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La comunidad consorcial como espejo de la sociedad...


Boletín  de  Pequeñas  Noticias

la comunidad consorcial como espejo de la sociedad

22 de Marzo de 2004 - Nº: 204

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Capacitación profesional

Palabra santa

Irrumpe en el mercado de la capacitación una nueva universidad En las primeras semanas de marzo de este año la Universidad Católica Argentina estrenó una nueva carrera de Martillero Público, Corredor (inmobiliario y mobiliario), Administrador de Consorcios y Tasador con reconocimiento oficial y validez nacional Este año se sumarán también a las ofertas existentes la Carrera de Administración de Consorcios a distancia de la Cámara Inmobiliaria Argentina y la de Técnico Superior en Administración de la Propiedad Horizontal del ISEL

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Srita. Fabiana LizarraldeSueldos Marzo/03

Sin grandes novedades

Los $224 ya forman parte del sueldo y no deben incrementarse más; los $50 no remunerativos siguen vigentes y se debe abonar la Ayuda Escolar Anual si no se pagó en el mes de febrero y si se cumplen los requisitos exigidos por ley. En este mes se debe cambiar el promedio de haberes a tener en cuenta para calcular el valor de las asignaciones familiares a pagar.


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Sueldos

El 9041 y los nuevos básicos de convenio

A partir del mes de marzo los importes básicos del Artículo 16 de la Convención Colectiva de Trabajo Nº 306/98 no sufrirán modificaciones y quedarán fijos según el Decreto 392/03 por el cual se incrementaron finalmente en $224 o $112 según el tiempo trabajado.


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www.PequenasNoticias.com.ar

Un Foro para interactuar

Pequeñas Noticias creó en los últimos días en su sitio web www.PequenasNoticias.com.ar un Foro de Propiedad Horizontal donde ya se pueden realizar consultas que podrán ser respondidas por los suscriptos al Boletín o los visitantes del sitio En ese ámbito se intercambiarán opiniones, se aportarán soluciones, ideas, experiencia y comentarios.


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Rincón Solidario

La escalera se encuentra cerrada con llave

Dr. Juan Iglesias


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Rincón Solidario

Existen deudas con el sindicato

Dra. Victoria Loisi


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Rincón Solidario

Sala de ensayo y estudio de grabación

Dr. Eduardo Brailovsky


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Correo de Lectores

Convocatoria a asamblea


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Gran Sorteo 

Esta semana los afortunados fueron....

Todos quisieron participar en el fabuloso sorteo de los tres premios de la semana: cenas, almuerzos, espectáculos, mini-turismo, shows, clases de baile árabe.... ¿Ud. habrá tenido suerte....?


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Gran Sorteo

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Dr. Marcelo MoggiaEl autor y su obra

"Cuestiones actuales de la Propiedad Horizontal"

El abogado Marcelo Moggia en una charla informal con Pequeñas Noticias adelantó interesantes aspectos de su nuevo libro que espera esté disponible al público para los primeros días de marzo Desde sus hojas, por primera vez se analiza la evolución de la jurisprudencia en cuestiones relativas a la Propiedad Horizontal a lo largo del tiempo.


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Cámara Argentina de Empresas de Porteros Eléctricos

Ya cuenta con personería jurídica

Desde el 18 de marzo pasado (2004) estaría aprobada por la Inspección General de Justicia la personería jurídica de la nueva Cámara Argentina de Empresas de Porteros Eléctricos


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Breves Pequeñas Noticias

*

Consumidores
15/3: día mundial de los derechos del consumidor

*

Sueldos
Eliminarían los topes de aportes jubilatorios

*

Privatizadas

Tarifa social para agua, luz y gas


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Correo de Opinión

Réplica a una opinión sobre asambleas de propietarios

Por el Sr. Raúl Guinzburg


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Correo de Lectores

La AFIP y los consorcios


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Correo de Lectores

La inscripción en el registro


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Correo de Lectores

Suprimir suplencias...


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Avisos Clasificados

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Ascensores

Empresas conservadoras


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Impuestos

Vencimientos Mensuales


Capacitación profesional

Palabra santa

Irrumpe en el mercado de la capacitación una nueva universidad En las primeras semanas de marzo de este año la Universidad Católica Argentina estrenó una nueva carrera de Martillero Público, Corredor (inmobiliario y mobiliario), Administrador de Consorcios y Tasador con reconocimiento oficial y validez nacional Este año se sumarán también a las ofertas existentes la Carrera de Administración de Consorcios a distancia de la Cámara Inmobiliaria Argentina y la de Técnico Superior en Administración de la Propiedad Horizontal del ISEL

La Dra. Cristina Marín, coordinadora de la carrera de Martillero Público, Corredor (inmobiliario-mobiliaria), Administrador de Consorcios y Tasador, en una entrevista exclusiva con Pequeñas Noticias adelantó que este año la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Pontificia Universidad Católica Argentina (UCA) estrena la carrera que tiene, según declaró, reconocimiento oficial y validez nacional por parte del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología según Resolución Ministerial Nº 373 del 9 de septiembre de 2003.

Dra Cristina MarínDra. Cristina Marín: "Aquella persona que quiere hacer las cosas mal las va a hacer mal más allá de lo que uno le brinde. Lo que tratamos acá es justamente de concientizar la responsabilidad que pueden llegar a tener frente a los terceros por su mal desempeño y, si bien en la actualidad no hay muchos juicios contra administradores de consorcios propiamente dicho, creo que como le pasó a los médicos, a los odontólogos y a los abogados también les va a pasar a ellos. La gente llega a un punto en que se cansa y entonces empieza a accionar contra aquellos que los están perjudicando..."

La abogada comentó que "en principio la idea de la Universidad es brindarle a las personas que cursen la carrera todo el contexto para desarrollar su labor en forma profesional. Es decir, darle un nivel teórico y un nivel práctico para que puedan resolver las distintas situaciones que se van suscitando en una administración de consorcios que no es tarea fácil. Contrariamente a lo que uno piensa es muy difícil poder congeniar el interés común con los intereses particulares sobre todo en grupos que a veces son muy heterogéneos. La idea es que [los futuros administradores] puedan ser de cierta forma "mediadores" sin perder de vista que son representantes del consorcio y que tiene una responsabilidad tanto civil como penal como administrativa.

Dra. Mónica LastraUCA

Un buen acompañamiento moral

La Dra. Mónica Lastra es abogada, ejerce libremente la profesión, escribe para el medio Derecho y fue 12 años profesora de la UCA Durante mucho tiempo dejó de dar clase y volvió convocada por esta nueva carrera.

PN: ¿Qué tiene de especial este nuevo emprendimiento?

Dra. Lastra: Es algo distinto porque estás formando personas que no son abogadas o contadoras o administradoras de empresas, quienes el derecho lo tienen bastante arraigado en su formación, y los estás introduciendo en el mundo de las leyes, en la organización del estado; en temas que, si bien la gente en forma normal o habitual habla, [lo hace] sin tener conocimientos y hay que concientizarlos sobre qué es la ley, qué es el derecho y qué es un poco toda esta normativa que nos rige, que todo el mundo la pasa ignorándolo hasta el mismo Estado.

PN: ¿Pensás que esto va a jerarquizar la profesión del administrador de consorcios?

Dra. Lastra: Yo pienso que toda actividad que tiene un soporte académico se jerarquiza, al menos desde el punto de vista intelectual. Desde el punto de vista humano también se va a jerarquizar a medida que la facultad o la institución que la imparta dé un buen acompañamiento moral y a medida que la persona quiera ser buena persona.

Nosotros les brindamos toda la parte legal, ya sea [relativa] a la Ciudad de Buenos Aires como a la de la Provincia de Buenos Aires. En la actualidad no podemos desconocer el gran surgimiento que han tenido los countries, los barrios cerrados y los cementerios privados. Son nuevas urbanizaciones que también necesitan de una administración, si bien no es de Propiedad Horizontal porque todavía jurídicamente no tienen esa figura. [A nuestros alumnos] le damos las herramientas para que puedan resolver los problemas que son distintos a los que tiene un edificio. También le brindamos soporte informático y contable, principalmente en relación a los sueldos de los encargados de edificios y sus aportes..."

La Dra. Marín explicó que la carrera en su totalidad integra 4 profesiones en un solo título y dura 2 años. Aclaró que "se trató de hacer una carrera corta con una buena salida laboral" previendo la posibilidad de que los egresados se puedan inscribir como peritos a nivel nacional, a nivel de la Ciudad de Buenos Aires y de la Provincia de Buenos Aires porque "el título es de validez nacional y hasta que no haya una colegiación pueden ejercer en cualquier lado".

Arq. Estela Reca Cámara Inmobiliaria Argentina

La primera carrera a distancia

En lo próximos meses estará disponible la primera carrera a distancia de "Administración de Consorcios y Urbanizaciones Modernas" que dicta la Cámara Argentina Inmobiliaria Esta modalidad de estudio, que aprovecha lo mejor de la tecnología moderna, sería la primera en su tipo en el país y ya cuenta con interesados de lugares tan distantes como Ushuaia.

En una entrevista con este medio la Arq. Estela Reca, rectora del Instituto de Capacitación Inmobiliaria, comentó que la modalidad a distancia de la carrera de "Administración de Consorcios y Urbanizaciones Modernas" ya fue presentada en la Dirección General de Gestión Educativa Privada y en el Consejo Federal de Educación donde ya pasó los canales intermedios de evaluación con un pronóstico altamente positivo. Según sus palabras el plan tendría que haber estado firmado para marzo del 2004 y sólo falta que "alguien le ponga la firma, el sello y el número de actuación".

Por otra parte la máxima autoridad del ICI confirmó que para la carrera a distancia se manejará el mismo plan de estudio que para la actual carrera presencial, adelantó que ya tiene dos alumnas de Ushuaia esperando para ser las primeras anotadas de la futura carrera y vaticinó que "mercado hay seguro, porque de hecho [esta carrera] me la están pidiendo ahora".

Para obtener más información sobre  esta carrera hemos publicado un archivo de tipo Microsoft Word en nuestro sitio al que puede acceder mediante el siguiente vínculo.

En otro orden de cosas anunció a todos los interesados que el 5 de abril próximo empezará el primer año de la carrera presencial de Administración de Consorcios de la cual el año pasado se recibió la primera promoción 

Con relación al título que obtendrán los alumnos de la UCA que cursen esta carrera la coordinadora de la misma consideró que: "es una carrera de grado de dos años. Para el Ministerio de Educación es una carrera de pre-grado porque tiene menos de 3 años. Pero la carga horaria es muy importante: son 1.600 horas dividida en 2 años y son 22 materias. Es intensivo pero [finalmente] se otorga un título para ejercer 4 profesiones."

Ante la pregunta de Pequeñas Noticias sobre las diferencias y coincidencias que habría con otras carreras ya existentes en el mercado la Dra. Marín expresó que: "todos apuntamos al mismo mercado: mayormente personas de 25 años de edad hacia arriba y muy poca gente joven.

A mí no me gusta comparar en el sentido institucional. Entiendo que todas las carreras brindan cosas diferentes y que cada uno va a elegir la universidad con la cual se sienta identificada. Tanto el Salvador como la Cámara, la Universidad Católica, [la Universidad de] Lomas de Zamora y la Universidad de Morón son todas instituciones prestigiosas que ofertan al mercado su producto y nosotros somos uno de ellos. La diferencia quizá es que nuestra carrera tiene un cuatrimestre menos y se otorgan 4 títulos...

Me parece que todas son ofertas válidas y creo que uno elige de acuerdo a su inclinación. Aquellos que se sientan más cómodos en la Cámara porque son asociados o porque le parece que tener el título de la Cámara le va a dar mayor prestigio, elegirán la Cámara y aquellos que se sientan identificado con los principios de la UCA vendrán a la UCA. Creo que todas las carreras son válidas."

ISEL

La carrera de 3 años

En una entrevista telefónica con el Colegio de Corredor de Comercio y Martillero Público del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, el Sr. Emanuel Russo confirmó a Pequeñas Noticias que a mitad de año estaría disponible la carrera de Técnico Superior en Administración de la Propiedad Horizontal que tendrá una duración de 3 años y destacó que incluirá el estudio pormenorizado sobre los countries y los barrios cerrados que son específicos de la Provincia de Buenos Aires.

El responsable de dictarla sería el Instituto Superior de Estudios Lomas de Zamora (ISEL) dependiente de este colegio. Esta iniciativa nació del presidente de la institución, el martillero Juan Carlos Donsanto, durante el año pasado (2003) a raíz de un par de exitosos cursos cortos de administración de consorcios y la responsabilidad intelectual de la tarea de confeccionar el plan de estudios recayó sobre la licenciada en educación Adriana Russo. Por otra parte como antecedente el Sr. Russo aclaró que la Universidad de Lomas de Zamora conjuntamente con el colegio profesional viene dictando desde hace 11 años la Carrera de Corredor de Comercio y Martillero Público de una duración de 2 años y medio con un promedio de 200 cursantes por ciclo lectivo.

Con respecto al presunto carácter confesional de la universidad la Dra. Marín fue muy clara: "nosotros la única materia que tenemos religiosa es Doctrina Social de la Iglesia enfocada desde la [misma] profesión. El profesor que la dicta es una persona sumamente abierta que ha hecho un Master en España y la desarrolla, por ejemplo, desde el arte, el significado de la doctrina social en distintos aspectos relativos al hombre. No se hace hincapié en algo teológico propiamente religioso. La Universidad está abierta a todas las religiones... también tenemos otra materia llamada Ética y Deontología que es la aplicación de la ética a la profesión específicamente. En ella se trata de dar los principios básicos y cómo se deben desarrollar en la profesión..."

En el cierre la coordinadora de la flamante carrera que estrena la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la UCA argumentó que "lo que resultó atractivo fue que nos pareció que se venía un cambio, primero en la legislación.... y que posiblemente en algún momento, como pasó con los martilleros y los corredores, también [los administradores de consorcios] vayan a tener que tener un título universitario propiamente..."Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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Se puede obtener más información sobre la nueva carrera de la UCA accediendo a un archivo de tipo Microsoft Word que se encuentra en nuestro sitio, mediante el siguiente vínculo.


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Dr. Marcelo MoggiaEl autor y su obra

"Cuestiones actuales de la Propiedad Horizontal"

El abogado Marcelo Moggia en una charla informal con Pequeñas Noticias adelantó interesantes aspectos de su nuevo libro que espera esté disponible al público para los primeros días de marzo Desde sus hojas, por primera vez se analiza la evolución de la jurisprudencia en cuestiones relativas a la Propiedad Horizontal a lo largo del tiempo.

PN: ¿Cómo se llama tu libro y de qué trata?

Dr. Moggia: El libro se llama "Cuestiones actuales de la Propiedad Horizontal" como título principal. Tiene dos títulos más: un anexo que es la Ley 941 y la última jurisprudencia. Es un plus que tiene el libro.

PN: ¿Qué temas trata este anexo sobre la última jurisprudencia ?

Dr. Moggia: Sobre distintos temas de la Propiedad Horizontal que trato en el libro yo remito a la novedosa jurisprudencia de los últimos 6 meses y por eso lo llamo "Cuestiones actuales de la Propiedad Horizontal". Este es un libro que a diferencia de los escritos por autores como el Dr. Alberto Aníbal Gabás y muchos otros que se dedican a esto, lo que intento hacer es darle una nueva interpretación, no tanto desde lo personal sino la que están aplicando los Tribunales Civiles...

PN: ¿Sobre qué aspectos sería la nueva interpretación?

Dr. Moggia: De las leyes y de cómo los jueces la interpretan... Por ejemplo hace unos 10 años atrás una persona dentro de un PH hacía una modificación donde cerraba un balcón con cualquier tipo de material y los tribunales casi unánimemente (casi la mayoría) decían: "Déjenlo o prueben que ese cerramiento en el balcón está causando un perjuicio". Entonces la persona que iniciaba la demanda -ya sea el administrador o uno en particular- generalmente lo podía llegar a perder porque no podía demostrar un perjuicio positivo. Esa era la interpretación de la mayoría de los Tribunales nacionales.

¿Hoy qué ocurre? Desde hace unos 10 años a esta parte, de a poco, porque el cambio de jurisprudencia no se hace de un día para el otro (de tendencia más que nada), cambió.

Ahora alguien que fue unos de los postulante para la Corte Suprema de la Justicia de la Nación, que sabe muchísimo de Derechos Reales, la Dra. Elena I. Highton, dijo un día: "¿Pero qué pasa acá? ¿Hay que demostrar un perjuicio cuando la Ley 13.512 y el mismo reglamento de copropiedad dice que no se puede alterar la fachada a excepción que haya unanimidad de votos?". A partir de ese fallo muchas cosas cambiaron. Hoy los abogados que no están al tanto de estas cosas le dicen al cliente: "Déjelo, no va a haber problemas, si le inician un juicio lo vamos a ganar o tenemos posibilidades de ganarlo". Entonces yo quiero demostrar a los administradores y a los colegas que quieran leer el libro que hay una nueva tendencia para que no cometan el error de interpretar una jurisprudencia que tiene 10 años.

PN: Por lo que vos contás entiendo que la interpretación de las leyes y la explicación de la justicia es dinámica y va cambiando con el tiempo.

Dr. Moggia: Absolutamente es así. Todo el tema relacionado con la Propiedad Horizontal como se está demostrando es dinámico. Otros de los ejemplos que creo lo va a aclarar es el tema de los famosos aires acondicionados. Cuando empezaron a salir este tipo de aparatos y la gente no entendía bien de qué se trataba ese cuadradito sobresaliendo, la jurisprudencia era unánime: "No se puede cambiar o modificar la fachada y por lo tanto no puede existir un aire acondicionado". Esa era la jurisprudencia de hace 10, 15 años atrás. Hoy la jurisprudencia sobre los aires acondicionados dice que no alteran la fachada. Así van cambiando las cosas: como cambian en la realidad cambian en la jurisprudencia.

Tal vez tardan un poco en reflejarse, tarda algunos años, pero acompaña al avance y al cambio de la sociedad.

PN: ¿Sobre qué otros temas has tomado jurisprudencia y lo has plasmado en tu libro?

Dr. Moggia: Sinceramente yo noto cambios importantes en toda la jurisprudencia que trata sobre aspectos de la propiedad horizontal.

Otro de los famosos ejemplos es el de las ventanas. Sabemos muy bien que el Código Civil dice textualmente que no se pueden poner ventanas en las medianeras y por lo tanto vemos en la jurisprudencias de hace 20, 25 años, 15 años que cuando nos encontramos con una ventana el juez respetando del Código Civil decía: "No se pueden abrir ventanas". Si abríamos una ventana, sin importar la medida, dentro de una medianera había necesariamente que taparla.

Desde hace diez años a esta parte la interpretación jurisprudencial va un poco más allá, es como que se moderniza. Ahora existen materiales como los vidrios traslúcidos que hace 25 años no existían y por lo tanto la jurisprudencia hoy cambió. ¿En qué cambió?. En lo que [los jueces] están diciendo: "Es cierto que no está permitido pero sí permitimos una ventana que no moleste, ni que de vista al predio lindero, ni que invada con olores". Por lo tanto hoy, objetivamente se puede abrir una ventana en una medianera, a pesar de la prohibición expresa del Código Civil bajo determinadas condiciones.

Seguramente me vas a preguntar, ¿pero qué pasa, antes me dijiste que tenía que demostrar un perjuicio cuando estamos cerrando un balcón? No son lo mismo las relaciones de vecindad en el edificio, porque están sometidos a un reglamento, a un contrato entre las partes, que a una relación de vecindad con un vecino lindero que no tiene ningún tipo de contrato, entonces ahí sí hay que demostrar el perjuicio. Si yo inicio una demanda para que me cierren esa ventana yo tengo que demostrar que de esa ventana me miran o invade mi intimidad o genera olores, etc.

PN: De no demostrarse eso no hay perjuicio.

Dr. Moggia: Claro y vuelvo con lo mismo: "A pesar de que el Código Civil lo prohíba expresamente".

PN: Marcelo, ¿cómo organizaste el libro?

Dr. Moggia: Yo me baso para iniciar el libro y todo el desarrollo del mismo en la Ley 13.512. Esencialmente me baso en los artículos de esta ley donde van surgiendo una serie de temas que los relaciono primero con mi interpretación y después con la última jurisprudencia.

PN: También se pueden apreciar comentarios tuyos, reflexiones...

Dr. Moggia: Absolutamente. Todo el libro está escrito con ideas mías, interpretaciones de la Ley 13.512 y de la jurisprudencia que avalan esta ley.

PN: ¿Cuándo tendremos el gusto de verlo en las librerías?

Dr. Moggia: Si todo sale bien, va a estar saliendo en los últimos días de marzo. Así me ha prometido la editorial y Pequeñas Noticias va a tener la primicia.

PN: ¿Qué costo tendrá el libro?

Dr. Moggia: El costo al día de hoy es de 67 pesos final.

PN: ¿Cantidad de hojas?

Dr. Moggia: No lo puedo precisar porque depende del formato, pero calculamos que tendrá más de 200 páginas.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Srita. Fabiana LizarraldeSueldos Marzo/03

Sin grandes novedades

Los $224 ya forman parte del sueldo y no deben incrementarse más; los $50 no remunerativos siguen vigentes y se debe abonar la Ayuda Escolar Anual si no se pagó en el mes de febrero y si se cumplen los requisitos exigidos por ley. En este mes se debe cambiar el promedio de haberes a tener en cuenta para calcular el valor de las asignaciones familiares a pagar.

En el mes de marzo no hay grandes novedades, solo se debe tener en cuenta el inicio del año lectivo 2004 y el pago de la Ayuda Escolar Anual ($130 por hijo) si no se efectivizó en el mes de febrero.

El sueldo de haberes debe estar compuesto por los valores básicos de cada categoría indicados por la Convención Colectiva de Trabajo Nº 306/98 más los $224 remunerativos o el valor correspondiente según el tiempo trabajado. Los $50 no remunerativos (1347/03) siguen vigentes.

El importe correspondiente a las asignaciones familiares se deberá calcular en base al promedio de haberes correspondientes al semestre Julio-Diciembre/2003 y se aplicará durante los meses de marzo a agosto de 2004.

Marzo 2004

1)

Dto. 392/03

$ 224. El importe completo forma parte de los sueldos básicos de cada categoría y en forma proporcional al tiempo trabajado. (Dtos. 392/03, 905/03 y Res. 64/03)

2)

Suma no remunerativa (Dto. 1347/03):

$50. Se abona el proporcional al tiempo trabajado y no lleva aportes ni contribuciones.

3)

Aporte Jubilatorio:

11% para trabajadores que aportan al Estado (Régimen de Reparto) y 7% para trabajadores que aportan a una AFJP (Régimen de Capitalización). Este porcentual se mantiene hasta el 30/06/04 (Dto. 390/03)

4)

Sueldo Mínimo Vital y Móvil

$ 350 y $ 1,74 para trabajadores mensualizados y jornalizados respectivamente. (Dto. 1349/03)

5)

Feriados del mes:

No hubo.

6)

Doble indemnización (Dto. 1351/03)

Se prorrogó hasta el 31/03/2004 (BO 6/1/04) salvo que el trabajador haya sido incorporados a partir del 1º de enero de 2003 y represente un aumento en el total de los trabajadores que poseía el empleador al 31/12/02.

7)

Ayuda Escolar Anual

a) Para acreditar el derecho a esta asignación, los hijos del titular deberán concurrir a establecimiento de carácter nacional, provincial, municipal o privados incorporados a la enseñanza oficial y sujetos a su fiscalización o adscriptos a la misma, siempre que se encuentren reconocidos y funcionen con permiso expreso de la autoridad educacional oficial.

b) Se abona por aquellos hijos que asistan regularmente a preescolar, sala de cinco años, nivel inicial, primera sección, segunda sección, tercera sección o primer ciclo, segundo ciclo, de acuerdo a las distintas nominaciones. En los casos en que en el certificado escolar se indique que el menor concurre a jardín maternal, sala de tres años, sala de cuatro años, jardín de infantes o a cualquier otra sección o sala no citada anteriormente, se debe solicitar al establecimiento educativo una constancia en la que acredite que el curso corresponde al nivel inicial.

c) En caso de hijos discapacitados, esta asignación se paga aun cuando sean mayores de 18 años y sin tope remuneratorio.

d) Se podrá pagar con los haberes del mes anterior al del inicio de ciclo lectivo, siempre que se haya acreditado la asistencia al ciclo lectivo del año anterior sin prejuicio de la posterior presentación del certificado de inicio de escolaridad dentro de los 120 días de iniciado.

e) Se podrá pagar dentro de los 120 días de iniciado el ciclo lectivo contra la presentación del certificado del inicio del ciclo lectivo cuya asignación se abona.

8)

Asignaciones familiares:

Todavía las abona el empleador junto a los haberes del mes, hasta tanto se incorpore al cronograma de la ANSES según el Dto. 641/03.

En marzo cambia el promedio del semestre a tener en cuenta para abonar las asignaciones. Este promedio corresponde a los meses Julio-Diciembre/2003 y se aplicará entre los meses de marzo y agosto de 2004. (Dto. 1245/96)

Al iniciarse una relación laboral se tomará en cuenta el valor de la primera remuneración por mes completo que regirá para todo el semestre.

El próximo encuentro será el lunes 26 de abril mucho después de Semana Santa Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Ya cuenta con personería jurídica

Desde el 18 de marzo pasado (2004) estaría aprobada por la Inspección General de Justicia la personería jurídica de la nueva Cámara Argentina de Empresas de Porteros Eléctricos

De acuerdo a un comunicado de prensa firmado por el Sr. Ariel Pagano, presidente de CAEPE (Cámara Argentina de Empresas de Porteros Eléctricos), desde el 18 de este mes (marzo/2004) y según el Estudio Jurídico de la Dra. Estiz, ya estaría aprobada por la Inspección General de Justicia (IGJ) la Personería Jurídica de esta entidad con el Nº 249/04.

Según expresó el Sr. Pagano "esto nos encuadra en un marco de seriedad y responsabilidad hacia la sociedad en general, demostrando que los integrantes de C.A.E.P.E, en consonancia con las disposiciones emanadas por la Secretaria de Defensa del Consumidor y la Ley 941 (Registro Publico de Administradores de Consorcios), son profesionales que actuarán con capacitación técnica, eficiencia, transparencia y honestidad, propendiendo al bien común de los asociados y los consorcios de copropietarios de propiedad horizontal."

Por otra parte aclaró que ya se impartieron las directivas al Asesor Contable de CAEPE, Dr. Claudio Maset, para gestionar el CUIT (Clave Unica de Identificación Tributaria) y las rúbricas de los libros correspondientes para implementar las tareas administrativas según las disposiciones legales vigentes y calculó que las mismas estarán finalizadas aproximadamente en 10 días.

Según el presidente de la entidad para los primeros días del mes de abril, se podrá constituir la Comisión Directiva de la nueva entidad -formalizando de esta forma su iniciación- aprobar el Reglamento General y oficializar a los integrantes del Comité de Matrícula y Comité de Homologación entre otras cosasEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


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Sueldos

El 9041 y los nuevos básicos de convenio

A partir del mes de marzo los importes básicos del Artículo 16 de la Convención Colectiva de Trabajo Nº 306/98 no sufrirán más modificaciones y quedarán fijos según el Decreto 392/03 por el cual se incrementaron finalmente en $224 o $112 según el tiempo trabajado.

El importe básico de los trabajadores de edificios de renta y horizontal está estipulado en el artículo 16 de la Convención Colectiva de Trabajo Nº 306/98 y depende de sus funciones más la categoría del edificio donde se desempeña.

Estos valores se venían incrementando desde julio de 2003 hasta febrero de 2004 en $28 y hasta completar $224 según lo establecía el decreto 392/03.

El Sistema 9041 permitía confeccionar el recibo de haberes mostrando estos incrementos en un ítem separado del importe básico original o se lo podía ir incorporando al mismo. Tanto en un caso como en el otro incidía en el valor de las horas extras, vacaciones, aguinaldos, etc. por convertirse en una suma remunerativa.

A partir del mes de marzo los básicos del artículo 16 no se deberán incrementar más y será más práctico cambiar los valores de todas las funciones en la tabla correspondiente para no caer en errores futuros.

En el módulo Anexo del Sistema 9041 se encuentran las tablas con los valores básico de las distintas categorías que tiene en cuenta a la hora de realizar los sueldos mensuales. Para modificar los valores se deberán seguir los siguientes pasos:

1)

Ingresar al módulo Anexo

2)

Luego ir al menú Escalafones que se encuentra dentro de Personal en relación de dependencia

3)

Una vez allí, seleccionar la primera función y modificar los valores correspondientes a cada categoría según los nuevos valores. Al completar el último importe, la ventana se cerrará para poder elegir otra función.

Una vez modificados los valores de todos los escalafones, la próxima vez que se realice un sueldo el Sistema 9041 mostrará los nuevos valores ingresados en el ítem Escalafones.

Para modificar el valor de un día de trabajo:

1)

Ingresar al módulo Anexo

2)

Luego ir al menú Adicionales que se encuentra dentro de Personal en relación de dependencia

3)

El Sistema 9041 preguntará si desea editar el contenido de la tabla a lo que se deberá responder con la tecla <S> correspondiente a "Sí".

3)

Aquí se deberán modificar 4 valores: Personal jornalizado no más de 18 horas por semana - Por día, Trabajador a tiempo parcial - Por hora, Suplente con horario - Por día y Suplente encargado no permanente sin horario - Por día.

De esta forma todos los valores habrán quedado actualizados a la fecha según el decreto 932/03.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Otra vez cambiaron la forma

de liquidar los sueldos...

...¿y con el viejo programa cómo hago?

Con el Sistema 9041

de las actualizaciones nos ocupamos nosotros


www.PequenasNoticias.com.ar

Un Foro para interactuar

Pequeñas Noticias creó en los últimos días en su sitio web www.PequenasNoticias.com.ar un Foro de Propiedad Horizontal donde ya se pueden realizar consultas que podrán ser respondidas por los suscriptos al Boletín o los visitantes del sitio En ese ámbito se intercambiarán opiniones, se aportarán soluciones, ideas, experiencia y comentarios.

Pequeñas Noticias puso a disposición de los lectores del boletín semanal y de los "navegantes" ocasionales que días tras días visitan su sitio www.PequenasNoticias.com.ar un nuevo espacio donde poder interactuar entre todos los actores de la comunidad consorcial: un Foro de Propiedad Horizontal.

En este ámbito exclusivamente pensado para la participación de todos aquellos que forman parte de esta pequeña familia se pone a su disposición un espacio donde poder dejar preguntas, consultas, opiniones, experiencias que al mismo tiempo serán compartidas y podrán ser respondidas por cualquiera que desee hacer un aporte a la inquietud planteada.

Para participar del Foro, se debe ingresar al sitio www.PequenasNoticias.com.ar, luego al menú Servicios Varios y por último a la opción Foro de Discusión.

La primera ventana que se muestra permite publicar un nuevo mensaje para dejar una pregunta o contestar uno de los mensajes ya publicados en el Foro por otros participantes.

Para "Publicar un nuevo mensaje" se debe hacer clic en la leyenda y se abrirá una ventana con los siguientes datos a completar: nombre, título del mensaje, mail de quien escribe y el mensaje propiamente dicho. Una vez completados se debe hacer un clic en el botón Enviar para que el mensaje quede grabado en el foro.

Para contestar una pregunta o agregar un aporte a alguno de los mensajes que dejaron otros participantes, se debe hacer clic en el título del mensaje seleccionado. A continuación se abrirá una ventana con el texto del mensaje seleccionado y la posibilidad de responderlo haciendo un clic en "Respuesta al mensaje actual" para poder escribir y luego Enviar. Es importante aclarar que la respuesta quedará visible para toda persona que ingrese al foro y consulte el mensaje.

Si el participante que contesta desea enviarle una respuesta en forma privada al autor del mensaje lo puede hacer haciendo un clic en el botón que tiene una carta como dibujo. Si desea imprimir el mensaje se debe realizar un clic en el botón con la impresora y también se puede responder el mismo haciendo un clic en el botón con la carta abierta y el lapicito.

Para participar del Foro, se debe ingresar al sitio www.PequenasNoticias.com.ar, luego al menú Servicios Varios y por último a la opción Foro de Discusión o hacer clic, mientras se está conectado a Internet, en la imagen que está a la derecha

También se le puede asignar un valor cualitativo al mensaje y seleccionar una de las siguientes puntuaciones: falto de interés, poco interesante, interesante, muy interesante y excelente. El Foro mismo hará un promedio y lo mostrará en la última columna que forma la tabla con todos los mensajes recibidos.

Para aquellos usuarios que estén familiarizados con la codificación HTML existen algunas herramientas que permiten, al escribir una pregunta o una respuesta, utilizar este lenguaje, mediante botones prefijados, para darle distintos formatos al texto como por ejemplo negrita, cursiva, subrayada, colores rojo, azul, verde y amarillo. También hay disponibles para ilustrar el texto algunos "smiley" que son las conocidas caritas que muestran distintas expresiones.

Al seleccionar un código HTML se mostrarán unas etiquetas que indican el principio y el fin del formato elegido. Por ejemplo al pulsar sobre el botón de la "negrita" se verá: <b></b> y el texto a resaltar se debe escribir entre las dos etiquetas. En el mensaje escrito se leerá <b>Resaltar este texto</b> y al verlo publicado en el foro se podrá leer: Resaltar este texto.

El Chat de Pequeñas Noticias

Las facilidades que brinda hoy Internet permiten realizar actividades que hace 15 años atrás sólo hubiesen sido posible en textos o películas de ciencia ficción. Tener en el mismo instante una "reunión virtual" entre participantes ubicados físicamente en distintos lugares unidos por un interés común y a través de una computadora no era fácil de imaginar. Hacer desaparecer kilómetros y kilómetros de distancia de nuestra Argentina, unificando intereses, actividades y tiempo sin importar dónde uno se encuentre, sigue siendo casi mágico.

Desde hace tres semanas Pequeñas Noticias viene coordinando un Chat donde todos los jueves a las 18:30 se dan cita para charlar de temas relacionados con la propiedad horizontal propietarios, administradores, proveedores y demás actores del sector para compartir una hora de preguntas, respuestas, opiniones y experiencias. La cita de esta semana es para el jueves 25 de marzo a las 18.30 hs y el Dr. Marcelo Moggia, autor del libro "Cuestiones actuales de la Propiedad Horizontal", contestará en forma solidaria y gratuita todas las preguntas y dudas que le vayan surgiendo a los visitantesEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


www.umiph.com.ar

Unión de Medios Independientes 

de Propiedad Horizontal

Si te interesan los temas o problemas de tu consorcio y querés encontrarles solución escuchá CONSORCIO el programa del Dr. Awad.


Desde el 19 de Marzo todos los viernes a las 12 hs. por Radio Cultura F.M 97.9 mhz o por www.fmradiocultura.com.ar


Breves Pequeñas Noticias

Consumidores

15/3: día mundial de los derechos del consumidor

El Día de los Derechos del Consumidor recuerda un mismo día de 1962 cuando John F. Kennedy , ex presidente de los EEUU, dijo ante la legislatura que "los consumidores forman el único grupo importante cuyas opiniones no son oídas. Todos somos consumidores".

Desde que la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor se sancionó el 22 de septiembre de 1993, cada vez es mayor la toma de conciencia por parte de los consumidores a la hora de hacer valer sus derechos. Las demandas que realizan suelen ser acciones colectivas que presentan asociaciones de consumidores o individuales que realizan los mismos usuarios.

Según el arquitecto Miguel Fortuna, director de la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor de la Ciudad de Buenos Aires, los jueces le dan la razón a los consumidores en un 90% de los casos.

Por otro lado en la provincia de Buenos Aires las demandas judiciales son gratuitas ya que la Ley 13.133 eliminó el costo de la tasa de Justicia y los honorarios de los abogados.

Para más información los consumidores bonaerenses pueden llamar al 0800-222-9042 y los de la Ciudad de Buenos Aires al 0800-999-2727.

Sueldos

Eliminarían los topes de aportes jubilatorios

Actualmente el tope máximo sobre el que un trabajador realiza aportes en relación a su sueldo es de $4.800 aunque el total bruto sea superior. El Gobierno eliminaría ese tope por decreto como una de las medidas para fortalecer el sistema de Seguridad Social.

El Ministro de Economía, Roberto Lavagna, expresó que el Gobierno quiere eliminar por decreto los topes salariales sobre los que se aporta la jubilación y realizarlos sobre el total bruto de los mismos.

El ministro dijo que se podría implementar el aumento del tope salarial en forma gradual y hay distintas posiciones sobre el futuro del tope: eliminarlo por completo o dejarlo en 12.000. Estas medidas están relacionadas con la promesa realizada al FMI en la última carta de intención.

Los ítems contenidos en el sistema de la Seguridad Social son los correspondientes a la jubilación, asignaciones familiares, Fondo de Empleo, obra social y PAMI.

Actualmente los trabajadores aportan para el sistema de jubilación el 7% u 11% según lo hagan al régimen de capitalización o reparto; el 3% en concepto de obra social y el 3% para el PAMI.

Privatizadas

Tarifa social para agua, luz y gas

El Gobierno habría terminado de redactar un proyecto de ley que contemplaría tarifas sociales para el servicio de agua, luz y gas de usuarios desocupados y jubilados

La tarifa social abarcaría los servicios de agua, luz y gas y se aplicaría a usuarios según los niveles de consumo, condición social, económica y laboral. Antiguamente sólo se tenía en cuenta el consumo pero esto fue modificado posteriormente.

Los beneficiarios serían jefes de familia desocupados o inhabilitados para trabajar por problemas de salud, los titulares del plan Jefes y Jefas de Hogar más los jubilados y pensionados con ingresos mínimos por grupo familiar y por último los trabajadores con empleo que vivan en casas sin servicio de televisión por cable o satelital.

La reducción en las tarifas se financiará por medio del Estado Nacional, por el resto de los usuarios que pagarán un 2% más en sus boletas y por el 10% del total del beneficio que aportarán las prestadoras de los servicios.

Los entes reguladores controlarían que los beneficiarios de la tarifa social sean los que realmente lo necesiten y que las empresas cumplan con las obras prometidas.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

 


"La voz del consorcista"

Escúchenos en AM 610

Radio Gral. San Martín

todos los sábados de 9 a 10 hs

El portal de los administradores y consorcistas.

ADMINISTRADORESph.com.ar

Para encontrar todos los datos de la propiedad horizontal en un solo lugar. Visítelo aquí.


Rincón Solidario

Dr. Juan IglesiasContesta el Dr. Juan Iglesias

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

La escalera se encuentra cerrada con llave

Sres. Pequeñas Noticias 
De mi mayor consideración: 
Por medio de la presente quisiera consultarles sobre un problema bastante preocupante que me está ocurriendo en el edificio donde trabajo.

El edificio se encuentra en la calle San José 334, y son todas oficinas, en total son nueve pisos y una unidad por piso, donde posee un solo ascensor y las puertas que conducen hacia la escalera se encuentran permanentemente cerradas con llave en todos los pisos e inclusive la de la planta baja.

Esta situación irregular aparentemente se debería a que tiempo atrás fueron robadas algunas oficinas, lo cual llevó en forma contravencional e irresponsable a colocar llave e inclusive hasta rejas y candados en las puertas de acceso a los pisos y la puerta tijera del ascensor.

A pesar de mi comentario con el propietario de la oficina este tampoco atendió esta situación, pero el gran problema no es que lo sepan sino que tomen real conciencia de lo grave y sobre todo peligroso que es esto, ya que de producirse un simple incendio deberíamos lamentarnos, o quizá nuestra familia por no poder salir ante esta emergencia. Es por todo esto que desearía que me ayudaran informándome sobre leyes, decretos y ordenanzas sobre este tema, como así también en donde debo denunciar esto para evitar seguir trabajando con temor a una emergencia.

Los sigo permanentemente desde el boletín, el cual me instruye e informa en todo lo relacionado con propiedad horizontal y deseo que sigan así por mucho tiempo.

Los felicito y le deseo lo mejor.

Nicolás R

(26/1/2004)

Estimado Sr. Nicolás R.:

En primer término, los espacios comunes que fueron cercenados unilateralmente sin consultar a la totalidad de los consorcistas, constituye una irregularidad absoluta. Recordemos que todos los consorcistas tienen derecho al uso y goce de espacios comunes siempre claro está, que ello no desnaturalice ese uso y goce dándole a ese lugar común una utilización distinta a la prevista en el Reglamento de Copropiedad y la ley 13.512.

En el caso puntual de la consulta, los pasos a seguir por el consorcista afectado son: a) intimar al Consorcio de Propietarios a retirar toda cerradura, reja o cualquier otro elemento que impida el libre tránsito por espacios comunes por parte de cualquier condómino. b) En caso de persistir la situación anómala, realizar una mediación para tratar de acordar una solución mediante la pertinente firma de un convenio, dándole un plazo perentorio al requerido para remover obstáculos que impiden el libre tránsito y acceso a espacios comunes y c) En caso de no asistencia del Consorcio a la mediación -quien deberá hacerlo representado por su administrador y un letrado-, o si no existe acuerdo de partes, promover una acción judicial donde se reclame 1) una obligación de no hacer, para obligar al Consorcio a retirar los obstáculos que impiden a los consorcistas el libre acceso y tránsito en espacios comunes y 2) daños y perjuicios por la actitud claramente ilegítima y antirreglamentaria asumida por el accionado.

Le envío un cordial saludo.

Juan Iglesias.Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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EL Dr. Juan Iglesias es abogado especializado en propiedad horizontal, derecho penal y es conductor del programa de radio "La Voz del Consorcista". Para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a consorcistas@hotmail.com


¡¡¡ Ya hay 3 ganadores más 

de los premios que sorteamos la semana pasada

 ADMINISTRADORESph.com.ar  y Pequeñas Noticias... !!!

¡¡¡ los afortunados de esta semana son... !!!

1.-

Genoma - Palermo Hollywood - Cena/Disco

Sergio José Kohan (DNI ...350)

2.-

La Madeleine - Barrio Norte - Cena

Tito Gastaldi (DNI ...309)

3.-

Teatro del Pueblo - Centro - Espectáculo

Luis Alfredo Kadi (DNI ...450)

Los ganadores del sorteo pueden comunicarse con la producción al TE 4581-3906 en horario de oficina para concertar día y fecha para retirar el premio correspondiente.

- Los premios estarán disponibles en la redacción por 30 días corridos -


Rincón Solidario

Dra. Victoria LoisiContesta la Dra. Victoria Loisi

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Existen deudas con el sindicato

El motivo de nuestra consulta es que tenemos problemas con el administrador porque no ha cerrado tres ejercicios, no ha llamado a asamblea para que se le realice una auditoría, está muy deteriorado el edificio, existen deudas con el sindicato y es necesaria su remoción. En estos momento soy parte del nuevo consejo de administración y ha quedado pendiente (a partir de un cuarto intermedio) la asamblea anual por estas últimas causas. Mi pregunta es si es posible llamar a una asamblea extraordinaria contemplando los puntos que quedaron pendiente del orden del día de la asamblea ordinaria anterior pero incorporando en el orden del día la remoción y la elección del nuevo administrador.

Desde ya muchas gracias

Edgardo F

(Resistencia - Chaco - 12/3/2004)

NR: La pregunta original fue corregida en su redacción para elevar su nivel de comprensión y legilibilidad.

Estimado Edgardo,

Si el cuarto intermedio de la Asamblea Ordinaria que Vd mencionara ha quedado pendiente con una fecha ya establecida, no aconsejo solicitar una nueva Asamblea para tratar el mismo Orden del Día, sino que habrá que esperar a que se cierre la Asamblea ya iniciada en la fecha que se haya predeterminado.

Por el contrario, lo que aconsejo es la Convocatoria a una Asamblea Extraordinaria para tratar un único punto en el Orden del Día: La remoción de la actual administración y su reemplazo por otra más transparente.

Ambos elementos deben estar presentes, puesto que en la misma Asamblea en la que se remueve a la administración, debe designarse su reemplazante.

Respecto del porcentaje necesario para llamar a Asamblea Extraordinaria y a los días de anticipación con que debe efectuarse la convocatoria, ambos temas se encuentran regulados en su Reglamento de Copropiedad y Administración.

Esperando haber esclarecido su inquietud lo saludo cordialmente,

Dra. Victoria LoisiEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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La Dra. Victoria Loisi es abogada, miembro de la comisión directiva de la Fundación Liga del Consorcista de Propiedad Horizontal (www.ligadelconsorcista.org) y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a info@ligadelconsorcista.org, llamarla a los teléfonos 4811-9836 / 4816-5111 o mandarle una carta a Montevideo 764 11º piso "C"


¡¡¡ Sea el FELIZ GANADOR...

de 1 de los 3 premios que semanalmente le ofrecen

 ADMINISTRADORESph.com.ar  y Pequeñas Noticias... !!!

Participarán todos los lectores que nos manden un e-mail a GranConcurso@PequenasNoticias.com.ar con sus datos completos(*) antes del próximo lunes 29 de marzo a las 08:00 am y los resultados del sorteo serán publicados en el próximo número de Pequeñas Noticias.


1.-

Obvio - Palermo - Cena/Disco

Menú a elección para 4 personas

2.-

El Federal - Palermo Viejo - Almuerzo

Menú a elección para 4 personas

3.-

Actors Studio - Centro - Espectáculo

2 entradas para 1 espectáculo


(*) El mail debe ser dirigido a GranConcurso@PequenasNoticias.com.ar con nombre y apellido completo, teléfono, dirección, tipo de documento y los tres últimos números de ese documento de identidad. Todos los premios están sujetos a las condiciones impuestas por la empresa Solo Premios. Los premios gastronómicos pueden no incluir derecho al espectáculo (si lo hubiera) que en general tiene un cargo mínimo, uso del servicio, postres o bebidas y pueden tener una consumición mínima de una gaseosa o agua mineral por invitado. Los términos del premio están detallados con valores en el reverso de cada tarjeta de invitación y son inapelables por no depender de la producción de Pequeñas Noticias. Estos premios están auspiciados por www.administradoresPH.com.ar. Los premios se entregarán en las oficinas de Pequeñas Noticias a todos los participantes con domicilio en Capital Federal y Gran Buenos Aires y por correo postal a nuestro cargo a los habitantes del interior del país. En caso de inconvenientes con un premio determinado por razones ajenas a la producción de Pequeñas Noticias se canjeará por otro similar de sus mismas características no dando lugar a reclamo alguno. La participación en este sorteo implica la aceptación de las condiciones del mismo.


Rincón Solidario

Dr. Eduardo BrailovskyContesta el Dr. Eduardo Brailovsky

Desde este rincón los profesionales contestan a propietarios, encargados, proveedores y administradores, de onda, aportando sus conocimientos y experiencia, a aquellos que nos acerquen sus consultas.

Rincón Solidario

Sala de ensayo y estudio de grabación

Hola Claudio: 
Básicamente te consulto porque al lado de mi departamento se está instalando una sala de ensayo y estudio de grabación, o sea alguien ha alquilado el departamento para hacer eso. El edificio tiene apto profesional. 
¿Se puede hacer algo o mi vida se tornará imposible?
Gracias
Leonor S
(12/3/2003)

Estimada Leonor S.:

NO, su vida NO se tornará imposible, aunque le adelanto que tal vez, en su caso se pongan a prueba, las normas de convivencia pacífica, y la normal tolerancia que debemos tener al prójimo.

Eso, porque si los niveles de ruido no son excesivos en su unidad, serán molestos, sí, pero no podrá hacer cesar la música.

Si en cambio, los ruidos exceden la normalidad, Ud. puede recurrir a una simple denuncia ante la comisaría de su zona, para que se constate los ruidos y los hagan cesar.

Si Ud. vive en la Capital Federal, eso está expresamente incluido en el código de convivencia de la C.A.B.A (Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

Claro que cosa distinta es el ruido efectuado dentro de los horarios normales y habituales de descanso; que, aunque sea un tema aparte, su edificio el Reglamento de copropiedad o el Reglamento interno debería reglamentar, y que, en el edificio del vecino también podría estar reglamentado, y consecuentemente, Ud. podría hacer valer. 

Recuerde: nadie debe alterar el descanso de los vecinos en esos horarios normales y habituales de descanso.

Eso también se podría intentar solucionarlo con una denuncia Policial.

No se olvide que, antes de hacer una o varias denuncias policiales, deberá intimar, tanto al dueño de la departamento vecino como al Consorcio vecino, en forma fehaciente, es decir, mínimamente, por carta documento, el cese del ruido que la molesta, etc.

Ya a esta altura, le sugiero toquemos un tema en discusión desde hace años:

¿qué entendemos por ruidos normales?

Porque evidentemente, no para todas las personas un mismo ruido es normal: algunos con agudeza auditiva lo "sienten" más, y otros con alguna pérdida auditiva ni siquiera se percatan del ruido.

Y para no subjetivizar el problema, y a fin de tratar de poner un límite máximo, podemos afirmar que RUIDO MOLESTO (o música MOLESTA o a EXCESIVO VOLUMEN para el caso), es cuando se exceden los 75 decibelios.

Ud. dirá: ¿y eso cómo lo sabré yo?

Es cierto, Ud. no lo sabe: para saberlo no quedará más remedio que contratar un ingeniero con un instrumental especial para medir los decibelios.

Y que se lo informe por escrito y firmado. Incluso eso le servirá judicialmente como "prueba" de los ruidos molestos que padece o padeció.

Ahora que el hecho que el edificio vecino sea "apto profesional", tiene una relativa importancia. 
Debe tenerse en cuenta que sólo un "ingeniero de sonido", que es un profesional universitario, y trabajando por su propia cuenta, sería el único que puede poner una sala de grabación en el Consorcio.
Pero Jamás podría instalar esa sala, una sociedad comercial de hecho o de derecho, puesto que en ese caso, el uso permitido del consorcio debería ser "uso comercial".

Además, estimada Leonor S., piense que, si a Ud. le molestan esos ruidos, teniendo una pared que legalmente debería ser de 30 centímetros, ¿cuánto molestará a sus propios vecinos del mismo consorcio, que tienen paredes, techos y piso, más finitas (15 cms.).

En el caso que las varias denuncias policiales que deberá efectuar no le den resultado, entonces recurra a su abogado de confianza, que sabrá cómo obtener las pruebas que el ruido existe, que es molesto, y los daños que le provocó a Ud., para luego proseguir con una mediación y/o juicio, en caso necesario.

Esperando haberla ayudado, saludo a Ud. muy atentamente.

Dr. Eduardo J BrailovskyEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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El Dr. Eduardo Brailovsky es un abogado que cuenta con amplia experiencia en temas de propiedad horizontal  y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a ceo@eb-asoc.com.ar, llamarlo a su teléfono 4862-5390/4867-0712 o escribirle a Perón 4243 - Buenos Aires (1199) Argentina


Listado Completo de Empresas Conservadoras de Ascensores

Listado completo de empresas


Sr. Raúl E. GuinzburgCorreo de Opinión

Réplica a una opinión sobre asambleas de propietarios

En la página inmobiliaria de una publicación barrial gratuita ("Flores de Papel" - Marzo 2004, pág. 15) y como título: "Consejos Utiles: Propietarios de Departamentos", la Dra. Gloria E. Sierra expresa en forma rotunda que "Las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias, no se encuentran estipuladas en la Ley 13.512 de Propiedad Horizontal, desde lo legal ningún artículo de la mencionada ley las prevé, por lo tanto al no estar previstas, tampoco se habla que sean obligatorias, ni se estipulan plazos en los cuales los Propietarios deben ser citados para reunión alguna". Habla luego de las obligaciones del Administrador, representante legal del Consorcio, con atribuciones muy amplias que rara vez superan por encima de sus atribuciones, en lo que respecta a la reunión de copropietarios para tratar asuntos de interés común, y por ende que éste no tiene obligación citar a Asamblea. 

Como experta en la confección de Reglamentos de Copropiedad, ya que también dice ser Escribana, informa que al no haber legislación precisa sobre el tema al constituirse los Consorcios, copiaron de otras personas jurídicas, como sociedades comerciales en general, el formato de sus reuniones, introduciendo la figura de la Asamblea Anual alterando el espíritu de la Ley, tal como lo imaginó el legislador que debía ser la convivencia en los consorcios. 

Habla también que si los copropietarios están informados de todos los acontecimientos del consorcio teniendo un contacto a diario con el Administrador, como en su caso que tiene su contestador automático encendido las 24 horas todos los días del año, comprobándose con ello que las Asambleas anuales son un mero formulismo y que la asistencia a las mismas es muy poca, y las que se realizan la califica de verdaderas reuniones sociales con los participantes cómodamente sentados y tomando café.   

¡¡¡Qué aberración y arbitrariedad!!!

 Debo discrepar absolutamente con estos virtuosos conceptos.  En primer lugar si bien en la Ley no se determina Asamblea ya sea Ordinaria o Extraordinaria, sí se determina en el art. 9º, inc. d) que: "La forma de convocar la reunión de propietarios en caso necesario........" cuando habla de lo que debe contener el Reglamento Copropiedad y Administración, y en el Art. 10ª, expresa que "Los asuntos de interés común que no se encuentren comprendidos dentro de las atribuciones conferidas al representante de los condóminos, serán resueltos, previa deliberación de los propietarios, por mayoría de votos". Creo que es obvio y el sentido común lo ratifica, que en primera instancia la deliberación de propietarios debe realizarse por medio de una Asamblea o Plenario. 

En cuanto al Reglamento de Copropiedad y Administración el hecho de que no hubiera legislación al respecto, no exime que deba confeccionarse, tomándose en principio, el ejemplo de otros entes jurídicos, que luego puede adaptarse o modificarse si se consideran que esos ejemplos son obsoletos o no cumplen con su objetivo. Ese es un instrumento jurídico por lo que debe respetarse y cumplirse como una ley. Lo de alteración del espíritu de la ley, corre por exclusiva cuenta de la Dra. Sierra ya que con ese sentido el Decreto 18734/49, reglamentario de la Ley 13.512, -de la cual la misma NO HABLA-  determina que en el Reglamento de Copropiedad y Administración deberá proveer, entre otras, sobre la siguiente materia: "Forma y tiempo de convocación a las reuniones ordinarias y extraordinarias de propietarios.....", también según su concepto sería alterar ese espíritu. Por otra parte ¿cómo sabe que el legislador pensara de esa manera?  Entiendo que son únicamente los jueces quienes deben tomar y evaluar en sus decisiones "el espíritu de la ley" al hacer un dictamen.   

Por consiguiente es de aplicación inapelable los Reglamentos de Copropiedad y Administración. El llamado diario con el Administrador por parte de los condóminos para informarse, es evidentemente una utopía. Hay muchos, no como el ejemplo de la autora de la nota, que encontrarlos o comunicarse es lo mismo que tratar de que un discapacitado motriz (y yo me cuento entre ellos) pueda escalar una montaña.   

Estamos cansados de ver que algunos que atienden  -es un decir- , como la dicente, de lunes a viernes, los fines de semana o feriados "se borran" no pudiéndose contactar de ninguna manera.  Me da la impresión también que se trata el tema como que el Administrador debe tener el más amplio y absoluto poder . Nada más incorrecto, teniendo en cuenta  que por el contrario, en los borradores de proyecto para modificar la Ley 13512 y por amplio consenso de propietarios, se trata de restringir y regular sus funciones. También me parece que es desafortunada la expresión de que si bien las Asambleas anuales pueden ser un mero formulismo, las que algunas de ellas son reuniones sociales cómodamente sentados, es improcedente. 

Supongo que ello podría ocurrir en edificios de muy alta categoría que no es lo mismo en los de clase media y media baja en que no sólo no se hace en una unidad, sino que se realizan con enormes incomodidades en un hall de entrada, en un sótano o en una azotea, y por supuesto parados. Lo único que coincidimos es que efectivamente en muchas asambleas la concurrencia es escasa, pero ello es por una falta de cultura, desidia, incomprensión y concientización de los condóminos, que justamente son los temas para la modificación de la Ley. 

En fin, con el respeto que me merecen esas dos prestigiosas  profesiones que ostenta la autora del artículo y con las disculpas del caso para ella misma si en algo la he afectado, sirva la presente de crítica protesta, pero constructiva. 

Raúl E. Guinzburg

(21/3/2004)


Avisos Clasificados

EMPLEO - PEDIDOS

EN MAR DEL PLATA, encargado permanente con vivienda, entre 45 y 50 años, con 15 años de aportes comprobables, sin hijos a cargo (no excluyente), preferentemente casado. Enviar curriculum vitae con detalle de grupo familiar, junto a una nota manuscrita en letra cursiva escrita por el postulante a Casilla de Correo 466, 7600, Mar del Plata. Nota: los curriculums enviados a la dirección de correo electrónico (encargado2004@yahoo.com.ar), estarán sujetos a una posterior carta manuscrita

PERSONAL DE LIMPIEZA para edificio en Floresta - Jornalizado suplencia enero 2004 - Lunes,  miércoles y viernes de 8 a 12 - Masculino hasta 35 años - Conocimientos de electricidad y plomería - Buena presencia y atención a copropietarios - Preferentemente radicado en la zona - Dirigirse al Ing. Burna - Teléfono: 4572-7892 (mensajería todo el día)

PERSONAL DE LIMPIEZA para edificio en Ciudad Evita - La Matanza - Jornalizado suplencia enero 2004 - Lunes y viernes de 8 a 10 - Femenino hasta 35 años - Buena presencia y atención a copropietarios - Preferentemente radicar en la zona - Dirigirse al Ing. Burna - Teléfono: 4572-7892 (mensajería todo el día)

INMOBILIARIA - PEDIDOS

ALQUILER DEPARTAMENTO EN CAPITAL: Necesito alquilar departamento de dos habitaciones en Capital Federal, o en provincia en barrios cercanos a la Autopista General Paz; para mudanza antes de mayo. Favor de comunicarse al: 4709-1661 (de 8.30 a 16 hs.), o por mail a adrianabrizuela@hotmail.com. Deseo contactarme preferentemente con dueño directo.

INMOBILIARIA - OFRECIDO

LOTE 11 X 25: Dueño vende en Mar Azul a 7 cuadras del mar - Oportunidad única - Contactar Sra. Liliana - E-mail: lotemarazul@hotmail.com

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SECRETARIA ADMINISTRATIVA: Amplia experiencia pago a proveedores - ctas. ctes. - bancos - etc Manejo de Office - Word - Excel Internet - Manejo de agenda y teléfonos. Disponibilidad 6 horas por  día. Solicitar CV a andreapais@yahoo.com o al teléfono 4911-5814 (mensajes) Sra. Andrea

ENCARGADO DE EDIFICIO Y/O MANTENIMIENTO: Experiencia de 3 años en edificios de Capital Federal y Gran Buenos Aires (Lanús) - Experiencia en electricidad, pintura y otros - Sr. Ziombra; Carlos Basilio - Teléfono: 4209-9454 (dejar mensaje) - E-mail: eziombra@hotmail.com

CUIDADO DE NIÑOS, ANCIANOS, ENFERMOS, LIMPIEZA Y PORTERIA: Mi nombre es Cristina Citro. Solicito empleo en el área de cuidado de niños, limpieza del hogar, portería, cuidado de ancianos o enfermos, etc. Tengo experiencia comprobable en todos estos rubros. Por el momento no poseo teléfono, así que ruego se comuniquen al celular de mi hijo: (15) 5124-1009, o por mail a: sebastianauge@hotmail.com.

ENCARGADO C/VIVIENDA - AYUDANTE HORARIO CORRIDO: Poseo amplia experiencia como encargado (10 Años).Conocimientos Técnicos Superiores (Electricidad P. H / Industrial) Conocimientos generales de servicios (Plomería, Ascensores, Servicios de Calefacción) para su eficaz control y aviso a sus proveedores en caso de fallas. Están a disposición de quien lo solicite curriculum completo y aportes. Antecedentes laborales actuales y pasados - Sr. Machiavello Diego Alberto - Teléfono: 4501-5200 todo el día - E-mail: diegomachiavello@hotmail.com

MANTENIMIENTO GENERAL Y CARPINTERÍA: Tengo 42 años y busco trabajo para tareas de mantenimiento general y/o carpintería en hospitales, clínicas, escuelas y hogares. Tengo experiencia en carpintería Aprile, clínica Bazterrica, etc... Soy joven, dinámico, honesto y muy trabajador. - Sr. Osvaldo Martínez - Teléfono: 4224-3079 de 8 a 20 hs - E-mail: victorcavalo@interar.com.ar

ADMINISTRAR CONSORCIOS: Soy recibido el año pasado del curso que dicta el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, mi teléfono directo es 15-5424-6629 por cualquier consulta, de 11.00 a 20.00 hs. o por e-mail a admconsorcios_rs@yahoo.com.ar.-

SEGURIDAD EN EDIFICIOS: Con amplia experiencia y referencias en seguridad de edificios. - Sr. Carlos - E-mail: cemdgi@yahoo.com.ar


Correo de Lectores

Convocatoria a asamblea

Estimado Sr. Claudio García de Rivas:

Solicito tenga a bien publicar en Pequeñas Noticias un modelo de carta para solicitar al Administrador en forma perentoria convocatoria a Asamblea, con orden del día Remoción del Administrador.

Gracias por su atención

Atilio M.

(16/3/2004)

Estimado Atilio, en el Boletín de Pequeñas Noticias Nº 203 le hicimos una entrevista al Dr. Alberto Aníbal Gabás, especialista en propiedad horizontal y autor de muchos libros relacionados con el tema, quien presentó su última y reciente obra llamada "Nulidad de la asamblea del consorcio" de la editorial Hammurabi. En otro de sus libros llamado "Derecho Práctico de Propiedad Horizontal - Parte 1" brinda una serie de modelos para pedir la convocatoria a asamblea y le transcribimos uno de ellos que estimo le será de utilidad:

Los que suscriben: ........................................................ en su carácter de integrantes del Consejo de Administración del Consorcio de copropietarios del edificio .......................... sito en calle ................................... Nº ................... de ................................. le solicitamos a Ud. como administrador del referido consorcio, y en uso de las facultades prescriptas por el Art. ............ del Reglamento de Copropiedad a que convoque a asamblea extraordinaria a llevarse a cabo el día ........ de ........................................... del corriente año, a efectos de tratar los siguientes puntos: 1) Remoción del administrador; 2) Plazo para rendir cuentas; 3) Designación de nuevo administrador.

En caso de no cumplir con el requerimiento efectuado, se peticionará la correspondiente asamblea judicial conforme Art. 10 de la ley 13.512.

Atilio, debo decirte que este no es más que un modelo posible y sólo a los efectos de que tengas una idea de la redacción. Siempre será conveniente asesorarte por un profesional para no cometer errores a la hora de la redacción y sobre todo cuando el consorcio se encuentra frente a algún tipo de problemas con el administrador.

Un saludo cordial.

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Gacetilla de Prensa

JORNADA INTERNACIONAL EN LA ARGENTINA

"ADMINISTRACIÓN DE CONSORCIOS"

Jueves 25 de Marzo de 2004 08:30 a 19:00

Salon de Actos de la Cámara Inmobiliaria Argentina

Hora

Actividad

08:30

Registro y Acreditación

09:00

Apertura de la Jornada a cargo del Asesor Académico del ICI, Prof. Jorge A. ALONSO

Palabras del Arq. Miguel FORTUNA

Director del Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Exposiciones

09:15

"La Informatización Global"

Especialista Rino Salvatore COSENTINO

Director de GEA, Administrador de Condominios en Ventimiglia, Italia

09:45

"Aplicación de Software para la Propiedad Horizontal en la Argentina"

Prof. Adriana ENRIQUEZ

Titular de la Cátedra de Informática en la Carrera de Consultor en Administración de Consorcios y Urbanizaciones Modernas del ICI, Argentina

 10:20

Coffe - Break

10:35

"Mediación y Arbitraje en Propiedad Horizontal"

Dra. Diana SEVITZ

Mediadora y Arbitro Especialista en Propiedad Horizontal, Argentina

 11:15 

"Calidad de Servicios en la Administración de la Propiedad Horizontal"
Prof. Jorge A. ALONSO

Asesor Académico del ICI, Argentina

11,45 

"Legislación Laboral Aplicable a Consorcios de Propietarios"

Dra. Mónica RISOTTO

Titular de la materia Derecho Laboral en la Carrera de Consultor en Administración de Consorcios y Urbanizaciones Modernas del ICI, Argentina.

12,20

Preguntas por parte de la Audiencia

13:00

Almuerzo libre

 16:05

"Administración de Urbanizaciones Modernas"

Gerente de la Federación de Clubes de Campo, Argentina , Dr. Jorge JULIA

 16:40

Coffe - Break

 

17:00

"Auditoría de Gestión del Administrador de Consorcios"

Cdra. Liliana CORZO

Titular de Principios de Auditoría, en la Carrera de Consultor en Administración de Consorcios y Urbanizaciones Modernas. Argentina.

17:35

"La Formación del Administrador de Consorcios en la Argentina"

Arq. Estela RECA

Rectora del ICI, Argentina

 

18:05

"El Ejercicio Profesional de Administrador de Consorcios en el Mundo"

Prof. José GUTIERREZ

Director del Gabinete de Estudios del Consejo General de Administradores de Fincas, España

18:40

Preguntas por Parte de la Audiencia

19:00

Palabras de Cierre y Entrega de Certificados a Expositores y Asistentes

Dr. Hugo MENELLA

Presidente de la Cámara Inmobiliaria Argentina

Informes e Inscripción: Bmé Mitre 784 Piso 1º . Te: 5031-3333

E-mail secretariaici@cia.org.ar /

informesici@cia.org.ar . Horario: 9hs a 20hs


Correo de Lectores

La AFIP y los consorcios

En algún momento los Consorcios no tienen que estar inscriptos en la AFIP por caso cuando no tienen empleados en relación de dependencia.

Alfonso F.

(19/3/2004)

Estimado Alfonso, justamente en el Boletín de Pequeñas Noticias Nº 203 de la semana pasada, en un Correo de Lectores llamado "El CUIT del Consorcio" se explicó que cuando el consorcio no tiene personal en relación de dependencia y no realiza ninguna actividad gravada por algún impuesto no debe solicitar su número de CUIT. Para el caso de operaciones bancarias y en el sistema financiero, escrituras públicas u otros actos registrables, deben solicitar ante la AFIP la CDI (Clave de Identificación) mediante la presentación del formulario F. 663.

Lo invitamos a leer el boletín anterior desde el sitio www.PequenasNoticias.com.ar en la sección Servicios Varios y allí en Boletines Publicados...

Un saludo grande.

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Comisión de Consorcios

El Centro de Gestión y Participación Nº 7 y Pequeñas Noticias

lo invitan a propietarios, encargados, proveedores, administradores y profesionales a participar de la primer Comisión de Consorcios que funciona en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires todos los miércoles de 19:30 a 20:30 hs en Rivadavia 7.202 3º piso.

 ---

Formación de mesas de trabajo de estudio de proyectos y soluciones 

a la problemática de la comunidad de la propiedad horizontal.

Asesoramiento solidario y gratuito

     

Participación libre y gratuita  

Todos los miércoles de 19:30 a 20:30 hs.

Rivadavia 7202 3º piso

Teléfonos: 4613-1530 / 4637-2355 / 4145-6902  - Internos: 323/324


Para mayor información contactarse con Pequeñas Noticias - TE: 4581-3906 - RadioMensaje: 4527-6669 - Móvil: (15)4449-8137 - E-mail: ComisionConsorcios@PequenasNoticias.com.ar


Correo de Lectores

Suprimir suplencias...

Quisiera saber si existe algún inconveniente legal en suprimir las suplencias de vigilancia diurna (sábados y domingos alternados ) que realiza el ayudante permanente sin vivienda desde hace tres años, suplencias solicitadas por él para engrosar su salario al haber renunciado la persona que cumplía esas funciones. Ahora el consorcio quisiera que esas funciones las cumpla otra persona.

¿Podría el ayudante hacer algún problema alegando habitualidad? Aclaro que el ayudante con 5 años de antigüedad es bastante conflictivo.

Muchas gracias.

Gabriela B.

(17/3/2004)

Estimado Gabriela, como sueldo decir habitualmente, los temas laborales son muy delicados. Si bien habría que entrar en más detalles para no cometer errores, a grandes rasgos no tiene ninguna importancia el motivo por el cual la persona que realiza las suplencias las está haciendo. Lo que sí importa es que lo hace desde hace 3 años y deduzco que no se pagan como horas extras sino como "suplencias".

En tal caso si se quiere prescindir de sus servicios habría que realizarle una liquidación final de haberes según indica la ley cuando se despide a un trabajador sin justa causa.

Gabriela te vuelvo a repetir que estas son consideraciones muy ligeras y sin conocer los pormenores del caso y de cómo se viene liquidando la suplencia.

Antes de tomar cualquier determinación será conveniente hacer un análisis más exhaustivo.

Un saludo grande.

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Correo de Lectores

La inscripción en el registro

Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en representación del Dr. Jorge A. Maldonado, para que me informen sobre los trámites a cumplir con el Registro de Administradores del GCBA, creado por ley N 941, enviándome direcciones, horarios, aranceles, etc.

Atte.

Aurelio S. A.

(16/3/2004)

Señor Aurelio, el Registro Público de Administradores de Consorcios que implementó la Ley 941 funciona en la calle Esmeralda 340, sede de la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor de la Ciudad de Buenos Aires.

La inscripción formalmente finalizó el 11 de noviembre de 2003 no obstante se sigue inscribiendo.

Para la inscripción deberá presentar un formulario impreso que lo puede obtener del sitio web del Gobierno de la Ciudad, www.buenosaires.gov.ar por el cual deberá abonar un timbrado de $10 en Carlos Pellegrini 211 piso 1º caja 5 en el horario de 9.30 a 14hs. Es conveniente realizar este trámite antes de ir a Esmeralda 340 para no perder tiempo.

A este formulario deberá adjuntar:

1)

Nombre y apellido o razón social. Para el caso de personas de existencia ideal, adicionalmente: copia del contrato social, modificaciones y última designación de autoridades, con sus debidas inscripciones. 

2)

Constitución de domicilio especial en la Ciudad. 

3)

Número de CUIT (original y copia)

4)

Certificado expedido por el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal. En el caso de las personas jurídicas, la reglamentación deberá establecer qué autoridades de las mismas deben cumplir con este requisito. Este trámite es personal, se debe realizar presentando DNI, LE o LC en la calle Tucumán 1353 PB de 7.30 a 19.00 hs pero el pago por el trámite lo podrá realizar hasta las 16hs. El costo es de $50 si necesita el trámite en 8hs, $40 si lo necesita en 24hs y $25.70 si puede esperar 5 días hábiles para obtenerlo.

5)

Certificado de juicios universales. Se realiza en Talcahuano 550 y el valor del certificado es de $10.

El valor total del costo será de $45.70 si solicita el certificado de reincidencia sin urgencia. Si le es necesario hay un teléfono disponible para realizar consultas: 0800-999-2727

Junto a esta documentación y de manera opcional puede agregar:

1)

Cursos de capacitación

2)

Título o Matrícula profesional

Un saludo cordial.

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Impuestos

Vencimientos Mensuales

En nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar están publicados los vencimientos impositivos correspondientes a este mes, a los que se puede acceder picando con el mouse en el ítem vencimientos del menú que aparece a la izquierda de la ventana principalEnvíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice


Proveedores de Bienes y Servicios

Avisos destacados

   

En tiempos de crisis

los gastos son fundamentales...

 

....y el Sistema 9041

(para la Administración de Consorcios)

es la solución más eficiente 

y al mejor costo.

 

Beneficios del sistema:


Consultas por pantalla y más de 80 listados con toda la información ingresada al sistema.


Multi-administrador y multi-consorcio
Legajos del personal. Fichas de sueldo. Control de inasistencias, de entrega de ropa reglamentaria, controles médicos, etc...


Ingreso, control de facturas y pago a proveedores. Posibilidad de efectuar la retención del Impuesto a las Ganancias, emisión del comprobante correspondiente, resumen quincenal de las retenciones efectuadas para informar a la AFIP, etc... Control de próximos vencimientos de impuestos, servicios y prestaciones de mantenimiento.
Cuenta corriente consolidada de proveedores.


Opción de cambiar para uno o más propietarios, el interés por mora, entre dos períodos.


Cuenta corriente de propietarios.
Control del saldo de caja y financiero a través del detalle de sus movimientos para cada consorcio y consolidado. Registro de provisiones y deducciones.
Emisión de los libros obligatorios en hojas móviles: Libro de Caja (Administración) y Libro de Sueldos (Ley Nº 20.744, Art. Nº: 52).
Balance entre períodos de egresos, ingresos y movimientos de fondos, detallados ó resumidos, clasificados por rubro o concepto.


Control de ingreso y restricciones a los diferentes módulos que componen el sistema por medio de claves de usuario y niveles de acceso.
Seguimiento y control de obras y reparaciones que se realizan en cada consorcio.

Liquidación de sueldos y jornales, vacaciones, aguinaldos, asignaciones familiares, antigüedad, etc... Posibilidad de imprimir los comprobante en formulario preimpreso.


Detalle de todos los trabajos realizados para cada unidad entre dos períodos. 
Confección de la liquidación mensual, la distribución de gastos y el estado financiero por pantalla y en forma impresa.


Impresión de los recibos de expensas con único vencimiento, con segundo vencimiento con recargo ó en dos cuotas. Opción de impresión en papel blanco o formulario preimpreso.
Control exhaustivo de la composición del saldo de los propietarios, posibilidad de calcular el interés de la deuda de más de una forma, cobranza rápida, cobranza de deuda y cobranza adelantada.


Registro de obras y reparaciones pendientes y finalizadas en lugares comunes y particulares.
Registro de las actas comunes y extraordinarias con su texto completo.
Emisión y control de cartas documento e índice telefónico.
Posibilidad de diferentes configuraciones de acuerdo a las preferencias o necesidades de cada consorcio.


Seguimiento y control de los seguros del consorcio.


Auditor de datos con control de errores lógicos.

Seguimiento y control de los juicios del consorcio (en construcción)


Gral. César Díaz 2761

(1416) Capital Federal

Argentina

Teléfono/Fax: 4581-3906

Móvil: (15)4449-8137

Pagers: 4527-7674/6669


Boletín de Pequeñas Noticias

para la administración de consorcios

Número de Edición: 204

Fecha de publicación: 22 de Marzo de 2004

Director y propietario: Claudio García de Rivas

Columnista especial: M Fabiana Lizarralde

Colaboradores: Dra. Victoria Loisi, Adm. León Estrugo, Sr. Raúl Guinzburg, Dr. Jorge Maldonado, Cdor. Sebastián Wolkowicz y Dr. Marcelo Moggia.

Dirección: Gral. César Díaz 2761 (1416) Capital Federal - República Argentina

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Móvil: (15)5248-3906

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E-mail: director@PequenasNoticias.com.ar

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