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Consorcios de propietarios

¿No más impuesto al cheque?

La diputada Stella Maris Córdoba presentará un proyecto de ley para que a los consorcios se los exima de pagar el impuesto al cheque Argumentó que existe una inequidad contributiva y que se está limitando a los sectores de bajo poder adquisitivo.

[BPN-04/07/07] En los próximos días, la diputada nacional Stella Maris Córdoba (Frente por la Victoria) presentará un proyecto de ley para que a los consorcios se los exima de pagar el impuesto a los débitos y créditos bancarios.

Entre sus fundamentos, argumenta que el sistema de pago de las expensas de consorcios fue, en algunos casos, imponiéndose a través de boletas de depósitos en cuentas corrientes especiales bancarias.

Actualmente, la Ley 23.413 determina un impuesto al débito y al crédito bancario del 0.6 % de cada movimiento, es decir, que del total cobrado por el consorcio y del total pagado suma entre ambos un 1.2 % de la masa utilizada cada mes.

"Propondremos esto porque observamos que hay una inequidad contributiva. Es un gasto que en un consorcio que no es ni grande ni chico representa unos 200 pesos por mes además de los débitos que carga el banco por cobranza", subrayó el asesor de la diputada, Cr. Fernando De Gregorio.

Explicaron que "con el aumento desmedido de los sueldos y de las cargas sociales de los encargados de edificio, mucho de esa masa o presupuesto mensual que se deposita es para el pago de los sueldos y sus cargas sociales[...] por lo que si se alcanza con este impuesto a los débitos y créditos bancarios a las cuentas de los consorcios se le estaría haciendo una retensión anticipada sobre la masa salarial que está expresamente exenta".

Sus argumentos

La diputada Córdoba argumenta que se considera contribuyente a toda persona natural o jurídica a quien la ley le impone la carga tributaria derivaba del hecho imponible y que hoy por hoy, "el consorcio no es ni persona jurídica ni física según la ley de propiedad horizontal".

En este sentido, advierte que "no puede ser sujeto de impuestos, y además -por no tener objeto de lucro, ni patrimonio alcanzado por cualquier impuesto nacional-" no debería recaerle este tipo de impuestos.

Según ella, si se tiene en cuenta que las expensas conforman la canasta básica de una familia y alcanzan con este impuesto a sus gastos, "estaríamos limitando a sectores de bajo poder adquisitivo".

Al mismo tiempo, subrayó que muchos de los gastos que se pagan incluyen otros impuestos como el IVA que se transfiere al consumidor, "por lo que estaríamos frente a una doble imposición porque también se aportaría el 1.2% sobre el IVA".

Por otra parte, agregó que existe también una inequidad contributiva vertical "porque es un costo directamente para aquel que vive en copropiedad, pero el que es propietario de su vivienda no lo tiene".Envíe desde aqui su comentario sobre esta notaVolver al indice

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