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Buenos
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15 de Diciembre de 2024 - Nº 790
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Paritaria
2024
Luego
de dos meses, el acuerdo de octubre sigue sin homologar
A
diferencia de lo que pasa con otros gremios, ni el gremio ni el Ejecutivo
Nacional explican las razones por las que no se homologa el acuerdo de
encargados de edificios
Santa María insiste en que la homologación no es necesaria y que los
porcentajes de aumento son otros
Las
entidades de administradores que representan a los consorcios en
paritarias guardan silencio.
[BPN-15/12/24]
Luego de más de 60 días de firmado el acuerdo y hasta el viernes 13 de
diciembre no se habría producido ninguna novedad sobre la homologación
del acuerdo que las tres entidades de administradores en nombre de los
consorcios [1] firmaron con la FATERyH [2] otorgando
un aumento en las escalas salariales del 3,8% para octubre y 3,5% para
noviembre [3]. Por otra parte, ni el SUTERH ni la CAPHyAI
publicaron en sus sitios institucionales una disposición homologatoria de
este acuerdo...
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Dra.
Victoria Loisi
"El
gremio pretende que se paguen aumentos sin homologar"
Denunció
que el gremio de los encargados de edificios pretende que se paguen los
aumentos salariales pactados con las entidades de administradores sin
estar ni homologados ni publicados por la Secretaría de Trabajo.
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Pedido
de datos del Registro Público de Administradores porteño
Unos
advierten que no es exigible, pero otros recomiendan colaborar
La
CAPHyAI advirtió que la información de consorcios y consorcistas que
pidió el RPA porteño no es exigible
Por su parte ACAPPH recomendó enviar la información al Gobierno de la
CABA para que éste pueda afrontar emergencias energéticas.
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Secretaría
de Trabajo porteña
Se
prorrogó la rúbrica por TAD para consorcios y administradores
La
directora de Relaciones del Trabajo porteña extendió el plazo para que
las PyMEs y los empleadores con hasta 9 trabajadores se adecuen al uso
obligatorio de la plataforma TAD para la rúbrica de documentación
laboral.
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Registro
Público de Administradores bonaerense
Hernández
concretó su emprendimiento con administradores
A
un mes de su anuncio, Marcos Hernández, director del RPAC bonaerense,
publicó en su canal de YouTube los programas que realizó en sociedad con
dos directivos de entidades de administradores y un empresario relacionado
con una firma dedicada a la recaudación de expensas para consorcios
Su emprendimiento mediático/comercial como funcionario causó malestar.
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Medios
Consorcios
360 cerró su 2ª temporada con su tercer premio
A
fines de noviembre el programa de radio Consorcios 360 recibió su segundo
Premio Nacional Faro de Oro en Mar del Plata
Una semana después todo el equipo lo pudo festejar durante su último
programa de la temporada 2024
Durante este año la audiencia de Consorcios 360 creció más de un 170%.
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Rosario
Buscan
promover que los inquilinos participen de las asambleas
Un
concejal rosarino de Juntos por el Cambio/PRO presentó un proyecto de
decreto que busca promover la participación de los inquilinos en las
asambleas de sus consorcios cuando se traten temas relacionadas con las
expensas comunes.
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Decreto
presidencial
En
2025 los feriados turísticos serán no laborables
Los
días no laborables son optativos para las empresas mientras que los
feriados son de descanso obligatorio
El Poder Ejecutivo tiene la facultad de determinar tres días al año como
feriados turísticos o no laborables.
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Índice
de escalas salariales de encargados de edificios
Diciembre
con números positivos gracias al bono del 20%
Aunque
hasta fines de diciembre no aparezca algún acuerdo homologado, las
escalas salariales de los encargados de edificios de este mes ganarán
contra la inflación mensual y la acumulada anual
Por otra parte, el haber mínimo de los jubilados que pagan expensas
perdió en la medición mensual e interanual a pesar del devaluado bono de
70 mil pesos.
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Rincón
Solidario
Se niega a reintegrarme lo que pagué en septiembre
por el Dra. Silvia Bercovsky
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Correo
de Opinión
Los números de noviembre y diciembre
(20/11/2024)
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Bolsa
de Trabajo
Avisos
Clasificados
OFRECIDOS
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Inspector
General de Justicia
Diana
Sevitz desmintió los dichos del Daniel Roque Vítalo
Aseguró
que durante sus 40 años de litigar, los libros rubricados por el RPI le
han servido tanto para defender los intereses de los consorcios como para
reclamar sus derechos
El titular de la IGJ había afirmado que "durante años los
consorcios no han podido hacer valer sus libros en juicio por falta de
rúbrica de los mismos, sufriendo grandes perjuicios".
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Martin
Fierro Cable 2024
Saldivia
perdió contra Flor de la V
"Consorcios
en la mira" conducido por Damián Rojo perdió contra el programa
"Quereme trans, un informe necesario" conducido por Flor de la V
en el premio Martin Fierro Cable 2024
Del programa "Consorcios en la mira" que condujo Rojo participó
su pareja, Gabriela Pilar Saldivia; la hija de ésta, Micaela Rocío
Grinberg Saldivia; Alejandra Maglietti y otros.
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Índice
General de Expensas
En
noviembre el aumento de expensas bajó levemente al 4,1%
Durante noviembre el porcentaje de aumento
de expensas bajo levemente en la
provincia de Buenos Aires, la CABA y la Argentina
El que más subió fue el de la provincia de Córdoba
Pequeñas Noticias elabora este índice sobre datos de casi 55 mil
unidades proporcionados por Administración Global.
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Trabajadores
de Edificios de Renta y Horizontal
Durante
el 3º trimestre se mantiene la caída de puestos de trabajo
Por
cuarto año consecutivo se mantiene la disminución de la cantidad de
puestos de trabajo del tercer trimestre con respecto al mismo período del
año pasado
Con ligeras variaciones, se mantiene la diferencia en las remuneraciones
entre varones y mujeres.
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Proyecto
de ley porteño
Insisten
con que el curso del SERACARH vuelva a ser anual
Un
legislador de Unión por la Patria presentó un proyecto de ley que
pretende que los consorcios de propietarios deban abonar el Curso del
SERACARH todos los años
Durante este año ese curso costó a los consorcios porteños casi 1,8
millones de dólares.
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Rincón
Solidario
¿Cómo se hace la denuncia en el RPA por este
incumplimiento?
por el Adm. Daniel Sanchez Rivera
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Rincón
Solidario
La
imposibilidad de poner a la venta la portería
por
la Dra. Diana Sevitz
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Rincón
Solidario
La limpieza de puertas y bronces
por
el Dr. Pablo Acuña
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Correo
de Lectores
El pedido de
información a los administradores
(17/11/2024)
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Gacetillas
Webinar/taller
gratuito:
Mitos y realidades de la PH II (Dras. Diana Sevitz y Silvia Bercovsky)
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Pequeñas
Noticias
Nosotros
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Paritaria
2024
Luego
de dos meses, el acuerdo de octubre sigue sin homologar
[BPN-15/12/24]
Luego de más de 60 días de firmado el acuerdo y hasta el viernes 13 de
diciembre no se habría producido ninguna novedad sobre la homologación
del acuerdo que las tres entidades de administradores en nombre de los
consorcios [1] firmaron con la FATERyH [2] otorgando
un aumento en las escalas salariales del 3,8% para octubre y 3,5% para
noviembre [3]. Por otra parte, al día de hoy, ni el SUTERH ni
la CAPHyAI publicaron en sus sitios institucionales una disposición
homologatoria de este acuerdo.
El
último movimiento importante que se habría registrado en el expediente
de homologación habría sido el Dictamen 12.555 del 2 de diciembre
en el que la asesora legal de la Dirección Nacional de Relaciones y
Regulación del Trabajo aseguró que el trámite iniciado para
homologar el acuerdo cumple con todas las exigencias que imponen la Ley y
lo eleva a la Directora Nacional "para su consideración" junto
a un "proyecto de disposición" homologatoria.
Desde
la firma del acuerdo al día de hoy transcurrieron dos meses y seis días
y desde que el dictámen se elevó a la Directora General, 13 días.
Una
pista para entender la demora
En
el marco de un conflicto gremial ente Hugo Moyano (camioneros) y el
secretario de Trabajo, Julio Cordero, el Ejecutivo explicó
claramente cómo analiza los aumentos salariales dentro de la política
macroeconómica. El sábado 14 de diciembre fuentes cercanas a Cordero
explicaron al diario La Nación: "Nosotros no ponemos topes,
las paritarias son libres. Solo pedimos responsabilidad a las partes para
no generar un espiral de precios y salarios, pero no establecemos ningún
tope", y agregaron: "Estamos todos tratando de acompañar un
modelo que logra de verdad y de una vez la fuerte baja inflacionaria y
finalmente la estabilidad total". El matutino recordó que la
Secretaría de Trabajo ya había tenido en abril una pelea con Moyano por
la homologación de su acuerdo trimestral que también superaba las
proyecciones inflacionarias [4].
El
día a día de la homolagación
Como
ya dijimos en varias oportunidades el 9 de octubre se firmó un acuerdo
salarial del 3,8% para octubre y un 3,5% para noviembre. En el acuerdo se
establece que la próxima discusión salarial será en enero por lo que
con estos dos últimos aumentos –de ser homologados- se daría por
finalizada la paritaria 2024.
Ese
mismo día (9/10/24) se presentó en la Secretaría de Trabajo para
homologar.
El
18 de octubre sus signatarios ratifican el acuerdo.
El
22 de octubre un analista técnico de la Secretaría de Trabajo señaló
que corresponde que la Asesoría Técnico Legal tome conocimiento a los
efectos de indicar la tramitación a seguir.
El
23 de octubre Víctor Santa María –titular del SUTERH y la FATERyH-
comunicó que se firmó un acuerdo por un valor distinto al presentado
para homologar. Informó que fueron de un 4,2% para octubre
y un 3,8% para noviembre. Una diferencia de más de 0,4
puntos porcentuales para octubre y 0,3 puntos porcentuales para noviembre
[ video
original]. Esto generó
desconcierto porque abrió la posibilidad de que se haya presentado otro
acuerdo para homologar por otros valores.
El
6 de noviembre Santa María nuevamente habló con sus afiliados por su
canal en YouTube SUTERH OSPERyH y señaló: "en general hemos
establecido en las paritarias de principios de año es que cuando hay un
aumento salarial y el aumento salarial no tiene la respectiva
homologación por parte de la Secretaría de Trabajo lo que se hace es que
se aplica a cuenta de futuros aumentos" y agregó que la
homologación puede tardar entre 30 a 40 días. A pesar de que el canal tiene
más de 5 mil suscriptos, el video tuvo 367 vistas y 15 me gusta [ video
original].
El
20 de noviembre Santa María reiteró sus dichos del video anterior: que
la homologación no hace falta, que los aumentos fueron del 4,2% para
octubre y 3,8% para noviembre. Aclaró que superó ampliamente la
inflación de esos meses y que los consorcios deben pagar lo acordado
"a cuenta de futuros aumentos" hasta que se homologue. El video
tuvo 298 vistas y 13 me gusta [ ver
video].
El
2 de diciembre se habría emitido un dictamen "positivo" de la
asesora legal y se espera la decisión de la Directora General
---
[1]
La Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la
Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias
(CAPHyAI) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).
[2]
FATERyH: Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y
Horizontal.
[3]
BPN Nº 786 del 115/0/24: "La
CAPHyAI anunció la firma de un nuevo acuerdo".
[4]
La Nación del 14/12/24: "Hugo
Moyano amenazó con un paro de camioneros y denunció al Gobierno de
entrometerse en las paritarias".
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Dra.
Victoria Loisi
"El
gremio pretende que se paguen aumentos sin homologar"
Dra.
Victoria Loisi miembro de la Fundación Liga del Consorcista [Foto archivo
Pequeñas Noticias]
[BPN-15/12/24]
El pasado 10 de diciembre la Dra. Victoria Loisi miembro de la Fundación
Liga del Consorcista, denunció que el gremio de los encargados de
edificios pretende que se paguen los aumentos salariales pactados con las
tres entidades de administradores que representan a los consorcios en
paritarias (la CAPHyAI, el AIERH y la UADI [1])
sin estar ni homologados ni publicados por la Secretaría de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social.
En
una entrevista concedida a Clarín la abogada afirmó: "La
novedad es que el gremio pretende que se paguen los aumentos sin estar
homologados ni publicados por la Secretaría de Trabajo", y agregó:
"Es una permanente zozobra para los propietarios e inquilinos, ya que
no solamente los aumentos se han tornado mensuales, sin tener en
consideración la inflación, sino que dependemos virtualmente de los que
‘anuncia’ el gremio sin aval legal".
Finalmente
explicó: "Si no se homologa, el gremio pretende que los aumentos se
paguen igual, ‘a cuenta’, lo cual es ilegal".
Es
de recordar
En
los últimos acuerdos paritarios, sus signatarios –tanto los que
representan a los consorcios como al gremio- reiteradamente expresaron:
...las
partes manifiestan que someten el presente acuerdo al acto de
homologación de la autoridad administrativa. Asimismo, si al
vencimiento del plazo de pago de las remuneraciones del mes de [xxx]
aún no se dicta el acto de homologación, convienen que el
pago de la remuneración se deberá realizar bajo el concepto
"a cuenta del acuerdo paritario" y según las
escalas salariales a publicarse en la página web de la Asociación
Sindical. |
Como
detalle de color, en cada acuerdo se copia y pega este párrafo cambiando
el mes al que hace referencia aunque hay veces que se olvidan y dejan el
mes del acuerdo anterior. Sin embargo, lo importante es que si el acuerdo
no se homologa no es de cumplimiento obligatorio en su totalidad
incluido el párrafo subrayado por la redacción de este medio.
Es
de recordar que el concepto de negociaciones paritarias tiene su base en
tres patas con intereses diferentes y perfectamente definidos.
Por
un lado, los trabajadores y los empleadores enfrentados porque –simplificando-
uno quiere cobrar más y el otro pagar menos. Por último, -como el fiel
de la balanza- el Estado que garantiza la legalidad de lo negociado y lo
convierte en ley obligatoria para el universo de empleadores y
trabajadores representado por esos miembros paritarios. Se reitera que sólo
el Estado puede convertirlo en una ley obligatoria.
Si
el Estado no garantiza que lo acordado es legal (mediante la
homologación) nada de lo acordado es obligatorio, incluidos aquellos
párrafos que se redactaron para el caso de no ser homologados
---
[1]
La Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias
(CAPHyAI), la Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal
(AIERH) y la Unión Administradores de Inmuebles (UADI).
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Pedido
de datos del Registro Público de Administradores porteño
Unos
advierten que no es exigible, pero otros recomiendan colaborar
Sede
de la la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades
Inmobiliarias [Foto archivo Pequeñas Noticias]
[BPN-15/12/24]
El pasado 21 de noviembre la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal
y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI) aclaró que la
"solicitud" de datos de los edificios que administran y ciertas
características de sus habitantes que el Registro Público de
Administradores (RPA) porteño realizó a sus registrados
"no surge de una normativa vigente por lo cual no es exigible la
obligación de cumplir con el mismo".
Por
su parte el 20 de noviembre otra entidad de administradores, la Asociación
Civil Administradores Profesionales de la Propiedad Horizontal (ACAPPH),
explicó que "en las últimas décadas nos encontramos ante un
crecimiento demográfico y falta de inversión de diferentes gobiernos y
empresas responsables de los servicios públicos, provocando una escasez
energética. Por tal motivo, es muy probable que estemos ante numerosos
cortes energéticos, ya que las líneas de transporte de energía no
tienen más capacidad, están saturadas, ya que no se han construido
nuevas y además hay centrales de generación de energía fuera de
servicio por falta de mantenimiento".
Agregó
que "de la energía eléctrica dependen casi todos los servicios en
general: la seguridad de personas y bienes, la conservación de alimentos
y medicamentos, servicios de agua, entre otros. En efecto, la finalidad
del email que hemos recibido es poder colaborar y facilitarle la
información requerida al Gobierno de la Ciudad, ante alguna emergencia o
imprevisto de consideración en un consorcio, especialmente cuando se
requieren de equipos que deban generar energía o algún tipo de movilidad
para una persona con discapacidad o adulta mayor".
En
síntesis, explicó que "será primordial para ayudar ante un suceso o
situación imprevista que requiera de atención inmediata" y
recomendó enviar la información al Gobierno de la CABA para que
"puedan reunir la información para armar la base de datos, antes del
comienzo de diciembre, en donde se esperan altas temperaturas y,
probablemente, los primeros cortes energéticos".
Antecedentes
Es
de recordar que el 15 de noviembre, el RPA porteño envió a sus casi 10
mil registrados una "solicitud" de datos de los edificios que
administran y ciertas características de sus habitantes. Les otorgó a
los mandatarios un plazo de 5 días hábiles para proporcionar la
información.
Los
datos solicitados fueron:
1.-
Dirección de edificio.
2.-
Cantidad de pisos.
3.-
Cantidad de departamentos por piso.
4.-
Indique si hay personas con discapacidad, en su caso indique cuantas.
5.-
Indique si hay personas electrodependientes, en su caso indique cuantas.
6.-
Indique si hay personas adultas mayores (60 años o más), en su caso
cuantos.
7.-
Indique si el edificio cuenta con gas natural y electricidad.
8.-
Indique si el edificio cuenta con generador propio de electricidad, en su
caso de qué tipo, y cuantos Watts aporta.
9.-
Indique si el edificio tiene encargado permanente o temporal, en su caso
indique horario de atención de los encargados o responsables con llave de
lugares sensibles (tanque de agua, tableros, etc.) [1]
---
[1]
BPN Nº 788 del 15/11/24: "Ahora
piden a los administradores datos de los consorcios".
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Secretaría
de Trabajo porteña
Se
prorrogó la rúbrica por TAD para consorcios y administradores
[BPN-15/12/24]
El pasado 6 de diciembre la directora general de Relaciones del Trabajo
porteña, Claudia Testa, extendió hasta el 1° de abril del año
que viene el plazo para que las PyMEs y los empleadores con hasta 9
trabajadores se adecuen al uso obligatorio de la plataforma TAD para la
rúbrica de documentación laboral.
Es
de recordar que esta medida afecta a prácticamente a todos los
consorcios y a la mayor parte de los administradores
que cuenten con menos de 10 empleados o cuenten con certificado Mi PyME.
Testa
justificó su medida argumentando: "En virtud de las diversas
presentaciones y consultas efectuadas por los empleadores alcanzados por
la mencionada resolución poniendo de manifiesto la necesidad de contar
con un plazo adicional al estipulado por la misma y contemplando las
dificultades que conlleva la adaptación a los procesos de innovación se
estima conveniente prorrogar el plazo establecido para adherirse al
mencionado sistema".
Finalmente,
ordenó: "Prorrogar el plazo límite para adecuarse al sistema
establecido en el Artículo 3° de la Resolución 803-SECTE/2024 [1]
hasta el día 1º de abril de 2025, aplicable al libro correspondiente al
período marzo de 2025".
La
prórroga la ordenó mediante la disposición 2.357 que se publicó en el
Boletín Oficial del 10 de diciembre de 2024 y que consta de dos
artículos de los cuales uno es de forma [ texto
original]
---
[1]
BPN Nº 788 del 15/11/24: "Consorcios
y administradores deberán rubricar los libros por TAD".
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Inspector
General de Justicia
Diana
Sevitz desmintió los dichos del Daniel Roque Vítalo
Dra.
Diana Sevitz [Foto Pequeñas Noticias]
[BPN-15/12/24]
El pasado 29 de noviembre la Dra. Diana Sevitz desmintió las
palabras del Inspector General de Justicia (IGJ), Daniel
Roque Vítalo, que había afirmado que "durante años los
consorcios no han podido hacer valer sus libros en juicio por falta de
rúbrica de los mismos, sufriendo grandes perjuicios en juicios laborales,
civiles y comerciales".
La
especialista en propiedad horizontal que es autora, coautora y
colaboradora de una docena de libros jurídicos sobre el tema afirmó
terminantemente: "De ninguna manera, yo tengo 40 años de litigar y
estos libros [rubricados por el Registro de la Propiedad Inmueble]
me han servido para defender los intereses de los consorcios o para
reclamar", y agregó que desde la sanción de la Ley de Propiedad
Horizontal –la vieja Ley 13.512- hace 76 años no ha habido dificultades
para hacer valer en juicio estos libros tanto en sede civil, laboral o
comercial.
La
abogada cuestionó también los beneficios que pudiera traer a los
consorcios: "Beneficios no creo que traiga ninguno" porque el
Registro de la Propiedad Inmueble estaba perfectamente habilitado y no
había problemas. Yo no tengo antecedentes que algún libro no se haya
podido hacer valer, así que me parece que -como siempre- "se exagera
un poco".
Sevitz
respondió así desde el programa Consorcios 360 [1] que
se emitió por AM 1010 Onda Latina a los dichos de Vítalo en el
marco de una entrevista concedida al programa de televisión "Consorcio,
el programa del Dr. Awad" que de emite por Canal E del Grupo
Perfil.
En
otra entrevista concedida al medio oficial Argentina.gob.ar el
titular de la IGJ reiteró estos conceptos y amplió: "el dictado de
la Resolución General IGJ 15/2024 es un hito que -entre
otros muchos avances- pone en ejecución una norma dictada en el año 2015
e incorporada al Código Civil y Comercial de la Nación (CCyCN)
a la cual gobiernos anteriores desatendieron en forma absoluta. Los
consorcios de propiedad horizontal, según el artículo 148º del CCyCN,
son personas jurídicas privadas y tienen obligación de llevar una
contabilidad regular, exigiéndose que lleven libros rubricados
ante el Registro Público de su domicilio, lo que han conseguido gracias a
la actual gestión de IGJ.
Agregó
también: "A partir del 1º de noviembre pasado esa pesadilla
ha terminado, porque la IGJ rubricará mediante un trámite
sencillo y económico, libros contables y de funcionamiento de dichos
consorcios, gracias a un convenio celebrado con el Registro de la
Propiedad Inmueble de la Capital Federal habiendo comenzado el proceso
inscriptorio que es voluntario, con la inscripción del
primer consorcio" [2]
---
[1]
Consorcios 360 del 29/11/24
[2]
Argentinas.gob.ar del 26/11/24: "Libros
rubricados para Consorcios de Propietarios".
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Registro
Público de Administradores bonaerense
Hernández
concretó su emprendimiento con administradores
Marcos
Hernández entre un administrador al que entrevistó (izq.) y Bernardo
Giles (der.) [Fotograma de @consorciandotv]
[BPN-15/12/24]
El pasado 13 de noviembre el Dr. Marcos Hernández, director del Registro
Público de Administradores bonaerense (RPAC), publicó en el
canal de YouTube @consorciandotv el primer programa que realizó en
sociedad con dos directivos de entidades de administradores y un
empresario relacionado con una dedicada a la recaudación de expensas para
consorcios.
Según
las redes sociales de Hernández, el programa había sido grabado un mes
antes [1] y por razones que se desconocen demoró su
publicación aunque seis días después de publicado ese piloto –el 19
de noviembre- publicó un segundo video.
Comparten
la conducción del programa Marcos Hernández, el funcionario
responsable del cumplimiento de la Ley 14.701 (Registro Público de
Administradores bonaerense); Bernardo Giles, administrador
registrado y secretario general de la Cámara de Administradores de
Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires; Leonardo
Ríos Lovera, contador y presidente de la Cámara de
Administradores y Complejos Urbanísticos de la Provincia de Buenos Aires;
y Fabián Beuchel, empresario relacionado con una plataforma de
recaudación de expensas.
O
sea que quien fuera encomendado por el Ejecutivo provincial para
fiscalizar la registración de los administradores, su cumplimiento de la
Ley 14.701 y la toma de denuncias de los consorcistas se reunió en un
emprendimiento mediático/comercial con dos directivos de entidades que
representan los intereses de los administradores, esos mismos a quienes
debe fiscalizar.
Los
programas
Al
momento de confeccionar esta nota [2] el primer video de
Hernández y compañía había cosechado 364 vistas, 12 "me
gusta" y 4 comentarios de diferentes usuarios dirigidos al director
del RPAC en términos muy duros y negativos [ ver
video].
El
segundo programa tuvo un leve descenso en la cantidad de vistas (300) y en
los "me gusta" (11) y de los siete comentarios cosechados dos
usuarios se expresaron en forma negativa, dos realizaron preguntas
técnicas y uno elogió los comentarios del consorcista invitado [ ver
video].
Su
canal de YouTube tiene 115 suscriptos
---
[1]
BPN Nº 786 del 15/10/24: "Hernández
comenzó un emprendimiento junto a administradores".
[2]
05/12/2024.
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Martin
Fierro Cable 2024
Saldivia
perdió a manos de Flor de la V
Fotograma
de la serie "Quereme trans, un informe necesario" conducido por
Flor de la V
[BPN-15/12/24]
El pasado 1º de diciembre el programa "Consorcios en la mira"
que fuera conducido por Damián Rojo perdió contra el programa
"Quereme trans, un informe necesario" conducido por Flor
de la V en la categoría "De servicio" del premio Martin
Fierro Cable 2024. Del programa conducido por Rojo participó su
pareja, la sindicalista Gabriela Pilar Saldivia; la hija de ésta, Micaela
Rocío Grinberg Saldivia; Alejandra Maglietti y otros.
El
programa "Consorcios en la mira" pudo participar del premio Martin Fierro
Cable 2024 porque esta edición incluyó también los programas emitidos
durante el 2022 y ese programa se emitió desde el 5 de marzo de 2022
hasta diciembre de ese mismo año [*].
El
26 de noviembre Rojo había comunicado por su cuenta de Instagram:
"Qué alegría! Estamos ternados para los
#MartinFierroCable x @consorciosenlamira un hermoso programa de servicios
emitido x #CanalMetro", y agregó agradecimientos para quienes fueran
sus compañeros "x el profesionalismo y la buena onda para trabajar y
compartir un espacio que fue increíble!".
Si
bien Rojo usó la expresión coloquial "ternados" (tres
candidatos) en realidad -en este caso y tratándose de dos años juntos-
los nominados fueron cuatro.
Ventura
no perdona
Aunque
no necesariamente los hechos puedan estar relacionado es oportuno recordar
que a fines de enero el medio digital "El trece tv"
informó que el programa "Socios del espectáculo" había
comentado a Luis Ventura que en una entrevista a Damián Rojo éste
se había lamentado: "Luis no me quiere mucho, no sé por qué".
El
comentario había sido hecho para que Ventura sienta la necesidad de
aclarar: "Sí, porque sacó fotos en una cocina en un momento donde
nosotros estábamos haciendo una remodelación y él hizo fotos de eso
para justamente sacar la ventaja y entregárselo a alguien que no quiera a
la entidad, no quiere el premio que, en ese momento, era su jefe, Jorge
Rial".
Y
para mayor claridad agregó: "Privilegió a su jefe por sobre la
entidad y me parece que no corresponde. A él se lo ayudó mucho, pero no
siempre jugó a favor de la entidad".
En
la bajada informativa "El trece tv" explicó que "Luis
Ventura no perdona ni olvida los golpes bajos que recibe de parte de sus
colegas en el periodismo. De hecho, lo acaba de confirmar en 'Socios del
espectáculo' al hablar de Damián Rojo, de quien está enemistado luego de
que sacara una polémica foto que no le perdona".
El
hecho hubiera sido intrascendente si no fuera que actualmente
Ventura es el presidente de APTRA que es precisamente la entidad que
organiza los premios Martín Fierro. Sin embargo, como ya dijimos, puede
ser que no necesariamente ambos hechos estén relacionados.
"Quereme
trans, un informe necesario"
Fue
una serie que -con la excelente conducción de Flor de la V y mucho
trabajo de producción- se propuso visibilizar algunas de las
problemáticas centrales que atravesaron, y atraviesan, las personas
trans. Según el Canal Encuentro estas son las infancias, la educación,
la salud, el trabajo, el deporte, las vejeces y sus formas de lucha para
combatir la violencia y conquistar derechos, con información precisa y
claridad conceptual.
Explicaron
que se buscó comprender las complejidades a las que está expuesto este
grupo social, al que consideran uno de los más vulnerados en sus
derechos.
Se
estrenó el 2 de mayo de 2022, se extendió durante 10 capítulos y su
director fue Pablo Destito.
"Lo
justo y necesario"
Participaron
también en esa categoría los programas "Lo justo y necesario"
(A24) y Fenómenos (TN). Un poco de información
sobre los programas contra los que compitió Saldivia y sus compañeros.
Lo
justo y necesario es uno de los programas de seguridad y previsión social
más relevante de la televisión argentina y se emite ininterrumpidamente
desde hace más de 20 años. Fue premiado por APTRA con el Martín Fierro
en repetidas oportunidades como "Mejor Programa de Seguridad
Social" y distinguido por el Ministerio de Salud de la Nación
por su compromiso con la difusión y comunicación de temas médicos de
importancia general. Su conductora es la Lic. Clara Salguero,
distinguida en tres oportunidades (1998, 2006 y 2012) por el Gobierno de
la Ciudad de Buenos Aires debido a su incansable labor profesional.
"Fenómenos"
Es
un programa que cubre lo más importantes fenómenos meteorológicos.
Mostró en detalle momentos como el huracán Irma en Miami, el eclipse
lunar en Japón, el huracán María en Puerto Rico o la visita a la Base
Marambio en la Antártida, entre otros.
Es
conducido en el lugar de los hechos por José Bianco y Matías
Bertolotti y en el piso por Matías Bertolotti. En resumen es
un programa que permite vivir los fenómenos climáticos más impactantes
de una forma novedosa y diferente.
Gabriela
Pilar Saldivia
Es
de recordar que Saldivia tiene una extensa trayectoria en la historia
reciente de la propiedad horizontal: durante muchos años fue
administradora de consorcios, en 2008 fue candidata a la presidencia de la
CAPHyAI (Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades
Inmobiliarias) [1], desde septiembre de 2009 hasta febrero
de 2017 fue coordinadora del Registro Público de Administradores
de la CABA (RPA) [2], desde enero de 2016 es secretaria
general de SEARA (Sindicato Empleados de Administradoras de la
República Argentina) [3], en agosto de 2017 participó
como panelista del programa "Reunión de consorcios TV"
hasta mayo de 2020 momento en que renunció y ese mismo año se
comprometió con Damián Rojo que era el conductor de ese programa
[4]
---
[*]
BPN Nº 724 del 15/03/22: "Consorcios
en la mira".
[1]
BPN Nº 360 del 22/10/08: "Nuevamente
podrían confrontar dos listas".
[2]
BPN Nº 387 del 7/10/09: "Dejó
de administrar para hacerse cargo del RPA".
[3]
BPN Nº 579 del 23/06/16: "Gabriela
Pilar Saldivia es la titular de SEARA".
[4]
BPN Nº 694 del 15/12/20: "Gabriela
Pilar Saldivia vive una historia de amor con Damián Rojo".
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Medios
Consorcios
360 cerró su 2ª temporada con su tercer premio
El
equipo de Consorcios 360 festeja en el estudio su tercer premio [Foto
Pequeñas Noticias]
[BPN-15/12/24]
El pasado 23 de noviembre el programa de radio Consorcios 360
recibió en Mar del Plata su segundo Premio Nacional Faro de Oro en
el rubro periodístico (propiedad horizontal). La gala llenó por completo
el teatro Mélany en la calle San Luís 1.750 de esa ciudad
balnearia.
En
representación de todo el equipo recibieron el premio Claudio García
de Rivas (periodista), Silvia Bercovsky (abogada de
consorcistas) y estuvo presente Mariú Cáceres Quinde (asistente
de producción).
García
de Rivas agradeció al matrimonio de Alfredo Oteman y Olga
Vázquez –organizadores del premio- por la distinción y dedicó el
premio a su audiencia y sus compañeros de equipo, sobre todo a aquellos
que no pudieron asistir: Daniel Sánchez Rivera (administrador), Andrés
Zulberti (consorcista) y la Dra. Diana Sevitz (abogada de
administradores) que se encuentra en el exterior del país.
Silvia
Bercovsky y Claudio García de Rivas durante la ceremonia de entrega de
premios en Mar del Plata [Foto Pequeñas Noticias]
Brindó
también especiales palabras de reconocimiento para sus anunciantes –en
especial para Omar Ferreiro de ECOMAX- que con su apoyo
concreto contribuyeron a desarrollar una comunidad consorcial más y mejor
informada.
Es
el tercer premio que el programa Consorcios 360 cosecha en sus dos
años de vida, el primero fue el Premio Nacional Faro de Oro 2023
[1] y el segundo el Premio Raíces 2024 [2].
Días
después, el viernes 29 de noviembre, el equipo de Consorcios 360
festejó el premio logrado durante el último programa de su segunda
temporada al aire.
Los
números de Consorcios 360
Durante
el 2024 el programa Consorcios 360 en su canal de YouTube creció
significativamente en cantidad de audiencia (+176%), en cantidad de
comentarios (+425%) y en cantidad de "me gusta cosechados"
(+215%).
Lo
único que descendió fue la cantidad de invitados al piso. En 2023 se
realizaron 25 entrevistas mientras que durante 2024 se redujeron a sólo
16. Sin embargo, esos invitados –que representaron a todo el abanico que
compone la comunidad consorcial- fueron claves para entender la coyuntura
periodística de cada momento.
Como
novedad, la producción del programa comenzó a intercalar en sus informes
videos, fotos y gráficos para ilustrar los diferentes temas de actualidad
o informes especiales que abordó el equipo.
Durante
este año su segunda temporada sus 40 programas que tuvieron 94.344 vistas
a un promedio de 2.359 vistas por programa lo que lo consolidó como el
programa más visto sobre propiedad horizontal del año. Esos programas
cosecharon 1.425 "me gusta" y 168 comentarios
---
[1]
BPN Nº 764 del 15/11/23: "Consorcios
360 trajo a casa el premio Faro de Oro".
[2]
BPN Nº 782 del 15/08/24: "Consorcios
360 ganó el Premio Raíces".
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Índice
General de Expensas
En
noviembre el aumento de expensas bajó levemente al 4,1%
[BPN-15/12/24]
Durante el mes de noviembre el porcentaje de aumento de expensas tanto de la
provincia de Buenos Aires, de la CABA como de la Nación descendieron
levemente con respecto al mes anterior.
Provincia |
octubre/2024 |
noviembre/2024 |
Córdoba |
3,6
% |
13,0
% |
CABA |
4,5
% |
4,3
% |
Argentina |
4,6
% |
4,1
% |
Entre
Ríos |
13,3
% |
0,1
% |
Buenos
Aires |
0,1
% |
-0,3
% |
Por
otra parte, el porcentaje de las expensas de Córdoba subió un 13% (+9,4
pp) luego de un promedio de 6,7% mensual durante el último semestre.
En
Argentina
Entrando
en detalles, durante el mes de noviembre el valor promedio de las expensas
que pagaron buena parte de los argentinos subió un 4,1% mientras que en
octubre había sido de un 4,6%.
En
el penúltimo mes del año el promedio general fue de más de 200 mil
pesos (201.693). La expensa mínima promedio subió a 99.767 pesos (+8,6%)
y la máxima promedio de 368.180 pesos (+3,8%).
Cuando
se clasifica los consorcios por la cantidad de unidades que lo componen se
observa que en la mayoría de los casos los consorcios más chicos
pagan expensas más caras.
En
la siguiente tabla se clasificó a los edificios en chicos y medianos
(hasta 30 unidades), grandes (de 30 a 80 unidades) y torres (más de 80
unidades).
UF
(Min) |
UF
(Max) |
Cantidad |
% |
Expensas
$ |
2 |
30 |
1.265 |
70,2
% |
226.055 |
31 |
80 |
440 |
24,4
% |
141.960 |
81 |
400 |
98 |
5,4
% |
155.406 |
Total |
|
1.803 |
100,0
% |
174.474 |
De
esta forma se puede apreciar claramente que más del 70% de los consorcios
muestreados son chicos y en noviembre pagaron en promedio más de 226 mil
pesos mientras que los edificios grandes y torres pagaron un 62,8% y 68,2%
de ese importe. O sea –redondeando- 142 y 155 mil pesos de expensas
respectivamente.
La
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Por
otra parte, durante el undécimo mes del año el promedio de las expensas
de la CABA fue de 243.413 pesos (+4,3%) con una expensa mínima promedio
de 120.227 pesos (+9,4%) y una máxima promedio de 441.502 pesos (+4,6%).
Como ya se adelantó, también en este caso el porcentaje de aumento de
expensas subió +4,3 puntos porcentuales mientras que en octubre fue de un
4,5%.
Se
puede observar que en noviembre se redujo por tercer mes consecutivo la
brecha que existe entre la expensa promedio mínima y la máxima, y se
situó en 3,7 veces.
Las
provincias
De
la comparación de las expensas de noviembre de la CABA con respecto a
otras tres provincias se puede apreciar que el mayor aumento de expensas
fue en la provincia de Córdoba con un 13%, le siguen las de CABA con
un 4,3%, las de Entre Ríos con un 0,1% y las de la provincia de Buenos
Aires fueron negativas con un 0,3%.
Las
expensas más caras de las provincias medidas son las de CABA. Tomando
éstas como referencia (100%), las de la provincia de Buenos Aires fueron
un 40,5% menores, las de la provincia de Córdoba un 33,8% menores y las
de Entre Ríos un 22% menores.
Jurisdicción |
Expensa
$ |
Incremento |
Buenos
Aires |
98.537 |
-0,3% |
CABA |
243.413 |
4,3% |
Córdoba |
82.307 |
13,0% |
Entre
Ríos |
53.624 |
0,1% |
¿Cuánta
plata mueven los consorcios?
Si
multiplicamos el promedio de expensas de cada edificio por la cantidad de
unidades funcionales que tiene podemos saber el gasto total del total de
cada consorcio y si los segmentamos por la cantidad de unidades que cada
uno tiene podemos saber cuánto gastó en noviembre en total cada
consorcio para mantenerse según su tamaño.
GASTO
PROMEDIO POR EDIFICIO |
UF
(Min) |
UF
(Max) |
Cantidad |
Por
Edificio $ |
Por
Edificio u$s |
2 |
30 |
1.265 |
3.249.300 |
2.895 |
31 |
80 |
440 |
6.457.535 |
5.753 |
81 |
400 |
98 |
21.193.053 |
18.880 |
Total |
|
1.803 |
|
|
O
sea que mantener un consorcio chico (menos de 30 unidades) en noviembre
costó en promedio 3,2 millones de pesos, uno mediano (menos de 80
unidades) más de 6 millones de pesos y uno grande (más de 80 unidades)
más de 21 millones de pesos.
Los
datos
Este
es resultado de un trabajo realizado por Pequeñas Noticias sobre
datos proporcionados por la empresa informática Administración Global
bajo la dirección del Dr. Pablo Acuña.
Detalle |
Cantidad |
Consorcios |
1.803 |
Departamentos |
47.179 |
Complementarios |
6.853 |
Total
unidades: |
54.032 |
Expensas
promedio (mínimo): |
99.767 |
Expensas
promedio (máximo): |
368.180 |
Expensa
promedio: |
201.693 |
Para
hacer este estudio se analizaron datos de más de 47 mil unidades
funcionales (departamentos) y casi 7 mil cocheras y bauleras repartidas en
cuatro provincias de las cuales el 70% están en CABA, el 28,4% en
provincia de Buenos Aires y el resto en Entre Ríos y Córdoba
|
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Rosario
Buscan
promover que los inquilinos participen de las asambleas
[BPN-15/12/24]
El pasado 28 de noviembre el concejal rosarino Agapito Blanco (Juntos
por el Cambio/PRO) presentó un proyecto de decreto que encomienda al
Poder Ejecutivo local que suscriba un convenio con el Colegio de
Corredores de Rosario para que se busquen modos de incentivar a los
propietarios para que se autorice a los inquilinos a participar de las
asambleas de sus consorcios cuando se traten asuntos relacionados con las
expensas comunes. Los inquilinos quedarán exceptuados de participar
cuando se discutan temas relacionados con las expensas extraordinarias.
Textualmente
–de ser aprobado- ordenará:
Encomiéndese
al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un convenio con el
Colegio de Corredores a los fines de que se incentive a los
propietarios a autorizar a sus locatarios a representarlos en la
defensa de los intereses mutuos ante la asamblea de consorcistas,
cuando se trate de decisión se trate de asuntos relacionados con
las expensas comunes y no así las extraordinarias. |
El
proyecto ingresó por mesa de entrada con el número de expediente
273.541, letra "P" y consta de dos artículos de los cuales uno
es de forma [ texto
original].
Los
fundamentos
El
concejal explicó que el artículo 1.209 del Código Civil y Comercial
de la Nación (CCyC) establece que "el locatario tiene a
su cargo el pago de las cargas y contribuciones que se originan en el
destino que dé a la cosa locada. No tiene a su cargo el pago de las que
graven la cosa ni las expensas comunes extraordinarias.
Agregó
que sólo puede establecerse que estén a cargo del locatario aquellas
expensas que deriven de gastos habituales, entendiéndose por tales
aquellos que se vinculan a los servicios normales y permanentes a
disposición del locatario, independientemente de que sean considerados
como expensas comunes ordinarias o extraordinarias.
Señalo
que pese a tener a su cargo esta obligación, los locatarios no tienen
derecho de voto en las asambleas de los consorcios donde se toman las
decisiones que tienen incidencia en las expensas que los mismos tienen la
obligación de abonar.
Resumió
finalmente la razón de su proyecto es porque "ocurre frecuentemente
que los propietarios de las unidades no concurren a las reuniones de las
asambleas de consorcistas, quedando sus intereses y el de sus inquilinos
sin la debida representación"
|
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Trabajadores
de Edificios de Renta y Horizontal
Durante
el 3º trimestre se mantiene la caída de puestos de trabajo
[BPN-15/12/24]
Durante el tercer trimestre de este año disminuyó en un -3,77% la
cantidad de puestos de trabajo del sector de la propiedad horizontal con
respecto al mismo período del año pasado. Por otra parte, el ingreso
promedio mensual del trimestre aumentó un 199,75%.
Evolución
de Puestos de Trabajo del
3º trimestre |
Año |
Puestos |
Variación |
2014 |
48.987 |
|
2015 |
49.799 |
1,66 |
2016 |
54.817 |
10,08 |
2017 |
54.509 |
-0,56 |
2018 |
54.354 |
-0,28 |
2019 |
55.358 |
1,85 |
2020 |
55.728 |
0,67 |
2021 |
55.627 |
-0,18 |
2022 |
55.272 |
-0,64 |
2023 |
53.895 |
-2,49 |
2024 |
51.864 |
-3,77 |
En
promedio, desde julio hasta septiembre del 2024, hubo 2.031 puestos de
trabajo menos que durante el mismo periodo del 2023.
Desagregando
por género, los varones fueron los más perjudicados, perdieron 1.406
(-3,61%) puestos de trabajo durante ese tercer trimestre mientras que las
mujeres sólo 625 (-4,18%) puestos. En total suman los ya mencionados
2.031 puestos de trabajo menos para el período.
Durante
los primeros 9 meses del año la relación porcentual de puestos de
trabajo de varones y mujeres aumentó levemente a favor de los varones.
|
Puestos |
Varones |
72,12
% |
Mujeres |
27,88
% |
Total |
100
% |
Por
último, durante este tercer trimestre del año el nivel de empleo en el
sector de la propiedad horizontal fue inferior al del 2016 aunque superior
al del 2015.
Las
remuneraciones
Durante
el tercer trimestre de 2024 la remuneración promedio informada por el
Ministerio de Trabajo subió de 258.484 pesos mensuales a 774.793 pesos
(199,75%) con respecto al mismo período del año pasado.
Remuneración
promedio del
3º trimestre |
Año |
Trimestre |
Variación |
2014 |
|
|
2015 |
|
|
2016 |
|
|
2017 |
20.442 |
|
2018 |
25.134 |
22,95
% |
2019 |
41.830 |
66,43
% |
2020 |
55.772 |
33,33
% |
2021 |
69.787 |
25,13
% |
2022 |
116.060 |
66,31
% |
2023 |
258.484 |
122,72
% |
2024 |
774.793 |
199,75
% |
Este
año, de julio a septiembre, el promedio de ingreso de un encargado varón
fue de 964.512 pesos mensuales y el de una mujer 585.074 pesos. En
comparación, durante el mismo período del año pasado el ingreso
promedio de un varón fue de 322.071 pesos mensuales y de una mujer
194.897 pesos.
Más
en detalle, el incremento promedio de los varones con
respecto al tercer trimestre del año pasado fue de 642.441 pesos
mensuales (199,47%) mientras que el de las mujeres fue de 390.177 pesos
(200,20%).
|
Remuneración |
Varones |
100
% |
Mujeres |
60,13
% |
El
ingreso promedio de una trabajadora se mantiene en el 60,13% del de un
trabajador. Sin embargo, como las escalas salariales del sector no
discriminan entre varones y mujeres –o sea que a igual función y
categoría igual remuneración- quedará por investigar las causas de
estas diferencias.
La
fuente
Para
confeccionar este trabajo se tomó en cuenta a los trabajadores alcanzado
por los Convenios Colectivos de Trabajo 589/10 590/10 y no
contemplan al personal de las empresas de limpieza.
La
fuente de los datos fue el Observatorio de Empleo y Dinámica
Empresarial (OEDE) que depende de la Dirección General de
Estudios y Estadísticas Laborales (DGEyEL) cuyo superior
directo es la Subsecretaría de Políticas, Estadísticas y Estudios
Laborales (SSPTyEL) del Ministerio de Trabajo de la Nación.
Según
su sitio web el OEDE es un sistema de información construido a partir de
la vinculación de diversos registros administrativos adaptados para usos
estadísticos. Su objetivo es elaborar un conjunto de indicadores para el
análisis estructural y dinámico del empleo y de las empresas, orientado
a la toma de decisiones.
Como
la fuente originaria de los datos proviene del Formulario 31 de la AFIP,
los números volcados pueden variar levemente con el correr del tiempo a
raíz de las rectificativas que los empleadores realizan por diversas
razones
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Decreto
presidencial
En
2025 los feriados turísticos serán no laborables
Javier
Miley, presidente de la Nación [Foto Casa Rosada]
[BPN-15/12/24]
El pasado 20 de noviembre el presidente de la Nación estableció que los
días viernes 2 de mayo, 15 de agosto y 21 de noviembre de 2025 serán no
laborables en lugar de feriados como se venía
ordenando hasta ahora.
En
sus fundamentos el Poder Ejecutivo señaló en primer lugar que en el
artículo 6° de la Ley 27.399 se determina que los feriados nacionales
trasladables cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles
serán trasladados al día lunes anterior y los que coincidan con los
días jueves y viernes, al día lunes siguiente.
Y
que esa misma ley lo faculta a fijar anualmente hasta tres días feriados
o no laborables destinados a promover la actividad turística, que
deberán coincidir con los días lunes o viernes.
El
Decreto 1027 que ordenó los días no laborables de 2025 fue firmado por Javier
Miley y Guillermo Francos y fue publicado en el Boletín
Oficial el 21 de noviembre.
¿Qué
diferencia hay?
En
los días determinados como no laborables -al no ser obligatorios- las
empresas pueden decidir si adhieren o no a la medida en función
de sus propias necesidades y características mientras que los feriados
son días de descanso obligatorio para todos los
trabajadores.
Según
el artículo 167º de la Ley de Contrato de Trabajo "en los
días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso
dominical. En dichos días los trabajadores que no gozaren de la
remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los
mismos, aun cuando coincidan en domingo. En caso de que presten servicios en
tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables
más una cantidad igual".
Por
otra parte, el artículo 167º ordena que "en los días no laborables
el trabajo será optativo para el empleador, salvo en
bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la
reglamentación. En dichos días, los trabajadores que presten servicio
percibirán el salario simple. En caso de optar el empleador como día no
laborable, el jornal será igualmente abonado al trabajador".
Los
feriados de 2025
Durante
el año que viene 244 días serán laborales y habrá 12 días feriados, 3
días no laborables y 4 feriados trasladables, sumando en total 19 días.
Cae
un... |
Dia |
Tipo |
Descripción |
Miércoles |
01/01/2025 |
Feriado |
Año
Nuevo |
Lunes |
03/03/2025 |
Feriado |
Carnaval |
Martes |
04/03/2025 |
Feriado |
Carnaval |
Lunes |
24/03/2025 |
Feriado |
Día
Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia |
Miércoles |
02/04/2025 |
Feriado |
Día
del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas |
Viernes |
18/04/2025 |
Feriado |
Viernes
Santo |
Jueves |
01/05/2025 |
Feriado |
Día
del Trabajador |
Viernes |
02/05/2025 |
No
laborable |
Puente
turístico |
Domingo |
25/05/2025 |
Feriado |
Día
de la Revolución de Mayo |
Lunes |
16/06/2025 |
Trasladable |
Paso
a la Inmortalidad del General Martín Güemes |
Viernes |
20/06/2025 |
Feriado |
Paso
a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano |
Miércoles |
09/07/2025 |
Feriado |
Día
de la Independencia |
Viernes |
15/08/2025 |
No
laborable |
Puente
turístico |
Domingo |
17/08/2025 |
Trasladable |
Paso
a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín |
Domingo |
12/10/2025 |
Trasladable |
Día
del Respeto a la Diversidad Cultural |
Viernes |
21/11/2025 |
No
laborable |
Puente
turístico |
Lunes |
24/11/2025 |
Trasladable |
Día
de la Soberanía Nacional |
Lunes |
08/12/2025 |
Feriado |
Día
de la Inmaculada Concepción de María |
Jueves |
25/12/2025 |
Feriado |
Navidad |
|
|
|
ENCARGADO
PERMANENTE: Busco trabajo tengo disponibilidad Horaria soy trabajador y resposable - Nombre:
Horacio Torres - Llamar al teléfono: (11) 6981-7209
durante la mañana o tarde - Localidad: Olivos / Buenos Aires - Correo electrónico:
duke.ryko@gmail.com
|
ENCARGADO PERMANENTE CON O SIN
VIVIENDA: Poseo basta experiencia en el puesto - Referencias comprobables
- CV actualizado - Suplencias - Nombre: Roberto Nicolas Forte - Llamar al teléfono:
(11) 3319-2945 todo el dia - Localidad: Balvanera / Capital Federal - Correo electrónico:
forterobertonicolas@gmail.com
|
ADMINISTRATIVO DE ADMINISTRACIÓN DE
CONSORCIOS: Mi colaboración para con la empresa sería part-time. Cuento con experiencia en el rubro. Mis tareas fueron tanto dentro como fuera de las
administraciones (trámites bancarios, pagos varios, atención telefónica
a los consorcistas y encargados,etc.) - Nombre: Pablo Isasmendi - Llamar al teléfono:
(11) 5823-5200 al mediodia - Localidad: CABA - Correo electrónico:
pabl5151@gmail.com
|
PORTERA /
ENCARGADA: Estoy en búsqueda de trabajo como encargada o portera de consorcio con
o sin vivienda. Actualmente trabajo en una empresa de limpieza que proporciona servicio a diferentes consorcio así que tengo experiencia - Nombre:
Andrea Lugo - Llamar al teléfono: (11) 5059-4272 de 14 a
21 hs. - Localidad: La Boca / Capital Federal - Correo electrónico: andre-rmm@hotmail.com
|
ENCARGADO DE PORTERÍA/ TRABAJO DE
LIMPIEZA: ¡Buenas tardes! Me postulo para dicho puesto. Soy una persona
responsable y trabajadora. Cuento con referencias comprobables y a la vez realizo limpieza completas. Cualquier duda y/o consulta estoy para
servirles - Nombre: Héctor Fernando Arriola Torres - Llamar al teléfono:
(+54)(9)(11) 3006-5195 de 7 a 22 hs. - Localidad: CABA - Correo electrónico:
ferchumetal@gmail.com
|
ENCARGADO DE EDIFICIO/CABA: Soy
Jorge Alejandro Garibotti, 57 años, casado y vivo en Belgrano/CABA. Busco empleo como
encargado preferiblemente en CABA, tiempo completo, media jornada, etc.
Tengo experiencia referencias y CV actualizado - Nombre: Jorge Alejandro Garibotti - Llamar al teléfono:
(11) 3814-0928 o (11) 5415-4882 (esposa) a partir de las 13
hs. - Localidad: CABA - Correo electrónico: avui1967@gmail.com
o griludi62@gmail.com (mi esposa).
|
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Proyecto
de ley porteño
Insisten
con que el curso del SERACARH vuelva a ser anual
Fotoilustración
sobre foto de Pequeñas Noticias.
[BPN-15/12/24]
El pasado 20 de noviembre el legislador porteño Matías Barroetaveña
(Unión por la Patria) presentó un proyecto de ley que busca que
los consorcios de propietarios deban abonar el llamado Curso del
SERACARH [1] todos los años en lugar de cada dos años.
Para
dar una idea de valores y a modo de ejemplo durante el 2024 a los
consorcistas porteños esta obligación le costó más de 1.500 millones
de pesos (1.612.370.000) o casi 1,8 millones de dólares (1.757.493)
según su cotización oficial [2].
Luego
de una serie de consideraciones normativas el legislador porteño
argumentó que "es necesario actualizar e incrementar las
capacitaciones a brindar por las personas que se desempeñen en edificios
de propiedad horizontal ante los nuevos desafíos que involucran la
cuestión relativa al manejo de los residuos sólidos urbanos".
Sin
embargo, omitió señalar el hecho objetivo de que "el
desafío" de la separación en origen de los residuos domiciliarios
es responsabilidad de los ocupantes de cada unidad funcional en la
privacidad de su hogar y al encargado de edificio sólo le toca
disponer las bolsas verdes y negras ya separadas en los contenedores
correspondientes o de acuerdo a los procedimientos dispuestos por las
normas vigentes.
Tampoco
hizo referencia alguna sobre el hecho que el SERACARH fue autorizada por
la ley para dictar este curso en forma monopólica: "La capacitación
referida deberá ser dictada por una institución especializada, conformada
por representantes de todos los sectores de la actividad reconocidos por
el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación,
a efectos de asegurar la plena representación de la totalidad de los
intereses involucrados en la labor prestada en los edificios de propiedad
horizontal" (artículo 2º de la Ley 4803).
El
legislador del bloque Unión por la Patria presentó el proyecto por mesa
de entrada recibiendo el número de expediente 3382-D-2024. Su iniciativa
consta de cinco artículos de los cuales uno es de forma [ texto
original].
Es
de recordar
El
30 de agosto de 2018, la Legislatura porteña aprobó la Ley 6.004 que
modificó la Ley 4.803 (Ley Zago) y a partir de ese momento se
obligó a los consorcios a pagar a sus encargados un curso en el SERACARH
sobre "Higiene, seguridad y medidas de prevención contra
incendios" cada dos años en lugar de uno. De hecho, durante el 2019
y 2020 los encargados estuvieron eximidos de asistir a ese curso.
El
Ejecutivo fundamentó este cambio en la frecuencia del curso del SERACARH
por cuatro razones:
1.-
"La experiencia desarrollada en el ejercicio a nivel local de la Ley
N° 941 indica que el contenido de los mismos se repite año tras
año sin aportar en lo sustancial nuevas experiencias para los encargados
y generando gastos excesivos para el consorcio".
2.-
"La capacitación y educación en materia de propiedad horizontal, en
lo que hace a temas de seguridad y reducción de riesgos, debe
actualizarse de forma práctica y beneficiosa sin redundar en actividades
repetitivas y dispendiosas".
3.-
"Resulta indispensable disminuir la frecuencia de las capacitaciones
fijando su obligatoriedad cada dos años" [3].
Casualmente
el SERACARH está compuesto por las tres entidades de administradores que
también representan a los consorcios en paritarias (AIERH [4], CAPHyAI
[5] y UADI [6]) y la FATERyH (Federación Argentina de
Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal)
---
[1]
SERACARH: Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad
de Rentas y Horizontal.
[2]
Para realizar estos cálculos se tomó el promedio de puestos de trabajo
informados por el Ministerio de Capital Humano durante el 2024 y se
multiplicó por los 30 mil pesos que costó el curso a cada encargado.
Para convertirlo a dólares se dividió ese costo total en pesos por el
promedio de la cotización del dólar oficial durante este año.
[3]
BPN Nº 639 del 10/09/18: "El
curso del SERACARH desde ahora será cada dos años".
[4]
AIERH: Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.
[5]
CAPHyAI: Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades
Inmobiliarias.
[6]
UADI: Unión Administradores de Inmuebles.
[7]
BPN Nº 510 del 4/12/13: "El
curso del SERACARH tiene su propia ley" y BPN Nº 513 del
23/01/14: "La
Ley Zago se aprobó casi sin debate".
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Índice
de escalas salariales de encargados de edificios
Diciembre
con números positivos gracias al bono del 20%
[BPN-15/12/24]
Durante el último mes de este 2024 el promedio de las escalas salariales
de los encargados de edificios [1] ganará 17,10 puntos
porcentuales con respecto a la inflación, y 1,25 puntos durante todo el
año.
Esto
se debe a tres razones:
1.-
Al día de la confección de esta nota [2] todavía no había
sido homologado el acuerdo salarial correspondiente a octubre (3,8%) y
noviembre (3,5%). Ni el SUTERH ni la CAPHyAI anunciaron que el acuerdo fue
homologado.
2.-
La incidencia en los salarios del bono del 20% que se otorga todos los
años durante este mes según el acuerdo firmado por las tres entidades de
administradores en representación de los consorcios y la FATERyH [3]
el 20 de octubre de 2015 (Resolución 1934/15).
3.-
La inflación medida por el IPC del INDEC bajó por tercer mes consecutivo
desde septiembre a noviembre.
El
incremento mensual
Si
no hay novedades durante la segunda quincena de este mes, en diciembre el
promedio de las escalas salariales variará un 17,1% con respecto al mes
pasado y será de 873.702 pesos mensuales.
El
acumulado anual
En
diciembre el promedio de las escalas salariales será de un 119,36% con
respecto a diciembre del año pasado.
Durante
el último mes del año pasado el promedio de las escalas salariales
estaba en 398.298 pesos mensuales.
INDEC
Según
el Índice de Precios de Consumidor que mide el INDEC la
inflación de noviembre fue de un 2,4% y para el Relevamiento de
Expectativas del Mercado (REM) que estima el Banco Central
de la República Argentina (BCRA) la inflación de diciembre
será del 2,9%.
Según
estos números, la inflación interanual de este mes será de un
118,11%.
Jubilados
Mientras
tanto, el haber mínimo de un jubilado que paga expensas en diciembre
será de 494.398,15 pesos bruto a los que se deben descontar la "Obra
social s/haberes PAMI".
Esto
se debe a dos razones:
1-
En marzo se estableció que el haber mínimo a partir de julio se
actualizará todos los meses de acuerdo a la inflación que calcule el Índice
de Precios al Consumidor (IPC) que elabora el INDEC
(Decreto 274 del 22/03/24). Cómo la inflación de octubre fue del 2,7%
las jubilaciones de diciembre aumentarán en un 2,69% (Resolución 1.122
del 21 de noviembre).
2.-
Se volvió a otorgar un "Bono Extraordinario Previsional" por un
monto de hasta 70 mil pesos mediante el Decreto 1.050 del 28 de noviembre.
En
dólares
En
dólares, este haber mínimo representa 323,28 dólares al precio oficial
o 308,04 dólares según el mercado blue [1].
Contra
la inflación
En
diciembre del año pasado ese haber estuvo en 182.920 pesos.
Este
mes el incremento del haber mínimo de la clase pasiva fue negativo contra
la inflación mensual (-0,79 puntos) y contra la acumulada anual (-37,92
puntos).
En
enero de 2016 la jubilación mínima estaba establecida en 4.299,06 (u$s
312,98). Si ese haber hubiera aumentado al ritmo de la inflación este mes
debería haber sido de 441.812,33 pesos mensuales (u$s 435,31 promedio a
valor oficial).
Si
calculamos, mes a mes, la diferencia de lo que debió ganar un jubilado
siguiendo el ritmo de la inflación y lo que realmente percibió incluidos
los bonos extras, observamos que en total lo perdido desde enero de 2016
hasta noviembre de 2024 fueron -1.451.433,19 pesos (u$s -1430,07) incluida
la incidencia de los medios aguinaldos
---
[1]
Para comparar escalas salariales del sector se promediaron las funciones
de encargado permanente con y sin vivienda en sus cuatro categorías de
cada mes. En los casos que correspondió se sumaron los bonos, tanto los
acordados en paritarias como por el Poder Ejecutivo nacional incluido
el bono no remunerativo del 20% que se paga en diciembre. No se
suman medios aguinaldos.
[2]
13/12/2024.
[3]
La Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH), la
Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias
(CAPHyAI), la Unión Administradores de Inmuebles (UADI) y la Federación
Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal (FATERyH).
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Rincón
Solidario
¿Cómo
se hace la denuncia en el RPA por este incumplimiento? por
el Adm. Daniel Sanchez Rivera
Buenas
tardes:
La
administradora (CABA) incumple con la nueva disposición sobre el QR. Paso
a explicarme: El QR en sí existe porque lo pone automáticamente la
plataforma de gestión en la liquidación, pero la administradora no carga
los documentos consorciales.
¿Cómo se hace la denuncia en el RPA por este incumplimiento?
¿Cae bajo el paraguas de la Ley 941 o va por afuera?
¿En qué artículo e inciso de la Ley 941 estaría contemplada esta
obligación si es que se opera en el marco de esa ley?
¡Gracias!
(28/11/2024)
Buenas
tardes:
El
artículo 10º de la Ley 941 y modificatorias establece los datos que debe
contener la liquidación de expensas mensual, a partir del 01/08/2024 se
introdujo una modificatoria donde dice que:
El
Director General de Defensa y Protección al Consumidor dispone
Artículo 1º: Introdúzcase al modelo único de liquidación de
expensas, Anexos I(IF-2014-09041009-DGDYPC),contemplado por el
artículo 2° de la Disposición N°856/DGDYPC/2014,modificado
también por la Disposición N°1494/DGDYPC/2014,la incorporación
de un código QR o un link/hipervínculo que deberá generar el
propio administrador de consorcios, por Disposición 1146/DGDYPC/24
el cual deberá encontrarse impreso de forma visible en la
liquidación de expensas, a fin de permitir el acceso a la
documentación que tenga directa relación al periodo para su
cancelación por parte de los consorcistas... |
Por
lo tanto en la Ciudad de Buenos Aires, los consorcios que no incluyan un
código QR en las liquidaciones de expensas (con acceso a la
documentación mensual y a AFIP) pueden ser sancionados con multas o la
pérdida de la matrícula para administrador de consorcios. Ante el
incumplimiento por parte del administrador este puede ser denunciado ante
el Registro Público de Administradores dependiente de Defensa al
Consumidor, en la página
https://buenosaires.gob.ar/tramites/denuncia-digital-administradores-de-consorcio
por incumplimiento de la Disposición 1146/DGDYPC/24.
Saludos
Danien
Sanchez Rivera
---
El
Adm. Daniel Sanchez Rivera es administrador de consorcios con muchos años
de experiencia. Por cualquier consulta se le puede enviar WhatsApp al
número +54 9 11 6828-9912.
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Rincón
Solidario
La
imposibilidad de poner a la venta la portería
por la Dra. Diana Sevitz
Estimados
profesionales de Pequeñas Noticias:
Necesito de su ayuda para que los profesionales que forman parte de un
consorcio que administro en Villa Ballester (provincia de Buenos Aires)
comprendan la imposibilidad de poner a la venta el departamento de
portería, hoy desocupado.
Les he explicado que el bien está en cada escritura, no forma parte del
artículo 2º del reglamento y figura como tal en planos.
Corregir todo lo que es necesario para venderlo sería más oneroso que
alquilarlo o usarlo como SUM (Salón de Usos Multiples).
Muchas gracias por tan importante respuesta técnica.
Elvira [Villa Ballester, provincia de Buenos Aires].
(26/11/2024)
Estimada
Elvira:
Le
hago un resumen claro para que los propietarios comprendan las
dificultades de incorporar un bien común como una unidad funcional que es
propia, que va a pertenecer a todos los propietarios.
Venta
de la vivienda del encargado en Argentina
1.-
Reforma del Reglamento de Copropiedad y Administración:
a.- Una vez resuelta la venta de las comodidades de portería, será
necesario hacerse cargo de la reforma del reglamento de copropiedad y
administración.
b.- Será preciso atribuirle a dicha unidad un porcentual como cualquier
otra unidad funcional.
2.-
Dudas sobre la Votación:
b.- Las dudas surgen en el caso de que no se reúnan los votos de la
totalidad de los propietarios reunidos en asamblea.
c.- En ese supuesto, la venta de la portería resulta absolutamente
imposible.
3.-
Decisión de Venta:
a.- Si se decide vender la unidad, hay que modificar el reglamento de
propiedad del consorcio.
b.- Este proceso conlleva un gasto importante ya que debe realizarse a
través de un escribano público e inscribirse en el Registro de la
Propiedad Inmueble.
c.- A partir de ese momento, podrá venderse.
4.-
Procedimiento de Venta:
a.- La decisión de venta de la unidad debe realizarse por asamblea con
unanimidad de votos de los propietarios. ( art 2061 cc y com)
b.- La decisión debe quedar escrita en el acta correspondiente.
5.-
Jurisprudencia Nacional:
a.- La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha emitido fallos
relacionados con la vivienda del encargado, como en el caso "Q.C.,
S.Y. c/Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires s/amparo" y "A. R.,
E. M. c. Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires".
b.- Los tribunales provinciales también han tratado casos relacionados
con la vivienda del encargado, como el Tribunal Superior de la Provincia
de Río Negro en el caso "Ulloa, Andrea del Carmen c. Prov. de Río
Negro y otros s/ amparo s/apelación".
Sin
otro particular la saludo muy atte
Dra.
Diana Sevitz
---
La
Dra. Diana Sevitz es abogada, mediadora y árbitro en propiedad horizontal
y de los tribunales arbitrales de consumo, es co-conductora del programa
de radio Consorcios Hoy, autora de varias publicaciones y docente sobre
temas específicos de propiedad horizontal.Para cualquier consulta se le
puede enviar un e-mail a dsevitz@estudiodianasevitz.com.ar
o llamarla a los teléfonos 4784-8251 / 4784-8072.
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Rincón
Solidario
La
limpieza de puertas y bronces por
el Dr. Pablo Acuña
Hola
amigos:
La
consulta es sobre la limpieza de puertas y bronces correspondientes a las
entradas de cada unidad en cada piso.
Siendo
el área parte común y que por disposición todas deben ser iguales mi
consultas es sobre si deben ser limpiadas por el encargado al igual que el
pasamano y bronce de la escalera.
Desde
ya, muchas gracias.
Marcos.
(27/11/2024)
Estimado
Marcos:
En
primer lugar, se debe tener en cuenta que el encargado cumple todas sus
funciones respecto de los bienes y espacios comunes del edificio. Quedando
ajeno a cualquier función de bienes o cosas privadas (también llamadas
propias o particulares).
Dicho
esto, merece ser atendido el artículo 2043 CCyCN que indica: “Cosas y
partes propias Son necesariamente propias con respecto a la unidad
funcional las cosas y partes comprendidas en el volumen limitado por sus
estructuras divisorias, los tabiques internos no portantes, las puertas,
ventanas, artefactos y los revestimientos, incluso de los
balcones...".
El
hecho de que se encuentren dando su cara al pasillo común, no las hace
comunes. Aún así el legislador decide sumar claridad y menciona las
puertas de modo concreto.
A
ello, podríamos agregarle el principio del derecho referente a que
"lo accesorio sigue lo principal". Y, habida cuenta de ello, el
picaporte y bronce de cada puerta es un accesorio del bien y, por ende,
reviste el mismo caracter de particular.
Esperando
haber sido de utilidad, le saludo muy cordialmente.
Pablo
Acuña
---
Pablo
E. Acuña es abogado (UBA) especializado en propiedad horizontal,
profesor del posgrado de Administración de Consorcios en la UNLP, es
columnista en medios especializados en propiedad horizontal, es fundador
de “Pintando Horizontes Magazine”, es director del Centro CIMA y
titular de la enpresa Administración Global. Por cualquier consulta se le
puede enviar un correo a pabloeacu@gmail.com.
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Rincón
Solidario
Se
niega a reintegrarme lo que pagué en septiembre por
la Dra. Silvia Bercovsky
Estimados:
En
la planilla de expensas de septiembre el administrador incluyó entre los
gastos un importe correspondiente al arreglo de un espacio destinado al
guardado de bicicletas, por el que sólo deben pagar quienes lo utilizan y
todas las unidades pagaron.
Me
comuniqué con el administrador para mencionarle el error y en la planilla
de expensas de noviembre, en una columna separada, el administrador
imputó el pago del arreglo a cada una de las cuatro unidades que usan el
espacio.
Sin
embargo, se niega a reintegrarme lo que pagué en septiembre y no me
correspondía.
Insistí,
señalando que además de haberme cobrado por algo que no uso, en los
hechos cobró dos veces por el mismo gasto pero sigue negándose a
reintegrarme el dinero.
Agradecería
su orientación.
Saludos
cordiales
Viviana
[CABA]
(27/11/2024)
Estimada
Viviana:
Cada
espacio del consorcio debe ser utilizado conforme al destino que le asigna
su reglamento de PH, que debe establecer cuáles son las partes y cosas
comunes, su destino [1] y si hay UF exceptuadas de determinados
gastos [2],
Su
reglamento establecerá qué UF están obligadas al pago de los gastos de
mantenimiento y reparaciones de dicho espacio y en qué proporción.
Los
propietarios no pueden liberarse del pago de ninguna expensa o
contribución a su cargo por renuncia al uso y goce de los bienes o
servicios comunes [2].
Si
resultara un cobro injustificado, podrá realizar el reclamo por la vía
judicial correspondiente.
La
saluda Atte.
Silvia
Bercovsky
---
[1]
Art 2056 CCC: El reglamento de propiedad horizontal debe contener:
a) determinación del terreno;
b) determinación de las unidades funcionales y complementarias;
c) enumeración de los bienes propios;
d) enumeración de las cosas y partes comunes;
e) composición del patrimonio del consorcio;
f) determinación de la parte proporcional indivisa de cada unidad;
g) determinación de la proporción en el pago de las expensas comunes;
h) uso y goce de las cosas y partes comunes;
i) uso y goce de los bienes del consorcio;
j) destino de las unidades funcionales;
k) destino de las partes comunes;
l) facultades especiales de las asambleas de propietarios;
m) determinación de la forma de convocar la reunión de propietarios, su
periodicidad y su forma de notificación;
n) especificación de limitaciones a la cantidad de cartas poderes que
puede detentar cada titular de unidad funcional para representar a otros
en asambleas;
ñ) determinación de las mayorías necesarias para las distintas
decisiones;
o) determinación de las mayorías necesarias para modificar el reglamento
de propiedad horizontal;
p) forma de computar las mayorías;
q) determinación de eventuales prohibiciones para la disposición o
locación de unidades complementarias hacia terceros no propietarios;
r) designación, facultades y obligaciones especiales del administrador;
s) plazo de ejercicio de la función de administrador;
t) fijación del ejercicio financiero del consorcio;
u) facultades especiales del consejo de propietarios.
[2] Art 2049: Los propietarios no pueden liberarse del pago de ninguna
expensa o contribución a su cargo aun con respecto a las devengadas antes
de su adquisición, por renuncia al uso y goce de los bienes o servicios
comunes, por enajenación voluntaria o forzosa, ni por abandono de su
unidad funcional.
Tampoco pueden rehusar el pago de expensas o contribuciones ni oponer
defensas por cualquier causa, fundadas en derechos que ellos invoquen
contra el consorcio, excepto compensación, sin perjuicio de su
articulación por la vía correspondiente.
El reglamento de propiedad horizontal puede eximir parcialmente de las
contribuciones por expensas a las unidades funcionales que no tienen
acceso a determinados servicios o sectores del edificio que generan dichas
erogaciones.
---
La
Dra. Silvia Bercovsky (UBA) es abogada especializada en propiedad
horizontal y es parte del equipo del programa de radio Consorcios 360. Por
cualquier consulta se le puede enviar un correo a estusmb@gmail.com
o llamarla al teléfono (11) 5049-8440 en el horario de 9 a 20
hs.
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Correo
de Lectores
Los
números de noviembre y diciembre
Buenos
dias:
¿Podrán
enviarme los números de noviembre y diciembre de 2023?
Necesito
verificar la paritaria en la que se acordó la modificación del artículo
12º de la Convención Colectiva de Trabajo por la que se otorga 41 dias
por paternidad al encargado masculino.
Muchas
gracias
Juan
[Rosario]
(20/11/2024)
Hola
Juan:
Aquí
te mando el vínculo a todos los boletines que publicamos hasta ahora: https://www.pequenasnoticias.com.ar/Boletines/Indice_Boletines.asp
Sólo
tenes que entrar al año deseado, elegir la foto del boletín que
necesitas y accedes a él.
Un
saludo cordial
CGdeR
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Correo
de Lectores
El
pedido de informacion a los administradores
Buenos
dias:
En
relacion al pedido de informacion a los administradores, ¿qué sugieren
hacer en ese caso?
¿Presentar
una nota donde diga que los datos son privados?
¿Cómo
habría que manejarse?
Desde
ya muchas gracias.
Saludos
Valeria
(17/11/2024)
Estimada
Valeria:
En
este número publicamos una nota con la postura de dos entidades de
administradores sobre el tema.
Sin
embargo, en mi opinión, el Gobierno de la CABA pide al administrador
datos de los consorcios y los consorcistas.
Como
esos datos no le pertenecen al administrador, opino que para proporcionar
los datos del consorcio tendría que pedir autorización al consorcio y
para los datos de los ocupantes a los vecinos.
Un
saludo cordial.
CGdeR
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ACCABA:
Asociación de Consorcistas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ACAPPH:
Asociación Civil Administradores Profesionales Propiedad Horizontal.
ACoPH:
Asoc. Civil de Consorcistas de la Propiedad Horizontal (Mar del Plata).
ACRA:
Arbitros de Consumo de la República Argentina.
ADEPROH:
Asociación Civil de Defensa al Consumidor de Bienes y Servicios para la
Propiedad Horizontal RA.
AFIP:
Administración Federal de Ingresos Públicos.
AGIP:
Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.
AIERH:
Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal.
AIPH:
Asociación Civil de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal
AIPH.
APARA:
Asociación de Profesionales Administradores de la República Argentina.
APH:
Asociación Civil de Propietarios de inmuebles de Renta y Horizontal.
APCCRA: Asociación de Propietarios, Consorcios y Consorcistas de la RA.
API:
Asocición Propietarios de Inmuebles.
APIPH:
Asociación Propietarios de Inmuebles en Propiedad Horizontal.
APBR:
Asociación de Propietarios de Bienes Raíces.
APROPHMAR:
Asociación de Propietarios de Propiedad Horizontal de Mar del Plata.
CAAC:
Confederación Argentina de
Administradores de Consorcios.
CABA:
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
CACCyC:
Comisión Argentina de Consorcios, Copropietarios y Consorcistas.
CaFACA: Cámara Federal de Administradores de Consorcios de Argentina.
CAPHBByZ:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de Bahía Blanca y
Zona.
CAPHPBA:
Cámara de Administradores de Propiedad Horizontal de la Provincia de Buenos Aires.
CAPHyAI:
Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias.
CAPRA:
Cámara de Propietarios de la República Argentina.
CASIPH:
Cámara Argentina de Sistemas Informáticos de Propiedad Horizontal.
CCT:
Convenio Colectivo de Trabajo.
CDI:
Clave de Identificación.
CECAF:
Cámara Empresaria de Conservadores de Ascensores y Afines.
CEDDDA:
Camara Empresarial de Desinsectacion, Desrodentizacion y Desinfeccion Ambiental.
CGPC:
Centro de Gestión y Participación Comunal de la Ciudad Autónoma de Bs. As.
|
CIA:
Cámara Inmobiliaria Argentina.
COAPLA:
Empresas de Control de Plagas de la Republica Argentina.
CEPRARA:
Cámara de Empresarios Pintores y Restauraciones Afines de la República Argentina
CUCICBA:
Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la CABA.
CUIL:
Clave Única de Identificación Laboral.
CUIT:
Clave Única de Identificación Tributaria.
FAC:
Federación Argentina de Consorcios.
FACARA:
Federación de Asociaciones y Cámaras de Ascensores de la República Argentina.
FAPHRA:
Federación Nacional de Cámaras y Asociaciones de Administradores de Propiedad Horizontal de la República Argentina
FATERyH:
Federación Argentina de Trabajadores de Edificios Renta y Horizontal.
FECIBA:
Federación Económica de la Ciudad de Buenos Aires.
FEDECO:
Federación de Asociaciones de Consorcios.
FRA:
Fundación Reunión de Administradores.
ICI:
Instituto de Capacitación Inmobiliaria.
INADI:
Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo.
IxE:
Indignados por expensas.
LCPH:
Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal.
RCD:
Red de Consorcistas Damnificados.
ReDeCo:
Reafirmación de los Derechos del Consorcista.
SEARA:
Sindicato Empleados de Administradoras de la República Argentina.
SERACARH:
Servicio de Resolución Adecuada de Conflictos para la Actividad de Rentas y Horizontal.
SiPreBA: Sindicato de Prensa de Buenos Aires.
SUTERH:
Sindicato Único Trabajadores Edificios Renta y Horizontal.
UADI:
Unión Administradores de Inmuebles.
UCRA:
Unión de Consorcistas de la República Argentina.
UITEC:
Unión Iberoamericana de Trabajadores de Edificios y Condominios.
ULAI:
Unión Latinoamericana de Administradores e Inmobiliarias.
UMIPH:
Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal.
UPA - Unión Porteña de Administradores.
|
Boletín
de Pequeñas Noticias
2º
Edición
Nº DCCXC
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y propietario:
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