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¿Qué significan las siglas?: Las abreviaturas más frecuentes |
Acompañaron a Pequeñas Noticias en este número |
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CAPHyAI "No tiene que estar en las paritarias..." UCRA y APIPH le exigieron a CAPHyAI que renuncie al espacio que ocupa en las negociaciones de los Convenios Colectivas de Trabajo Así se lo solicitaron al vicepresidente de esa cámara que se hizo presente en forma espontánea -representando a su presidente Néstor Pirosanto- en la Segunda Asamblea de Copropietarios del 1º de junio A pesar de proponer un frente común entre propietarios y administradores, algunos asistentes se manifestaron fuertemente en contra de su presencia. [BPN-13/06/06] Para sorpresa de muchos, el vicepresidente tercero de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), Lic. Horacio Bielli, se hizo presente espontáneamente en la reunión que organizó la Unión de Consorcista de la República Argentina (UCRA) y la Asociación Propietarios Inmuebles en Propiedad Horizontal (APIPH) con el objetivo de ofrecer la colaboración de la entidad para que puedan participar de las discusiones de los Convenios Colectivos de Trabajo (CCT). "Ha llegado la hora, por lo menos así lo hemos entendido en la CAPHyAI, de que los buenos administradores formemos un solo frente común con los consorcistas", destacó el Lic. Bielli en la Segunda Asamblea Nacional de Propietarios que se realizó el 1º de junio en el Colegio Argentino de Ingenieros. Dirigiendo su mirada hacia el panel, integrado por la presidenta de UCRA, Sra. Alicia Giménez, el presidente de APIPH, Dr. Marcos Bergenfeld, y sus asesores legales, Dres. Jorge Marcelo Terzano y Félix Beltrán Pazo, el Lic. Bielli aseguró que la cámara ponía a su disposición toda su infraestructura y asesores para que los propietarios puedan intervenir en las discusiones paritarias. Y resaltó: "la cámara está abierta a que ustedes armen la representación para que cuando haya que ir a discutir los CCT la voz cantante de la representación patronal la tengan las instituciones que representan a los propietarios".
Sin embargo, luego de unos minutos de disertación, sus declaraciones no fueron bien recibidas por gran parte de los consorcistas presentes quienes le pidieron que sea breve en sus palabras y le aclararon que esa era una asamblea de propietarios y no de administradores. Ante la propuesta de conformar un frente común, el presidente de APIPH respondió que muy pronto –aclaró que a invitación de la CAPHyAI- van a tener una reunión: "el objetivo será hacer una declaración conjunta en la cual la cámara renuncie a estar en las paritarias. Creo que ese es el camino". El Dr. Bergenfeld consideró que "la CAPHyAI no tiene nada que hacer en las paritarias", pero resaltó que independientemente de esta idea "estamos en condiciones de ayudar muchísimo a los administradores para que ocupen su verdadero lugar haciendo una purga generalizada de tantos corruptos que han estado robando el dinero de los consorcistas". Asimismo, reflexionó que la CAPHyAI se pudo haber equivocado pero que a partir de este momento "tiene que tener un objetivo que es blanquearse y decir que no tienen que estar en las paritarias". En este sentido, resaltó que de esta forma sí aceptarían que los acompañen y les brinde todo lo que están ofreciendo. Por último, concluyó: "lo vamos a aceptar pero desde el punto de vista de la lealtad. No podemos estar juntos en las paritarias los administradores y los propietarios. Los administradores tienen que ocupar su lugar". Ante estas declaraciones el público adhirió con un nutrido aplauso. A pedido del presidente Al comenzar el acto, la presidenta de UCRA agradeció la presencia del vicepresidente de la CAPHyAI. También lo hizo el Dr. Bergenfeld quien antes de cederle la palabra al Lic. Bielli, destacó que un signo positivo de la labor que vienen realizando es la presencia de Bielli: "de alguna manera vamos a trabajar unidos con ellos y cada uno ocupará su lugar". El Lic. Bielli destacó: "yo estoy acá por pedido del presidente de la CAPHyAI, Adm. Néstor Pirosanto, y no puedo más que compartir todos los conceptos que ustedes han vertido de cómo se sienten perjudicados por todas las deficiencias del sistema de la Ley de Propiedad Horizontal".
Asimismo, resaltó que la CAPHyAI se opuso a los dos últimos convenios. Recordó que en el primero no estuvo de acuerdo y firmó en discrepancia y en el último, aclaró que a la cámara la convocaron a discutir para un horario y cuando llegaron sus representantes les dijeron que el convenio ya se había firmado. Después de hacer estas declaraciones, el vicepresidente tercero propuso que los consorcistas conformen un frente común "con los buenos administradores que tienen el objetivo de defender los intereses de las personas que le dan de comer a sus familias". En este sentido, les aseguró que desde la CAPHyAI se les brindará todo lo que está a su alcance "desde nuestra infraestructura hasta nuestro edificio y nuestros asesores ". Ante esta propuesta, un propietario enojado intervino para preguntar si "el señor iba a hablar toda la tarde". En un clima tumultuoso, algunos coincidieron con él y otros querían seguir escuchándolo. Después de que el Dr. Terzano explicó a los presentes que todos debían escucharse, el Lic. Billia continuó diciendo que dentro de las preocupaciones de la CAPHyAI también está "la jerarquización de los administradores, propiciar la colegiación y la posibilidad de la obligación de que el administrador tenga una formación terciaria". Luego de la interrupción de una asistente que gritó "perdón, esta es una asamblea de propietarios", se generó un clima tormentoso. El Lic. Bielli, viendo que muchos consorcistas no estaban de acuerdo con su presencia, se levantó para retirarse pero el panel le pidió que por favor se quedará en el encuentro. No, no lo ha hecho... Luego de las disertaciones, ya en un ambiente más calmo, los propietarios pudieron hacer consultas y uno de ellos le preguntó al Lic. Bielli si la cámara hizo alguna presentación formal en el Ministerio de Trabajo para manifestar que no deben ser las asociaciones de administradores quienes representen a la parte patronal sino, por el contrario, las entidades de los propietarios. Ante esta pregunta, el representante de Pirosanto respondió que "si a ustedes les ponen trabas para que institucionalmente no puedan ir, la CAPHyAI está abierta a que formen parte de nuestra representación para discutir los CCT". Sin estar muy conforme con la respuesta, el propietario volvió a insistir y le preguntó si la CAPHyAI se había pronunciado expresa y formalmente frente al ministerio sobre el tema de su pregunta a lo que intervino el abogado Terzano respondiendo: "no, no lo ha hecho". |
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UCRA-AIPH Los asesores legales de UCRA y APIPH anunciaron que les rechazaron la mayoría de los amparos que presentaron en Capital Federal y en la provincia de Buenos Aires contra el último Convenio Colectivo de Trabajo Así lo anunciaron el miércoles 1º de junio en la segunda asamblea de propietarios que se realizó en el Colegio Argentino de Ingenieros Advirtieron que lo positivo es que después de mucho tiempo se instaló la discusión sobre este tema en el Poder Judicial y en Tribunales. [BPN-13/06/06] "Tal como era dable esperar, la mayoría de las decenas de amparos que hemos presentado en la Capital Federal y en la provincia de Buenos Aires han sido rechazados por los juzgados", destacó el Dr. Félix Beltrán Pazo, uno de los asesores legales de la Unión de Consorcistas de la República Argentina (UCRA) y de la Asociación Propietarios Inmuebles en Propiedad Horizontal (APIPH). Así lo manifestó el miércoles 1º de junio en la reunión que organizaron estas dos asociaciones de propietarios en el Colegio Argentino de Ingenieros (CAI) para informarle a los más de 50 consorcistas asistentes –y varios medios de comunicación- lo realizado desde la primera asamblea del 15 de marzo en el Colegio Público de Escribanos.
A pesar de que no prosperan los amparos que presentaron en contra del último Convenio Colectivo de Trabajo (CCT), el presidente de APIPH, Dr. Marcos Bergenfeld, subrayó que van a utilizar todas las armas legales que la ley les permita: "todas, absolutamente todas, las nacionales y las del exterior. En esta problemática hay involucrados 10 millones de propietarios". Pequeñas perlitas Según el Dr. Pazo, el razonamiento que siguieron los jueces para rechazar los amparos fue que esta es "una vía excepcional muy pequeña y con muy poca discusión como para que se decrete la nulidad de un convenio". Sin embargo, resaltó que lo que rescatan como positivo es que se ha instalado la discusión en el Poder Judicial y en Tribunales. Al mismo tiempo, aseguró que algunos jueces hicieron comentarios que se pueden entender "a favor de nuestra posición. Son pequeñas perlitas muy chiquititas; ninguno ha cuestionado, ni cuestionará la validez constitucional de nuestro reclamo, ninguno ha considerado que lo que peticionamos es un exabrupto, una exageración o un despropósito". Por otra parte, la presidenta de UCRA, Sra. Alicia Giménez, destacó como un logro: "es la primera vez que las entidades firmantes del CCT sacan una solicitada explicando por qué son los representantes. Hasta ahora, nunca han tenido que explicar nada, se sabe que [el CCT] está plagado de errores jurídicos. Por lo menos han salido a decir algo".
Era francamente un milagro "Lo que quiero que quede en claro es la legitimidad que tenemos para llevar adelante esto. Es un legítimo reclamo que está basado en que no sólo somos los dueños de la propiedad sino que, por otro lado, hay alguien que alega legitimidad sobre algo que no le pertenece y que nadie le dio", subrayó el Dr. Jorge Marcelo Terzano, otros de los asesores legales de UCRA y APIPH. . Según él, desde el punto de vista procesal la respuesta que han dado los jueces es irreprochable: "sabíamos que podía pasar, nosotros estudiamos procesalmente nuestra administración de justicia y era francamente un milagro esperar una respuesta en el sentido que estábamos buscando". El Dr. Terzano explicó que los pasos que seguirán incluyen agotar la ley de procedimientos administrativos, "esta nos va a llevar un tiempo, la administración es bastante burocrática. Agotados cada uno y todos los remedios procesales evidentemente volveremos con la vía civil. De no obtener las respuestas correctas viajaremos con la vía penal". Por último, reiteró: "no les aliento esperanzas en sede administrativas, se que vamos a perder. Pero debo abocarla naturalmente y luego, con la derrota a cuesta, nos reuniremos de vuelta y empezaremos la vía civil como corresponde". Los únicos privilegiados Por otra parte, el Dr. Bergenfeld aseguró a los encargados que con las propuestas legislativas que están preparando, "para su tranquilidad, no verán disminuidas sus posibilidades de trabajo, por el contrario, habrá más trabajo...". Sin embargo, les aclaró que será "en condiciones normales porque las que tienen en este momento son dañinas para el resto de los copropietarios. Tienen privilegios que irritan a la gente". "Los propietarios empezaron a despertarse. Hemos dejado un montón de campos libres y los han ocupado personas a las que no les correspondía. Este despertar es lo que pienso que va a terminar de inclinar la balanza a favor de los propietarios", subrayó el Dr. Bergenfeld. Es de destacar, que uno de los consorcistas le sugirió a UCRA y APIPH que se unieran a las otras asociaciones para trabajar de manera conjunta. Frente a esta propuesta, la Sra. Giménez subrayó que se invitaron a todas las asociaciones y el Dr. Terzano completó que ninguna se decidió a participar. |
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Restauración de frentes y fachadas en altura Reparación y pintura de medianeras - Herrería en altura - Impermeabilizaciones de terrazas, techados transitables e intransitables
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APROPHMAR El 31 de mayo, la Asociación Propietarios Propiedad Horizontal de Mar del Plata realizó una marcha por las principales calles de la ciudad para exponer su accionar y sus propósitos Su objetivo fue que los propietarios tomen conciencia y asuman el compromiso de defender sus derechos Tal como lo había adelantado Pequeñas Noticias, anunciaron que están trabajando con el ARI en un proyecto de modificación de la Ley 13.512. [BPN-13/06/06] A pesar de haber recibido una amenaza de bomba hace algunas semanas, la Asociación Propietarios Propiedad Horizontal de Mar del Plata (APROPHMAR) continúa con su labor. El miércoles 31 de mayo, a las 16 hs., realizó una marcha por las principales calles de la ciudad balnearia para que los consorcistas asuman el compromiso de defender sus derechos y se sumen a la iniciativa de la entidad. Más de 30 consorcistas se movilizaron desde el Bvard. Marítimo y la peatonal San Martín hasta la explanada de la Catedral con el propósito de dar a conocer a la sociedad consorcial de "La Feliz" el accionar y los objetivos principales que se proponen como asociación. "Tal como estaba programado, realizamos la marcha y repartimos volantes a la gente para que nos conozcan y sinceramente tuvimos buena acogida en el público", destacó el secretario de APROPHMAR, Sr. Miguel Fernández. Al llegar a la explanada de la Catedral, el Arq. Carlos Herrera Roy expuso los propósitos de la asociación y como integrante del partido Afirmación por una República de Iguales (ARI) ofreció, tal como lo había adelantado Pequeñas Noticias (BPN Nº 291 "Corazón valiente" del 30 de mayo), la colaboración de su partido político para la redacción de un proyecto de modificación de la Ley 13.512. Luego, el Sr. Fernández destacó a los propietarios presentes la necesidad de que asuman "el compromiso de defender sus derechos, unirse a sus vecinos y asistir a las asambleas con propuestas, involucrándose en el tema. De otra manera, nada será posible". El secretario de APROPHMAR resaltó a Pequeñas Noticias que "el objetivo primordial y constante de la entidad es lograr que los copropietarios tomen conciencia de sus derechos y que por consiguiente los hagan valer. Tienen que entender la importancia de participar en las asambleas ya que ese es el ámbito en el cual se canalizan prácticamente todas las cuestiones atinentes a la propiedad horizontal". Por otra parte, si bien todavía no dieron precisiones acerca de cuáles serían las modificaciones puntuales que proponen para la Ley 13.412, el Sr. Fernández reiteró que es fundamental que la nueva ley contemple "en forma clara y específica un procedimiento expedito para la remoción de administradores que no cumplan su tarea con ética y honestidad". Con esta finalidad, subrayó que los profesionales de APROPHMAR continúan estudiando –entre otros- los proyecto presentados por el Dr. Alberto Aníbal Gabás y el Dr. Hernán Racciatti. |
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UADI La Unión Administradores de Inmuebles se mudará de sede En la reunión de comisión directiva del 1º de junio, las autoridades decidieron -para cumplir con este objetivo- pedirle a sus socios que adelanten el pago de sus cuotas sociales Así se lo informaron a través de una circular por e-mail. [BPN-13/06/06] La Unión Administradores de Inmuebles (UADI) informó a sus asociados a través de una circular vía e-mail que se mudará de su sede en la calle Paraguay debido al requerimiento de la propiedad en forma perentoria y por motivos ajenos a la institución. En este sentido, en la reunión de comisión directiva que realizó el 1º de junio, las autoridades decidieron solicitar la colaboración de los socios y en estos momentos, piden a sus adherentes que, dentro de sus posibilidades, adelanten el pago de sus cuotas sociales. Según manifestaron en la circular con fecha 5 de junio, todos los fondos recaudados se utilizarán para cubrir los gastos originados por el cambio de sede, como son depósito de alquiler, comisión y mudanzas, entre otros. Por otra parte, informaron a sus asociados que el cobro de las cuotas adelantadas puede ser abonado a los cobradores de la institución o en la secretaría de la UADI, ubicada hasta el momento en la calle Paraguay 2553 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Es de recordar que la UADI firmó el último Convenio Colectivo de Trabajo de los encargados de edificio renta y horizontal y en los últimos meses firmó -junto a la Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH)- dos solicitadas en los principales diarios del país. En una de ellas destacó que el acuerdo alcanzado en el CCT fue "razonable y legítimo" y en la última solicitada del 25 de mayo, expresó su adhesión al acto que convocó el presidente Néstor Kirchner en la Plaza de Mayo . |
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Cámara Inmobiliaria de Mendoza En la provincia de Mendoza, se sancionó la Ley 7.513 de Ejecución de Expensas Comunes El proyecto de ley fue impulsado por la Cámara Inmobiliaria de Mendoza para que los consorcios no padezcan la morosidad de algunos propietarios que no pagan sus obligaciones Esta nueva normativa impone un procedimiento rápido para perseguir el cobro judicial sin tener que recurrir al actual procedimiento sumario. [BPN-13/06/06] "La sanción de la Ley 7.513 es el resultado de una larga y constante preocupación del sector inmobiliario en nuestra provincia ya que los consorcios de propietarios venían padeciendo de la morosidad en el pago de sus expensas", destacaron el Dr. Miguel Abasolo y el Dr. Pablo F. Scordo, miembros de la Cámara Inmobiliaria de Mendoza (CIM). Según ellos, una de las mayores dificultades que tienen los consorcios de propietarios en Mendoza es la "falta de pago de las expensas comunes por parte de algunos de sus integrantes". Esta morosidad es comúnmente originada por la "simple indiferencia de ciertos titulares de unidades quienes olvidan que forman parte de una verdadera comunidad de intereses plasmada bajo un mismo techo". En este sentido, advirtieron que "por culpa de ellos, quienes cumplen con puntualidad sus obligaciones deben injustamente solventar cuotas extras para suplir las insatisfechas por parte de los deudores". Teniendo en cuenta esta situación, desde la Cámara Inmobiliaria de Mendoza impulsaron un proyecto de ley, aprobado el 28 de Marzo de 2006, que impone un procedimiento más rápido "para perseguir su cobro judicial, no debiendo recurrir al actual procedimiento sumario". Tanto para el Dr. Abasolo como para el Dr. Scordo, la normativa vigente si bien "acorta los plazos del procedimiento ordinario, no satisface las exigencias de las obligaciones por expensas comunes" debido a que este tema requiere un "más rápido tratamiento por las condiciones y características que reúnen las mismas". Remediar la morosidad Con el objetivo de remediar el alto porcentaje de morosidad en los consorcios, la CIM encomendó a su secretario, Sr. Santiago Debé, la elaboración de un proyecto de ley que apuntara a hacer frente a esta problemática. Según informaron a la redacción de Pequeñas Noticias, a partir de esta ley los créditos por expensas comunes de los consorcios podrán ser ejecutados judicialmente. Según la CIM, la reforma planteada responde a la pregunta "¿cómo se ejecutan las obligaciones por expensas comunes de los consorcios?. Actualmente, esta pregunta encuentra respuesta "en el artículo 210 del Código Procesal que somete a la ejecución de este tipo al proceso sumario". Estos procedimientos hacen que poder obtener la satisfacción del crédito sea "sumamente demoroso y caro". Considerando esta situación, propusieron la reforma del Código Procesal Civil de Mendoza dotando a éste crédito del título ejecutivo necesario para que sea procedente su ejecución mediante este procedimiento. Los requisitos Los requisitos que deberá reunir este crédito por expensas comunes para constituir título válido para la procedencia del compulsorio son dos. El primero es que deberá acompañarse junto con el escrito de promoción de la demanda los certificados de deuda que reúnan los requisitos exigidos por el reglamento de copropiedad horizontal. Además, de la protocolización del acta de asamblea de donde surge la designación del administrador y del reglamento de copropiedad en original o copia legalizada. El segundo requisito es que en caso de que el reglamento no hubiere previsto los certificados de deuda deberá acompañarse constancia de la deuda líquida y exigible y del plazo concedido a los copropietarios para abonarla, expedida por el administrador o quien haga sus veces, así como también copia protocolizada del reglamento y del acta de reuniones en la cual se hubiera aprobado u ordenado las expensas, siempre realizadas de conformidad al reglamento. Teniendo en cuenta estos requisitos se evaluarán los recaudos que deberá reunir el crédito por expensas comunes para que proceda la vía ejecutiva. Pero advirtieron que si no se reúnen los requisitos necesarios para la procedencia del procedimiento compulsorio, queda intacta la vía del proceso sumario instaurada en el Código de Procedimientos -artículo 210 inciso 13- del cual se deriva que procede la vía sumaria para el ejercicio de todas las acciones derivadas de la ley 12.513. |
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del Consorcista Asesoramiento sin Cargo DefensoriaDelConsorcista@hotmail.com
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Elecciones en la CAPHyAI El secretario de la CAPHyAI, Dr. Cristóbal Orlando Ruano, consideró que las puertas de la cámara no han estado totalmente abiertas hacia los socios En el programa de televisión Reflexiones a la Medianoche, subrayó que necesariamente se tiene que depurar a los administradores que no son honestos Reiteró que de ser electo apoyará la creación de un colegio público de administradores. [BPN-13/06/06] El candidato a presidente de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), el Dr. Cristóbal Orlando Ruano, destacó que para jerarquizar la profesión es necesario hacer una depuración ética de aquellos administradores deshonestos que ejercen la actividad. Así lo manifestó el martes 30 de mayo en el programa de televisión Reflexiones a la medianoche que conduce el Sr. Edgardo Siancha (los miércoles y viernes a las 00: 30 hs. por Cablevisión en el canal 61 y por Multicanal en el canal 77) y que cuenta con una columna especializada en administración de propiedades a cargo del Adm. Jorge Ferrera, miembro de la Unión de Medios Independientes de Propiedad Horizontal (UMIPH). El Dr. Ruano, a pocas semanas de haber anunciado su candidatura, señaló que no sólo busca llevar adelante una depuración ética dentro de la CAPHyAI sino que además abrirá las puertas de la institución a todos aquellos socios que quieran participar y sumarse a su iniciativa. Según él, hasta el momento las puertas de la cámara "han estado entre abiertas pero no abiertas del todo. El tema es que el socio no va a una cámara y dice que quiere participar. Hay que llamarlo por su apellido y recibirlo", consideró el Dr. Ruano. El profesor en derecho real de la tecnicatura para inmobiliarios de la Universidad del Salvador explicó que cuando los administradores se acerquen a la CAPHyAI no hay que darles un discurso construido y cerrado sino que hay que abrir el diálogo y el debate: "decirle a Fernández (por dar un ejemplo) que no hay discurso y preguntarle qué piensa, cuáles son sus ideas, sus críticas y qué considera que se hizo mal". Ante el entusiasmo que habría generado la noticia de su candidatura en ciertos círculos, el Dr. Ruano sostuvo: "sigo siendo secretario de la CAPHyAI hasta octubre que corresponde el cambio de autoridades". Y advirtió que por el momento él simplemente ha manifestado que aspira a la presidencia de la CAPHyAI, "realmente, cualquier socio puede aspirar y debería aspirar a la presidencia". Sin embargo, no dejó de resaltar que quienes integran la comisión directiva son los que tiene que dar el ejemplo en su desempeño: "yo diría que tienen menos derechos que los demás socios, no más. Están representando a una institución. Son la cara de la cámara". El secretario de la CAPHyAI aseguró que cuenta con el apoyo de un conjunto de personas que lo acompañan en su proyecto "algunos están en la comisión directiva, yo diría que son los menos, otros están trabajando en las Comisiones de Prensa y Cursos y Estudios Superiores y un grupo está integrado por socios". Si bien uno de sus objetivos es abrir la cámara a sus socios, el Dr. Ruano contó que comenzó a cumplirlo desde las dos comisiones que preside hace ya algún tiempo. Todo aquel que quiere participar sólo tiene que hacerlo saber: "a partir del momento que lo expresa es incorporado automáticamente a la comisión. Esa es una forma de abrir las puertas. Con la sola manifestación está incorporado y se lo invita a todas las discusiones". Por otra parte, reiteró que apoya la creación de un colegio público de administradores. Pero advirtió que para que se cree un colegio tiene que existir una carrera. En este sentido, adelantó que se está trabajando para que el próximo cuatrimestre se comience a dictar la carrera de administración de consorcios en la Universidad Tecnológica Nacional (UTN). Propietarios & administradores "Tradicionalmente la cámara ha asociado a administradores, inmobiliarios, consorcios y propietarios y nunca se han producido choques. En definitiva, creo que los intereses de los propietarios y de los administradores son complementarios", aseguró el Dr. Ruano. Según él, no tienen por qué existir antagonismos entre el administrador y el consorcista: "el administrador trata de tener las mayores ventajas para sus consorcios. Cuanto más contentos estén sus clientes, más tranquilo es el trabajo". Por otra parte, sobre la participación de los propietarios en las Convenciones Colectivas de Trabajo (CCT) subrayó que "las asociaciones de consorcistas aparecieron a partir del 2002, 2003. Durante 48 años no existieron y no se manifestaron. Personalmente, no creo que haya que oponerse a que ingrese nadie a la paritaria, lo que simplemente pretendo es que cumplan los pasos que deben cumplir. Este es un mecanismo que no está ni en las manos del AIERH, ni de la UADI, ni de la CAPHyAI". Los honorarios del administrador. Para el Dr. Ruano los honorarios de los administradores se han mantenido fijos durante mucho tiempo: "la experiencia es que la factura de luz aumenta y no se le consulta a nadie. Todo aumenta pero los honorarios de los administradores han sido los mismos durante años". Señaló que para que un administrador consiga un aumento "la norma es que lo proponga en una asamblea". En este sentido, consideró que "lentamente el consorcista se va a ir dando cuenta que con los aumentos de sueldos que ha habido a los encargados, los incrementos en los servicios y demás, no le conviene tener un administrador excesivamente barato". Por otra parte, es de recordar, que pocos días después que se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) que otorgó más de un 18 % de aumento a los encargados de edificios, la Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH) sugirió –por intermedio de un artículo publicado en el diario Clarín- un aumento del 20% en los honorarios de los administradores. |
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Ley 941 El legislador porteño Norberto La Porta subrayó que los proyectos de modificación de la Ley 941 apuntan a mejorar y ampliar el control a los administradores Consideró que el consorcista se siente totalmente indefenso Advirtió a los administradores que se le deberían hacer auditorías cada tres meses. [BPN-13/06/06] El legislador Norberto La Porta (Partido Socialista) destacó que los actuales proyectos de modificación de la Ley 941 buscan limitar las facultades del administrador y controlar la actividad que realiza dentro del consorcio. Si bien ya se había realizado un despacho unificado con su propuesta y la del legislador Mario Morando (Juntos por Buenos Aires), el tema volverá a debatirse a partir de la incorporación de las presentaciones que hicieron en las últimas semanas los legisladores Luciana Blasco (Frente por Compromiso por el cambio) y Jorge Antonio San Martino (Recrear). En una entrevista exclusiva concedida a Pequeñas Noticias, La Porta explicó que las reformas que quieren incorporar a la ley "van a ser muy beneficiosas para los consorcistas" y van a permitir controlar mejor los manejos dinerarios de los administradores. El asesor contable de La Porta, Cr. Rafael Ianover, presente en esa entrevista, consideró que "la ley 13.512 de 1948 es muy vieja y obsoleta. Actualmente, los administradores se han convertido en casi dueños absolutos del edificio". En este sentido, explicó que fue teniendo en cuenta esta problemática que procuraron "introducir algunas modificaciones para que precisamente se controle y trasparente el trabajo que el administrador debe realizar en los consorcios". Pese a las modificaciones que presentó, el legislador La Porta evaluó el funcionamiento del Registro Público de Administradores (RPA)en principio como "positivo" aunque el Cr. Ianover aclaró que su problema es que "sólo se adecua a lo que dice la ley 941. Ésta les fija exclusivamente cuáles son los motivos que puede tratar. El copropietario se queja cuando no le resuelven su problema pero lamentablemente Defensa del Consumidor no puede salirse de la disposición vigente". Todas las reformas que se impulsan desde el despacho de La Porta tienen como objetivo que "el registro funcione mejor y que se defiendan más los intereses de los copropietarios. Los proyectos presentados tienden a ampliar los controles que se deben ejercer sobre el administrador a los fines de que no se cometan hechos ilícitos que perjudiquen a los copropietarios". Cuenta bancaria Uno de los puntos centrales del proyecto del legislador La Porta –que en principio fue rechazado pero que espera vuelva a tratarse- propone que el administrador abra para cada consorcio una cuenta corriente en el Banco más cercano al edificio. "Lamentablemente esta moción se retiró. La intención de Norberto era introducirlo al registro motivado por los reclamos de los vecinos", subrayó su asesor legal el Dr. Víctor Granado. Explicó que las personas que se negaron a incorporar este punto al despacho argumentaron que esta decisión "se puede tomar directamente a través de una asamblea". En las últimos días, la legisladora Blasco presentó un proyecto de modificación de la Ley 941 en el que también solicitó que se le exija al administrador de consorcio la apertura de una cuenta bancaria, por lo que todo parece indicar que el tema deberá volver a debatirse para buscar consensos. Auditorías. En el proyecto de modificación de la Ley 941, se contempla la obligación de que un profesional realice auditorías periódicas: "nosotros planteamos que sea cada tres meses porque nos parece que así hay un mejor control. Era más fácil controlar tres meses que doce. Sin embargo, hay sectores que no lo han admitido", aclaró el Dr. Granado. Frente a la idea que sostienen aquellos que dicen que esta obligación implicaría un "negocio para los contadores", el Sr. La Porta explicó que "lo que perseguimos es todo lo contrario. Perseguimos la defensa del consorcista y la transparencia de los actos de la administración". Según él, el argumento de que las auditorías generan mayores costos "sería razonable si no fuera que se hacen para evitar que los consorcistas se vean en la obligación de hacerse cargo de deudas muy grandes como consecuencia de las malas administraciones". Al mismo tiempo, el contador agregó que "las certificaciones de un consorcio no son excesivamente onerosas, son liquidaciones muy simples, es una verificación de ingresos y egresos. Además el profesional debe vigilar con mucha precisión los comprobantes correspondientes y los depósitos". Los CCT El legislador La Porta subrayó que antes de participar de las negociaciones de los Convenios Colectivos de Trabajo (CCT) "los administradores tendrían que realizar una consulta previa con los consorcistas. De lo contrario, están asumiendo una representación que no tienen". Por otra parte, el legislador socialista, sobre los aumentos a los encargados de edificio subrayó que "como consorcista nadie es ajeno a la necesidad que atraviesa quien trabaja en el consorcio". Resaltó también que el argumento de que con los aumentos a los encargados se encarecen las expensas "es un argumento un poco difícil de sostener por no decir injusto". Aunque reconoció que en "los sectores medios de la población hay un grado de pauperización que nadie puede desconocer. Esto es consecuencia de la grave situación económica y social que estamos atravesando". |
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Sueldos Junio/06 En Junio se mantienen todos los básicos del mes anterior, por lo tanto no habrá cambios al confeccionar los haberes del mes No hay que olvidar que a fin de mes se debe abonar el Sueldo Anual Complementario correspondiente al primer semestre del año 2006. [BPN-12/06/06] Durante el mes de junio de 2006 las escalas salariales se mantienen iguales a las de mayo, por lo tanto no habrá que realizar modificaciones de ningún tipo. Habrá que tener en cuenta que a fin del presente mes, ya se deben abonar los aguinaldos, como dice la Ley 20.744 en su artículo 122 sobre las épocas de pago: "El sueldo anual complementario será abonado en dos cuotas: la primera de ellas el treinta de junio y la segunda el treinta y uno de diciembre de cada año..." Al confeccionar los recibos de sueldos, éstos son los ítems a tener en cuenta: Junio 2006
Según el decreto 788/05 publicado en el Boletín Oficial el 11 de julio de 2005, el 1º de julio debería cambiar el aporte jubilatorio del 7% para los trabajadores que depositan al Régimen de Capitalización pero –como sucede desde hace varios vencimientos- se deberá esperar el decreto que así lo confirme o que renueve el plazo con el mismo porcentual. |
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de los administradores y consorcistas. ADMINISTRADORESph.com.ar Para encontrar todos los datos de la propiedad horizontal en un solo lugar. Visítelo aquí. |
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SIJyP Desde abril de 2006 esta versión está disponible y será obligatoria para todos a partir de los declaraciones juradas correspondientes al mes de junio de 2006 Para el sector de la propiedad horizontal, las novedades están relacionadas con la forma de declarar la composición del sueldo del trabajador. [BPN-13/06/06] La Resolución Nº 2008/2006 publicada en el Boletín Oficial Nº 30.856 del día 1º de marzo de 2006, puso a disposición la nueva Versión 26 Release 0 del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJyP) para presentar y/o pagar los aportes y contribuciones de la Seguridad Social. La obligatoriedad de su uso dependía de cada tipo de empleador pero en general –y para el sector de la propiedad horizontal- entraba en vigencia a partir de las declaraciones juradas correspondientes al mes de junio de 2006, o sea aquellas que comenzarán a vencer a partir del próximo 7 de julio del presente año. Siempre en relación con los Formularios 931 correspondiente a los trabajadores de propiedad horizontal, la confección del mismo no cambia en su esencia, aunque sí son bastante más los datos que hay que consignar en la solapa "Remuneraciones" de cada trabajador dentro de la Nómina de Empleados. En esta solapa, y según lo explica el Instructivo de Ayuda de Aplicativo, se deberá informar la Remuneración Total donde se consigna el importe abonado al trabajador por todo concepto (remunerativos y no remunerativos). Luego, se debe hacer clic en el ícono de los Datos Complementarios -la lupa- para informar la composición de la remuneración, y aparecerán los siguientes datos para completar:
Para la Situación de revista, el instructivo aclara que el empleador debe informar hasta 3 situaciones diferentes que pudieran haberse registrado en el período con indicación del día a partir del cual se produjo la novedad, desde la más antigua hasta la más reciente. Si solo se produjo una situación de revista se informará en el primer registro. Antes de instalar cualquier nuevo aplicativo es recomendable realizar una copia de seguridad del sistema y de los datos por si ocurre cualquier inconveniente. Como siempre, el aplicativo requiere que esté instalado el Sistema Integrado de Aplicaciones (SIAp) - Versión 3.1 Release 2 que se puede obtener en el sitio de la AFIP, en la opción Seguridad Social de Programas. A pesar de esta resolución 2008/06, se puedo observar que todavía se muestran como vigentes las versiones 24 y 25 del SIJyP. |
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Pequeñas Noticias La redacción de Pequeñas Noticias consideró que la noticia más importante de mayo fue el anuncio de la candidatura a presidente de la CAPHyAI del Dr. Cristóbal Orlando Ruano Después de muchos años, en la cámara habrá más de una lista en las próximas elecciones de octubre. [BPN-13/06/06] El anuncio del secretario de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHyAI), Cristóbal Orlando Ruano, de que se postula como candidato a presidente de esa entidad en las próximas elecciones de octubre (BPN Nº 290 del 16 de mayo: "Un candidato para la oposición") fue, para la redacción de este medio, la noticia más importante de mayo.
De manera sorpresiva, el miércoles 10 de mayo, el Dr. Ruano hizo el anuncio durante una reunión con nueve miembros de las comisiones "Prensa y Difusión" y "Cursos, Conferencia y Estudios Superiores" en las que se trataron los logros alcanzados durante el año 2005. Según el secretario de la CAPHyAI, si bien tradicionalmente en las elecciones de la cámara hubo siempre una lista única, "es sano que en esta oportunidad haya más de una lista, que haya competencia y que cada persona que crea que tiene mejores ideas, las manifieste, las desarrolle, las proponga y que finalmente, sean los socios los que decidan el camino que quieren que continúe la cámara". Subrayó que el objetivo es "fortalecer la cámara aún más, buscar nuevos socios, llegar a los socios actuales y traerlos a la cámara" debido a que estimó que "hay un gran grupo que si se los convoca va a venir". Por otra parte, el presidente de Administradores Independientes de Propiedad Horizontal (AIPH), Adm. Adrián Hilarza, adelantó a Pequeñas Noticias que, a título personal y como socio pleno de la CAPHyAI, de existir un trabajo programático y un proyecto a largo plazo, apoyaría la candidatura de Ruano (BPN Nº 291 del 30 de mayo: "El coronel se sumaría a la batalla"). |
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En nuestro sitio www.PequenasNoticias.com.ar están publicados los vencimientos impositivos correspondientes al mes de Junio/2006, a los que se puede acceder picando con el mouse en el ítem vencimientos del menú que aparece a la izquierda de la ventana principal |
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Correo de Opinión Cómo reducir gastos de expensas III por la Sra. Carina Biciuffa Buenos días: Nuevamente les escribo para agradecerle por el trabajo que llevan adelante en la publicación del boletín que como siempre es más que productivo, novedoso, actual y real. Mi nombre es Carina, vivo en Rosario, Pcia de Santa Fe y me parece más que bien la nota del Sr. Bernanrdo Pollack del boletín Nº 290, correo de opinión, en la cual plasma lo llevado a cabo por los consorcistas que le permitieron disminuir las expensas por una suma más que significativa. Ahora bien, me interesa saber cómo paliaron el problema del sindicato de encargados de la propiedad horizontal , que exige el aporte mensual por la caja de proteccion de familia, y el porcentaje que exige (desde 04/2004) el Fateryh ya que si el consorcio no tiene empleado en relación de dependencia no confecciona la DDJJ ni paga importe alguno (pues la factura solo se puede confeccionar via internet) y las empresas de limpieza no poseen Nº de usuario como para cumplir con este requisito. Les agradecería tener respuesta ante dicha situación ya que ante inspecciones sindicales se presenta este problema a menudo. Desde ya muchas gracias y aprovecho la ocasión para saludarles muy atte.
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Correo de Opinión Cómo reducir gastos de expensas IV por la Sra. Lydia Voltan Estoy en un todo de acuerdo con la totalidad de los comentarios vertidos y puntualizados por la Cra. Laura C. Jelen, respecto del art. que menciona. No es tan fácil y sencillo como parece.
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Correo de Opinión Cómo reducir gastos de expensas V por el Ing. Bernardo Pollack Sr. Director: Quiero contestar la carta de la Cra. Laura C. Jelen, que remitió en respuesta a mi propuesta publicada en el boletín N° 290, de vuestra publicación. En el punto que refiere a la contratación temporaria de un Administrador y que, segun ella, no es conveniente porque conoce un caso que no obtuvieron los resultados deseados, y los problemas que causó, motivaron costos por juicios etc. Ignoro cómo se contrató al Administrador en ese caso, pero si las cosas se hubieran realizado conforme a lo expuesto en mi propuesta, difícilmente ese consorcio tendría esos problemas. Es evidente que el Administrador, al vencimiento de su mandato, si el mismo no ha sido renovado por medio de un acta de asamblea del consorcio, no posee la herramienta necesaria para seguir actuando como tal y no puede representar al consorcio en ninguna repartición publica o judicial. Pero también importan los controles permanentes que por medio de su consejo de administración realice, para eso en mi propuesta propongo nombrar una comisión de tres consorcistas, cuya misión será la de elegir por su cuenta los gremios, que mejor le convengan, y controlar las tareas que realizan estos operarios, controlar mensualmente previo a la confección de la liquidación de expensas los pagos efectuados. También propongo la apertura de una cuenta bancaria, la que será administrada por el consejo de administración, controlando los pagos que se realicen, serviría para que los consorcistas efectúen sus pagos de expensas directamente a esa institución bancaria. Estoy de acuerdo con que la apertura de una cuenta bancaria, en este caso, no reduce los gastos del consorcio, si no por el contrario se incrementan por los costos que cobran los bancos, pero si lo comparamos con la seguridad, los valores que facturan estas instituciones son mínimos. Yo sostengo la hipótesis que los dineros de un consorcio están siempre más seguros en el banco que en el bolsillo del Administrador. No tenemos que olvidar que la mayoría de los Administradores son insolventes, por un lado; por el otro, teniendo en su poder la recaudación de los fondos, con ese dinero realizan operaciones inmobiliarias o forman mesas de dinero para hacer cambio de cheques o préstamos a terceros; si al hacer estos negocios les va bien, los consorcios jamás se enteran, pero si por el contrario le fallan, sacan un pasaje con destino a otro país y dejan a sus administrados a la deriva. Yo interpretaría que los pagos bancarios no serían gastos si no inversión en seguridad. Es común que los Administradores designen al encargado para recaudar las expensas, (en contra de lo que establecen los convenios colectivos, que prohíben esta practica) yo conozco el caso de que a un encargado lo asaltaron y le robaron todo el dinero recaudado; en este caso el consorcio tuvo que repetir los pagos de las expensas para poder solventar los compromisos (pago de sueldos, aportes sociales, luz, etc) porque el Administrador no tenía dinero para afrontar dichos compromisos. En cuanto a la contratación de una empresa externa que provea el personal de limpieza, lo que dice la Cra. Jelen, que el consorcio podría verse involucrado en alguna situación conflictiva por el principio de solidaridad, en ese caso también sucedería con la contratación de los gremios, se encomienda la reparación de determinado trabajo, mandan un operario, al cual no se controla si le pagaron su jornal o si tiene seguro vigente, etc. Para eso el consejo de administración designado debería controlar. Quiero hacerle notar que en la actualidad, esta modalidad de contratar empresas externas para realizar distintas tareas, es adoptada por infinidad de grandes compañías y no tienen problemas con el sistema. Es muy importante que los miembros de un consejo de administración, no sean propuestos para figurar en el bronce, si no para trabajar en bien de la comunidad, si no todos los recaudos que se tomen serán en vano, y mentalizarse que los Administradores son simples mandatarios para representar al consorcio ante los entes nacionales, municipales o judiciales y no deben, bajo ningún concepto, manejar dineros del consorcio.
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ADMINISTRATIVA CONTABLE: Con seis años de experiencia laboral en administraciones de consorcios y cuatro años en oficinas generales, con sólidos conocimientos de computación, administrativas, y personal, liquidaciones de sueldos y cargas sociales, carga de datos, conciliaciones bancarias y atención al público - Disponibilidad inmediata por la mañana - Srita. Marisa Claudia Santillan - Teléfono: (15)6047-3151 - E-mail: marisacsantillan@yahoo.com.ar |
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Correo de Opinión Aumentó la felicidad de mi cumple por la Sra. Maria Cristina Scafati Estas gracias que les doy fueron postergadas hasta que por fin hoy les digo que fui muy feliz no solo por haber sido elegida mi Dulcinea del Toboso que ya es un orgullo sino por los fundamentos que tuvieron en cuenta para dicha elección, principalmente aquél donde señalan que la misma no fue casual ya que la nombrada repesenta el ideal inspirador de una comunidad organizada que Uds. bien imaginan y a la que llegan a través de este medio abierto concretando de esta manera su propósito que tuvieron en mira para y desde su creación. Me faltó decirles ni más ni menos que, la fecha del Boletín Nº 286 donde publicaron la "elegida Dulcinea" se corresponde con la de mi nacimiento razón y regalo que aumentó la felicidad de mi cumple. Estén también Uds.felices y hasta pronto.
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Participarán todos los lectores que nos manden un e-mail a GranSorteo@PequenasNoticias.com.ar con sus datos completos(*) antes del próximo Martes 27 de junio a las 08:00 am y los resultados del sorteo serán publicados en el próximo número de Pequeñas Noticias.
(*) El mail debe ser dirigido a GranSorteo@PequenasNoticias.com.ar con nombre y apellido completo, teléfono, dirección, tipo de documento y los tres últimos números de ese documento de identidad. La participación implica el conocimiento y la aceptación de las condiciones detalladas del concurso a las que se puede acceder mediante este vínculo. |
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Correo de Opinión Periodistas I por la Sra. Alicia Gimenez Muy estimado Claudio, en el día del periodista (especializado, en este caso) te felicito sinceramente por la importante labor en favor del mundo consorcial y te envío un cordial saludo en nombre de UCRA y en el mío propio.
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Correo de Opinión Periodistas II por la Sra. Alejandra Albide
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Correo de Opinión Periodistas III por el Adm. Adrián Hilarza Felíz día
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Rincón Solidario Estimado Dr. Eduardo Brailovsky: Mi nombre es Gloria [...], DNI [...], pertenezco a un Consorcio de casi 300 unidades (Complejo de Torres Monroe) y, según nuestro Reglamento, para remover a la Administración se necesita 2/3 del total de votos, cosa casi imposible de lograr. Mi consulta concreta es: Si la actual Administración fue nombrada con un % menor, a pesar de los 2/3 reglamentarios, ¿puede removerse con ese mismo %? ¿existe algún antecedente similar? Agradezco su tiempo y a la espera de una respuesta lo saludo muy atte. Gloria. (2/6/2006) Estimada Gloria: En primer lugar, gracias por su consulta y sobre todo por tenernos en cuenta para ello. En segundo lugar, ahora sí, pasemos a analizar lo que plantea. La realidad concisa y clara es que la ley hay que cumplirla. A rajatabla y cueste lo que cueste. En suma, si el reglamento establece que debe removerse al administrador con los 2/3 del total de votos de los consorcistas, necesita ese porcentual para llevar a cabo la remoción. Pero (y siempre hay un pero), habrá que estudiar TODO el reglamento de copropiedad para determinar otras cosillas que pueden influir en la remoción del administrador sin que se necesite esos 2/3 que me comenta. Por ejemplo, podría ser que el mandato del administrador TENGA FECHA DE VENCIMIENTO. Así, fenecido el mandato del administrador, solo habrá que designar otro. También habrá que estudiar la gestión del Administrador que, supongo, no la convence mucho, ya que de lo contrario no me plantearía la cuestión que trae a colación. Decía que, ante la mala gestión del actual administrador, se podría tratar de convocar la Asamblea (generalmente debería hacerlo el administrador actuante) y allí tratar dos temas: la gestión del administrador y la remoción del administrador; incluso el nombramiento del nuevo. Y si no convoca a esa Asamblea el administrador actual, cosa que también será causal de remoción, entonces el consejo de propietarios podrá subrogarse y citar "per se". Pero claro, ya me estoy adelantando mucho: lo primero, y ante todo, es que DEBE EXISTIR un motivo, especialmente la MALA GESTIÓN del administrador, o más aún, serias DUDAS sobre el manejo de dinero y rendición de cuentas (y también cuentas NO APROBADAS). Como vé, la ley no es tan rígida como para no prever MUUUUUUUUUCHOS casos. Asi es que le aconsejo recurra al abogado especialista que conozca o, incluso, al suscrito. Su letrado, que cobrará los honorarios correspondientes, previo estudio del reglamento de copropiedad y entrevista personal, la asesorará convenientemente ubicando el problema en la exacta dimensión y logrando darle el consejo que el caso requiere. Sin otro particular, quedando a su disposición, saludo a Ud. muy atentamente. --- El Dr. Eduardo Brailovsky es un abogado que cuenta con amplia experiencia en temas de propiedad horizontal y para cualquier consulta se le puede enviar un e-mail a ceo@eb-asoc.com.ar, llamarlo a su teléfono 4862-5390/4867-0712 o escribirle a Perón 4243 - Buenos Aires (1199) Argentina |
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Rincón Solidario Buenos días: Mi consulta es por unos caños de gas que vienen del palier de entrada a mi departamento, pasan por mi cocina yendo al departamento del propietario de arriba y al de abajo mío. ¿Tengo derecho a pedir al consorcio que desvíe el conducto de gas por sectores comunes fuera de mi departamento? ¿A cargo de quién sería el gasto? Gracias. Saludos. Roberto. (6/6/2006) Estimado Roberto, comienzo contestando la segunda pregunta: Esa obra, de hacerse, es de cuenta y cargo exclusivo del consorcio, pues es un trabajo sobre una cañería comun aunque atraviese sectores de propiedad exclusiva.- En
cuanto a si es posible exigir al consorcio que lleve dicha cañería por
sectores o muros que eludan la unidad exclusiva, habría que ver, en primer
término, la factibilidad material de realizar la obra, lo que
debería ser contestado por un idoneo en el tema (arquitecto, maestro
mayor de obras etc.). En segundo lugar, habrá que ver los costos e
incomodidades de la obra.- Por ejemplo, si para llevar la cañería fuera de
la unidad de Roberto, se tuvieren que realizar obras secundarias costosas,
o antieconómicas, etc.- Algo más hay que ver y es qué dice el reglamento de copropiedad respecto a partes comunes y exclusivas.- No se debe olvidar que realizar la obra de cambio de recorrido de la cañería, supone una innovación sobre sectores comunes y para ello se requiere una decisión unánime de la asamblea, conforme art. 7 de la ley 13.512.- Por último, debemos ver si la cañería como hoy está instalada, ocaciona perjuicios o dificultades de alguna índole a la unidad exclusiva que atraviesa, en cuyo caso, justificaría el cambio de recorrido. Teniendo los datos antedichos, la respuesta sería más precisa, pero antes de evacuar los interrogantes referidos, no podemos dar una opinión definitiva.- Le saluda atte. --- El Dr. Alberto Anibal Gabás, abogado especialista en Propiedad Horizontal y autor de numerosos libros sobre el tema es Conjuez de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires. Ha obtenido en el 2004 y 2005 el segundo y primer premio sobre los ensayos "Derecho sobre Construcción en el Régimen de Dominio Horizontal" y "Condominio y Ppropiedad Horizontal. Suma y Producto de la Voluntad Colectiva" respectivamente. Para cualquier consulta se le puede escribir un e-mail a albertogabas22@hotmail.com. |
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Rincón Solidario La consulta es la siguiente: Ante un Administrador que se niega a realizar las reuniones de consorcio y a mostrar balances: ¿cuáles son los pasos legales a seguir para su destitución? Sabiendo que el reglamento de consorcio sólo lo permite a través de una votación en asamblea y ésta no se lleva a cabo por decisión de él. Fernando (31/5/2006) Estimado Fernando: Es muy sencillo revocarle legalmente el mandato a un administrador y más aún cuando un grupo interesante de propietarios del consorcio está de acuerdo. Antes que nada, leer siempre el Reglamento de Copropiedad y Administración del edificio a los efectos de no cometer errores. En primer término se sugiere notificar a la Administración en cuestión, por escrito y con acuse de recibo, de la decición del grupo de propietarios solicitando la convocatoria a Asamblea detallando el o los temas a tratar emplazándolo en tiempo y forma (rendición de cuentas, caducidad del mandato, nombramiento del nuevo representante legal, etc.). Tenga en cuenta que ese grupo de propietarios debe estar de acuerdo con las mayorías que establezca el Reglamento para las convocatorias. Una vez efectuado este paso, en el caso de silencio u omisión de parte del Administrador, pueden autoconvocarse respetando siempre esas mayorías indicadas en el Reglamento antes mencionado y por supuesto las formas del caso (detallando los temas anteriormente enunciados en forma clara), tenga presente que habitualmente para la remoción deben reunirse las 2/3 partes de los copropietarios. Atentamente --- El Adm. Adrián Hilarza es presidente de la Asociación Administradores Independientes de Propiedad Horizontal (AIPH) y para cualquier consulta se le puede mandarle un e-mail a info@aiph.com.ar |
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Correo de Lectores HOLA! Gracias por las noticias de cada boletín; mi consulta es la siguiente: necesito hacer las DDJJ del 2004/2005 y no se cómo proceder, ¿me podrían decir cómo, por favor? Entré a la página buenosaires.gov.ar y después no se dónde seguir. ¿Se tiene que hacer sí o sí por Internet o se puede hacer personalmente? Muchas gracias, espero su respuesta. Verónica R. (07/06/2006) Estimada Verónica, no queda otra alternativa que ingresar a Internet, a la página que vos mencionaste, para poder bajar el programa con el que tenés que confeccionar la DDJJ. Una vez allí, buscá el menú Defensa del Consumidor (que se encuentra a la izquierda de la ventana principal) y luego al ítem Administradores de Consorcios. Una vez allí, esta vez a la derecha de la ventana, encontrarás la leyenda Aplicación para las DDJJ y podrás acceder al programa y a los instructivos en caso de que los necesites. Luego tenés que instalar el aplicativo en tu máquina y completar los datos para luego imprimirlo y generar el diskette. Recién después tenés que presentarlo con toda la información que se debe adjuntar: Certificado de Reincidencia Criminal, Certificado de Juicios Universales, certificado original oportunamente emitido por el RPA y las copias de las actas de designación respectivas. Un saludo cordial |
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Correo de Lectores Me comunico con Ud. con la siguiente inquietud: Por error, se ha pagado dos veces el formulario 931 de la AFIP de un mismo edificio, del mismo mes, ¿cómo se puede revertir la situación? Muchas gracias. Atte, Jessica. (05/06/2006) Estimada Jessica, para no cometer errores, hicimos una consulta directamente con la Mesa de Ayuda de la AFIP y nos respondieron que -primero y si ya no la realizaste- hagas la presentación del mes faltante con todos los importes en cero y luego que te acerques a la Agencia que le corresponda al consorcio en cuestión y solicites una reimputación de ese pago doble con el formulario F. 399. Por supuesto, no te olvides de llevar los originales y fotocopias de los dos pagos que realizaste e imputaste al mismo mes. Un saludo grande y espero que todo salga bien. |
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Correo de Lectores Personal para sábados y domingos Señores, mi pregunta es la siguiente: en el consorcio "x" desean tomar un personal solamente para los días Sábados y Domingos de 12hs. a 20hs. ¿Cómo se lo debe categorizar y cómo se debe liquidar el sueldo? (si sobre un básico se debe aplicar horas extras o no) ya que su contratación es solamente para esos días. Desde ya, les agradezco y gracias. Rosa (03/06/2006) Estimada Rosa, el trabajador que ustedes necesitan se encuadra dentro del artículo 7 del Convenio Colectivo de Trabajo 378/04 inciso g) que dice: "Suplente de Jornada Completa: Es quien reemplaza al/la titular cuya jornada de trabajo sea de 8 horas diarias, durante el descanso semanal de éste/a, vacaciones, enfermedad y/o cualquier licencia que contemple el presente Convenio y/o la legislación laboral vigente. El/la suplente del descanso semanal, adquiere estabilidad en su cargo a los 60 días corridos desde su ingreso. La jornada laboral de este personal podrá ser igual al del/la titular, percibiendo los importes que fije la escala salarial vigente". La escala salarial correspondiente al mes de Mayo y Junio de 2006 indica un valor diario de $44.33 y a partir de Julio de 2006 de $48.10. En diferentes entrevistas que hemos realizado al SUTERH, por parte del trabajador, y a la Cámara de la Propiedad Horizontal, por parte del empleador, nos respondieron de manera opuesta a la misma pregunta de cómo liquidar esos días de trabajo. Según el Sr. Bacigalupo, Secretario Gremial del sindicato, esos días hay que abonarlos al 100% porque los valores de los convenios colectivos se pactan sobre días laborales y según el Sr. Néstor Pirosanto, Presidente de la Cámara, se deben pagar simples porque es el único día que se trabaja y no es tiempo que se abona por encima de la jornada laboral semanal. Un saludo grande. |
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Correo de Lectores Mi nombre es Nora, liquido sueldos y necesitaría saber en los casos de licencia por vacaciones, cómo se liquida si los empleados tienen todos los meses horas al 100% y al 50%. (01/05/2006) Hola Nora, el artículo 155 de la Ley de Contrato de Trabajo con respecto a la retribución dice: "El trabajador percibirá retribución durante el período de vacaciones, la que se determinará de la siguiente manera: a) Tratándose de trabajos remunerados con sueldo mensual, dividiendo por veinticinco (25) el importe del sueldo que perciba en el momento de su otorgamiento..." con lo cual deberás tener en cuenta las horas extras que haya trabajado hasta ese momento, o sea el mes anterior al goce de las vacaciones. Un saludo grandote y cualquier duda, volvemos a consultar. |
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Número de Edición: 292 (1º edición) Fecha de publicación: 13 de junio de 2006 Director y propietario: Claudio García de Rivas Redacción: M Fabiana Lizarralde y Paula Daiana Marrón Colaboradores: Dra. Victoria Loisi, Adm. León Estrugo, Sr. Raúl Guinzburg, Dr. Jorge Maldonado, Cr. Sebastián Wolkowicz, Dra. Diana Sevitz y Dr. Juan Iglesias - Ilustraciones: David Petroni Dirección: Gral. César Díaz 2761 (1416) Capital Federal - República Argentina - Teléfono/Fax: 4581-3906 - Móvil: (15)5248-3906 - E-mail: director@PequenasNoticias.com.ar - URL´s: www.PequenasNoticias.com.ar Datos personales del suscripto: Nombre y apellido: !*LAST_NAME*!, !*FIRST_NAME*! E-mail: !*EMAIL*! Prohibida la reproducción total o parcial sin autorización escrita de Pequeñas Noticias |
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Miembro de la Unión de Medios Independientes de la Propiedad Horizontal (UMIPH) |
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