Novedades Laborales |
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Sueldos Diciembre/15 SAC el 18 de diciembre, bono del 20% y asueto para el 24 y 31 [BPN-02/12/15] Diciembre trae consigo varias novedades para liquidar los haberes. La Ley 27073, publicada en el Boletín Oficial (BO) el 20 de enero de 2015, modificó el Artículo 222 de la Ley de Contrato de Trabajo con el siguiente texto: "El sueldo anual complementario será abonado en dos (2) cuotas: la primera de ellas con vencimiento el 30 de junio y la segunda con vencimiento el 18 de diciembre de cada año. El importe a abonar en cada semestre será liquidado sobre el cálculo del cincuenta por ciento (50%) de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de los dos (2) semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año. A fin de determinar la segunda cuota del sueldo anual complementario, el empleador debe estimar el salario correspondiente al mes de diciembre. Si dicha estimación no coincidiere con el salario efectivamente devengado, se procederá a recalcular la segunda cuota del sueldo anual complementario. La diferencia, que resultare entre la cuota devengada y la cuota abonada el 18 de diciembre se integrará al salario del mes de diciembre". Por otra parte, los trabajadores de edificio lograron un bono anual equivalente al 20% de su remuneración básica que se debe abonar con la segunda cuota del aguinaldo, por lo tanto también el 18 de diciembre. Consultado Daniel Tocco, presidente en ejercicio de la CAPHyAI, aclaró que "esta bonificación anual no es normal ni habitual en el salario del trabajador, no debe considerarse para el cálculo del S.A.C. ni tampoco para el cálculo de las horas extras del mes de diciembre" y agregó que es un importe por el cual se debe aportar y contribuir. Con respecto a los feriados y asuetos de diciembre, el 9 de enero de 2014, la Secretaria de Trabajo homologó un acuerdo (Resolución ST Nº 22) en el que se declaró asueto los días 24 y 31 de diciembre de cada año para los trabajadores de los consorcios que luego se publicó en el BO el 18 de febrero del mismo año 2014. Este diciembre para el sector de la propiedad horizontal habrá 5 feriados: el lunes 7 (puente turístico), martes 8 (día de la Inmaculada Concepción de María), jueves 24 (víspera de Nochebuena), viernes 25 (Navidad), y jueves 31 (víspera de Año Nuevo).
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