Paritarias
2024
En
febrero el 45%, en marzo vemos...
Desde
el 25 de enero espera homologación un acuerdo salarial acordado entre las
entidades de administradores de consorcios y el SUTERH
Había sido firmado dos días antes
En él se estableció un aumento para febrero y una revisión para marzo
A los encargados se les deducirá un 2% para un fondo de educación y
capacitación administrado por el sindicato.
[BPN-22/02/24]
El pasado 23 de enero las tres entidades de administradores de consorcios
que representan en paritarias a los consorcios [1] y
la FATERyH (Federación Argentina de Trabajadores de Edificios
Renta y Horizontal) firmaron un acuerdo salarial que otorgó un
aumento del 45% de aumento en las escalas salariales de febrero.
Por
otra parte, el acuerdo estableció para los trabajadores un aporte
del 2% del total de los conceptos remuneratorios de su sueldo...
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Paritarias
2024
"El
problema no es gremial, el problema es político"
Santa
María fue el primer sindicalista que afirmó que en lo que va del año
ninguno de los acuerdos paritarios anunciados en los medios fue homologado
Apuntó a quienes votaron a favor de la gestión actual y como principal
consejo señaló: "Hay que saber elegir [y] hay que saber qué
[intereses] representa cada uno".
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Sueldos
Febrero de 2024
Mientras
no se homologue todo sigue igual
A
la fecha sigue vigente la escala salarial de enero 2024
Si bien hay firmado un nuevo acuerdo todavía no está homologado.
[BPN-22/02/24]
A la fecha aún no hay novedades sobre una nueva escala para el mes de
febrero ya que sigue vigente la de enero pasado. Hay información sobre un
nuevo acuerdo pero éste todavía no está homologado...
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Paritarias
2024
En
febrero el 45%, en marzo vemos...
[BPN-22/02/24]
El pasado 23 de enero las tres entidades de administradores de consorcios
que representan en paritarias a los consorcios [1] y
la FATERyH (Federación Argentina de Trabajadores de Edificios
Renta y Horizontal) firmaron un acuerdo salarial que otorgó un
aumento del 45% de aumento en las escalas salariales de febrero.
Por
otra parte, el acuerdo estableció para los trabajadores un aporte
del 2% del total de los conceptos remuneratorios de su sueldo
destinado al fondo de educación y comunicación administrado por la
FATERyH y establecido en el artículo 19º bis [2].
El
acuerdo ingresó a la Secretaría de Trabajo para su homologación el 25
de enero y todavía no fue homologado. Víctor Santa
María, titular del SUTERH señaló que el responsable de la falta de
homologación de este acuerdo es el Gobierno nacional [ ver
nota].
El
45%
El
acuerdo estableció un aumento para febrero y dejó abierta la posibilidad
de otro incremento para marzo. Textualmente ordenó:
Las
partes pactan un incremento salarial consistente en un porcentaje
del:
-
45% (cuarenta y cinco por ciento) a calcular sobre el salario
básico correspondiente al mes de enero de 2024 para la
cuarta categoría establecida en el art 6º del CCT 589/10,
aplicándose a les adicionales de convenios y en forma proporcional
a las restantes categorías establecidas en el referido artículo;
en concepto de remuneración del mes de febrero de 2024.
-
Las partes se comprometen a reunirse a fines del mes de febrero del
año 2024 con el objeto de establecer una recomposición y/o
incremento salarial. |
El
artículo 19º bis
Este
estableció:
Las
partes convienen que el importe a retener por el empleador en
concepto del aporte establecido en el artículo 19 bis del CCT
589/10, será el equivalente al aporte de cuota sindical (2% a
calcular sobre el total de los conceptos remuneratorios). |
Retención
de cuotas, aportes o contribuciones
Los
miembros paritarios agregaron también una interpretación de "los
aportes legales y convencionales establecidos en el CCT 589/10 actualmente
vigentes" por "razones de claridad y seguridad jurídica en
relación al alcance de lo acordado por la parte trabajadora y empleadora
en el CCT":
El
empleador deberá retener e integrar en los plazos establecidos las
sumas correspondientes a pago de cuotas, aportes periódicos o
contribuciones a que estuviesen obligados los trabajadores en virtud
de normas legales o provenientes de las convenciones colectivas de
trabajo o que resulte de su carácter de afiliados a asociaciones
profesionales de trabajadores con personería gremial, así como por
servicios sociales y demás prestaciones que otorguen dichas
entidades. En estos casos, la aceptación y conformidad del
trabajador/a cuya relación de empleo se encuentra vigente a la
fecha y las que se perfeccionen en el futuro, se expresa
tácitamente por la pertenencia a la actividad regulada por la norma
convencional. Ello te da vez que debido al efecto erga omnes de la
norma convencional la totalidad de los trabajadores/as de la
actividad se benefician con los avances y logros en las condiciones
de trabajo obtenidas por la asociación sindical negociadora. |
En
total y de acuerdo al acta, la reunión habría durado casi tres horas.
Desde las 12 del mediodía hasta las 14:47 hs. de ese martes 23 de enero
---
[1]
La Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la
Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias
(CAPHyAI) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).
[2]
BPN Nº del 15/04/23: "¡¡¡ Poniéndo
estaba la gansa !!!".
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Paritarias
2024
"El
problema no es gremial, el problema es político"
Victor
Santa María [Fotograma del video publicado en la página de Facebook
"SUTERH Trabajadores de Edificios"]
[BPN-22/02/24]
El pasado 14 de febrero Víctor Santa María, titular del SUTERH
(Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal),
expresó que el acuerdo rubricado el 23 de enero no se homologó por
problemas políticos. De hecho, afirmó que en lo que va del año ninguno
de los acuerdos paritarios anunciados en los medios fue homologado.
Desmintió
así lo publicado días después por su propio medio Página/12.
Éste en una nota detalló qué gremios lograron nuevos aumentos
y cuáles son los mejores sueldos de este año [1].
Como
ejemplo de la intransigencia del Gobierno nacional, Santa María mencionó
-sin dar mayores detalles- que el Gobierno desplazó al subsecretario de
Trabajo, Horacio Pitrau, tras haberlo hecho responsable de una
estrategia negociadora hacia Armando Cavalieri, titular del
sindicato de Comercio [2].
El
líder mercantil había pedido a la ministra de Capital Humano, Sandra
Pettovello, una aclaración sobre las cuotas solidarias,
un sistema adicional de recaudación sindical a través de los convenios
colectivos, que quedó en jaque porque el DNU estableció la limitación
de que podía cobrarse sólo si había un "consentimiento
explícito" de los trabajadores. Es de recordar que un sistema
similar se aplica al sector de la propiedad horizontal. A pesar de este
incidente el nuevo acuerdo paritario de Comercio se homologó el 2 de
febrero ( Resolución
88/24).
Retomando,
Santa María en su video dirigido a los encargados en varias oportunidades
apuntó contra quienes votaron a favor de la gestión actual y como
principal consejo señaló: "Hay que saber elegir [y] hay que saber
qué [intereses] representa cada uno". En otro pasaje pidió que no se las
agarren con el mensajero [aludiendo a sí mismo] "agarrársela con
quienes votaron [aludiendo a los funcionarios del Poder Ejecutivo] que son
los que definen las políticas de gobierno".
Por
último, sentenció: "Todo el mundo era consciente de que esto iba a
pasar así que esto es lo que está pasando".
El
titular del SUTERH se dirigió a sus afiliados mediante un video que
publicó el mencionado 14 de enero en la página de Facebook "SUTERH
Trabajadores de Edificios" [3].
Pequeñas
Noticias extractó para sus lectores los pasajes más relevantes del
video desde el minuto 15 en adelante:
Raquel :
Hay una pregunta: [sobre] las paritarias.
Víctor
Santa María: Es un tema interesante que a todos nos preocupa y
a todos nos ocupa.
En
primer lugar les quiero informar que el problema, como hoy decía
una frase "el problema no es gremial, el problema es
político".
O
sea, hay que saber votar, hay que saber elegir [y] hay qué saber que
[intereses] representa cada uno, ese es mi principal consejo.
Segundo
consejo. Nosotros hemos hecho una propuesta paritaria, tanto el
sector trabajador como el sector empleador. Con algunas diferencias
la hemos logrado consensuar en su gran mayoría. La hemos presentado
en el Ministerio de Trabajo y por ahora no hemos encontrado una
posibilidad para resolverlo y para que esto se apruebe lo más
rápido posible como pasaba en otro gobierno que era distinto a este
gobierno.
Vuelvo
a repetir estamos trabajando como siempre, traten de no agarrársela
con el mensajero sino agarrársela con quienes votaron que son los
que definen las políticas de gobierno. Siempre que hay un gobierno
peronista -por más malo que sea- las paritarias fueron resueltas a
favor de los trabajadores [...] ahora hay un gobierno distinto hay
que hace todo lo posible.
Si
a alguien se le ocurre una idea mejor para poder resolver el tema de
las paritarias por favor dígannosla que la vamos a tratar de
implementar de la mejor manera posible tratando de que se defiendan
-como siempre lo hemos hecho desde que tenemos la conducción del
Sindicato- los intereses de los trabajadores de edificios. Hemos
progresado muchísimo. Hemos sido siempre acusados de ser el gremio
que mejores paritarias tuvo, hemos sido siempre acusados porque
ganábamos mucho sueldo y las expensas subían a favor nuestro.
Todas estas cosas que Uds. seguramente conocen.
Tratemos
de mantenernos lo más unidos posibles y todo aquel compañero que
tenga alguna duda hágala saber.
[...]
Este
gobierno es un gobierno democrático elegido por la voluntad popular
de la gente. Los eligieron para hacer esto. Todo el mundo era
consciente de que esto iba a pasar así que esto es lo que está
pasando.
[...]
Uds.
verán que hay algunos anuncios de paritarias -todos ellos son
anuncios- ninguna hasta ahora, por lo menos de este año ha
sido homologado por el Ministerio de Trabajo y estamos con
esa problemática. Un Ministerio de Trabajo que pasó a ser
Secretaría de Trabajo entonces todo cuesta mucho más. Un
subsecretario de trabajo que intentó dialogar con uno de los
sindicatos lo echaron. El
problema no es gremial, el problema es político, cada uno sabe con
su voto lo que hace...
|
---
[1]
Página/12 del 19/02/24: "Paritarias
2024: qué gremios lograron nuevos aumentos y los mejores sueldos de este
año".
[2]
Infobae del 6/01/24: "Echaron
a un funcionario clave de Trabajo y se endurece la relación del Gobierno
con la CGT".
[3]
"SUTERH Trabajadores de Edificios" en Facebook del 14/02/24.
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Sueldos
Febrero de 2024
Mientras
no se homologue todo sigue igual
[BPN-22/02/24]
A la fecha aún no hay novedades sobre una nueva escala para el mes de
febrero ya que sigue vigente la de enero pasado. Hay información sobre un
nuevo acuerdo pero éste todavía no está homologado [ ver
nota].
Como
ya nos tiene acostumbrado el sindicato y los miembros paritarios del
sector, no se cuenta con la información necesaria para poder realizar los
haberes del mes de febrero.
En
resumen: se hacen con la escala vigente hoy -22 de febrero- que es la de
enero y si se homologa el acuerdo después se harán los retroactivos o se
espera y se acumula el trabajo en un mes corto. Total, ¿a quién le
importa? Al final, se trata del dinero de los encargados y de los
propietarios mientras que el trabajo y el tiempo es de otros. ¿Se
entiende, o hago un dibujito?
SMVM
En
otro orden de cosas, la resolución 4/2024 oficializó el aumento del
salario mínimo vital y móvil.
Desde
el: |
Mensualizado |
Por
hora |
1°
de febrero de 2024 |
$180.000 |
$900 |
1°
de marzo de 2024 |
$202.800 |
$1014 |
Si
bien los importes en este sector de la propiedad horizontal son superiores
al SMVM, se los tiene en cuenta a la hora de calcular embargos.
Revisar
y controlar
Febrero
2024: Varios |
1) |
Escala
salarial vigente (Res. 1522/2023 del 2 de agosto de 2023 y Res.
2291/2023) |
Enero
2024 |
2) |
Sueldo
Mínimo Vital y Móvil
(Resolución
4/2024) |
* A
partir del 1° de febrero de 2024: $ 180.000 para
todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal
completa de trabajo y $900 por hora para los trabajadores
jornalizados.
*
A partir del 1° de marzo de 2024: $202.800 para todos los
trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de
trabajo y $1014 por hora para los trabajadores jornalizados. |
3) |
Asignaciones
familiares |
A
partir del 1º de julio de 2010 la Administración Nacional de
la Seguridad Social liquidará en forma directa las
Asignaciones Familiares de los trabajadores. De esta forma, el
Estado Nacional efectúa los controles sobre las asignaciones
familiares de los trabajadores y quita a los empleadores la carga
financiera a través del pago anticipado del beneficio. |
4) |
Feriados de
Febrero: 1
( Fuente) |
Lunes
12: Carnaval
Martes
13: Carnaval
|
|
5) |
Días
no laborables de Febrero: -
( Fuente) |
No
hay
|
6) |
Formulario
931
(Res.
2407/08 y Dto. 1448/08) |
Según
la cantidad de empleados y las notificaciones de AFIP, se debe
utilizar el aplicativo "Declaración en línea", el Libro
de Sueldos Digital (LSD) o la versión vigente del SICOSS. |
Para
tener en cuenta a la hora de liquidar
Febrero
2024: Sueldos (Aportes del empleado 21.75%) |
1) |
Aporte
Jubilatorio: (Dto. 22/2007 – BO 24/1/2007) |
11% |
2) |
INSSJP
(Ley 19032) |
3% |
3) |
Aporte
sindical |
2% |
4) |
Aporte
Obra social (Obra Social 2,55% + ANSSAL 0,45%) |
3% |
5) |
Caja
de Protección a la familia |
1% |
6) |
Fondo
para la Maternidad, Vida, Desempleo y Discapacidad (FMVDD) |
1% |
7) |
Seguro
Vitalicio (Artículo 27º bis CCT 589/10) |
0,75% |
8) |
Fondo
de Educación y Comunicación (Res. 547/2023) Tope máximo $3000
descontado en abril 2023. Se aplica una vez al año en el mes que se
llevan a cabo las paritarias del sector. |
$0.- |
Y
ahora, a cargo del empleador
Febrero
2024: Contribuciones patronales = 30,75% + ART + Etc... |
1) |
Jubilación |
10,77% |
2) |
Ley
19032 / INSSJP |
1,58% |
4) |
FNE |
0,95% |
3) |
Obra
Social + ANSSAL |
6,00% |
5) |
Asignaciones
Familiares |
4,70% |
6) |
CPF
(Boletas del sindicato) |
1,50% |
7) |
FMVDD
(Boletas del sindicato) |
4,00% |
8) |
Contribución
Solidaria OS CCT
589/10 por cada trabajador mensualizado de 8 horas por día (Según
boletas sindicato enero/2023). |
$4.000 |
9) |
SERACARH
(Boletas del sindicato) |
0,50% |
10) |
Seguro
Vitalicio (Art.27º bis CCT 589/10) |
0,75% |
11) |
Valor
de la suma fija de ART - FFEP para el devengado 02/2024 (Disposición
SRT 9/2023) |
No
publicado a la fecha |
12) |
Seguro
Colectivo de Vida Obligatorio |
$78,36 |
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económicas necesito algo mejor. Realizo limpieza en oficinas y en consorcios,
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Autónoma de Buenos Aires / Buenos Aires - Correo electrónico: andre-rmm@hotmail.com
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ASISTENTE /
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(Lugano - Mataderos - Floresta - Flores - Devoto y alrededores) Amplia experiencia en consorcios (atencion/pago a
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liquidaciones - etc) Preferentemente home ofice, presencial a conversar - Nombre:
Patricia Rizzo - Llamar al teléfono: (11) 3609-4190 en el
horario de 10 a 18 hs - Localidad: CABA / Ciudad de Buenos Aires - Correo electrónico:
todocambia_@hotmail.com
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ACCABA:
Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ACAPPH:
Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal.
ACoPH:
Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).
ACRA:
Arbitros de Consumo de la República Argentina.
ADEPROH:
Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la
Propiedad Horizontal RA.
AFIP:
Administración Federal de Ingresos Públicos.
AGIP:
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.
AIERH:
Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.
AIPH:
Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal
AIPH.
APARA:
Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.
APH:
Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.
APCCRA: Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la RA.
API:
Asocición Propietarios de Inmuebles.
APIPH:
Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.
APBR:
Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.
APROPHMAR:
Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.
CAAC:
Confederación Argentina de
Administradores de Consorcios.
CABA:
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
CACCyC:
Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.
CaFACA: Cámara Federal de Administradores de Consorcios de Argentina.
CAPHBByZ:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y
Zona.
CAPHPBA:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.
CAPHyAI:
Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.
CAPRA:
Cámara de Propietarios de la República Argentina.
CASIPH:
Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.
CCT:
Convenio Colectivo de Trabajo.
CDI:
Clave de Identificación.
CECAF:
Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.
CEDDDA:
Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.
CGPC:
Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.
|
CIA:
Cámara Inmobiliaria Argentina.
COAPLA:
Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.
CEPRARA:
Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina
CUCICBA:
Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.
CUIL:
Clave Única de Identificación Laboral.
CUIT:
Clave Única de Identificación Tributaria.
FAC:
Federación Argentina de Consorcios.
FACARA:
Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina.
FAPHRA:
Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina
FATERyH:
Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.
FECIBA:
Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.
FEDECO:
Federación de Asociaciones de Consorcios.
FRA:
Fundación Reunión de Administradores.
ICI:
Instituto de Capacitación Inmobiliaria.
INADI:
Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.
IxE:
Indignados por expensas.
LCPH:
Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.
RCD:
Red de Consorcistas Damnificados.
ReDeCo:
Reafirmación de los Derechos del Consorcista.
SEARA:
Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.
SERACARH:
Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.
SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.
SUTERH:
Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.
UADI:
Unión Administradores de Inmuebles.
UCRA:
Unión de Consorcistas de la República Argentina.
UITEC:
Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.
ULAI:
Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.
UMIPH:
Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.
UPA - Unión Porteña de Administradores.
|
Boletín
de Pequeñas Noticias
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Edición
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