima el Banco Central
de la República Argentina (BCRA)
|
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Índices
de aumentos salariales para la propiedad horizontal
En
agosto las escalas perderán en todos los frentes
[BPN-15/08/23]
En agosto el promedio de las escalas salariales de los encargados de edificios
[1] perderá contra la inflación -3,35 puntos porcentuales con respecto
al mes pasado, -39,50 en el acumulado anual y -22,43 puntos porcentuales en la
medición interanual.
El
incremento mensual
En
agosto el promedio de las escalas salariales subirá un 4,55% con respecto al
mes pasado. Esto se debe a que en este mes habrá un último aumento del 6% en
las escalas "sobre las remuneraciones de marzo" según lo pactado el
pasado 20 de abril por las tres entidades de administradores que representan a
los consorcios en paritarias [2] y la FATERyH [3]. Esos
acuerdos fuero homologados mediante la Resolución 655 [4].
Durante
el octavo mes de este año el promedio de las escalas salariales será de
220.027 pesos mensuales.
El
acumulado anual
El
incremento acumulado anual de las escalas salariales desde enero de este año
hasta agosto se mantendrá en un 33,4%.
El
promedio de las escalas salariales de diciembre del 2022 fue de 164.937 pesos.
El
incremento interanual
Desde
agosto de 2022 hasta el mismo mes de este año las escalas salariales se
incrementaron en un 92,76%.
En
agosto del año pasado el promedio de las escalas salariales fue de 114.146
pesos mensuales.
El
promedio anual
El
promedio anual de los ocho meses de este año contra los ocho del año pasado
arrojó un aumento del 121,10%. Una diferencia de -0,95 puntos con respecto al
mes pasado.
INDEC
Según
el Índice de Precios de Consumidor que mide el INDEC la
inflación de julio fue de un 6,3% y para el Relevamiento de Expectativas del
Mercado (REM) que estima el Banco Central de la República
Argentina (BCRA) la inflación de agosto será de un 7,9%.
Según
estos números, la medición de la inflación acumulada anual de estos siete
meses será de un 72,90% y la interanual de junio está estimada en un 115,19%.
Jubilados
Mientras
tanto, el haber mínimo de un jubilado que paga expensas en agosto será de
126.610,63 pesos mensuales. Esto se debe a dos razones:
En
principio, el 28 de mayo se había ordenado que –entre otros- en agosto se
otorgue un "refuerzo de ingreso previsional" por un monto máximo de
20.000 pesos (Decreto 282).
Por
otra parte, el 4 de agosto el ANSeS informó que para cumplir con el artículo
125º bis de la Ley 24.241 (Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones) que
garantiza un haber previsional de no menos del 82% del valor del Salario Mínimo
Vital y Móvil este mes se otorgarán un suplemento de 15.000 pesos (retroactivo
de julio) y otro de 20.000 correspondiente a agosto. Estos dos suplementos se
sumarán al haber y bono ya otorgado [5].
Sin
embargo, hay que tener en cuenta que el mes que viene los 15 mil pesos
retroactivos de julio no se cobrarán y que en dólares este haber mínimo
representa 174,64 dólares según el mercado blue [5].
En
agosto del año pasado ese haber estuvo en 37.524,94 pesos.
Este
mes se incrementó el haber mínimo de la clase pasiva en un 43,98% el acumulado
anual subió a un 110,58% y la medición interanual saltó a un 237,4%. Por
estas razones los haberes fueron positivos contra la inflación mensual (36,08
puntos), la acumulada anual (37,68) y la medición interanual (122,21 puntos).
En
enero de 2016 la jubilación mínima estaba establecida en 4.299,06 (u$s
312,98). Si ese haber hubiera aumentado al ritmo de la inflación este mes
debería haber sido de 112.542,25 pesos mensuales (u$s 296,76 promedio a valor
oficial).
Pero si
calculamos, mes a mes, lo que debió ganar un jubilado siguiendo el ritmo de la
inflación y lo que realmente percibió incluidos los bonos extras, observamos
que en total lo perdido desde enero de 2016 hasta agosto de 2023 fueron
-264.288,34 pesos (u$s -696,89) incluida la incidencia de los medios aguinaldos
---
[1]
Para comparar escalas salariales del sector se promediaron las funciones de
encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de cada mes.
En los casos que correspondió se sumaron los bonos, tanto los acordados en
paritarias como por el Poder Ejecutivo nacional.
[2] La
Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la Cámara
Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) y la
Unión Administradores de Inmuebles (UADI).
[3]
Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.
[4] BPN
Nº 751 del 24/04/22: "Nuevo
acuerdo salarial para encargados de edificios".
[5]
Artículo 125 bis de la Ley 24.241: El Estado nacional garantiza a los
beneficiarios de la Prestación Básica Universal (PBU) que acrediten treinta
(30) años o más de servicios con aportes efectivos, el pago de un suplemento
dinerario hasta alcanzar un haber previsional equivalente al ochenta y dos por
ciento (82%) del valor del Salario Mínimo Vital y Móvil, instituido por el
artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo 20.744 (t.o. 1976) y sus
modificatorias vigente en cada período.
[5]
15/8/2023.
|
|
Correo
de Opinión
Los
‘denunciadores seriales’ y la Ley 941
por el Sr. Andrés Zulberti
Sr.
director de Pequeñas Noticias:
En el
programa radial Consorcios 360 del 21/07 [1], tiró la primicia
(¡¡¡¿¿¿cuándo no...???!!!) sobre las denuncias realizadas por
consorcistas contra los administradores en el primer semestre de 2023: 1.062
denuncias.
Como
consorcista, mi expresión fue de gran sorpresa: por primera vez, los
consorcistas encabezamos el podio del total de denuncias de los demás
ciudadanos ante Defensa al Consumidor por las otras denuncias bancarias,
telefonía, electrodomésticos, etcétera y etc.
Pareciera
que existe un "despertar" de los consorcistas. Eso me alegró el día.
Pero,
¡¡¡atento consorcistas...!!! Tiempo atrás, escuché y leí las voces
"del otro lado del mostrador" que dicen que somos "denunciadores
seriales" y que la Ley 941 "cumplió su ciclo".
La
primera fue del responsable del Registro Público de Administradores, Diego
Sarrabayrouse, en abril-2022 sobre que los consorcistas son "denunciadores
seriales y los tenemos identificados" [2]. Luego lo continuó el
presidente de la CAPHyAI, Miguel Ángel Summa, rematando con que la Ley 941
"cumplió su ciclo...". Usted publicó una nota en el BPN 742 del
15/12/22 [3].
Debo
decirle que usted dio la primicia, pero también lo vio primero. Ahora agrego
mí hipótesis: ¡¡¡Quieren voltear la Ley 941...!!! ¿Por qué?
Desde
hace mucho tiempo que los funcionarios del área de Defensa al Consumidor no
están haciendo bien su trabajo: desde hace cinco años (2018-2022) se
presentaron casi 8.500 denuncias y se dispusieron casi 2.500... [4].
La
complicidad entre funcionarios y administradores está a punto de caramelo...
Sólo
me queda decir a los consorcista: ¡Adelante consorcistas, sigan
denunciando...!!!
Cordialmente
le saluda
|
Andrés
Zulberti/.
(24/07/2023) |
---
[1]
https://youtu.be/1JvL-jzmBKw?t=3030.
[2]
https://www.youtube.com/watch?v=h6LGVmM3a20&t=2042s.
[3]
https://www.pequenasnoticias.com.ar/RPA-CABA/2022/RPA-CABA_0742a.asp.
[4]
http://www.pequenasnoticias.com.ar/RPA-CABA/2023/RPA-CABA_0752a.asp.
|
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ACCABA:
Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ACAPPH:
Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal.
ACoPH:
Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).
ACRA:
Arbitros de Consumo de la República Argentina.
ADEPROH:
Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la
Propiedad Horizontal RA.
AFIP:
Administración Federal de Ingresos Públicos.
AGIP:
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.
AIERH:
Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.
AIPH:
Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal
AIPH.
APARA:
Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.
APH:
Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.
APCCRA: Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la RA.
API:
Asocición Propietarios de Inmuebles.
APIPH:
Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.
APBR:
Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.
APROPHMAR:
Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.
CAAC:
Confederación Argentina de
Administradores de Consorcios.
CABA:
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
CACCyC:
Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.
CaFACA: Cámara Federal de Administradores de Consorcios de Argentina.
CAPHBByZ:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y
Zona.
CAPHPBA:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.
CAPHyAI:
Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.
CAPRA:
Cámara de Propietarios de la República Argentina.
CASIPH:
Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.
CCT:
Convenio Colectivo de Trabajo.
CDI:
Clave de Identificación.
CECAF:
Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.
CEDDDA:
Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.
CGPC:
Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.
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CIA:
Cámara Inmobiliaria Argentina.
COAPLA:
Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.
CEPRARA:
Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina
CUCICBA:
Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.
CUIL:
Clave Única de Identificación Laboral.
CUIT:
Clave Única de Identificación Tributaria.
FAC:
Federación Argentina de Consorcios.
FACARA:
Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina.
FAPHRA:
Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina
FATERyH:
Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.
FECIBA:
Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.
FEDECO:
Federación de Asociaciones de Consorcios.
FRA:
Fundación Reunión de Administradores.
ICI:
Instituto de Capacitación Inmobiliaria.
INADI:
Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.
IxE:
Indignados por expensas.
LCPH:
Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.
RCD:
Red de Consorcistas Damnificados.
ReDeCo:
Reafirmación de los Derechos del Consorcista.
SEARA:
Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.
SERACARH:
Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.
SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.
SUTERH:
Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.
UADI:
Unión Administradores de Inmuebles.
UCRA:
Unión de Consorcistas de la República Argentina.
UITEC:
Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.
ULAI:
Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.
UMIPH:
Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.
UPA - Unión Porteña de Administradores.
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Boletín
de Pequeñas Noticias
1º
Edición
Nº DCCLVIII
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y propietario:
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gráfico: María Auxiliadora Caceres Quinde
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